Hoy he ido a la armeria,a comprar catucheria semi metalica, y me han pedido la guia de la escopeta.
tambien me han imformado, que para la adquisicion de una carabina de A.C. ahora hace falta penales y revision medica.
EN ESTE PAIS, CADA VEZ NOS COMPARAMOS MENOS A EUROPA, TENEMOS LO MALO Y CARECEMOS DE LO BUENO.
ESTOY DISGUSTADO.
D.N.I Y GUIAS PARA LA ADQUISICION DE CARTUCHOS
- elloboespanyol
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D.N.I Y GUIAS PARA LA ADQUISICION DE CARTUCHOS
Mientras exista una coraza
Dispuesta a cabalgar en tierra sacra
Mientras que un pequeño corazón
Sepa arrancarle la victoria a la muerte
Cuando una espada aguarde segura
Los pendones de nuestra cuna....
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Re: D.N.I Y GUIAS PARA LA ADQUISICION DE CARTUCHOS
Pues no lo entiendo.
Yo compro cajones de 250 cartuchos en Decathlon (una gran superficie) y sólo me piden el DNI. Ni licencia de armas, ni guía, ni nada.
Yo compro cajones de 250 cartuchos en Decathlon (una gran superficie) y sólo me piden el DNI. Ni licencia de armas, ni guía, ni nada.
Re: D.N.I Y GUIAS PARA LA ADQUISICION DE CARTUCHOS
Buenas,
Lo de la guía para la adquisición de cartuchería semi-metálica, si ha entrado en vigor la reforma que hicieron(que no lo se) en la adquisición de material explosivo..."si lo entendería"...
Pero que te pidan; "PENALES y PSICOTÉCNICO" para la adquisición de un arma de 4.2 categoría(AC), no me cuadra, para mi que se han podido equivocar en informarte.
Saludos
Lo de la guía para la adquisición de cartuchería semi-metálica, si ha entrado en vigor la reforma que hicieron(que no lo se) en la adquisición de material explosivo..."si lo entendería"...
Pero que te pidan; "PENALES y PSICOTÉCNICO" para la adquisición de un arma de 4.2 categoría(AC), no me cuadra, para mi que se han podido equivocar en informarte.
Saludos
- Calatravo
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Re: D.N.I Y GUIAS PARA LA ADQUISICION DE CARTUCHOS
.
Última edición por Calatravo el 04 Oct 2022 22:57, editado 1 vez en total.
Manifestar:Querer a España,es de gente noble y sana.
Ni el lugar de nacimiento,ni la ideologia,ni la condicion social,
son impedimentos o excusas para:
RESPETAR A ESPAÑA.
Ni el lugar de nacimiento,ni la ideologia,ni la condicion social,
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Re: D.N.I Y GUIAS PARA LA ADQUISICION DE CARTUCHOS
Real Decreto 563/2010, de 7 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería.
Artículo 136.4
"Podrá adquirirse un número ilimitado de cartuchos de caza no metálicos, presentando la correspondiente guía de pertenencia, licencia, autorización de armas o, en defecto de los anteriores, Documento Nacional de Identidad (DNI) o Número de Identificación de Extranjeros (NIE), y realizando los asientos en los libros registro del establecimiento vendedor. En ningún caso podrá tenerse en depósito un número superior a 5.000 unidades de esta clase de cartuchos."
Es decir, que es necesario únicamente la presentación de sólo uno de los documentos señalados (guía de pertenencia, licencia, autorización de armas, DNI o NIE).
Un saludo.
Artículo 136.4
"Podrá adquirirse un número ilimitado de cartuchos de caza no metálicos, presentando la correspondiente guía de pertenencia, licencia, autorización de armas o, en defecto de los anteriores, Documento Nacional de Identidad (DNI) o Número de Identificación de Extranjeros (NIE), y realizando los asientos en los libros registro del establecimiento vendedor. En ningún caso podrá tenerse en depósito un número superior a 5.000 unidades de esta clase de cartuchos."
