tirar con aire comprimido en un terreno de su propiedad

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Re: tirar con aire comprimido en un terreno de su propieda

Mensajepor tsman » 10 Jun 2014 22:07

El problema de los domicilios particulares es que algun vecino cachondo te denuncie...
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Re: tirar con aire comprimido en un terreno de su propieda

Mensajepor sinreferencias » 10 Jun 2014 22:10

Es curioso comprobar cómo están consiguiendo hacernos absolutamente dependientes de la autoridad, que se autoalimenta de las normas que vomita de forma exponencial.

Es penoso observar cómo el planteamiento de muchos ciudadanos normales y corrientes, es preguntar primero: ¿es legal?.

No, señores, ésa no es la cuestión. La ley y el Estado no son ni omnímodos ni omnipotentes. Ni tiene que haber un reglamento para cada situación de la vida.

Por más que el Reglamento de Armas diga:

Artículo 149

2. Las armas solamente podrán ser utilizadas en los polígonos, galerías o campos de tiro y en los campos o espacios idóneos para el ejercicio de la caza, de la pesca o de otras actividades deportivas.

5. Los Alcaldes podrán autorizar, con los condicionamientos pertinentes para garantizar la seguridad, la apertura y funcionamiento de espacios en los que se pueda hacer uso de armas de aire comprimido de la categoría 4.ª.


Un puñetero reglamento no puede estar ni por encima del sentido común (no vamos a matar a nadie con una carabina "de plomillos" ni del derecho Constitucional a la Propiedad Privada.

En un recinto cerrado de mi propiedad, ¿quién va a venir a confiscarme la escopeta? ¿Los GEOS?. Venga ya.
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Re: tirar con aire comprimido en un terreno de su propieda

Mensajepor Shoot » 10 Jun 2014 22:14

Hombre... Ahi ya... Pero la mera denuncia no tendría efectos sin pruebas... Y si se le ocurre al buen vecino grabarnos o hacernos una foto estando en nuestro domicilio... Que Dios le pille confesado...
Esta claro que con una denuncia de un vecino la autoridad competente llamara a nuestra puerta nos recriminara nuestra actitud y nos advertirá de las consecuencias que tendría el continuar con esta actividad, en este punto ya... Se impone el sentido común...
Un saludo.

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Re: tirar con aire comprimido en un terreno de su propieda

Mensajepor Ermitanio » 10 Jun 2014 22:43

Shoot escribió:Yo me reitero en lo dicho...
Si un agente de la autoridad tiene la mala idea de querer acceder a un recinto privado para hacer las comprobaciones pertinentes y sancionar administrativamente al usuario de un arma de aire comprimido, deberá llamar a la puerta y solicitar permiso al propietario de la finca para poder acceder a la propiedad, esto se solventa fácilmente denegando este permiso. Si aun asi decide que quiere tirar para adelante... Pues quiero yo ver la cara del juez de instrucción de guardia cuando le solicite el cumplidor agente una orden de entrada y registro en un domicilio particular por este motivo... Ya os digo yo que no va ni a plantearselo el cumplidor agente.
Insisto, siempre que la finca este cerrada y vallada, siempre que haya alguna construcción susceptible de considerarse domicilio y siempre que no se hayan producido otros hechos como daños o lesiones a terceros derivados de un mal uso de estas armas, podremos tirar tranquilamente en nuestra propiedad.
Estas conductas "alegales" se dan todos los dias en nuestra vida cotidiana incluso con posibles consecuencias mucho mas serias. Yo lo pondría al mismo nivel que circular por autovia o autopista a 140 km./h, beber una cerveza siendo menor de 16 años, insultarse en una discusión cualquiera, etc, etc, etc...
Un saludo.


Me gusta la idea de tu planteamiento.

Claro que la GC no va a entrar a investigar nada si no tiene pruebas de la posible comisión de un delito/falta pero para ello se necesitará que la finca esté vallada y que nuestra actividad quede oculta a la vista de curiosos, cosa por desgracia no siempre posible.

Lo que no me queda tan claro es qué se puede denominar "domicilio" y en base a qué, así como lo que apuntas en otra respuesta sobre la posibilidad de que un vecino nos grabe: ¿¿¿La posible comisión de un delito/falta no pesaría más que el derecho a la intimidad y la ley de protección de datos??? Tan solo es una duda que tengo.

