elbrujo escribió:Entoces yo deduzco que para nada es ningún tipo de borrador, pues se publican en BOE "los reglamentos aprobados por el gobierno.
No hay nada que deducir, sino leer lo publicado:
https://www.mir.es/SGACAVT/seguridad/arm ... armas.htmlLa publicación en el BOE dice lo siguiente:
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se comunica que el proyecto de Real Decreto por el que se aprueba el Reglamento de Armas, se encuentra a disposición de los interesados para el cumplimiento del trámite de audiencia, durante 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de este anuncio en la página web del Ministerio del Interior cuya dirección es
https://www.mir.es, debiendo cursarse las eventuales observaciones al citado proyecto, bien por correo ordinario a la Secretaría General Técnica del citado Ministerio (Calle Amador de los Ríos, 7, 28071 Madrid), bien a la dirección de correo electrónico
secretaria.sgt@amador.mir.es.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Madrid, 23 de noviembre de 2010.- El Subsecretario del Ministerio del Interior,Justo Zambrana Pineda.