Es decir, que es necesario únicamente la presentación de sólo uno de los documentos señalados (guía de pertenencia, licencia, autorización de armas, DNI o NIE).
Un saludo.
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Re: D.N.I Y GUIAS PARA LA ADQUISICION DE CARTUCHOS
elloboespanyol escribió:Hoy he ido a la armeria,a comprar catucheria semi metalica, y me han pedido la guia de la escopeta.
tambien me han imformado, que para la adquisicion de una carabina de A.C. ahora hace falta penales y revision medica.
EN ESTE PAIS, CADA VEZ NOS COMPARAMOS MENOS A EUROPA, TENEMOS LO MALO Y CARECEMOS DE LO BUENO.
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Hombre, los temas de Aire Comprimido, son los Ayuntamientos.
A mi me pidieron los Administrativos de la Policia Municipal, que tenía que presentarles un Certificado de Penales para diligenciarme la Tarjeta de Armas.
Cosa que educadamente me negue, ya que si tengo Licencia de Tiro Olimpico F, y seis armas cortas guiadas a mi nombre, se supone que carezco de antecedentes penales. Y se puso a pensar el Policia Municipal, que estaba de Administrativo y dijo que si, que en este caso no me hacía falta el Certificado de Antecedentes Penales.
Si no te venden un Arma de Aire Comprimido sin el Certificado de Antecedentes Penales, pues "cambia de armeria" las armas de Aire Comprimido son de Venta Libre, "de momento".
Un saludo al foro.
Monitor de Tiro---Juez Arbitro Territorial
buen_tirador@yahoo.es
http://clubdetirodelucena.wordpress.com/
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Re: D.N.I Y GUIAS PARA LA ADQUISICION DE CARTUCHOS
Y en cuanto a la adquisición de una carabina de aire comprimido, el Reglamento de Armas señala en su artículo 96.6 que "para llevar y usar armas de la categoría 4ª se necesita obtener tarjeta de armas".
Es decir, que la tarjeta de armas sólo es necesaria para llevar y usar un arma de aire comprimido, no para su compra.
Así, el artículo 105.1 del citado Reglamento de Armas establece que:
"Para poder llevar y usar las armas de la categoría 4.ª fuera del domicilio habrán de estar documentadas singularmente, mediante tarjetas de armas, que las acompañarán en todo caso.
Las tarjetas de armas serán concedidas y retiradas, en su caso, por los Alcaldes de los municipios en que se encuentren avecindados o residiendo los solicitantes, previa consideración de la conducta y antecedentes de los mismos.
Su validez quedará limitada a los respectivos términos municipales."
Por lo que vuelve a señalarse que, la tarjeta de armas solo es necesaria para llevar y usar armas de aire comprimido fuera del domicilio, pero no para su adquisición.
Únicamente, se requiere una previa consideración de la conducta y antecedentes del solicitante de la tarjeta de armas, y en ciertos municipios, como medida de garantía jurídica (tanto para al administración como para el ciudadano), se requiere ese certificado de antecedentes penales. Pero depende del procedimiento que establezca cada municipio, ya que la concesión de la misma corresponde al Alcalde.
Es decir, que la tarjeta de armas sólo es necesaria para llevar y usar un arma de aire comprimido, no para su compra.
Así, el artículo 105.1 del citado Reglamento de Armas establece que:
"Para poder llevar y usar las armas de la categoría 4.ª fuera del domicilio habrán de estar documentadas singularmente, mediante tarjetas de armas, que las acompañarán en todo caso.
Las tarjetas de armas serán concedidas y retiradas, en su caso, por los Alcaldes de los municipios en que se encuentren avecindados o residiendo los solicitantes, previa consideración de la conducta y antecedentes de los mismos.
Su validez quedará limitada a los respectivos términos municipales."
Por lo que vuelve a señalarse que, la tarjeta de armas solo es necesaria para llevar y usar armas de aire comprimido fuera del domicilio, pero no para su adquisición.
