general cere escribió:fjhc escribió:NachoOA escribió:
Dado que hasta la publicación en el BOE eran objetos de posesión y venta libre para mayores de edad, sin ningún tipo de obligatoriedad en el mantenimiento de una trazabilidad posterior, no creo que debas preocuparte por ello. Cuando las vendiste era tan lícito hacerlo como vender una lámpara. El problema lo tendrá a quien pasados estos 6 meses pillen con una y no se haya adecuado a la norma.
Saludos
Por favor, releelo porque sí habrá problemas.
" Disposición transitoria primera. Pistolas y revólveres detonadores que se posean a la entrada en vigor de esta orden.
En el plazo de seis meses a contar desde la entrada en vigor de esta orden, quienes estén en posesión de pistolas o revólveres detonadores deberán acreditar su destino para actividades deportivas, adiestramiento canino profesional, espectáculos públicos, actividades recreativas, filmaciones cinematográficas y artes escénicas, mediante la presentación en la Intervención de Armas y Explosivos de la Guardia Civil correspondiente a su domicilio de la documentación a que se refiere el artículo 5, o bien solicitar el reconocimiento de la condición de coleccionista e inscribirla en el libro-registro a que se refiere el artículo 8. Transcurrido dicho plazo, en caso de no haber ejercido ninguna de estas opciones, deberán depositar las armas para su destrucción en la citada Intervención de Armas y Explosivos."
Y os recuerdo que lo de "venta libre" suponía presentar el DNI. Si tienen ganas pueden cotejar los registros de las tiendas/armerias con los que hayan acudido a legalizar o destruir la detonadora.
De ahí mi preocupación, que por ejemplo se reclame una detonadora que se ha podido llegar vender, perder, destruir, regalar, vender en despiece para repuestos a varios particulares, vender en un mercadillo y como esas un enorme listado de formas por las que alguien puede no conservar su detonadora, al fin y al cabo nadie ha obligado nunca a registrar esos supuestos una vez que salen de la tienda. Todo eso antes de la entrada en vigor.Creo que no se puede pedir responsabilidad sobre "algo" que como bien decian antes, hasta hoy no era más que un hierro que hace ruido, y bueno, ya ni hablar si por ejemplo las detonadoras subastadas y enviadas a particulares en Alemania por Egun, las cuales en 3 meses su registro de transaccion desaparece y que Dios sabe en manos de quien puede estar ahora o si se ha reevendido 8 veces más.
Al fin y al cabo en caso de que la GC te llamase para ver que pasa con tu detonadora (cosa practicamente imposible) con contestar "fue vendida a particular" o "la revente a martillazos y la tire a la basura" son suficientes para atarles las manos en la búsqueda, estamos hablando de que hay probablemente decenas de miles de detonadoras en circulacion y las cuales dudo que la GC dedique recursos y agentes en investigar a ver si fulano se la vendió a un tipo u otro en un mercadillo hace 10 años o a ver que aleman gano una subasta hace 3.
Eso si, lo mejor y más sencillo va a ser sacarse el libro,el que no le tenga.
Pero no hablamos de Alemania (egun) sino España.
Puedes argumentar que la tiraste, que la vendiste o que se la regalaste a un primo lejano que ya no vive en España pero el tema es que eran armas de venta libre a mayores de 18 años y que estos presentaban el DNI.
Perfectamente pueden sancionar si vendiste sin realizar contrato de compraventa o quedarte con los datos del vendedor.
No es ser agorero pero si quieren, no hace falta dedicar agentes y recursos sino cruzar datos y os recuerdo que lara la Administración es muy fácil sancionar ( y luego recurre).
Pero lo más probable es dejar que cuando localicen detonadoras ponga el puro a quien las posea y no las hubiera "legalizado" conforme a la nueva norma y/o depositado en la IA.