Licencia D con tarjeta federativa
Licencia D con tarjeta federativa
Al presentar los trámites para la renovación en la intervencion de armas, me avisan que debo presentar licencia de caza para la licencia tipo D, que si no será denegada, como así ha sucedido, varios compañeros han realizado el tramite en otras IA y no han tenido este problema.
¿ Teneis alguno noticias de que este pasando esto?
Dispongo de 15 días para presentar alegaciones, por lo que agradecería cualquier ayuda o consejo.
Un saludo
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Dispongo de 15 días para presentar alegaciones, por lo que agradecería cualquier ayuda o consejo.
Un saludo
Re: Licencia D con tarjeta federativa
En mi intervención a la hora de renovar me dicen que si,que la tarjeta federativa vale para renovar.
Pero cuando obtuve la licencia me tocó otro guardia y me dijo que no,que para la D hace falta la de caza,en realidad es lógico porque la D solo ampara armas de caza mayor.
Como ves depende de quien te toque.
Pero cuando obtuve la licencia me tocó otro guardia y me dijo que no,que para la D hace falta la de caza,en realidad es lógico porque la D solo ampara armas de caza mayor.
Como ves depende de quien te toque.
Re: Licencia D con tarjeta federativa
imprimes esto y se lo llevas a tu interventor .
REGLAMENTO DE ARMAS EN EL ARTICULO
97.2 .
Artículo 97.
1. La solicitud de expedición de las licencias de armas habrá de presentarse en la Intervención de Armas de la Guardia Civil correspondiente al domicilio del interesado, acompañada de la siguiente documentación:
a) Certificado de antecedentes penales en vigor.
b) Fotocopia del documento nacional de identidad en vigor o, en su caso, de la tarjeta de autorización de residencia, que será cotejada con su original y devuelta al interesado.
c) Informe de las aptitudes psicofísicas.
Cuando se trate de la obtención de licencias sucesivas, el solicitante que sea titular de armas correspondientes a la licencia que se solicita habrá de presentar, con la solicitud de nueva concesión, el arma o armas documentadas, personalmente o por medio de tercero autorizado por escrito y que cuente con licencia correspondiente al arma o armas de que se trate, a efectos de revista.
2. Los órganos encargados de la instrucción del procedimiento realizarán una información sobre la conducta y antecedentes del interesado, cuyo resultado elevarán a la autoridad competente para resolver, juntamente conla solicitud y documentación aportada. Cuando se solicite la concesión de las licencias D para armas de la categoría 2.ª, 2 y de las licencias E para armas de la categoría 3.ª, 2, dicha información se referirá también a la dedicación real del interesado al ejercicio de la caza o de los deportes correspondientes, que podrá ser acreditada por los solicitantes mediante exhibición de las correspondientes licencias de caza y tarjetas federativas en vigor.
3. Las licencias se expedirán en los correspondientes impresos confeccionados por la Dirección General de la Guardia Civil.
4. En toda autorización, licencia o tarjeta, deberá figurar el número del documento nacional de identidad o documento equivalente y los datos personales, cuando el titular sea persona física, y el número del código de identificación, la denominación y domicilio, cuando el titular sea persona jurídica.
5. La vigencia de las autorizaciones concedidas y de los reconocimientos de coleccionistas efectuados estará condicionada al mantenimiento de los requisitos exigibles con arreglo a lo dispuesto en este Reglamento para su otorgamiento, pudiendo los órganos competentes para su expedición comprobar en cualquier momento tal mantenimiento y procediendo a revocarlas en caso contrario.
https://www.interior.gob.es/web/servicio ... d-de-armas
REGLAMENTO DE ARMAS EN EL ARTICULO
97.2 .
Artículo 97.
1. La solicitud de expedición de las licencias de armas habrá de presentarse en la Intervención de Armas de la Guardia Civil correspondiente al domicilio del interesado, acompañada de la siguiente documentación:
a) Certificado de antecedentes penales en vigor.
b) Fotocopia del documento nacional de identidad en vigor o, en su caso, de la tarjeta de autorización de residencia, que será cotejada con su original y devuelta al interesado.
c) Informe de las aptitudes psicofísicas.
