alectoris escribió:Gracias por vuestras respuestas.
Yo también interpreto que es el arma que debe ir siempre acompañado de su guía, no la guía acompañada de su arma.
Sería interesante saber si a alguien le han sancionado por este motivo y en base a que "...... " ha incumplido y ya puestos que sanción se le ha impuesto.
Pero yo el primero y creo que a muchos nos cuesta hacer valer nuestros derechos delante la autoridad y procuramos pasar el trámite lo más rápido posible y poder seguir con nuestra actividad.
Volviendo a mi idea.
Sería posible guardar la guía en el interior de la culata o....,??? recuerdo que hay alguna restricción en guardar cosas dentro de las culatas.
Y llevar solo en la cartera toda la documentación personal: permiso armas, licencia caza, seguro,....
Supongo que no hay problema en ello, ya que el R.A. no establece ninguna prohibición en cuanto a lo que pueda ir dentro de una culata, salvo que vaya munición dentro pero, cuidado, esa restricción respecto a la munición sólo se da cuando el arma está guardada en el armero o cuando es transportada, no cuando es usada.
Me explico:
El R.A. establece que el arma y la munición han de estar separadas, cuando están guardadas, y también que han de transportarse por separado. Este es el caso de las fajas o calcetines porta munición que se ponen en la culata, en las que se llevan media docena de balas. Cuando va el arma enfundada o se guarda en el armero, esas cananas no pueden llevar munición, pero cuando se está cazando con ellas sí, por ejemplo.
Lo único que se me ocurre, en general, es lo engorroso de tener que desmontar la culata o la cantonera, cuando se nos requiriese mostrar la guía de pertenencia.
Saludos,

