LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE
Hombre si esos requisitos son necesarios para la obtención / renovación de la AE, a los que ya tenemos AE no senos menciona...cuando toque renovar nos afectara.
Además que si pretenden que afecte a los que ya tenemos AE nos tendrán que comunicar por escrito las nuevas normas, porque adivinos no somos.
Además que si pretenden que afecte a los que ya tenemos AE nos tendrán que comunicar por escrito las nuevas normas, porque adivinos no somos.
Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE
Los ciudadanos del reino de España tenemos la obligación de leernos el Boletín Oficial del Estado cada vez que sale publicado, y el desconocimiento de una norma no disculpa su incumplimiento.
Ojo, no digo que me encante que sea así. Digo que es así.
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE
Hombre entonces por esa lógica todos los que tengan AE y arma de cartucho metálico sin tener libro de coleccionista , estar federado , pertenecer a una asociación de coleccionistas de armas históricas y además ser socio de un club de tiro están en una situación de ilegalidad ¿? Hombre vamos todo eso es para obtener/renovar la AE, algunos ya la tenemos. Seamos sensatos que las IA tienen dos dedos de frente.
Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE
Uberti45lc escribió:Hombre entonces por esa lógica todos los que tengan AE y arma de cartucho metálico sin tener libro de coleccionista , estar federado , pertenecer a una asociación de coleccionistas de armas históricas y además ser socio de un club de tiro están en una situación de ilegalidad ¿? Hombre vamos todo eso es para obtener/renovar la AE, algunos ya la tenemos. Seamos sensatos que las IA tienen dos dedos de frente.
Técnicamente así es, tal como dices. Pero no voy a discutir ni a tratar de convencerte de nada. Si prefieres fiarte del Santo, entonces no pongas vela. Un saludo.
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE
"Ignorantia juris non excusat" o lo que es lo mismo, "el desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento", y a partir de su publicación en el BOE los textos ya son plenamente vigentes.
En ese principio se basan todos los estados de derecho y sistemas legales del mundo ... uno no puede cometer un delito o infringir una norma y luego alegar que fue por desconocimiento de la ley, ya sea en este asunto de las armas o en cualquier otro ...
Otra cosa es que en este caso concreto de los cambios en AE se apliquen las nuevas normas cuando uno renueve o solicite nueva licencia, pero será por deferencia, costumbre de hacerlo así o por "cortesía" de las autoridades, pero si les diera la gana podría ser de otra forma, claro que de esa otra manera habría colas en las IA y un jaleo y un caos monumental, y supongo que no quieren eso, no por los inmediatos perjuicios a los poseedores de la AE con armas de cartucho metálico, más bien por la propia comodidad de los que trabajan en las IA.
En ese principio se basan todos los estados de derecho y sistemas legales del mundo ... uno no puede cometer un delito o infringir una norma y luego alegar que fue por desconocimiento de la ley, ya sea en este asunto de las armas o en cualquier otro ...
Otra cosa es que en este caso concreto de los cambios en AE se apliquen las nuevas normas cuando uno renueve o solicite nueva licencia, pero será por deferencia, costumbre de hacerlo así o por "cortesía" de las autoridades, pero si les diera la gana podría ser de otra forma, claro que de esa otra manera habría colas en las IA y un jaleo y un caos monumental, y supongo que no quieren eso, no por los inmediatos perjuicios a los poseedores de la AE con armas de cartucho metálico, más bien por la propia comodidad de los que trabajan en las IA.
Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE
CONFERENCIA SOBRE EL COLECCIONISMO DE ARMAS EN ESPAÑA ORGANIZADA POR ANARMA EN MADRID
Estimados socios y seguidores,
Como continuación a la ronda de reuniones entorno a la Mesa del Coleccionismo de ANARMA y aprovechando la afluencia de profesionales del sector, con motivo de la feria MILITARIA (25-26/04/2015), tendrá lugar una conferencia sobre coleccionismo el próximo viernes 24 en Madrid. El evento se celebrará en:
HOTEL CATALONIA ATOCHA
C/ Atocha, 81 (28012 - MADRID)
El horario de la reunión será de 9:00 - 14:00.
A la misma acudirán coleccionistas, profesionales del sector, representantes de la administración, el presidente de FESAC (Foundation for European Societies of Arms Collectors), prensa y medios especializados.
La asistencia está abierta a los socios de ANARMA que lo soliciten, así como coleccionistas que aún no perteneciendo a nuestra asociación, estén interesados en el evento. Las plazas son limitadas y se accede por rigurosa invitación. Los interesados pueden mandar un e-mail a info@anarma.org, donde se les indicará la disponibilidad de plaza.