Cuando se trate de la obtención de licencias sucesivas, el solicitante que sea titular de armas correspondientes a la licencia que se solicita habrá de presentar, con la solicitud de nueva concesión, el arma o armas documentadas, personalmente o por medio de tercero autorizado por escrito y que cuente con licencia correspondiente al arma o armas de que se trate, a efectos de revista.
2. Los órganos encargados de la instrucción del procedimiento realizarán una información sobre la conducta y antecedentes del interesado, cuyo resultado elevarán a la autoridad competente para resolver, juntamente conla solicitud y documentación aportada. Cuando se solicite la concesión de las licencias D para armas de la categoría 2.ª, 2 y de las licencias E para armas de la categoría 3.ª, 2, dicha información se referirá también a la dedicación real del interesado al ejercicio de la caza o de los deportes correspondientes, que podrá ser acreditada por los solicitantes mediante exhibición de las correspondientes licencias de caza y tarjetas federativas en vigor.
3. Las licencias se expedirán en los correspondientes impresos confeccionados por la Dirección General de la Guardia Civil.
4. En toda autorización, licencia o tarjeta, deberá figurar el número del documento nacional de identidad o documento equivalente y los datos personales, cuando el titular sea persona física, y el número del código de identificación, la denominación y domicilio, cuando el titular sea persona jurídica.
5. La vigencia de las autorizaciones concedidas y de los reconocimientos de coleccionistas efectuados estará condicionada al mantenimiento de los requisitos exigibles con arreglo a lo dispuesto en este Reglamento para su otorgamiento, pudiendo los órganos competentes para su expedición comprobar en cualquier momento tal mantenimiento y procediendo a revocarlas en caso contrario.
https://www.interior.gob.es/web/servicio ... d-de-armas
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Re: Licencia D con tarjeta federativa
Buenas,
Efectivamente, de la p arte del articulo 97.2 que detalla los requisitos documentales para la obtención y/o renovación de la livcencia D, donde dice "ejercicio de la caza o de los deportes correspondientes, que podrá ser acreditada por los solicitantes mediante exhibición de las correspondientes licencias de caza y tarjetas federativas en vigor."
Según el diccionario de la Real Academia Española, la conjunción disyuntiva "o" situada entre los requisitos señalados y concretos "ejercicio de la caza" y "deportes correspondientes" señala de forma inequivoca [b]EQUIVALENCIA, QUE ES LO MISMO UNA COSA QUE LA OTRA[/b], es decir que lo mismo se puede acreditar ejercicio de la caza que deportes correspondientes, uno con licencia de caza en vigor u otro con tarjeta federativa, no ha lugar a otra interpretación.
Esa es la base del escrito pienso yo con el que hay que argumentar el asunto con tu IA.
Saludos
Efectivamente, de la p arte del articulo 97.2 que detalla los requisitos documentales para la obtención y/o renovación de la livcencia D, donde dice "ejercicio de la caza o de los deportes correspondientes, que podrá ser acreditada por los solicitantes mediante exhibición de las correspondientes licencias de caza y tarjetas federativas en vigor."
Según el diccionario de la Real Academia Española, la conjunción disyuntiva "o" situada entre los requisitos señalados y concretos "ejercicio de la caza" y "deportes correspondientes" señala de forma inequivoca [b]EQUIVALENCIA, QUE ES LO MISMO UNA COSA QUE LA OTRA[/b], es decir que lo mismo se puede acreditar ejercicio de la caza que deportes correspondientes, uno con licencia de caza en vigor u otro con tarjeta federativa, no ha lugar a otra interpretación.
Esa es la base del escrito pienso yo con el que hay que argumentar el asunto con tu IA.
Saludos
Re: Licencia D con tarjeta federativa
Bueno,no esta tan claro...habla de las licencias D y E y dice "deportes correspondientes"
Esa "o" también se puede referir a que acredites con una u otra cosa según la licencia que te corresponda. Con la E puedes guiar rifles para el tiro deportivo pero la D se supone que solo puedes guiar armas de caza.
Esa "o" también se puede referir a que acredites con una u otra cosa según la licencia que te corresponda. Con la E puedes guiar rifles para el tiro deportivo pero la D se supone que solo puedes guiar armas de caza.
Re: Licencia D con tarjeta federativa
Companero Vegui te recomiendo que no te calientes la cabeza con lo que es o tendria que ser. Que sí, que en el reglamento pone una cosa y te piden otra. Es lo que hay.
