https://www.boe.es/boe/dias/2015/04/09/
Saludos




BOE escribió:3. Acción de disparar.
Se realizarán en la posición de pie y sin apoyo.
3.1 Con réplicas o reproducciones de armas de fuego antiguas cortas se realizarán cinco disparos a una diana de 50 centímetros de diámetro, situada a 25 metros de la línea de tiro.
3.1.1 Valoración positiva: Realización de los cinco disparos con un resultado de al menos dos impactos en la diana.
3.1.2 Aspectos negativos: Dirigir la boca de fuego del arma a lugar distinto del de la localización de los blancos. Efectuar algún disparo antes o después del toque de silbato que indique el comienzo o final de la acción. Realización de los cinco disparos sin obtener al menos dos impactos en la diana. Finalizado el ejercicio, quedar algún cartucho sin disparar.
3.2 Con réplicas o reproducciones de armas de fuego antiguas largas se realizarán cinco disparos a una diana de 50 centímetros de diámetro, situada a 25 metros de la línea de tiro.
3.2.1 Valoración positiva: Realización de los cinco disparos con resultado de al menos un impacto en la diana.
3.2.2 Aspectos negativos: Dirigir la boca de fuego del arma a lugar distinto del de localización de los blancos. Efectuar algún disparo antes o después del toque de silbato que indique el comienzo o final de la acción. Realización de los cinco disparos sin obtener, al menos, un impacto en la diana. Finalizado el ejercicio, quedar algún cartucho sin disparar.
cve: BOE-A-2015-
pacopi escribió:Os enlazo el B.O.E. correspondiente al dia de ayer, el cual publica dos Disposiciones importantes para nosotros, pues afectan a los usuarios de licencias AE y a los coleccionistas.
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Saludos![]()
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pacopi escribió:Os enlazo el B.O.E. correspondiente al dia de ayer, el cual publica dos Disposiciones importantes para nosotros, pues afectan a los usuarios de licencias AE y a los coleccionistas.
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DVC escribió:Hola
Sólo afecta a las armas de la categoría 6.2 (armas de fuego cuyo modelo o cuyo año de fabricación sean anteriores al 1 de enero de 1890, y las reproducciones o réplicas de las mismas). No es de aplicación a las armas de categoría 6.4 (en general, las armas de avancarga en las que la pólvora y el proyectil son introducidos por la boca del cañón y el sistema de ignición puede ser una capsula fulminante, pólvora más fina y un pedernal, o un sofisticado sistema de rueda).
En el siguiente link podéis ver a qué armas afecta:
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id ... 2014-12249" onclick="window.open(this.href);return false;
Saludos
lolo4444 escribió:hola mi duda es,yo tengo 3 revolver de cartucho metalico en ae y tengo tambien libro de coleccionista,que tengo que hacer si los quiero pasar al libro? armero grado 3 tengo tambien
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