LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

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jrdc1
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor jrdc1 » 28 Oct 2015 11:48

Buenas!

Empiezo a ver la luz al final del túnel.

El cartero me ha entregado un certificado con una nueva tarjeta de licencia de armas. Ya había recibido un correo de la GC anunciando la concesión de la licencia, y que la FNMT me la haría llegar en breve. Lo sorprendente es que no había solicitado ninguna licencia de armas nueva - que más quisiera poder optar a la B - por lo que entendí que era un correo automático relacionado con la AE2.
Al lío. Abro el sobre y me aparece esto:



Las nubes rompen, sale el sol sobre los tiradores de buena voluntad, y oficialmente la Autorización Especial para el Uso de Reproducciones o Réplicas de Armas de Fuego Antiguas, que se resume en AER, se incluye en la tarjeta de la licencia.

A partir de aquí, la inferencia:

No hay problema para guiar las réplicas, se emitirán bajo la AER. Queda por aclarar si al guiarlas saldrán de la ACR, y como casaría esto con el cumplimiento del artículo correspondiente de la Orden, respecto a la inclusión mínima de dos armas.
Al tener guía, podemos ir a comprar la munición de pólvora negra sin mayor problema.

Y el cabreo: ya tengo tres fechas, tres, diferentes para renovar licencias. Voy a montar un consultorio médico autorizado; me saldrá más barato.

Si me dejo algo en el tintero, amplío.

Saludos

redisol
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor redisol » 28 Oct 2015 12:30

Hola compañero, enhorabuena, yo tengo las licencias E,F y AE, no he recibido de oficio la AER, hasta hoy, pero tienes claro que la AER es la que autoriza al uso del arma o es la AE.
Saludos

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor jrdc1 » 28 Oct 2015 13:15

Buenas!

Para usar réplicas, la AER. Si no, es para quedarse sin manos aplaudiendo mejillas.

Saludos

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JordiAMX
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor JordiAMX » 28 Oct 2015 13:30

jrdc1 escribió:Buenas!

Para usar réplicas, la AER. Si no, es para quedarse sin manos aplaudiendo mejillas.

Saludos



Gracias por el aporte, a ver si al final se va aclarando éste lío. :wink:
Cave canem.

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor manchego2010 » 28 Oct 2015 15:12

jrdc1 escribió:No hay problema para guiar las réplicas, se emitirán bajo la AER. Queda por aclarar si al guiarlas saldrán de la ACR, y como casaría esto con el cumplimiento del artículo correspondiente de la Orden, respecto a la inclusión mínima de dos armas.
Al tener guía, podemos ir a comprar la munición de pólvora negra sin mayor problema.

Pues enhorabuena. Debes ser de los primeros en recibirla.
En mi opinión no saldrán, porque esa decisión sería contradictoria a no ser que consideren que las armas guiadas en la AER se computan a los efectos de la inclusión mínima de dos armas en la ACR.
Lo que está claro es que ya se van aclarando las cosas, aunque quede eso por aclarar, que desde luego, se aclarará.
Un saludo a todos.

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor Calatravo » 28 Oct 2015 20:09

Enhorabuena jrdcl.
Yo recibi igualmente un correo el dia 26 de este mes notificandome que mi solicitud de licencia me habia sido concedida y que la recibiria en casa en breve,no me imaginaba que podia ser y no me dajaba responder a el correo tampoco comprendia nada,solo habia realizado una solicitud para guiar las armas al tener la autorizacion de uso concedida,pero ahora veo lo que es,a esperar impaciente recibirla nueva licencia en casa.
Lo de las fechas si cabe es lo de menos,cuando cumple la proxima renuevas todo y ya esta al final solo es una tasa,lo que mas cuesta es el reconocimiento medico y asi usas el mismo.
En cuanto la reciba ire a la intervencion a ver como esta lo de las guias,informare cuando sepa mas.
Saludos.
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor Calatravo » 28 Oct 2015 20:12

Por cierto cuanto te tardo despues de recibir el correo.
saludos.
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor redisol » 28 Oct 2015 20:43

Hola, perdonar mi desconocimiento, pero ya que leo que sabéis del tema, me podríais decir, tengo guiada en la AE un COLT 44,la licencia no me cumple hasta 2018, debo solicitar la ACR, o alguna otra, o esperar a que caduque.
Gracias. Saludos

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor 44LARGO » 28 Oct 2015 21:14

redisol escribió:Hola, perdonar mi desconocimiento, pero ya que leo que sabéis del tema, me podríais decir, tengo guiada en la AE un COLT 44,la licencia no me cumple hasta 2018, debo solicitar la ACR, o alguna otra, o esperar a que caduque.
Gracias. Saludos


Yo estoy en las mismas y no pienso hacer nada. Me espero a que caduque mi AE en 2017 y ya veremos qué tenemos entonces.
Ss

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor jrdc1 » 28 Oct 2015 21:17

Buenas!