Saludos...
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Re: tirar con aire comprimido en un terreno de su propieda

Mensajepor pepelu » 10 Jun 2014 22:47

Despues de leer este interesante hilo que empezó mi amigo panabayas acerca de donde poder tirar :rifle: una pregunta Chorra, si la finca dispone de un talud, donde se ponen las dianas, ratas etc, pero esta abierta es decir sin ningún tipo se muro, valla etc....y apartada del paso cotidiano de la gente si pasa la G.C nos podrá echar la bronca? O al estar en una propiedad privada no nos dirán nada?
Pienso que por sentido común no nos achacarian disparar unas carabinas de A.C :duelo:
Estais alguno en esa situacion?

Buenos tiros
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Re: tirar con aire comprimido en un terreno de su propieda

Mensajepor aenoke » 10 Jun 2014 23:00

Como han cambiado los tiempos.

Yo vivo en una ciudad, y cuando era un niño, empece a disparar con una Cometa V de 4,5 y despues con una Gamo Expo 2000 de 5,5 en la azotea del piso. La azotea esta en un quinto piso, y llena de vecinos y encima esta azotea esta a 50 metros de la policia local.

Pues estuve usando la azotea practicamente todos los dias despues de salir del colegio como campo de tiro, desde el año 1989 hasta sobre el año 1995, y nunca tuve una queja de los vecinos.

Los fines de semana estaba toda la mañana o tarde disparando al lado de una estacion ferrocarril, y muchas veces cerca de las vias, y nunca me lo prohibieron, y la guardia civil del pueblo, mas de una vez me habian visto, y nunca me denunciaron ni nada.

Solo unos guardias que no eran del pueblo, que estaban vigilando las vias, pues me acuerdo que habia amenazas de atentado por eta, me vieron con la Cometa V. y me la quitaron y llamaron a mi padre para denunciarlo, cosa que no paso por que mi padre se puso cabezon de que yo no estaba haciendo nada malo, solo estaba en el campo tirando unas dianas, algo que era cierto. Era el año 1990, y tenia 11 años.

A parte de este incidente, nunca mas tuve algun problema con la autoridad, y estube muchos años mas tanto en la estacion de ferrocarril como en la azotea del piso.

Si ahora un niño hiciera lo mismo, saldria hasta en las noticias.

Nos hemos puesto muy tontos.




Saludos.

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Re: tirar con aire comprimido en un terreno de su propieda

Mensajepor Ermitanio » 10 Jun 2014 23:03

pepelu escribió:Despues de leer este interesante hilo que empezó mi amigo panabayas acerca de donde poder tirar :rifle: una pregunta Chorra, si la finca dispone de un talud, donde se ponen las dianas, ratas etc, pero esta abierta es decir sin ningún tipo se muro, valla etc....y apartada del paso cotidiano de la gente si pasa la G.C nos podrá echar la bronca? O al estar en una propiedad privada no nos dirán nada?
Pienso que por sentido común no nos achacarian disparar unas carabinas de A.C :duelo:
Estais alguno en esa situacion?

Buenos tiros
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No te preocupes, que si das con el GC adecuado no te echará la bronca, no, te multará y retirará las armas, aunque se trate de carabinas de A.C :wink:

¿¿¿Que lo normal sería que si a todas luces no representa ningún peligro para nadie se te dejara en paz...??? Pues sí pero por desgracia no vivimos en un país normal y además está lleno de "anormales". :( :oops: :oops:

Además si la finca es abierta cuando te quieras dar cuenta notarás su presencia porque notarás unos golpecitos en tu hombro para llamar tu atención :mrgreen: :mrgreen:

Saludos...

