LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

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drana
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor drana » 30 Ene 2016 19:12

Gracias Wyat........todavía me quedan dos años para renovar y queda tiempo para el proceso...

Con respecto al arma larga, me dijo el cabo interventor de la capital, q no hay problema para q estando en D, luego con los certificados pueda ir al libro......., pero como dice Manchego, es más interesante tenerla en D, por lo de la munición.........HASTA, el día q no quizás tener más licencia D, y la refugies en el libro!!!

Nunca te la podrán quitar........se ahí lo seductor q es la ACR!!

Salu2 al foro!!!

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor Amra » 30 Ene 2016 22:25

drana escribió:Nunca te la podrán quitar........


Buenas noches.

Estos dos aspectos son importantes:

Orden INT/2202/2014

“Artículo 6. Revocación.

La vigencia de la condición de coleccionista de reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas estará condicionada al mantenimiento de los requisitos previstos, pudiendo los órganos competentes para su expedición comprobar en cualquier momento tal mantenimiento y procediendo a revocarla en caso contrario, previa la instrucción del oportuno procedimiento administrativo.”

Resolución de 27 de marzo de 2015

“Tercero. Inspección.

La Intervención de Armas y Explosivos de la Guardia Civil podrá solicitar a los titulares de réplicas o reproducciones de armas de fuego antiguas la presentación de las mismas, tal y como establece el artículo 144 del Reglamento de Armas.”

Lo que si esta claro es que una vez en libro a costa de no poder dispararlas, nos dejan más tranquilos en caso de no poder renovar las licencias, esa es la autentica ventaja, siempre que se cumplan los requisitos y con la posibilidad, rara, de que nos pidan revista ocasional.

Un saludo.
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor Amra » 30 Ene 2016 22:32

Lo han atado todo bastante, de mala manera, pero desde luego cierran grifos por todos lados.

Por lo menos nos dejan seguir con ellas, hasta que quieran.

Yo espero cumplir los requisitos muchos años, a la hora de un fallecimiento el traspaso de armas en libro es complicado y las condiciones pueden variar con los años, la legislación es así.

Disfrutémoslas mientras podamos.

Un saludo.
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor Amra » 30 Ene 2016 22:43

Mirar de lo que se hablaba en su momento:

“Es sabido,que hoy por hoy se esta denegando la mayoría de las armas que se presentan para históricas e incluso se están denegando el traspaso de un arma ya registrada en un libro de coleccionista a otro por que resulta que esas armas ya inscritas la mayoría de ellas dicen que no reúnen las características de históricas y por lo tanto no se puede traspasar a otro libro.

Entonces me pregunto yo ¿si un día un coleccionista fallece que va a ocurrir con esas armas? ¿por que si valían antes y ahora no? esto es lo mismo que las armas inutilizadas las de antes valen y las de antes si las quiere otro usuario las tiene que adaptar a la nueva reglamentación pero lo cojonudo es que si tienes este bendito libro no hace falta joderla mas,total que da todo esto que pensar.”

http://mundomilitaria.es/foro/index.php?topic=10368.0

La legislación es cambiante, ¿ prever lo que habrá en el futuro?, bueno, en cierta manera es posible, pero no dejan de ser conjeturas y nosotros, la mayoría, no tendremos nunca la información a tiempo.

Un saludo.
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor jrdc1 » 31 Ene 2016 00:54

Buenas!

La última noticia que tengo es que las armas que están en LC pueden ser transferidas a otro LC sin mayor problema, aunque no cumplan los requisitos que actualmente exigen para nuevas incorporaciones.

Saludos

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor Amra » 31 Ene 2016 00:58

Cierto pero eso es muy recientemente.

Es difícil saber a que atenerse en estos temas de coleccionismo.

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor Calatravo » 31 Ene 2016 09:49

drana escribió:Gracias Wyat........todavía me quedan dos años para renovar y queda tiempo para el proceso...

Con respecto al arma larga, me dijo el cabo interventor de la capital, q no hay problema para q estando en D, luego con los certificados pueda ir al libro......., pero como dice Manchego, es más interesante tenerla en D, por lo de la munición.........HASTA, el día q no quizás tener más licencia D, y la refugies en el libro!!!

