NUEVO REGLAMENTO LISTO
Re: NUEVO REGLAMENTO LISTO
Esta claro lo que buscan, quitar armas de los particulares o arruinarlos comprando armeros. Luego limitaran el nº de armeros....el final ya sabemos cual es.
Re: NUEVO REGLAMENTO LISTO
Aceribero escribió:El reglamento respecto a las armas de segunda categoría habla de guardar el arma completa en el armero, o parte fundamental de ella, 20 litros para un cerrojo de un Máuser se antoja muy generoso, esto que han sacado es una forma de limitar el número de armas de segunda categoría que carecen de limitación, salvo la impuesta x la necesidad de armeros.
Antes eran 4 litros por arma corta y 12 larga ya lo han cuadrado a 4,5 y 20.
La excepción de guardar los cerrojos o piezas fundamentales solamente se contempla en el artículo 133 del R.A. y, hoy por hoy, sólo es aplicable a armas largas guiadas como arma de concurso "F" y debiendo ser guardados en armeros de nivel III, no así a las de categoría 2ª.2, guiadas en "D" y armeros de nivel I. - Art.100
Obviamente la norma de 20 litros no debería afectar a esa excepción y, de hecho, no se cita.
Saludos,
Artículo 100.
1. Quienes precisen armas de la categoría 2.ª, 2, deberán obtener previamente licencia D.
2. Nadie podrá poseer más de una licencia D, que tendrá cinco años de validez y autorizará para llevar y usar hasta cinco armas de la categoría 2.ª, 2.
3. La competencia para concederla corresponde al Jefe de la Comandancia de la Guardia Civil de la provincia de residencia del solicitante.
4. Con la licencia D se podrá adquirir un arma de la categoría 2.ª, 2. La adquisición de cada una de las restantes requerirá la obtención previa de una autorización especial con arreglo a lo dispuesto en el artículo 49 y siguientes de este Reglamento.
5. Las armas de la categoría 2.ª 2 y sus municiones, deberán ser guardadas:
a) En los propios domicilios de sus titulares, en cajas fuertes o armeros autorizados por la Dirección General de la Guardia Civil y con las medidas de seguridad necesarias aprobadas por la Intervención de Armas y Explosivos, que podrá comprobarlas en todo momento. La munición se guardará separada de las armas de fuego en un lugar seguro bajo llave, o dentro del armero o caja fuerte en un compartimento diferente cerrado con llave.
Artículo 133.
1. La licencia F sólo permitirá el uso de las armas en los campos, polígonos o galerías autorizados para la práctica del tiro y únicamente podrán portarse con tal objeto.
2. Las armas deberán ser guardadas:
a) Completas, en los locales de las federaciones o clubes de tiro que dispongan de medidas de seguridad aprobadas por la Intervención Central de Armas y Explosivos de la Guardia Civil.
b) En los propios domicilios de los titulares, en cajas fuertes o armeros autorizados por la Dirección General de la Guardia Civil. Las armas se guardarán completas, si bien en el caso de armas largas podrán guardarse únicamente sus cierres o componentes esenciales. La munición se guardará separada de las armas de fuego en un lugar seguro bajo llave, o dentro del armero o caja fuerte en un compartimento diferente cerrado con llave.
c) Completas, en los locales de empresas o entidades autorizadas para la custodia de armas por la Dirección General de la Guardia Civil, de acuerdo con lo establecido en los artículos 83 y 144.
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Re: NUEVO REGLAMENTO LISTO
Pero vamos a ver, esta normativa de capacidad de armeros, SIEMPRE LA HUBO, pero se aplicaba a EMPRESAS DE SEGURIDAD, donde creo que resulta evidente, que las armas NO PUEDEN ESTAR AMONTONADAS, y que no se deberían sacar 20 armas, para coger la asignada a una persona en ese momento, y es algo muy distinto a un señor con la F, en la que TODAS las armas son suyas, y coge la que le da la gana, y creo que esto seguirá exactamente igual......


Re: NUEVO REGLAMENTO LISTO
manolosolo escribió:Pero vamos a ver, esta normativa de capacidad de armeros, SIEMPRE LA HUBO, pero se aplicaba a EMPRESAS DE SEGURIDAD, donde creo que resulta evidente, que las armas NO PUEDEN ESTAR AMONTONADAS, y que no se deberían sacar 20 armas, para coger la asignada a una persona en ese momento, y es algo muy distinto a un señor con la F, en la que TODAS las armas son suyas, y coge la que le da la gana, y creo que esto seguirá exactamente igual......
De hecho, los armeros de las empresas de seguridad a su vez estaban compartimentados interiormente en taquillas con llave, de forma que cada vigilante sólo podía acceder al arma que tenía asignada, que normalmente se guardaba en su caja, de ahí venía el volumen exigido, que solo es de 3,5 litros. Nada que ver con lo nuestro.
¿De dónde 4,5 litros para nosotros?
Saludos,
Re: NUEVO REGLAMENTO LISTO
Enlace donde encontrarás el texto:
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2025-387
Paso textual. Y la primera parte es para particulares lo que dice de capacidad de los armeros:
Tercero. Capacidad de almacenamiento.
El número de armas que se podrán custodiar en una caja fuerte, armero o cámara acorazada será el correspondiente a su volumen, teniendo en cuenta que el volumen mínimo para un arma corta será de 4,5 litros y para un arma larga de 20 litros.
Cuando la custodia de las armas se lleve a cabo en el interior de una cámara acorazada, para el acceso y manipulación de éstas, se requerirá que al menos el cincuenta por ciento del volumen interior se dedique a espacio de maniobra.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2025-387
Paso textual. Y la primera parte es para particulares lo que dice de capacidad de los armeros:
Tercero. Capacidad de almacenamiento.