PD: Para que te hagas idea del nivel de estupidez reinante en este país: Me encontraba el otro día en las instalaciones de la Federación Cántabra de Tiro Olímpico, situadas en Santander junto a una playa, la entrada al bar es libre y a la de las galerías, logicamente restringida, pues me comentaba un socio que ya se habían dado caso de personas ajenas al club que entraban a tomarse algo al bar y que criticaban el ruido (Para nada excesivo) o que allí se estuvieran pegando tiros :shock: :shock: ¡¡¡Tócate los "cojones"!!! Que entren a un club de tiro y les moleste que allí se dispare :shock: :shock:
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Re: tirar con aire comprimido en un terreno de su propieda

Mensajepor Hoplon » 10 Jun 2014 23:07

Ermitanio escribió:
pepelu escribió:Despues de leer este interesante hilo que empezó mi amigo panabayas acerca de donde poder tirar :rifle: una pregunta Chorra, si la finca dispone de un talud, donde se ponen las dianas, ratas etc, pero esta abierta es decir sin ningún tipo se muro, valla etc....y apartada del paso cotidiano de la gente si pasa la G.C nos podrá echar la bronca? O al estar en una propiedad privada no nos dirán nada?
Pienso que por sentido común no nos achacarian disparar unas carabinas de A.C :duelo:
Estais alguno en esa situacion?

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No te preocupes, que si das con el GC adecuado no te echará la bronca, no, te multará y retirará las armas, aunque se trate de carabinas de A.C :wink:

¿¿¿Que lo normal sería que si a todas luces no representa ningún peligro para nadie se te dejara en paz...??? Pues sí pero por desgracia no vivimos en un país normal y además está lleno de "anormales". :( :oops: :oops:

Además si la finca es abierta cuando te quieras dar cuenta notarás su presencia porque notarás unos golpecitos en tu hombro para llamar tu atención :mrgreen: :mrgreen:

Saludos...

PD: Para que te hagas idea del nivel de estupidez reinante en este país: Me encontraba el otro día en las instalaciones de la Federación Cántabra de Tiro Olímpico, situadas en Santander junto a una playa, la entrada al bar es libre y a la de las galerías, logicamente restringida, pues me comentaba un socio que ya se habían dado caso de personas ajenas al club que entraban a tomarse algo al bar y que criticaban el ruido (Para nada excesivo) o que allí se estuvieran pegando tiros :shock: :shock: ¡¡¡Tócate los "cojones"!!! Que entren a un club de tiro y les moleste que allí se dispare :shock: :shock:



En cuanto lo comenten cuatro, seguro que hacen una carta quejándose al ayuntamiento.

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Re: tirar con aire comprimido en un terreno de su propieda

Mensajepor Shoot » 10 Jun 2014 23:09

La comisión de un delito o falta penal podría entrar en colisión con el derecho a la intimidad inherente al concepto de domicilio, y aun así deben darse una serie de requisitos muy tasados para poder acceder al domicilio de un particular sin una orden judicial. No obstante aqui no estamos hablando de infracciones penales, ya que no están tipificadas en el código penal, la ley de enjuiciamiento criminal u otras leyes orgánicas, si no en un reglamento (el rango legislativo mas bajo en nuestro país) sin embargo la ley de protección de datos es una ley orgánica y por ende de carácter superior, por no decir que la inviolabilidad del domicilio queda garantizada en la constitución española que tiene carácter de Super Ley.
Se considera domicilio a efectos constitucionales y por tanto jurídicos al espacio donde e individuo vive ejerciendo su libertad más íntima, al margen de convenciones sociales, así como todo espacio apto para que, eventualmente o de forma permanente, pueda ocurrir lo anterior. En concreto, se consideran domicilio a efectos constitucionales: las segundas viviendas, los vehículos o caravanas, las habitaciones de hotel (STC 10/2002, de 17 de enero o el domicilio empresarial de las personas jurídicas, aunque en algunos de estos casos con ciertas cortapisas derivadas de las propias características del alojamiento.
De todo esto se infiere que puede considerarse domicilió cualquier recinto en el que se den unas condiciones mínimas de habitabilidad, habiéndose considerado domicilios en ciertos procesos judiciales desde un vehículo abandonado a una tienda de campaña.
Un saludo

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Re: tirar con aire comprimido en un terreno de su propieda

Mensajepor tsman » 10 Jun 2014 23:24

... o de otras actividades deportivas...

¿El patio de mi casa ( que es particular) no es adecuado para otras actividades deportivas? , el texto es mas bien general y por lo tanto podríamos agarrarnos que no está prohibido expresamente.
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Re: tirar con aire comprimido en un terreno de su propieda

Mensajepor Hernan2 » 10 Jun 2014 23:26

Pregunta para los entendidos:

1. Tengo una carabina de aire comprimido con unos años pero que está en buen estado.

2. En su momento hice la tarjeta de armas y la presenté en la Policía Local de la ciudad donde la compré y vivía entonces, a 300 km de la actual.

