Hola. Tengo el libro de coleccionista y varias armas en el, todas compradas de armerias. Un amigo tiene una pistola comprada hace mucho tiempo cuando solo te pedian en dni y me la quere regalar para sacarsela de encima. No tiene la factura y no se acuerda de donde la compro, alguna pagina web. La puedo coger y ponerla en mi libro sin problemas por parte de IA de GC ?
Gracias
Detonadora sin factura de compra
Re: Detonadora sin factura de compra
Es lio a la vista.
Ahora son "armas de alarma" y tienen bastantes restricciones.
Tienen que estar punzonadas en banco de pruebas (las antiguas no lo están) o demostrar que se han adquirido antes de la entrada en vigor del reglamento (28.1).
Hay que pasar por intervención para su adquisición "la IA comprobará la identidad del adquiriente y la licencia, autorización o documento acreditativo que le habilita para la adquisición de las armas, los componentes esenciales o las municiones"(49.4).
Deben de cumplir la normativa del anexo "Especificaciones técnicas de las armas de alarma y señales". Seguramente si es antigua no lo cumple. Hay una norma para asegurarse que no se pueden modificar para disparar munición real.
Yo no se que decirte.
Las han restringido bastante.
De todos modos el coleccionismo es de las pocas actividades que se referencian para este tipo de armas en el nuevo reglamento.
Si tu interventor es "comprensivo" podrías preguntarle.
Ahora son "armas de alarma" y tienen bastantes restricciones.
Tienen que estar punzonadas en banco de pruebas (las antiguas no lo están) o demostrar que se han adquirido antes de la entrada en vigor del reglamento (28.1).
Hay que pasar por intervención para su adquisición "la IA comprobará la identidad del adquiriente y la licencia, autorización o documento acreditativo que le habilita para la adquisición de las armas, los componentes esenciales o las municiones"(49.4).
Deben de cumplir la normativa del anexo "Especificaciones técnicas de las armas de alarma y señales". Seguramente si es antigua no lo cumple. Hay una norma para asegurarse que no se pueden modificar para disparar munición real.
Yo no se que decirte.
Las han restringido bastante.
De todos modos el coleccionismo es de las pocas actividades que se referencian para este tipo de armas en el nuevo reglamento.
Si tu interventor es "comprensivo" podrías preguntarle.
Re: Detonadora sin factura de compra
La pistola viene con numero de serie , es una walther cp99.
Lo que no quero es el lio para mi o para el tio que me la regala. Como sera de compresivo el de IA no se porque el de la armeria se encargava siempre de tramites, le dejava el libro y cuando lo tenia me iva a recojer la arma y el libro.
Lo que no quero es el lio para mi o para el tio que me la regala. Como sera de compresivo el de IA no se porque el de la armeria se encargava siempre de tramites, le dejava el libro y cuando lo tenia me iva a recojer la arma y el libro.
Re: Detonadora sin factura de compra
Pues que tu amigo te haga un contrato privado de compraventa con el nº de serie y la categoría del arma (7ª 6ª).
www stock armas com/wp-content/uploads/2015/08/Contrato-de-compraventa-en-blanco.pdf
Ponga en el el año - aproximado - de compra.
Con eso te vas a la IA.
Le pides que te la inscriban en el Libro, y pueden pasar tres cosas:
* Que te la inscriban
* Que te pidan mandarla al BOPE para punzonar
* Que te digan que no es inscribible por ....
Tu si la inscriben te la llevas, si no la depositas para achatarrar.
No pierdes nada y tu amigo tampoco ya que se quiere deshacer de ella.
Nadie ha hecho nada ilegal, así que problemas a mayores no puede haber.
Lleva el documento de transferencia cubierto por si acaso.
https://www.guardiacivil.es/documentos/ ... aArmas.pdf
Con eso te quitas de lios.
No encuentro tasas así que dee ser gratis ( https://www.guardiacivil.es/documentos/ ... O_2022.pdf )
www stock armas com/wp-content/uploads/2015/08/Contrato-de-compraventa-en-blanco.pdf
Ponga en el el año - aproximado - de compra.
Con eso te vas a la IA.