Durante dicha conferencia se presentarán los resultados alcanzados en las diferentes ediciones pasadas de la Mesa de Coleccionismo, en forma de un primer modelo de propuesta de nueva licencia. Después de la presentación inicial, se abrirá un pequeño debate donde se comentarán los diferentes aspectos del modelo propuesto y se escucharán las aportaciones que puedan sugerir los presentes.
Saludos,
Mesa del Coleccionismo de ANARMA
Asociación Nacional del Arma, ¡Defendemos Tus Derechos!
Estimados socios y seguidores,
Como continuación a la ronda de reuniones entorno a la Mesa del Coleccionismo de ANARMA y aprovechando la afluencia de profesionales del sector, con motivo de la feria MILITARIA (25-26/04/2015), tendrá lugar una conferencia sobre coleccionismo el próximo viernes 24 en Madrid. El evento se celebrará en:
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C/ Atocha, 81 (28012 - MADRID)
El horario de la reunión será de 9:00 - 14:00.
A la misma acudirán coleccionistas, profesionales del sector, representantes de la administración, el presidente de FESAC (Foundation for European Societies of Arms Collectors), prensa y medios especializados.
La asistencia está abierta a los socios de ANARMA que lo soliciten, así como coleccionistas que aún no perteneciendo a nuestra asociación, estén interesados en el evento. Las plazas son limitadas y se accede por rigurosa invitación. Los interesados pueden mandar un e-mail a info@anarma.org, donde se les indicará la disponibilidad de plaza.
Durante dicha conferencia se presentarán los resultados alcanzados en las diferentes ediciones pasadas de la Mesa de Coleccionismo, en forma de un primer modelo de propuesta de nueva licencia. Después de la presentación inicial, se abrirá un pequeño debate donde se comentarán los diferentes aspectos del modelo propuesto y se escucharán las aportaciones que puedan sugerir los presentes.
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Estos son mis principios si no les gustan tengo otros...
A well regulated militia being necessary to the security of a free State, the right of the People to keep and bear arms shall not be infringed
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE
Uberti45lc escribió:Otra duda que tengo en lo referente al armero grado 3 (80kg), si ya tenemos la AE con un revolver de cartucho metálico guiado solo sera exigible a la hora de renovar la AE ¿NO?
O si quiero adquirir otra de cartucho metálico y sacarme el libro a la hora de inscribir las 2 no me podrían exigir el armero grado 3 hasta que no me toque renovar la AE sino me equivoco.
Te pedirán que te actualices en el momento que solicites algún tramite que requiera el cambio, ya sea la AE o un arma nueva, lo que primero llegue.
 El arca de noe fue construido por aficionados, titanic por profesionales. No le temas al bricolage
Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE
Después de leerme las más de dos mil quinientas entradas, tengo una gran duda que me gustaría exponer para ver si alguien me la puede aclarar.
Si las armas que se registran en el libro de coleccionista no se pueden utilizar, según el vigente Reglamento de Armas, con lo que tampoco se puede vender munición para ellas (eso creo, y si estoy equivocado que alguien me lo explique), ¿cómo vamos a poder demostrar una actividad deportiva con su uso si no las podemos sacar del domicilio?
¿No sería más razonable que o bien, las podamos meter en el libro, o bien las podamos guiar en AE (tal y como se hacen ahora, o hasta ahora), o como quieran llamar a la autorización o licencia que permita su uso en galerías de tiro, aunque sea con los requisitos de estar federados y tener armero (cuestión ésta última que no me desagrada en absoluto, es más, creo que incluso es conveniente)?
Si las armas que se registran en el libro de coleccionista no se pueden utilizar, según el vigente Reglamento de Armas, con lo que tampoco se puede vender munición para ellas (eso creo, y si estoy equivocado que alguien me lo explique), ¿cómo vamos a poder demostrar una actividad deportiva con su uso si no las podemos sacar del domicilio?
¿No sería más razonable que o bien, las podamos meter en el libro, o bien las podamos guiar en AE (tal y como se hacen ahora, o hasta ahora), o como quieran llamar a la autorización o licencia que permita su uso en galerías de tiro, aunque sea con los requisitos de estar federados y tener armero (cuestión ésta última que no me desagrada en absoluto, es más, creo que incluso es conveniente)?
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE
Indignado escribió:Después de leerme las más de dos mil quinientas entradas, tengo una gran duda que me gustaría exponer para ver si alguien me la puede aclarar.