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Cuando ya se tiene la AER,tampoco es necesario pasar por el libro,si tienes los certificados la podrías pasar de D a AER directamente y luego al revés si te interesa y por supuesto inscribirla en el libro y sacarla después,todo en función de lo que te interese en un momento dado,todas estas formulas son posibles y lo digo con la certeza de que a mi me lo han hecho así.
Pero es importante que ademas de que el arma sea de los modelos admitidos tengas los certificados que nunca hay que entregar,tan solo presentar,que hagan copias y te los devuelvan.
Saludos.
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor CZARLOS » 31 Ene 2016 13:46

Calatravo escribió:
drana escribió:Gracias Wyat........todavía me quedan dos años para renovar y queda tiempo para el proceso...

Con respecto al arma larga, me dijo el cabo interventor de la capital, q no hay problema para q estando en D, luego con los certificados pueda ir al libro......., pero como dice Manchego, es más interesante tenerla en D, por lo de la munición.........HASTA, el día q no quizás tener más licencia D, y la refugies en el libro!!!

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Cuando ya se tiene la AER,tampoco es necesario pasar por el libro,si tienes los certificados la podrías pasar de D a AER directamente y luego al revés si te interesa y por supuesto inscribirla en el libro y sacarla después,todo en función de lo que te interese en un momento dado,todas estas formulas son posibles y lo digo con la certeza de que a mi me lo han hecho así.
Pero es importante que ademas de que el arma sea de los modelos admitidos tengas los certificados que nunca hay que entregar,tan solo presentar,que hagan copias y te los devuelvan.
Saludos.



Hola! Pues mi intervención tiene tanto el Certificado de Defensa como el Bope de todas las armas que he tenido (imagino que los enviarian a la IA del que me compro el arma....) y de las que tengo lo mismo...y nada de darme fotocopia de los mismos...como siempre cada IA es una "taifa" en esre "reino de taifas" de las IA...un saludo.

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor Calatravo » 31 Ene 2016 16:43

CZARLOS escribió:
Calatravo escribió:
drana escribió:Gracias Wyat........todavía me quedan dos años para renovar y queda tiempo para el proceso...

Con respecto al arma larga, me dijo el cabo interventor de la capital, q no hay problema para q estando en D, luego con los certificados pueda ir al libro......., pero como dice Manchego, es más interesante tenerla en D, por lo de la munición.........HASTA, el día q no quizás tener más licencia D, y la refugies en el libro!!!

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Cuando ya se tiene la AER,tampoco es necesario pasar por el libro,si tienes los certificados la podrías pasar de D a AER directamente y luego al revés si te interesa y por supuesto inscribirla en el libro y sacarla después,todo en función de lo que te interese en un momento dado,todas estas formulas son posibles y lo digo con la certeza de que a mi me lo han hecho así.
Pero es importante que ademas de que el arma sea de los modelos admitidos tengas los certificados que nunca hay que entregar,tan solo presentar,que hagan copias y te los devuelvan.
Saludos.



Hola! Pues mi intervención tiene tanto el Certificado de Defensa como el Bope de todas las armas que he tenido (imagino que los enviarian a la IA del que me compro el arma....) y de las que tengo lo mismo...y nada de darme fotocopia de los mismos...como siempre cada IA es una "taifa" en esre "reino de taifas" de las IA...un saludo.



Hola CZARLOS.
Si lo han hecho asi esta mal y a lo mejor no puedes recuperaros,pero esos documentos pertenecen a el arma y los ha pagado el que la adquiere,que se los puede entregar a otra persona que la compre después,en las intervenciones pueden exigir verlos para comprobar que son documentos originales y no una copia manipulada o falsa,pero no son para ellos son documentos que pertenecen a el arma,como mucho si quieren guardar copia pueden hacerlo,pero solo eso.
Supongo que siempre podrías pedirlos o solicitar un duplicado en base a el nº de arma..
Si en alguna intervención dicen que se los tienen que quedar la mejor opción seria decir que te den un certificado de que te obligan a que les entregues los documentos,seria lógico como tal reconocerían por escrito que ya no los tienes por que te los han recogido y en ese caso yo doy por hecho que te los devolverían,pues para ellos no tiene sentido guardar los originales.
También es conveniente siempre escanearlos o guardar copia por si lo pierdes tu mismo.
En el de el BOPE viene un nº de certificado que es único y en el de Defensa una fecha de entrada y salida,que dan fe de que esos documentos existieron.
Saludos.
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor muretti » 31 Ene 2016 17:19

...largas y cortas siempre que sean anteriores a 1890 y replicas de cartucheria metalica...