Calatravo escribió:Lo de las fechas si cabe es lo de menos,cuando cumple la proxima renuevas todo y ya esta al final solo es una tasa,lo que mas cuesta es el reconocimiento medico y asi usas el mismo.


Ya me gustaría, pero no me dejan. Si faltan más de tres meses para la renovación no me cogen los papeles.

Sobre lo que me ha tardado en llegar la tarjeta, creo que el correo era del viernes; no estoy en casa y no puedo comprobarlo.

Redisol: Puedes mantener las réplicas hasta el momento de la renovación, si es que no cambian nada. Como la AE no ampara las réplicas, te obligarán a depositarlas, y tendrás un año para obtener las autorizaciones correspondientes o enajenar las armas. Si arreglan el desaguisado, vete a saber. Si no hay cambios, como medio año antes obtendría el reconocimiento como coleccionista de armas y, a continuación, el reconocimento de coleccionista de réplicas (ACR); no son lo mismo, y se piden a continuación uno de otro. Cuando lo tengas, puedes sacar las armas de la AE y inscribirlas en la ACR. Entonces pides la AER (Autorización Especial para Réplicas), y cuando te la concedan podrás guiarlas, comprar munición si procede y usarlas. Yo he tardado 10 meses largos en tenerlo todo, pero como estamos abriendo camino...

Saludos

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor jrdc1 » 28 Oct 2015 21:20

Buenas!

redisol escribió:Hola, perdonar mi desconocimiento, pero ya que leo que sabéis del tema, me podríais decir, tengo guiada en la AE un COLT 44,la licencia no me cumple hasta 2018, debo solicitar la ACR, o alguna otra, o esperar a que caduque.
Gracias. Saludos


Colt 44/40 de cartucheria metálica o Colt 44 de avancarga? Para el segundo no hace falta nada. Para el primero, el tocho de antes.

Saludos

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor Calatravo » 28 Oct 2015 23:30

jrdc1 escribió:Buenas!

Calatravo escribió:Lo de las fechas si cabe es lo de menos,cuando cumple la proxima renuevas todo y ya esta al final solo es una tasa,lo que mas cuesta es el reconocimiento medico y asi usas el mismo.


Ya me gustaría, pero no me dejan. Si faltan más de tres meses para la renovación no me cogen los papeles.




Hola jrdcl
Que cosas mas raras,te pasan tendría que comprobarlo pero recuerdo que yo ya hice eso en una ocasión,que ademas busque que me coincidieran con los carnet de primera que también se renuevan a los 5 años y asi doy un solo viaje a el medico,ademas deje caducar la F para simplificar cuando permitieron comprar cartucho metálico con AE y actualmente me basta para satisfacer mi afición.

Por otra parte los plazos que expones desde luego ha sido una pasada de siete pueblos,a mi y a otros compañeros nos ha costado plazos razonables,que no se desanime nadie que ademas ha sido cuando no tenia nadie ni idea de que hacer,ahora parece que se empieza a aclarar algo,aunque todavía quedan puntos por resolver.
Saludos.
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor Calatravo » 28 Oct 2015 23:45

jrdc1 escribió:Buenas!


Redisol: Puedes mantener las réplicas hasta el momento de la renovación, si es que no cambian nada. Como la AE no ampara las réplicas, te obligarán a depositarlas, y tendrás un año para obtener las autorizaciones correspondientes o enajenar las armas. Si arreglan el desaguisado, vete a saber. Si no hay cambios, como medio año antes obtendría el reconocimiento como coleccionista de armas y, a continuación, el reconocimento de coleccionista de réplicas (ACR); no son lo mismo, y se piden a continuación uno de otro. Cuando lo tengas, puedes sacar las armas de la AE y inscribirlas en la ACR. Entonces pides la AER (Autorización Especial para Réplicas), y cuando te la concedan podrás guiarlas, comprar munición si procede y usarlas. Yo he tardado 10 meses largos en tenerlo todo, pero como estamos abriendo camino...