Si las armas que se registran en el libro de coleccionista no se pueden utilizar, según el vigente Reglamento de Armas, con lo que tampoco se puede vender munición para ellas (eso creo, y si estoy equivocado que alguien me lo explique), ¿cómo vamos a poder demostrar una actividad deportiva con su uso si no las podemos sacar del domicilio?
¿No sería más razonable que o bien, las podamos meter en el libro, o bien las podamos guiar en AE (tal y como se hacen ahora, o hasta ahora), o como quieran llamar a la autorización o licencia que permita su uso en galerías de tiro, aunque sea con los requisitos de estar federados y tener armero (cuestión ésta última que no me desagrada en absoluto, es más, creo que incluso es conveniente)?
Creo que no has entendido bien la Orden Ministerial dale un repaso para que te quede mas claro.
Saludos,
Socio 0208 Anarma
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE
Indignado escribió:Después de leerme las más de dos mil quinientas entradas, tengo una gran duda que me gustaría exponer para ver si alguien me la puede aclarar.
Si las armas que se registran en el libro de coleccionista no se pueden utilizar, según el vigente Reglamento de Armas, con lo que tampoco se puede vender munición para ellas (eso creo, y si estoy equivocado que alguien me lo explique), ¿cómo vamos a poder demostrar una actividad deportiva con su uso si no las podemos sacar del domicilio?
¿No sería más razonable que o bien, las podamos meter en el libro, o bien las podamos guiar en AE (tal y como se hacen ahora, o hasta ahora), o como quieran llamar a la autorización o licencia que permita su uso en galerías de tiro, aunque sea con los requisitos de estar federados y tener armero (cuestión ésta última que no me desagrada en absoluto, es más, creo que incluso es conveniente)?
¿en serio? Que te obliguen a comprar un grado 3 para un hierro del 1873 que en otros países es de venta libre sin armero, y que aquí no se requería armero y dices que no te desagrada...

Y lo de las rejas o el expositor homologado?... Sarna con gusto no pica...

EL DOCUMENTAL QUE NO QUIEREN QUE VEAS
https://youtu.be/3PLwzxqlEoE
EN ESPAÑA NO HAY DEMOCRACIA
https://youtu.be/teXgD2lX4IM
APROBADA LEY QUE PERMITE PORTAR ARMAS
https://youtu.be/R2JP-7WyoCs
ENTREVISTA ANARMA
https://www.ivoox.com/12206234
https://youtu.be/3PLwzxqlEoE
EN ESPAÑA NO HAY DEMOCRACIA
https://youtu.be/teXgD2lX4IM
APROBADA LEY QUE PERMITE PORTAR ARMAS
https://youtu.be/R2JP-7WyoCs
ENTREVISTA ANARMA
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- Calatravo
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE
.
Última edición por Calatravo el 05 Oct 2022 00:01, editado 1 vez en total.
Manifestar:Querer a España,es de gente noble y sana.
Ni el lugar de nacimiento,ni la ideologia,ni la condicion social,
son impedimentos o excusas para:
RESPETAR A ESPAÑA.
Ni el lugar de nacimiento,ni la ideologia,ni la condicion social,
son impedimentos o excusas para:
RESPETAR A ESPAÑA.
Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE
kikeformad escribió:Indignado escribió:Después de leerme las más de dos mil quinientas entradas, tengo una gran duda que me gustaría exponer para ver si alguien me la puede aclarar.
Si las armas que se registran en el libro de coleccionista no se pueden utilizar, según el vigente Reglamento de Armas, con lo que tampoco se puede vender munición para ellas (eso creo, y si estoy equivocado que alguien me lo explique), ¿cómo vamos a poder demostrar una actividad deportiva con su uso si no las podemos sacar del domicilio?
¿No sería más razonable que o bien, las podamos meter en el libro, o bien las podamos guiar en AE (tal y como se hacen ahora, o hasta ahora), o como quieran llamar a la autorización o licencia que permita su uso en galerías de tiro, aunque sea con los requisitos de estar federados y tener armero (cuestión ésta última que no me desagrada en absoluto, es más, creo que incluso es conveniente)?
Creo que no has entendido bien la Orden Ministerial dale un repaso para que te quede mas claro.
Saludos,
Kikeformand, creo que que yo también soy como esta dichosa Orden Ministerial, no se me entiende, o no me he redactado correctamente, inteligiblemente...