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor Amra » 02 Feb 2016 19:56

Buenas tardes, en otro hilo de compraventa se comenta esto:

“Todas las réplicas que tengo como AER, están inscritas en el libro y tienen su guía independiente, no se sacan del libro para guiarlas.”

http://www.armas.es/foros/avancarga-y-sus-accesorios-segunda-mano/compro-44-40-wcf-1026582

En que quedamos, se sacan, no se sacan, en unas ias si, en otras no ?¿?¿.

Un saludo.
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor Amra » 02 Feb 2016 19:58

Si no se sacan, entonces sí entiendo lo del armero grado tres solo para poder pedir la autorización de coleccionista de replicas o libro.

Un saludo.
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor Amra » 02 Feb 2016 20:01

Me quedan armas en Ae antigua, este punto es el único que me queda por tener completamente claro antes de traspasarlas a la nueva Aer.

Muchas gracias.

Un saludo.
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor Chinchu » 02 Feb 2016 20:11

Amra escribió:Buenas tardes, en otro hilo de compraventa se comenta esto:

“Todas las réplicas que tengo como AER, están inscritas en el libro y tienen su guía independiente, no se sacan del libro para guiarlas.”

http://www.armas.es/foros/avancarga-y-sus-accesorios-segunda-mano/compro-44-40-wcf-1026582

En que quedamos, se sacan, no se sacan, en unas ias si, en otras no ?¿?¿.

Un saludo.


Hola a todos, sólo una pregunta aplicando el sentido común, si para guiar las réplicas y reproducciones hay que sacarlas del libro, a qué narices hay que hacerse coleccionista, comprar el libro e inscribirlas en él como dice la Norma en tres de sus apartados????????

ahí os queda a pregunta, que tiene una respuesta simple, no se sacan del libro al guiarlos como AER

Así las tengo yo.

Saludos.


Orden INT/2202/2014, de 24 de noviembre, por la que se desarrolla el régimen aplicable a las reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas.
CAPÍTULO II
Titularidad
Artículo 3. Titularidad.
1. Podrán ostentar la titularidad de reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas las personas físicas o jurídicas que obtengan la condición de coleccionista de este tipo de armas y las inscriban en el libro-registro previsto en el artículo 107 del Reglamento de Armas.

Artículo 5. Inscripción de las reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas en el libro-registro de coleccionismo.
Una vez otorgada la condición de coleccionista de reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas, las armas correspondientes se inscribirán en el libro-registro a que se refiere el artículo 3 por la Intervención de Armas y Explosivos de la Guardia Civil correspondiente.

CAPÍTULO III
Uso de reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas
.........................
Artículo 8. Requisitos.
.......................
Asimismo, deberá acreditarse lo siguiente:
a) Inscripción de las reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas en el libro-registro.

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor Chinchu » 02 Feb 2016 20:20

Calatravo escribió:Cuando ya se tiene la AER,tampoco es necesario pasar por el libro,si tienes los certificados la podrías pasar de D a AER directamente y luego al revés si te interesa y por supuesto inscribirla en el libro y sacarla después,todo en función de lo que te interese en un momento dado,todas estas formulas son posibles y lo digo con la certeza de que a mi me lo han hecho así.
Pero es importante que ademas de que el arma sea de los modelos admitidos tengas los certificados que nunca hay que entregar,tan solo presentar,que hagan copias y te los devuelvan.
Saludos.


Si te lo han hecho así han cometido una irregularidad clara, pues están incumpliendo la norma que desarrolla este asunto.

Sea la norma un pastiche o no, en ese tema es clara, toda réplica o reproducción, sea para colección o para uso, ha de estar inscrita en el libro y en ningún momento se dice que se haya de sacar del mismo o que se pueda.

Lo que si es un cierto invento es la aparición de la AER, que es un parche para intentar solucionar el asunto, pero no encontrarás base normativa para afirmar o hacer que un arma pase de D, E, AE o F a AER sin quedar inscrita en el libro. Mirate la norma, sólo lo repite tres veces, Libro, Libro, Libro por todas partes, y además como condición indispensable.