3. Ahora la quiero llevar al club de tiro y soy socio, para tirar, de la ciudad donde vivo. No encuentro la tarjeta. ¿Qué hago?

Saludos
El orden humano se parece al Cosmos en que, de vez en cuando, precisa hundirse en el fuego para renacer de nuevo. Ernst Junger. Sobre los acantilados de mármol.

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Re: tirar con aire comprimido en un terreno de su propieda

Mensajepor pepelu » 10 Jun 2014 23:29

Ermitanio escribió:
pepelu escribió:Despues de leer este interesante hilo que empezó mi amigo panabayas acerca de donde poder tirar :rifle: una pregunta Chorra, si la finca dispone de un talud, donde se ponen las dianas, ratas etc, pero esta abierta es decir sin ningún tipo se muro, valla etc....y apartada del paso cotidiano de la gente si pasa la G.C nos podrá echar la bronca? O al estar en una propiedad privada no nos dirán nada?
Pienso que por sentido común no nos achacarian disparar unas carabinas de A.C :duelo:
Estais alguno en esa situacion?

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No te preocupes, que si das con el GC adecuado no te echará la bronca, no, te multará y retirará las armas, aunque se trate de carabinas de A.C :wink:

¿¿¿Que lo normal sería que si a todas luces no representa ningún peligro para nadie se te dejara en paz...??? Pues sí pero por desgracia no vivimos en un país normal y además está lleno de "anormales". :( :oops: :oops:

Además si la finca es abierta cuando te quieras dar cuenta notarás su presencia porque notarás unos golpecitos en tu hombro para llamar tu atención :mrgreen: :mrgreen:

Saludos...

PD: Para que te hagas idea del nivel de estupidez reinante en este país: Me encontraba el otro día en las instalaciones de la Federación Cántabra de Tiro Olímpico, situadas en Santander junto a una playa, la entrada al bar es libre y a la de las galerías, logicamente restringida, pues me comentaba un socio que ya se habían dado caso de personas ajenas al club que entraban a tomarse algo al bar y que criticaban el ruido (Para nada excesivo) o que allí se estuvieran pegando tiros :shock: :shock: ¡¡¡Tócate los "cojones"!!! Que entren a un club de tiro y les moleste que allí se dispare :shock: :shock:



:band: :band: :band:
La madre que lo parió!! Me río por no llorar! Y también se quejaran de los fuegos artificiales por el ruido, por decir algo, que vayan a otro bar que en Santander hay un montón y muy chulos. :mrgreen:

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Re: tirar con aire comprimido en un terreno de su propieda

Mensajepor pepelu » 10 Jun 2014 23:39

Hernan2 escribió:Pregunta para los entendidos:

1. Tengo una carabina de aire comprimido con unos años pero que está en buen estado.

2. En su momento hice la tarjeta de armas y la presenté en la Policía Local de la ciudad donde la compré y vivía entonces, a 300 km de la actual.

3. Ahora la quiero llevar al club de tiro y soy socio, para tirar, de la ciudad donde vivo. No encuentro la tarjeta. ¿Qué hago?

Saludos



Creo que la puedes registrar en tu nueva ciudad sin ningún tipo de problema, presentando una factura de compra y poco mas...
Es conveniente por si te paran para justificar que esta dada de alta.

Buenos tiros
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Re: tirar con aire comprimido en un terreno de su propieda