Si precisamente mi duda surge al no entender la citada Orden. Y mira que he estado dando vueltas, tantas, que ya me parece que el parado soy yo, y es todo lo que da continuas, insoportables,interminables vueltas a mi alrededor.
kikeformand, ¿me puedes decir si es que has sido capaz de entender esa Orden (mérito que admiraría),si se puede disparar con un arma que esté inscrita en el libro de coleccionista? Si no quieres ser muy explícito, con ser escueto, con decir algo tan simple como sí, o no, me bastaría para salir de este terrible laberinto. O a lo mejor no es tan sencillo..., pues si es que no se puede disparar, la Orden no está conforme a derecho en cuanto a que se obliga a hacer uso de las armas dichosas en campos de tiro, y si se puede hacer hacer fuego con ellas, tampoco lo es, pues va en contra del Reglamento...
Un saludo.
Última edición por Indignado el 22 Abr 2015 21:08, editado 2 veces en total.
Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE
Calatravo escribió:Hasta ahora para poder tener el libro de coleccionicista habia que solicitar un certificado a la direccion general de la guardica civil que te concedia si lo considera procendente,un documento que es una autoricacion que te reconoce como coleccionista de armas y una vez que tenias dicho documento en el cual figura un numero que se asigna,entonces podias comprar el libro e inscribir armas en el que tubieran condiciones para ser consideradas actas,y no se podian usar.
Ahora esto sigue igual,pero para concretamente armas de la categoria 6.2 que son de cartucho metalico anteriores a 1890,si las quieres inscribir tienes que solicitar un certificado que te acredite como coleccionista de este tipo de armas en concreto y que es independiente del que ya teniamos,aportando claro los requisitos que exigen en la orden ministerial.
Si te conceden esta autorizacion ya podras inscribir armas de categoria 6.2 ,pero tampoco puedes usarlas.
Para esto ultimo tendrias que solicitar otra autorizacion para tirar con ellas y solo con ellas,las historicas no entran en este permiso,una vez que lo tengas si que tendras que acreditar actividad para que no te retiren la autorizacion.
Es una putada,un lio y todo lo que queramos,pero segun entiendo esto es lo que hay.
puedes tener armas sin usarlas y tambien puedes solicitar permiso para tirar,por lo que creo el libro sera el mismo solo cambia la condicion del arma por su categoria.
Saludos.
Buenas noches.
¿Se pueden tener en libro y tirar a la vez?.
Un saludo.
Nuestro carácter es el resultado de nuestra conducta.
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE
El problema surge de esta contradicción:
El Reglamento dice:
Artículo 107.
El uso y tenencia de armas de las categorías 6.ª y 7.ª, 4, se acomodará a los siguientes requisitos:
(...)
b) Las personas físicas y jurídicas coleccionistas de armas de avancarga o de otras armas de fuego antiguas, históricas o artísticas, sus reproducciones y asimiladas, susceptibles o no de hacer fuego, y de armas sistema «Flobert» podrán poseerlas legalmente si las tienen inscritas en un Libro-Registro, diligenciado por la Intervención de Armas respectiva, en el que se anotarán las altas y bajas. Queda prohibido el uso de las armas inscritas en dicho Registro. Para la circulación y transporte será necesaria una guía especial, que expedirá, en cada caso, la Intervención de Armas, a la vista de los datos que consten en el Libro, haciendo constar el destino concreto.
(...)
La Orden dice:
Artículo 7. Uso.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 107 del Reglamento de Armas, el uso de reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas está prohibido. Excepcionalmente, se podrán utilizar en campos, galerías o polígonos de tiro controlados para prácticas, previa obtención de autorización especial en la forma prevenida en el artículo 101 del Reglamento de Armas.
El Reglamento prohíbe de manera expresa y en términos absolutos el uso de las armas inscritas en el Libro. La Orden dice que excepcionalmente se podrán utilizar. La contradicción es clara.
El artículo 107 era y es muy claro:
Libro=> uso prohibido
AE=> uso permitido.
La Orden en su afán de complicar las cosas trata de que sea obligatorio en todo caso obtener el libro, y además la AE y el resultado es que se ha creado una especie de "chocotajadas" como dicen en mi pueblo, pese a que para hacerlo la Orden diga algo claramente contrario al Reglamento, y es que las armas inscritas en el Libro registro pueden usarse, y la cosa queda así:
Libro=> uso prohibido
Libro + AE=> uso permitido.
El Reglamento dice:
Artículo 107.
