hola:
yo tb soy militar de carrera con licencia A. te comento lo que yo sé. segun la "INSTRUCCIÓN TÉCNICA 10/12 TRÁMITE ADMINISTRATIVO PARA LA TENENCIA Y USO DE ARMAS DE PROPIEDAD PARTICULAR DEL PERSONAL MILITAR" (para el ET estoy hablando) el lugar para la custodia temporal de las armas por motivo de mision o similiar (desconozco si se incluye el tiempo vacacional) son las AALOG/ULOG. Como llevarlas desde tu UCO hasta la AALOG/ULOG lo desconozco, no se si tienes que llevarlas en persona, por SETRE o como se hace.
La dicha instruccion dice que en los acuartelamientos no se pueden depositar, salvo que esté prohibido por el jefe de la UCO el porte de la misma en horario laboral, para lo cual se debe habilitar un lugar en el CG para su custodia durante la jornada labola EXCLUSIVAMENTE.
La custodia de las armas para defensa personal amparadas en A no tiene por que ser en un armero homolago de grado III. Lo uno que dice el RA es que se deben guardar "en condiciones de seguridad"·
Si no me equivoco, la cesión de armas solo esta contemplada para las de concurso/caza. Hace tiempo que no me leo el RA pero creo recordad que la cesion de armas de defensa no esta contemplada, pero no estoy seguro.
Y mi experiencia personal es la siguiente: la ultima misión en la que he participado (NOV14-MAY15) mi Glock 19 la deposité en la IA de la GC de mi localidad. Hablé con ellos, les comenté el problema y el Cabo 1º Interventor se hizo cargo de ello en las dependencias de la IA, dandome un resguardo donde se reflejaba que quedaba custodiada por un periodo maximo de 1 año por motivo de misión en el extrangero (yo creo que me lo hizo de favor, no porque tuviese la obligacion de hacerse cargo del arma).
Si necesitas la Instruccion Tecnica de la que hablo al principio, dimelo y te la hago llegar.
Un saludo.

Glock 19, escopeta viuda e hijos de sarraqueta 12-70, colt king cobra 6".
9x19mm, cal 12-70, .357mag