No se en que comunidad vives pero si es de las que piden un curso para la licencia de caza pidela y pagala por internet en otra comunidad y ya está. Te va a costar 50 pavos pero te vas a ahorrar calentones de cabeza y viajes a tu IA.
Suerte.
No se en que comunidad vives pero si es de las que piden un curso para la licencia de caza pidela y pagala por internet en otra comunidad y ya está. Te va a costar 50 pavos pero te vas a ahorrar calentones de cabeza y viajes a tu IA.
Suerte.
Re: Licencia D con tarjeta federativa
Son dos opciones con la federativa tienes que presentar papeles de armero grado 1, y si no quieres comprar el armero para arma larga tendrias que sacar la licencia de caza, con una de esas dos opciones seria suficiente
Re: Licencia D con tarjeta federativa
Creo que estas equivocado . Tanto si presentas la tarjeta federativa como la licencia de caza, al ser un rifle de anima rallada tendrás que tener el armero de grado I . Eso sí, cuando guies el arma no cuando pidas la licencia.
- Jon_Garfio
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Re: Licencia D con tarjeta federativa
Licencia D te piden la licencia de caza de la comunidad en vigor.
Para la E creo que no.
Para la E creo que no.
Sapere Aude
Re: Licencia D con tarjeta federativa
Guanyi escribió:Creo que estas equivocado . Tanto si presentas la tarjeta federativa como la licencia de caza, al ser un rifle de anima rallada tendrás que tener el armero de grado I . Eso sí, cuando guies el arma no cuando pidas la licencia.
No no claro, cuando vayas a comprar el rifle si o si necesitas presentar los papeles del armero, pero en el caso de vegui no, ya que el no dice nada de un rifle, si no de la renovacion que es distinto, para la obtencion o renovacion se justifica con esas dos cosas que puse en el mensaje anterior.
Re: Licencia D con tarjeta federativa
Jon_Garfio escribió:Licencia D te piden la licencia de caza de la comunidad en vigor.
Para la E creo que no.
En el caso de la de te piden la licencia de caza, pero no necesariamente la de tu comunidad, si no que sirve la de cualquier parte de españa.
Y para la E efectivamente no piden ni el armero ni la licencia, ya que como en la E se pueden guiar carabinas y escopetas, y si todavia no lo cambiaron esta prohibido cazar con carabinas del 22 por ejemplo, por eso no la piden seria una contradicion
Re: Licencia D con tarjeta federativa
Se supone que el armero lo debes tener cuando tengas un rifle y lo guardes en casa o te ceda alguien en rifle, no para sacar o renovar la licencia (excepto si tienes armas y te lo quieren pedir)
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Re: Licencia D con tarjeta federativa
El tener armas guiadas en D con el pretexto de utilizarlas para actividades deportivas distintas de la caza (Fclass, tiradas de armas históricas, etc) y justificarlo con la tarjeta federativa, es algo que autoriza expresamente en el reglamento en el articulo referido, yo las tengo, todos los tiradores de mi entorno las tienen, algunos, campeones de España en varias de las disciplinas colocadas en este post como ejemplo.
De igual manera que se tienen escopetas en la E con tarjeta federativa para tirar al plato y no cazar nuuuuuuunca.
El querer justificar con la autoridad la tenencia de armas largas rayadas para cazar cuando no se tiene pensado cazar y solo por que el funcionario tiene la ocurrencia excepcional de solicitarlo, puede colocarnos en una situacion complicada pasado un tiempo, si argumentas que quieres la D para cazar cuando la quieres para tirar en el club... y pasados unos años no eres capaz de justificar asistencia a caceria ninguna, con tus registros de compras de munición en varias armerias, en que lugar te quedas?, para ejemplo:...
leyes-y-normativa-sobre-armas/ahora-me-quitan-los-rifles-t1007069.html
Saludos
De igual manera que se tienen escopetas en la E con tarjeta federativa para tirar al plato y no cazar nuuuuuuunca.
