Acta de Intervencion Cautelar por la policia local.
- Jano85
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Re: Acta de Intervencion Cautelar por la policia local.
Por cierto... la guia de pertenencia del arma... ¿no se la deberian quedar ellos junto con el arma?
Esque me la devolvieron y la llevo yo junto a los demas papeles
Esque me la devolvieron y la llevo yo junto a los demas papeles
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Re: Acta de Intervencion Cautelar por la policia local.
Jano85 escribió:Por cierto... la guia de pertenencia del arma... ¿no se la deberian quedar ellos junto con el arma?
Esque me la devolvieron y la llevo yo junto a los demas papeles
La guía del arma debería acompañarla, y que en el acta de intervención te hubiesen puesto los datos de la misma, pero no esta de mas que no se la hayan llevado, así siempre podrás atestiguar que es tuya

- Jano85
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Re: Acta de Intervencion Cautelar por la policia local.
En el acta pone, marca calibre y numero de identificacion...Pero bueno, deber ser lo de menos.
Aver que me dicen mañana en la central de la policia, igual por protestar duermo alli
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Re: Acta de Intervencion Cautelar por la policia local.
tsman escribió:Astra44mag escribió:Toma reglamento, anda:Artículo 148.
1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, de Protección de la Seguridad
Ciudadana, los agentes de la autoridad podrán realizar, en todo caso, las comprobaciones necesarias para impedir que en las
vías, lugares y establecimientos públicos se porten o utilicen ilegalmente armas.
2. Dichos agentes podrán proceder a la ocupación temporal de las mismas, depositándolas en una Intervención de Armas de la
Guardia Civil, incluso de las que se lleven con licencia, con objeto de prevenir la comisión de cualquier delito o garantizar la
seguridad de las personas o de las cosas, pudiendo quedar depositadas en las correspondientes dependencias policiales por el
tiempo imprescindible para la instrucción de las diligencias o atestados procedentes, dando cuenta inmediata a la Intervención
de Armas de la Guardia Civil.
3. Los asistentes a reuniones en lugares de tránsito público o manifestaciones, portando cualquier clase de armas, serán
denunciados a la autoridad judicial competente a los efectos prevenidos en el artículo correspondiente del Código Penal.
Portar u arma de caza con licencia es ilegal?
Estaba nuestro compi dando la sensación de que iba ha realizar un delito?
Depende de las circunstancias, que son valoradas por los agentes. El que te retiren el arma tampoco significa que necesariamente te vayan a sancionar, eso se termina de valorar después. Como ya he dicho antes puede que nuestro amigo jano se vaya a casa con el susto y el paseo. Los policías han actuado con buen criterio y cautela ya que no les ha parecido justificado llevar el arma en esas circunstancias. Ahora habrá que ver qué han escrito y cómo se ha valorado.
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Re: Acta de Intervencion Cautelar por la policia local.
Jano85 escribió:En el acta pone, marca calibre y numero de identificacion...Pero bueno, deber ser lo de menos.
Aver que me dicen mañana en la central de la policia, igual por protestar duermo alli
No te preocupes, pásate por alli, solicita hablar con cualquiera de los dos jefes de armamento que tienen, son buena gente, saben de que hablan y seguro que te atienden bien, y los tiempos de dormir allí por protestar... pasaron hace mucho ya

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Re: Acta de Intervencion Cautelar por la policia local.
Jano85 escribió:En el acta pone, marca calibre y numero de identificacion...Pero bueno, deber ser lo de menos.
Aver que me dicen mañana en la central de la policia, igual por protestar duermo alli
No te pongas nervioso,espera a ver si esto tiene alguna trascendencia, igual lo superiores de los agentes o la intervención decide que no procede denuncia.
- Jano85
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Re: Acta de Intervencion Cautelar por la policia local.
¿Alli en la central, me sabran decir que hay escrito en la denuncia? Preguntare por ellos.
Gracias a todos, por explicarme, indicarme y guiarme. Nunca me habia visto en una de estas.