Si lo pensamos detenidamente, una vez tienes la AER y guiadas de poco sirve el libro, de hecho es una duplicidad, pero la cuestion es que bien o mal así lo han determinado. Quizás lo que tenían que haber hecho desde el principio es sacar la AER como nueva licencia, como variante de la AE para réplicas, con los mismos requisitos pero sin necesidad de libro; Pero esto es sólo una opinión, hay una norma y es bien clara respecto al libro.

Saludos,
Última edición por Chinchu el 02 Feb 2016 20:39, editado 1 vez en total.

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor Chinchu » 02 Feb 2016 20:26

Amra escribió:Me quedan armas en Ae antigua, este punto es el único que me queda por tener completamente claro antes de traspasarlas a la nueva Aer.

Muchas gracias.

Un saludo.


Respecto a las que ya estaban en AE, al parecer no está claro.

Sé que hay bastantes consultas de IA's a la ICAE al respecto y no hay respuesta. Incluso debe haber ya alguna reclamación bastante avanzada.

En este asunto, hay intervenciones que en la renovación obligan a pasarlas al libro y otras que simplemente pasan revista y mantienen su guía como tal, y cursan la renovación.

Lo único seguro es que tú, de motu propio, si tienes armas en AE con certificados, las puedes pasar al libro siempre que ostentes la condicón de coleccionista de réplicas y, en ese caso, te hacen nueva guía en la que consta la condición de réplica.

Conozco algún caso en el que simplemente han solicitado la renovación de la AE y pasado revista, pero claro está que se la pueden estar jugando; Algo hay cuando nadie le pone el cascabel al gato.

Saludos

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor manchego2010 » 02 Feb 2016 20:43

Chinchu escribió:
Calatravo escribió:Cuando ya se tiene la AER,tampoco es necesario pasar por el libro,si tienes los certificados la podrías pasar de D a AER directamente y luego al revés si te interesa y por supuesto inscribirla en el libro y sacarla después,todo en función de lo que te interese en un momento dado,todas estas formulas son posibles y lo digo con la certeza de que a mi me lo han hecho así.
Pero es importante que ademas de que el arma sea de los modelos admitidos tengas los certificados que nunca hay que entregar,tan solo presentar,que hagan copias y te los devuelvan.
Saludos.


Si te lo han hecho así han cometido una irregularidad clara, pues están incumpliendo la norma que desarrolla este asunto.

Sea la norma un pastiche o no, en ese tema es clara, toda réplica o reproducción, sea para colección o para uso, ha de estar inscrita en el libro y en ningún momento se dice que se haya de sacar del mismo o que se pueda.

Lo que si es un cierto invento es la aparición de la AER, que es un parche para intentar solucionar el asunto, pero no encontrarás base normativa para afirmar o hacer que un arma pase de D, E, AE o F a AER sin quedar inscrita en el libro. Mirate la norma, sólo lo repite tres veces, Libro, Libro, Libro por todas partes, y además como condición indispensable.

Saludos,

Yo soy de la opinión de que toda réplica ha de estar inscrita en el libro.
La Orden no deja lugar a la duda, y deja claro que las armas que se guían en la AER han de estar antes en el libro. Sin excepción.

Artículo 8. Requisitos.
En la solicitud para la obtención de la autorización especial de uso de reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas se deberá aportar la siguiente documentación:
a) Inscripción de las reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas en el libro-registro.

Artículo 10. Revocación.
La vigencia de la autorización especial de uso de reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas estará condicionada al mantenimiento de los requisitos previstos


De lo anterior llego a dos conclusiones:
1º) Todas las armas en AER han de estar inscritas en el Libro.
2º) Cuando se guían con la AER tienen que seguir inscritas en el Libro, aunque se haga constar una anotación de que se les ha expedido guía, porque en caso contrario dejarían de cumplir el requisito de estar inscritas en el Libro registro que exige el artículo 8 de la Orden.

Un saludo.

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor Amra » 02 Feb 2016 21:23

Buenas noches, pues en este caso esa anotación esta muy clara, baja del libro.

http://www.armas.es/foros/leyes-y-normativa-sobre-armas/legislacion-armas-ae-cartucho-metalico-ae-y-icae-1000654?hilit=libro&start=3410

Muchas gracias.

Un saludo.
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