Le pides que te la inscriban en el Libro, y pueden pasar tres cosas:
* Que te la inscriban
* Que te pidan mandarla al BOPE para punzonar
* Que te digan que no es inscribible por ....
Tu si la inscriben te la llevas, si no la depositas para achatarrar.
No pierdes nada y tu amigo tampoco ya que se quiere deshacer de ella.
Nadie ha hecho nada ilegal, así que problemas a mayores no puede haber.
Lleva el documento de transferencia cubierto por si acaso.
https://www.guardiacivil.es/documentos/ ... aArmas.pdf
Con eso te quitas de lios.
No encuentro tasas así que dee ser gratis ( https://www.guardiacivil.es/documentos/ ... O_2022.pdf )
Re: Detonadora sin factura de compra
yagorubio escribió:Pues que tu amigo te haga un contrato privado de compraventa con el nº de serie y la categoría del arma (7ª 6ª).
www stock armas com/wp-content/uploads/2015/08/Contrato-de-compraventa-en-blanco.pdf
Ponga en el el año - aproximado - de compra.
Con eso te vas a la IA.
Le pides que te la inscriban en el Libro, y pueden pasar tres cosas:
* Que te la inscriban
* Que te pidan mandarla al BOPE para punzonar
* Que te digan que no es inscribible por ....
Tu si la inscriben te la llevas, si no la depositas para achatarrar.
No pierdes nada y tu amigo tampoco ya que se quiere deshacer de ella.
Nadie ha hecho nada ilegal, así que problemas a mayores no puede haber.
Lleva el documento de transferencia cubierto por si acaso.
https://www.guardiacivil.es/documentos/ ... aArmas.pdf
Con eso te quitas de lios.
No encuentro tasas así que dee ser gratis ( https://www.guardiacivil.es/documentos/ ... O_2022.pdf )
Gracias. Lo intentare aver que sale .
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Re: Detonadora sin factura de compra
yagorubio escribió:
* Que te la inscriban
* Que te pidan mandarla al BOPE para punzonar
* Que te digan que no es inscribible por ....
Tu si la inscriben te la llevas, si no la depositas para achatarrar.
No pierdes nada y tu amigo tampoco ya que se quiere deshacer de ella.
Nadie ha hecho nada ilegal, así que problemas a mayores no puede haber.
Con eso te quitas de lios.
Perdonar si soy a lo mejor un poco alarmista, pero no se supone que el amigo del compañero debiera haber depositado el arma antes de la entrada de la orden si no le ampara autorización alguna de tenencia? Digo yo que si apareces por allí con una, pregunten de dónde sale y el rabo pueda estar asegurado.
Orden Int. 1008/2017 de 3 de julio (una chapuzada rapida para prohibir las detonadoras antes de modificar el RA)
Disposición transitoria primera. Pistolas y revólveres detonadores que se posean a la entrada en vigor de esta orden.
En el plazo de seis meses a contar desde la entrada en vigor de esta orden, quienes estén en posesión de pistolas o revólveres detonadores deberán acreditar su destino para actividades deportivas, adiestramiento canino profesional, espectáculos públicos, actividades recreativas, filmaciones cinematográficas y artes escénicas, mediante la presentación en la Intervención de Armas y Explosivos de la Guardia Civil correspondiente a su domicilio de la documentación a que se refiere el artículo 5, o bien solicitar el reconocimiento de la condición de coleccionista e inscribirla en el libro-registro a que se refiere el artículo 8. Transcurrido dicho plazo, en caso de no haber ejercido ninguna de estas opciones, deberán depositar las armas para su destrucción en la citada Intervención de Armas y Explosivos.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BO ... C3%A9nicas.
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Re: Detonadora sin factura de compra
MarioSmv escribió:Gracias. Lo intentare aver que sale .
Creo que lo más sencillo sería documentarla como hallazgo. De esas cosas sin papeles que aparecen en casa de un familiar, o en este caso, de un amigo. o incluso en tu casa, si alguien se la ha dejado por allí, no sabes cuándo...Reuniendo tú las condiciones para tenerla, no creo que hubiese problema en ponerla a tu nombre.
Y si no cuela, destrucción y listo, sin complicar a nadie más.