El número de armas que se podrán custodiar en una caja fuerte, armero o cámara acorazada será el correspondiente a su volumen, teniendo en cuenta que el volumen mínimo para un arma corta será de 4,5 litros y para un arma larga de 20 litros.
Cuando la custodia de las armas se lleve a cabo en el interior de una cámara acorazada, para el acceso y manipulación de éstas, se requerirá que al menos el cincuenta por ciento del volumen interior se dedique a espacio de maniobra.
Re: NUEVO REGLAMENTO LISTO
Me queda claro que el guardar el cierre o pieza fundamental de un arma larga solo es aplicable si está está amparada en la F, gracias Chinchu por la sutil y necesaria aclaración. Un saludo a todos.
Re: NUEVO REGLAMENTO LISTO
Entonces según esta nueva resolución , si yo tengo un armero grado 3 que tenia volumen de 12L (3 armas) , cuando pase el periodo de 30 meses que es el que dan para adaptarse a la nueva norma , si ahora el volumen que están exigiendo para corta es 4,5L , me van a obligar a deshacerme de un arma, o comprar uno nuevo?
Un saludo
Un saludo
Re: NUEVO REGLAMENTO LISTO
Jorgeman escribió:Entonces según esta nueva resolución , si yo tengo un armero grado 3 que tenia volumen de 12L (3 armas) , cuando pase el periodo de 30 meses que es el que dan para adaptarse a la nueva norma , si ahora el volumen que están exigiendo para corta es 4,5L , me van a obligar a deshacerme de un arma, o comprar uno nuevo?
Un saludo
exacto, que es lo que va a pasar, que es lo que queremos saber. Yo iba a comprar otra arma, lo dejo en espera porque tiene tela tener que cambiar armero o comprar otro cuando en el actual caben 6 sin problema. Y para obligar a deshacernos de armas tendrían que modificar el Reglamento, pero si que pueden hacerlo indirectamente asi....via "compre usted mas armeros"...de locos. A los tiradores nos obligaran a abandonar la afición del tiro por imposicion o por aburrimiento. Esta claro que han elegido la segunda opción que es menos traumatica para ellos.
Es como cuando quieren echar a alguien de una empresa y el despido les cuesta un pastizal. Si tienen opción de destinarlo lejos de su casa el mismo se ira de la empresa...facil.
Re: NUEVO REGLAMENTO LISTO
Para los que ya tengan los armeros dados de alta y las armas guiadas no cambia nada ya que no puede haber retroactividad, solo afectará a los que adquieran nuevos armeros.
Re: NUEVO REGLAMENTO LISTO
jaf1963 escribió:Para los que ya tengan los armeros dados de alta y las armas guiadas no cambia nada ya que no puede haber retroactividad, solo afectará a los que adquieran nuevos armeros.
Que no puedo haber retroactividad?, eso espero....
Cuando entro en vigor el nuevo reglamento?
Re: NUEVO REGLAMENTO LISTO
El reglamento sigue siendo el mismo desde 1993, lo único que ha tenido dos modificaciones una en 2011 y otra en 2020, pero sigue siendo el Real Decreto 137/93
Re: NUEVO REGLAMENTO LISTO
Aceribero escribió:El reglamento sigue siendo el mismo desde 1993, lo único que ha tenido dos modificaciones una en 2011 y otra en 2020, pero sigue siendo el Real Decreto 137/93
entonces cuando entran en vigor esas modificaciones?
Re: NUEVO REGLAMENTO LISTO
A mi lo que me llama poderosamente la atención , es que el volumen de arma corta para las empresas de seguridad es de 3,5 L , mientras que ahora para los armeros en domicilios particulares es de 4,5 L , con que fin?
Un saludo
Un saludo
Re: NUEVO REGLAMENTO LISTO
Jorgeman escribió:A mi lo que me llama poderosamente la atención , es que el volumen de arma corta para las empresas de seguridad es de 3,5 L , mientras que ahora para los armeros en domicilios particulares es de 4,5 L , con que fin?
Un saludo
Pues yo lo tengo claro....
Re: NUEVO REGLAMENTO LISTO
llamareto escribió:Jorgeman escribió:A mi lo que me llama poderosamente la atención , es que el volumen de arma corta para las empresas de seguridad es de 3,5 L , mientras que ahora para los armeros en domicilios particulares es de 4,5 L , con que fin?
Un saludo
Pues yo lo tengo claro....
Yo creo que también , cristalino!
Re: NUEVO REGLAMENTO LISTO
Entonces ahora mismo , es preferible esperar para comprar un armero , hasta ver que paso dan los fabricantes , verdad? Tenia la intención de comprar uno para arma larga ( rifle).
Re: NUEVO REGLAMENTO LISTO
Jorgeman escribió:Entonces ahora mismo , es preferible esperar para comprar un armero , hasta ver que paso dan los fabricantes , verdad? Tenia la intención de comprar uno para arma larga ( rifle).
He comprobado las fichas de mis armeros. 15 litros el grado III y 56 litros el grado I. Si no meto nada mas cumplen, y es lo que se pretende, que no se meta nada mas....aparte de las joyas de la abuela pero esas no disparan.
EL problema sera para los que quieren comprar mas armas, no para el que compra un primer armero. En ese caso uno mas grande, mas pasta y listos.
Re: NUEVO REGLAMENTO LISTO
jaf1963 escribió:Para los que ya tengan los armeros dados de alta y las armas guiadas no cambia nada ya que no puede haber retroactividad, solo afectará a los que adquieran nuevos armeros.
díselo a todos los que compraron detonadoras cuando solo pedían el DNI para comprobar que eran mayores de edad y luego cambiaron el reglamento y les obligaron a entregarlas para achatarrarlas...
o a todos los que compraron avancarga cuando eran venta libre...
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