Estaba cagao y perdido como un pato en un garaje.Ahora por lo menos se "por donde van los tiros"
Gracias a todos, por explicarme, indicarme y guiarme. Nunca me habia visto en una de estas.
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Re: Acta de Intervencion Cautelar por la policia local.
Sigo creyendo que el agente de la UAPO se extralimito en sus funciones,de momento que te devuelvan el rifle y no vaya la cosa a mas, y luego ya piensa en proceder legalmente contra el agente, cosa que a mi me parecería muy justificada por tu parte.
- Jano85
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Re: Acta de Intervencion Cautelar por la policia local.
Eh???? Yo no he dicho nada de proceder contra él en ningun momento!!!
Me fastidia lo sucedido, pero lo veo comprensible.
Pero, si no estaba realizando ninguna infraccion, que no me hagan pagar como si tal.
Y si he hecho una infranccion, que me digan ¿cual, porque, y que deberia haber actuado? y atendere a las consecuencias de mis actos.
Tan solo pretendo aclarar lo sucedido, recuperar mi arma y seguir mi camino con la leccion aprendida
Me fastidia lo sucedido, pero lo veo comprensible.
Pero, si no estaba realizando ninguna infraccion, que no me hagan pagar como si tal.
Y si he hecho una infranccion, que me digan ¿cual, porque, y que deberia haber actuado? y atendere a las consecuencias de mis actos.
Tan solo pretendo aclarar lo sucedido, recuperar mi arma y seguir mi camino con la leccion aprendida
Re: Acta de Intervencion Cautelar por la policia local.
xload escribió:Sigo creyendo que el agente de la UAPO se extralimito en sus funciones,de momento que te devuelvan el rifle y no vaya la cosa a mas, y luego ya piensa en proceder legalmente contra el agente, cosa que a mi me parecería muy justificada por tu parte.
Hola.
Creo que sin mala intención pero estás liando un poco al compañero. La policía no se extralimitó, quizás, y desde mi punto de vista, pecaran de exceso de celo, pero en ningún caso se extralimitaron. Nos podrá gustar o no, pero la ley está ahí. En cuanto al tema que nos lleva, he de decir al compañero, lo más que te puede pasar, y además es lo que suele ocurrir en la mayoría de los casos, es que te pongan una sanción, si así lo creen conveniente, por una infracción a la 1/92 que recibirías de la subdelegación del gobierno.
S A L U D O S . . . . . .
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Re: Acta de Intervencion Cautelar por la policia local.
Llámalo extralimitarse, exceso de celo o como quieras, pero a todas luces se han pasado 3 pueblos.
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Re: Acta de Intervencion Cautelar por la policia local.
yo creo que no obraron bien,hoy dia por la emisora tienen acceso a datos y si no tiene antecedentes penales ni nada de nada,no se porque pensar que va hacer algo
Re: Acta de Intervencion Cautelar por la policia local.
no se lo que dice la ley, pero si yo quiero ir con mi rifle a donde sea no puedo?, no se a enseñarselo a un amigo, a dejarlo en mi segunda residencia, a una armeria, pero si es mio, no lo entiendo
la mente es como un paracaídas, solo funciona si se abre
Albert Einstein
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Re: Acta de Intervencion Cautelar por la policia local.
o ir a centrarlo a un campo de tiro,aunque no sea epoca de caza
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Re: Acta de Intervencion Cautelar por la policia local.
No tengo ningun antecedente penal ni de ningun tipo, a menos que cuente 1 multa que me pusieron porque se me paso la hora del parquimetro...
Viendo como esta el panorama, iran a por el que apoquine entre 300,52 a 30.050,61 euros del art.1/92
Viendo como esta el panorama, iran a por el que apoquine entre 300,52 a 30.050,61 euros del art.1/92
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Re: Acta de Intervencion Cautelar por la policia local.
Jano85 escribió:No tengo ningun antecedente penal ni de ningun tipo, a menos que cuente 1 multa que me pusieron porque se me paso la hora del parquimetro...