Saludos



Seguro que hay que tener primero el reconocimiento de colecionista de armas antes de poder solicitar el de replicas ACR.
Yo ya tenia el primero,pero recuerdo que estaba presente mientras consultaba un compañero y no le respondieron eso,ya no se si por que lo creían así o por que en cada sitio actúan diferente,pero al menos lo lógico seria que como mucho permitieran solicitar las 2 cosas a la vez.
Por supuesto no puedo asegurar que se cumpla nada de lo que digo,pero están pasando cosas diferentes según la fecha de hacerlo o el lugar.
Saludos.
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor manchego2010 » 29 Oct 2015 01:22

La Orden INT/2202/2014, de 24 de noviembre, por la que se desarrolla el régimen aplicable a las reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas nunca dice que haya que tener la autorización de coleccionista de armas como paso previo para obtener la autorización de coleccionista de reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas.

De hecho el artículo 4.1 al enumerar los requisitos dice
En la solicitud de reconocimiento de la condición de coleccionista de reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas deberá aportarse la siguiente documentación:
a) Certificado de antecedentes penales en vigor.
b) Fotocopia del documento nacional de identidad en vigor o, en su caso, de la tarjeta de identidad de extranjero, que será cotejada con su original.
c) Informe de aptitudes psicofísicas.
Asimismo, deberá acreditarse lo siguiente:
a) Titularidad de un mínimo de 2 reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas. En el supuesto de pretender obtener la condición de coleccionista respecto a una sola reproducción o réplica, deberá firmarse una declaración comprometiéndose a adquirir otra reproducción o réplica durante el año inmediatamente siguiente al reconocimiento de la condición de coleccionista.
b) Interés real en el coleccionismo de reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas, lo que podrá acreditarse, entre otras, de las siguientes formas:
– Afiliación a una asociación de coleccionismo de reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas legalmente constituida, mediante la presentación del correspondiente carné o certificado.
– Carta de recomendación de, al menos, dos coleccionistas de reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas con una antigüedad superior a dos años reconocida por la Guardia Civil, que avalen el interés del aspirante para el inicio de la colección.

Está claro que la condición de coleccionista de armas no es requisito.

Son dos cosas distintas, puede tenerse una u otra, o las dos. El libro es único, pero solo se podrá inscribir el tipo de armas para la que se tenga autorización de coleccionista.

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor jrdc1 » 29 Oct 2015 07:43

Buenas!

Es posible que no entendiera bien las instrucciones de la IA, pero recuerdo perfectamente haber solicitado el reconocimiento como coleccionista de réplicas, y lo que me llegó fue el genérico de armas. Cuando me fui a quejar, me explicaron que primero uno y después otro,y que eso es lo que había. A lo mejor habían metido la pata, y por eso no me cobraron tasas para la ACR.

Ojalá las instrucciones de la ICAE sean claras, y quien quiera la ACR pueda pedirla directamente, esté donde esté y la pida donde la pida.

Por curiosidad: alguien tiene la ACR sin tener la Autorización de Coleccionista de Armas genérica?

Saludos

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor paquito77 » 29 Oct 2015 08:39

Hola:
yo tengo 3 armas de cartucho metálico en la AE, como tengo que renovar en un año pues me decidí adelantarme para cuando llegue el momento y pedí la autorización de coleccionista de réplicas ( ya tenía el libro de coleccionista clásico) dicha autorización me llego hace un mes.
Bueno pues yo ya estaba tranquilo con la autorización en mi mano para cuando la necesite,
Cual es mi sorpresa cuando ayer me llaman de la INtervencion y me dicen que como tengo la autorización que debo inscribir las armas en el libro ya. Que no me puedo esperar a que renueve la AE.
¿ a alguien le a pasado ? Estoy perplejo por que me obligan a inscribirlas y yo quería esperar por si esto cambia hasta el ultimo momento.
Os seguiré contando la experiencia.
Un saludo a todos.

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor manchego2010 » 29 Oct 2015 08:54

paquito77 escribió:Cual es mi sorpresa cuando ayer me llaman de la INtervencion y me dicen que como tengo la autorización que debo inscribir las armas en el libro ya. Que no me puedo esperar a que renueve la AE.

Pues sí que es una sorpresa. Eso es cosa de la intervención, no hay ninguna obligación de inscribirlas ya. Solo es obligatorio inscribir las que se compren después de la entrada en vigor de la Orden. Las que ya estaban en AE es obligatorio inscribirlas cuandose renueve o cuando cumpla la AE porque a partir de ese momento la AE actual no las ampara.
Sería conveniente que se hiciera una consulta a la ICAE.
Un saludo.

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor topp » 29 Oct 2015 10:22

Piues a mi me dijeron hace 15 dias que teniendo el libro de coleccionista de toda la vida que no tenia que comprar otro para replicas, que me las inscribian en ese cuando llegara el momento. Vivimos en un reino de taifas.. :shock:
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