El uso y tenencia de armas de las categorías 6.ª y 7.ª, 4, se acomodará a los siguientes requisitos:
(...)
b) Las personas físicas y jurídicas coleccionistas de armas de avancarga o de otras armas de fuego antiguas, históricas o artísticas, sus reproducciones y asimiladas, susceptibles o no de hacer fuego, y de armas sistema «Flobert» podrán poseerlas legalmente si las tienen inscritas en un Libro-Registro, diligenciado por la Intervención de Armas respectiva, en el que se anotarán las altas y bajas. Queda prohibido el uso de las armas inscritas en dicho Registro. Para la circulación y transporte será necesaria una guía especial, que expedirá, en cada caso, la Intervención de Armas, a la vista de los datos que consten en el Libro, haciendo constar el destino concreto.
(...)
La Orden dice:
Artículo 7. Uso.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 107 del Reglamento de Armas, el uso de reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas está prohibido. Excepcionalmente, se podrán utilizar en campos, galerías o polígonos de tiro controlados para prácticas, previa obtención de autorización especial en la forma prevenida en el artículo 101 del Reglamento de Armas.
El Reglamento prohíbe de manera expresa y en términos absolutos el uso de las armas inscritas en el Libro. La Orden dice que excepcionalmente se podrán utilizar. La contradicción es clara.
El artículo 107 era y es muy claro:
Libro=> uso prohibido
AE=> uso permitido.
La Orden en su afán de complicar las cosas trata de que sea obligatorio en todo caso obtener el libro, y además la AE y el resultado es que se ha creado una especie de "chocotajadas" como dicen en mi pueblo, pese a que para hacerlo la Orden diga algo claramente contrario al Reglamento, y es que las armas inscritas en el Libro registro pueden usarse, y la cosa queda así:
Libro=> uso prohibido
Libro + AE=> uso permitido.
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE
La OM es una vergüenza. Es un insulto a la ley y la justicia. Se pasa por el forro numerosos artículos del reglamento, la Constitución...
Se ha pedido su suspensión cautelar por ello y por el daño que hace cada día que pasa.
Sólo veo argumentos para suspenderla cuanto antes.
Se ha pedido su suspensión cautelar por ello y por el daño que hace cada día que pasa.
Sólo veo argumentos para suspenderla cuanto antes.
EL DOCUMENTAL QUE NO QUIEREN QUE VEAS
https://youtu.be/3PLwzxqlEoE
EN ESPAÑA NO HAY DEMOCRACIA
https://youtu.be/teXgD2lX4IM
APROBADA LEY QUE PERMITE PORTAR ARMAS
https://youtu.be/R2JP-7WyoCs
ENTREVISTA ANARMA
https://www.ivoox.com/12206234
https://youtu.be/3PLwzxqlEoE
EN ESPAÑA NO HAY DEMOCRACIA
https://youtu.be/teXgD2lX4IM
APROBADA LEY QUE PERMITE PORTAR ARMAS
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ENTREVISTA ANARMA
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE
Buenas!
Continuamos para bingo.
La semana pasada me llegó la autorización de coleccionista:
No hace mención alguna a la Orden INT-2202-2014; insiste en que las armas inscritas en el libro no pueden ser usadas.
Como esta semana hay subasta en la IA de Barcelons-Sant Andreu, aprovecharé para comprar el libro, si es que disponen del mismo en la IA. A ver qué se cuentan.
Ya falta menos...
Saludos
Continuamos para bingo.
La semana pasada me llegó la autorización de coleccionista:
No hace mención alguna a la Orden INT-2202-2014; insiste en que las armas inscritas en el libro no pueden ser usadas.
Como esta semana hay subasta en la IA de Barcelons-Sant Andreu, aprovecharé para comprar el libro, si es que disponen del mismo en la IA. A ver qué se cuentan.
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE
No quiero ser agorero, pero segun me dijeron ayer miercoles en la I.a. de travesera, las autorizaciones de coleccionista "normal" o "tradicional" y las de coleccionista de replicas de arma antigua de cartucho metalico, se piden por separado
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE
Si, las autorizaciones son diferentes y Se supone que no te vale el LC de toda la vida, es un libro de registro de réplicas de cartucho metálico que NO EXISTE ni el reglamento conoce de su existencia ósea que lo mismo la IA habla con alguna editorial Para Imprimir el libro ese nuevo. Es que es de circo! Si se piensan que aquí no va a pasar nada son unos ingenuos. Esto es un escándalo
EL DOCUMENTAL QUE NO QUIEREN QUE VEAS
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EN ESPAÑA NO HAY DEMOCRACIA
https://youtu.be/teXgD2lX4IM
APROBADA LEY QUE PERMITE PORTAR ARMAS
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ENTREVISTA ANARMA
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EN ESPAÑA NO HAY DEMOCRACIA
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