Únicamente, se requiere una previa consideración de la conducta y antecedentes del solicitante de la tarjeta de armas, y en ciertos municipios, como medida de garantía jurídica (tanto para al administración como para el ciudadano), se requiere ese certificado de antecedentes penales. Pero depende del procedimiento que establezca cada municipio, ya que la concesión de la misma corresponde al Alcalde.
Re: D.N.I Y GUIAS PARA LA ADQUISICION DE CARTUCHOS
Buen_tirador escribió:Hombre, los temas de Aire Comprimido, son los Ayuntamientos.
A mi me pidieron los Administrativos de la Policia Municipal, que tenía que presentarles un Certificado de Penales para diligenciarme la Tarjeta de Armas.
Cosa que educadamente me negue, ya que si tengo Licencia de Tiro Olimpico F, y seis armas cortas guiadas a mi nombre, se supone que carezco de antecedentes penales. Y se puso a pensar el Policia Municipal, que estaba de Administrativo y dijo que si, que en este caso no me hacía falta el Certificado de Antecedentes Penales.
Si no te venden un Arma de Aire Comprimido sin el Certificado de Antecedentes Penales, pues "cambia de armeria" las armas de Aire Comprimido son de Venta Libre, "de momento".
Un saludo al foro.
Está claro que el procedimiento puede prever que en el caso de que el solicitante disponga de licencia de armas de fuego, esté exento de aportar certificado de antecedentes penales, mediante presentación de dicha licencia en vigor.
Ahora, que tengas licencia de armas, no quiere decir que carezcas de antecedentes penales. Perfectamente puedes haber sido condenado con posterioridad a la obtención de la licencia, y que la misma todavía no te haya sido revocada.
No obstante, tampoco se trata de complicar el asunto.
- Buen_tirador
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Re: D.N.I Y GUIAS PARA LA ADQUISICION DE CARTUCHOS
Si eres condenado con posterioridad y la condena implica la retirada de la Licencia de Armas, no te quepa la menor duda que te van a buscar y retirarte la Licencia de Armas y las armas que tengas guiadas.
Si no eres apto para poder comprarte una carabina de Aire Comprimido, me imagino que no seras apto para tener en tu poder un 357 magnum, por decir algo.
Un saludo al foro.
Si no eres apto para poder comprarte una carabina de Aire Comprimido, me imagino que no seras apto para tener en tu poder un 357 magnum, por decir algo.
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Re: D.N.I Y GUIAS PARA LA ADQUISICION DE CARTUCHOS
La suelen pedir, menos como dice un compañero, en el Decathlon, que te piden guia o dni, lo que antes saques de la cartera.
Socio Anarma nº 120 "Se insaciable,cuida de tu salud, se un caballero, cree firmemente en ti mismo y saltate a la torera las limitaciones" Arnold Schwarzenegger
Re: D.N.I Y GUIAS PARA LA ADQUISICION DE CARTUCHOS
Pues en la armería de El Corte Inglés de mi ciudad hace ya años te pedían el D.N.I., y ahora las dos cosas, D.N.I. y guía.
Un saludo
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Re: D.N.I Y GUIAS PARA LA ADQUISICION DE CARTUCHOS
La unica cosa en que coincido con la reforma del reglamento de artículos pirotecnicos y cartucheria. Es con la necesidad de identificar al adquiriente. De hecho creo que se queda corta, debian de exigir la presentación de la licencia de armas. Motivo: evitar que los delincuentes puedan adquirir munición en buen estado. Que muchas veces cuando leemos que a un delincuente le ha fallado el arma no es el arma la que falla si no la munición vieja y en mal estado.
Claro que tambien soy de la opinión de que para cartuchería metálica tambien debería de ser lo mismo (solo DNI y licencia en vigor) con el mismo cupo que la semimetálica (5000 cartuchos almacenados sin limite anual).
Saludos.
Claro que tambien soy de la opinión de que para cartuchería metálica tambien debería de ser lo mismo (solo DNI y licencia en vigor) con el mismo cupo que la semimetálica (5000 cartuchos almacenados sin limite anual).
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