Mensajepor Ermitanio » 10 Jun 2014 23:46

Shoot escribió:La comisión de un delito o falta penal podría entrar en colisión con el derecho a la intimidad inherente al concepto de domicilio, y aun así deben darse una serie de requisitos muy tasados para poder acceder al domicilio de un particular sin una orden judicial. No obstante aqui no estamos hablando de infracciones penales, ya que no están tipificadas en el código penal, la ley de enjuiciamiento criminal u otras leyes orgánicas, si no en un reglamento (el rango legislativo mas bajo en nuestro país) sin embargo la ley de protección de datos es una ley orgánica y por ende de carácter superior, por no decir que la inviolabilidad del domicilio queda garantizada en la constitución española que tiene carácter de Super Ley.
Se considera domicilio a efectos constitucionales y por tanto jurídicos al espacio donde e individuo vive ejerciendo su libertad más íntima, al margen de convenciones sociales, así como todo espacio apto para que, eventualmente o de forma permanente, pueda ocurrir lo anterior. En concreto, se consideran domicilio a efectos constitucionales: las segundas viviendas, los vehículos o caravanas, las habitaciones de hotel (STC 10/2002, de 17 de enero o el domicilio empresarial de las personas jurídicas, aunque en algunos de estos casos con ciertas cortapisas derivadas de las propias características del alojamiento.
De todo esto se infiere que puede considerarse domicilió cualquier recinto en el que se den unas condiciones mínimas de habitabilidad, habiéndose considerado domicilios en ciertos procesos judiciales desde un vehículo abandonado a una tienda de campaña.
Un saludo


Gracias por tu amable y detallada respuesta :apla:

Me sorprende en cierta manera lo de los vehículos pues hace tiempo en este mismo foro y en un tema sobre incautación de arma en un vehículo se trató algo el tema y miembros de las FCSE mantenían la inviolabilidad del domicilio, no así la del vehículo; supongo que el matiz diferenciador sea demostrar que se vive en él.

Saludos...
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Re: tirar con aire comprimido en un terreno de su propieda

Mensajepor Shoot » 11 Jun 2014 07:01

Ermitanio escribió:supongo que el matiz diferenciador sea demostrar que se vive en él.

Saludos...


Efectivamente ese es el matiz, no obstante si bien un vehículo puede ser considerado domicilio, este punto viene más enfocado a los del tipo auto carabana y asimilados.
Normalmente se enseña en las diferentes academias de formación policial que puede considerarse domicilio cualquier lugar donde el individuo en cuestión pernocta y duerme. Con esta simple regla uno se evita problemas.
Sin embargo para el común de los mortales nuestro vehículo particular (véase cualquiera de nuestros turismos) no tendría tal consideración y debemos facilitar el acceso al mismo a los agentes de la autoridad siempre que nos requieran para ello.
Un saludo.

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Re: tirar con aire comprimido en un terreno de su propieda

Mensajepor martintxo » 11 Jun 2014 08:08

Pues yo sigo tirando en mi terreno.Apartado del pueblo,sin vallar, un espaldon de 50 mtros de largo x 3 de altura ,acaba el camino alli,no es paso ni de vehiculos ni de personas y¿ no puedo disparar por que no cumplo la ley?.Pero en que pais vivimos con tantas leyes y que cada uno las interpreta segun su criterio
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Hola . Estamos discutiendo el forero , joselu y yo , si se puede tirar en una finca rustica de su propiedad 150
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Re: tirar con aire comprimido en un terreno de su propieda

Mensajepor Hernan2 » 11 Jun 2014 08:38

pepelu escribió:

Creo que la puedes registrar en tu nueva ciudad sin ningún tipo de problema, presentando una factura de compra y poco mas...
Es conveniente por si te paran para justificar que esta dada de alta.

Buenos tiros
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El problema es que hace siglos que no tengo la factura...
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Re: tirar con aire comprimido en un terreno de su propieda

Mensajepor Darkwolf » 11 Jun 2014 09:47

Hernan2 escribió:
pepelu escribió:

Creo que la puedes registrar en tu nueva ciudad sin ningún tipo de problema, presentando una factura de compra y poco mas...
Es conveniente por si te paran para justificar que esta dada de alta.

Buenos tiros
:sniper


El problema es que hace siglos que no tengo la factura...


Te debería servir una declaración jurada de que el arma es tuya, aunque a mi me registraron una de CO2 sin ningún papel ni declaración jurada, según el agente no iba a ser tan tonto de ir a comisaría con un arma robada cuyo robo estaría denunciado.
Yo me acercaría antes a la comisaría donde tienes que registrarla a comentárselo a los agentes a ver qué te dicen.
Saludos
"Cuando veáis a un soldado desaliñado, indisciplinado y sin afeitar, cuadraos. Es un héroe español"
General de Artillerí­a Jürgens, Comandante General del XXXVIII Cuerpo de Ejército de la Wehrmacht.


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