PD: cacicada tremenda la famosa ordne del 2017. O sea, se supone que alguien que ni es tirador ni tiene licencia alguna, pues compró un objeto (no arma) de venta libre en su momento, esa persona como digo tiene que estar al tanto de las novedades legislativas que afectan a un campo que le es ajeno. Porque esto no es como Tráfico, que le dan publicidad a sus nuevas restricciones sancionadoras... o al menos, no recuerod haber visto nada de esta Orden en el telediario... Cacicada de la ICAE, una más,
Socio ANARMA
"Bajo llave, es bajo llave"
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Re: Detonadora sin factura de compra
Fulminante escribió:Orden Int. 1008/2017 de 3 de julio (una chapuzada rapida para prohibir las detonadoras antes de modificar el RA)
Disposición transitoria primera. Pistolas y revólveres detonadores que se posean a la entrada en vigor de esta orden.
En el plazo de seis meses a contar desde la entrada en vigor de esta orden, quienes estén en posesión de pistolas o revólveres detonadores deberán acreditar su destino para actividades deportivas, adiestramiento canino profesional, espectáculos públicos, actividades recreativas, filmaciones cinematográficas y artes escénicas, mediante la presentación en la Intervención de Armas y Explosivos de la Guardia Civil correspondiente a su domicilio de la documentación a que se refiere el artículo 5, o bien solicitar el reconocimiento de la condición de coleccionista e inscribirla en el libro-registro a que se refiere el artículo 8. Transcurrido dicho plazo, en caso de no haber ejercido ninguna de estas opciones, deberán depositar las armas para su destrucción en la citada Intervención de Armas y Explosivos.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BO ... C3%A9nicas.
Alarmista para nada. yo no conocía esa orden, ni me surgió cuando buscaba información de cual era la normativa actual.
Gracias por avisar.
Le he enviado un privado al compañero avisandole.
La seguridad juridica en este pais es de risa.
Re: Detonadora sin factura de compra
Fulminante escribió:yagorubio escribió:
* Que te la inscriban
* Que te pidan mandarla al BOPE para punzonar
* Que te digan que no es inscribible por ....
Tu si la inscriben te la llevas, si no la depositas para achatarrar.
No pierdes nada y tu amigo tampoco ya que se quiere deshacer de ella.
Nadie ha hecho nada ilegal, así que problemas a mayores no puede haber.
Con eso te quitas de lios.
Perdonar si soy a lo mejor un poco alarmista, pero no se supone que el amigo del compañero debiera haber depositado el arma antes de la entrada de la orden si no le ampara autorización alguna de tenencia? Digo yo que si apareces por allí con una, pregunten de dónde sale y el rabo pueda estar asegurado.
Orden Int. 1008/2017 de 3 de julio (una chapuzada rapida para prohibir las detonadoras antes de modificar el RA)
Disposición transitoria primera. Pistolas y revólveres detonadores que se posean a la entrada en vigor de esta orden.
En el plazo de seis meses a contar desde la entrada en vigor de esta orden, quienes estén en posesión de pistolas o revólveres detonadores deberán acreditar su destino para actividades deportivas, adiestramiento canino profesional, espectáculos públicos, actividades recreativas, filmaciones cinematográficas y artes escénicas, mediante la presentación en la Intervención de Armas y Explosivos de la Guardia Civil correspondiente a su domicilio de la documentación a que se refiere el artículo 5, o bien solicitar el reconocimiento de la condición de coleccionista e inscribirla en el libro-registro a que se refiere el artículo 8. Transcurrido dicho plazo, en caso de no haber ejercido ninguna de estas opciones, deberán depositar las armas para su destrucción en la citada Intervención de Armas y Explosivos.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BO ... C3%A9nicas.
Creo que pocos de todos que compraron detonadoras antes del orden saven que ahora no la puedes tener sin un libro i alguno que save intenta venderla o la guarda en casa . Hay en paginas de segunda mano muchas que se venden sin papeles.
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Re: Detonadora sin factura de compra
Si pero si no te dedicas a esto de las armas, una multa y a casa. A nosotros por una tontuna así nos quitan las licencias y nos apañan pero bien...
Entiendo que nadie entregaría ninguna pero la ley ahí está, ellos te crujen se lavan las manos y aotra cosa
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