Viendo como esta el panorama, iran a por el que apoquine entre 300,52 a 30.050,61 euros del art.1/92
Es complicado, ya que en la denuncia no consta nada de eso, solo una infracción del RA, por algo que ni siquiera existe y se han inventado sobre la marcha.
Re: Acta de Intervencion Cautelar por la policia local.
Hola compañero,
No deberías apoquinar nada.
En mi humilde opinión, no accedas a pagar ninguna multa (mas que nada para que no te quede en el expediente de la GC). Si hace falta recurre al Contencioso Administrativo.
Simplemente, presenta un certificado de la armería donde diga que esa tarde fuiste por allí para revisar el rifle. Eso es suficiente motivo como para que lo transportaras en tu coche y sobre el trayecto pues ya sabes que tuviste que dejar a un amigo que te acompaño a la armería en su pueblo (cercano).
Artículo 148.
1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, de Protección de la Seguridad Ciudadana, los agentes de la autoridad podrán realizar, en todo caso, las comprobaciones necesarias para impedir que en las vías, lugares y establecimientos públicos se porten o utilicen ilegalmente armas.
2. Dichos agentes podrán proceder a la ocupación temporal de las mismas, depositándolas en una Intervención de Armas de la Guardia Civil, incluso de las que se lleven con licencia, con objeto de prevenir la comisión de cualquier delito o garantizar la seguridad de las personas o de las cosas, pudiendo quedar depositadas en las correspondientes dependencias policiales por el tiempo imprescindible para la instrucción de las diligencias o atestados procedentes, dando cuenta inmediata a la Intervención de Armas de la Guardia Civil.
3. Los asistentes a reuniones en lugares de tránsito público o manifestaciones, portando cualquier clase de armas, serán denunciados a la autoridad judicial competente a los efectos prevenidos en el artículo correspondiente del Código Penal.
Y, evidentemente, la Policia Local tendrá que decir en la denuncia que presunto delito querian prevenir o que seguridad querian garantizar, porque con tu arma guiada en el maletero -y viniendo de una armeria- no creo que estes incumpliendo ninguna Ley.
* Efectivamente, el RA no habla de "el camino mas corto".
Un saludo,
No deberías apoquinar nada.
En mi humilde opinión, no accedas a pagar ninguna multa (mas que nada para que no te quede en el expediente de la GC). Si hace falta recurre al Contencioso Administrativo.
Simplemente, presenta un certificado de la armería donde diga que esa tarde fuiste por allí para revisar el rifle. Eso es suficiente motivo como para que lo transportaras en tu coche y sobre el trayecto pues ya sabes que tuviste que dejar a un amigo que te acompaño a la armería en su pueblo (cercano).
Artículo 148.
1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, de Protección de la Seguridad Ciudadana, los agentes de la autoridad podrán realizar, en todo caso, las comprobaciones necesarias para impedir que en las vías, lugares y establecimientos públicos se porten o utilicen ilegalmente armas.
2. Dichos agentes podrán proceder a la ocupación temporal de las mismas, depositándolas en una Intervención de Armas de la Guardia Civil, incluso de las que se lleven con licencia, con objeto de prevenir la comisión de cualquier delito o garantizar la seguridad de las personas o de las cosas, pudiendo quedar depositadas en las correspondientes dependencias policiales por el tiempo imprescindible para la instrucción de las diligencias o atestados procedentes, dando cuenta inmediata a la Intervención de Armas de la Guardia Civil.
3. Los asistentes a reuniones en lugares de tránsito público o manifestaciones, portando cualquier clase de armas, serán denunciados a la autoridad judicial competente a los efectos prevenidos en el artículo correspondiente del Código Penal.
Y, evidentemente, la Policia Local tendrá que decir en la denuncia que presunto delito querian prevenir o que seguridad querian garantizar, porque con tu arma guiada en el maletero -y viniendo de una armeria- no creo que estes incumpliendo ninguna Ley.
* Efectivamente, el RA no habla de "el camino mas corto".
Un saludo,
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