El querer justificar con la autoridad la tenencia de armas largas rayadas para cazar cuando no se tiene pensado cazar y solo por que el funcionario tiene la ocurrencia excepcional de solicitarlo, puede colocarnos en una situacion complicada pasado un tiempo, si argumentas que quieres la D para cazar cuando la quieres para tirar en el club... y pasados unos años no eres capaz de justificar asistencia a caceria ninguna, con tus registros de compras de munición en varias armerias, en que lugar te quedas?, para ejemplo:...
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Saludos
- Jon_Garfio
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Re: Licencia D con tarjeta federativa
JG_venta escribió:Jon_Garfio escribió:Licencia D te piden la licencia de caza de la comunidad en vigor.
Para la E creo que no.
En el caso de la de te piden la licencia de caza, pero no necesariamente la de tu comunidad, si no que sirve la de cualquier parte de españa.
Y para la E efectivamente no piden ni el armero ni la licencia, ya que como en la E se pueden guiar carabinas y escopetas, y si todavia no lo cambiaron esta prohibido cazar con carabinas del 22 por ejemplo, por eso no la piden seria una contradicion
Cierto, la licencia de caza de la comunidad donde vayas a cazar (si cazas...).
Respeto a la caza con .22, creo que su permiso lo dan las comunidades autónomas, por ejemplo en Cataluña o Castilla la Mancha no se puede cazar con 22, pero en Aragón si.
Que me corrijan si me equivoco, yo no cazo.
Sapere Aude
Re: Licencia D con tarjeta federativa
sandokan escribió:El tener armas guiadas en D con el pretexto de utilizarlas para actividades deportivas distintas de la caza (Fclass, tiradas de armas históricas, etc) y justificarlo con la tarjeta federativa, es algo que autoriza expresamente en el reglamento en el articulo referido, yo las tengo, todos los tiradores de mi entorno las tienen, algunos, campeones de España en varias de las disciplinas colocadas en este post como ejemplo.
De igual manera que se tienen escopetas en la E con tarjeta federativa para tirar al plato y no cazar nuuuuuuunca.
El querer justificar con la autoridad la tenencia de armas largas rayadas para cazar cuando no se tiene pensado cazar y solo por que el funcionario tiene la ocurrencia excepcional de solicitarlo, puede colocarnos en una situacion complicada pasado un tiempo, si argumentas que quieres la D para cazar cuando la quieres para tirar en el club... y pasados unos años no eres capaz de justificar asistencia a caceria ninguna, con tus registros de compras de munición en varias armerias, en que lugar te quedas?, para ejemplo:...
leyes-y-normativa-sobre-armas/ahora-me-quitan-los-rifles-t1007069.html
Saludos
No se donde viene autorizado expresamente,solo viene un texto sobre la E y la D que se puede interpretar de muchas maneras algo como demostrar "licencia de caza o actividades deportivas correspondientes" no se sabe si se refiere según la intención que le vayas a dar al arma o según la licencia (la E permite armas de uso deportivo,la D solo armas de caza mayor),como tampoco se donde esta escrito que haya que justificar que se acude a cazar en ningúna parte,solo con la licencia es suficiente.
Re: Licencia D con tarjeta federativa
Es increíble, en este país todo es igual, con lo fácil que sería tener un reglamento en condiciones claro y sin follones y no lo que hay que a lo único que lleva es al descontento y quebradero de cabeza de los usuarios, en fin.........
Re: Licencia D con tarjeta federativa
Este fin de semana intentaré redactar las alegaciones para entregarlas la semana que viene, el problema surge tambien porque sé que en otras intervenciones se está concediendo sin problemas, volvemos de nuevo pués a las interpretaciones y a los "toques personales", que tanto daño hacen a este deporte.
Quiero tambien aclarar que en la IA han sido en todo momento con este tema muy correctos en el trato, cuando no han ido más allá y han intentado ayudarme en la medida de sus posibilidades.
Si teneis más sugerencias o ideas os agradecería que las aportaseis aquí o las hicierais llegar mediante privado.
Un saludo
Quiero tambien aclarar que en la IA han sido en todo momento con este tema muy correctos en el trato, cuando no han ido más allá y han intentado ayudarme en la medida de sus posibilidades.
Si teneis más sugerencias o ideas os agradecería que las aportaseis aquí o las hicierais llegar mediante privado.
Un saludo
Re: Licencia D con tarjeta federativa
Entregadas alegaciones en la intervención de armas, ahora a espera
Un saludo
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