LIBERAR EL 308 Y 5,56

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jordiet
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Re: LIBERAR EL 308 Y 5,56

Mensajepor jordiet » 08 Mar 2013 19:16

A ver... skiner al decir ésto:


skiner escribió:... ... ...
¿Sabeis de los intentos de la federación para impedir que se compita con armas guiadas en la D? motivos: no cobran examenes de la F, no cobran certificados de renovación de la F, no cobran certificados de arma de concurso ... Por no mencionar otros efectos secundarios en los que no participa la Federación ..... Venga seguid tirando piedras sobre nuestro propio tejado.


Se refiere a la Federación... que por miedo a dejar de ingresar todo lo que glosa a continuación, perjudica manifiestamente a los federados (como creo que somos la mayoría); no creo que se refiriese a ninguno de nosotros. :wink:

Haya paz; aquí estamos en el mismo barco todos. :mrgreen:

Rapaz
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Re: LIBERAR EL 308 Y 5,56

Mensajepor Rapaz » 08 Mar 2013 22:54

El problema es que nuestro reglamento de armas, es el resultado de parchear y parchear viejos y anacrónicos reglamentos.
Antes de que se pudieran guiar rifles de percusión central con la licencia F (cuando empecé en la federación, sólo se podían guiar armas cortas), la única manera de poder poseer uno de estos, era sacarse la licencia de caza mayor, y después la "licencia de arma larga rayada para caza mayor" (como se llamaba entonces).
Por lo tanto, desde un principio, las armas largas rayadas estaban asociadas única y exclusivamente a la caza mayor, y esto es algo que lo recuerdo perfectamente Después, y creo recordar que fue en 1993, se cambió el reglamento, y se publicó en el boletín oficial del estado la relación de armas de concurso, guiables con la licencia F, pero para el reglamento, las armas largas rayadas (2ª-2ª) seguían siendo (y siguen siendo) "armas para caza mayor".
Ese es el motivo del vacío legal que existe.
Así de chapucero es el reglamento de armas.
Última edición por Rapaz el 10 Mar 2013 09:52, editado 2 veces en total.

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Re: LIBERAR EL 308 Y 5,56

Mensajepor Rapaz » 09 Mar 2013 21:09

Sobre los calibres 223 y 308, creo que deberíamos juntar firmas y enviarlas para ver si es posible modificar ese artículo del reglamento.

zailadelalalai
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Re: LIBERAR EL 308 Y 5,56

Mensajepor zailadelalalai » 10 Mar 2013 09:25

Rapaz escribió:Sobre los calibres 223 y 308, creo que deberíamos juntar firmas y enviarlas para ver si es posible modificar ese artículo del reglamento.


+1

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Re: LIBERAR EL 308 Y 5,56

Mensajepor akreus1 » 14 Mar 2013 12:33

Buenos días a todos!!

LLevo bastante tiempo siguiendo este tema de la liberalización de los calibres 223 y 308 (así como los rusos). Como muchas otras personas, supongo, me hice ilusiones ante la filtración (antes de tiempo) de dicha liberación.

Primero de todo agradecer a ANARMA la enorme labor que estan llevando a cabo con todo el sector armero, del tiro y de la caza en España.

Sinceramente creo que, ante la negativa de los organismos oficiales a aceptar el uso de los calibres mencionados como "de guerra" (sea por tema de miedo a ventas no reguladas, circulación de puntas OTAN en manos de civiles, que bajen los precios o sencillamente que no les de la gana) ahora mismo hay dos opciones:

1. Si no voy mal (disculpadme si estoy equivocado, no soy ningún experto en materia legal), el reglamento publicado en el BOE define calibre de guerra como "los que establezca el ministerio de defensa". Y ahora, en la última revisión de la norma del ministerio de defensa, solo se definen como calibres de guerra a aquellos superiores a 20mm con culote nosequé. Por lo tanto actualmente con el reglamento en la mano SE PODRÍA adquirir legalmente una arma con esos calibres (repito que esto es solo una sospecha fundada que tengo a falta que alguien me lo aclare). Luego otra cosa es que la GC se nieguen en redono a guiarla o no. (En la pagina de la GC aparecen como calibres de guerra, pero que yo sepa la ley se publica en el BOE :roll: )

2. Como se ha visto ahora con la ley de hipotecas, la unión europea tiene peso suficiente como para forzar un cambio en las leyes españolas (aunque salga el ministro de turno a decir que ha sido idea suya, la realidad es que es un "mando y ordeno" de la UE a España en toda regla). Si se hace eco de que el actual reglamento discrimina en este sentido a los tiradores españoles, y que ocasiona un agravio al impedir la compra de un artículo hecho en la UE (un schmeisser en 223, con su sello de (CE) por ejemplo) sea vendido en otro pais de la UE (españa), no se podría pedir que se pronunciaran las autoridades europeas??

Por que desde luego (y con todos los respetos), parece que pidiendo firmas no vamos a conseguir nada (en el post numero 1 del hilo ya se pedía eso)

Saludos y perdón por el tocho.
Última edición por akreus1 el 14 Mar 2013 12:59, editado 1 vez en total.

oteflo
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Re: LIBERAR EL 308 Y 5,56

Mensajepor oteflo » 14 Mar 2013 12:58

akreus1 escribió:Buenos días a todos!!

LLevo bastante tiempo siguiendo este tema de la liberalización de los calibres 223 y 308 (así como los rusos). Como muchas otras personas, supongo, me hice ilusiones ante la filtración (antes de tiempo) de dicha liberación.

Primero de todo agradecer a ANARMA la enorme labor que estan llevando a cabo con todo el sector armero, del tiro y de la caza en España.

Sinceramente creo que, ante la negativa de los organismos oficiales a aceptar el uso de los calibres mencionados como "de guerra" (sea por tema de miedo a ventas no reguladas, circulación de puntas OTAN en manos de civiles o sencillamente que no les de la gana) ahora mismo hay dos opciones:

1. Si no voy mal (disculpadme si estoy equivocado, no soy ningún experto en materia legal), el reglamento publicado en el BOE define calibre de guerra como "los que establezca el ministerio de defensa". Y ahora, en la última revisión de la norma del ministerio de defensa, solo se definen como calibres de guerra a aquellos superiores a 20mm con culote nosequé. Por lo tanto actualmente con el reglamento en la mano SE PODRÍA adquirir legalmente una arma con esos calibres (repito que esto es solo una sospecha fundada que tengo a falta que alguien me lo aclare). Luego otra cosa es que la GC se nieguen en redono a guiarla o no.

2. Como se ha visto ahora con la ley de hipotecas, la unión europea tiene peso suficiente como para forzar un cambio en las leyes españolas (aunque salga el ministro de turno a decir que ha sido idea suya, la realidad es que es un "mando y ordeno" de la UE a España en toda regla). Si se hace eco de que el actual reglamento discrimina en este sentido a los tiradores españoles, y que ocasiona un agravio al impedir la compra de un artículo hecho en la UE (un schmeisser en 223 por ejemplo) sea vendido en otro pais de la UE (españa), no se podría pedir que se pronunciaran las autoridades europeas??

Por que desde luego (y con todos los respetos), parece que pidiendo firmas no vamos a conseguir nada (en el post numero 1 del hilo ya se pedía eso)

Saludos y perdón por el tocho.

La verdad que si es así y desde mi pequeño conocimiento en leyes creo que más de uno en las instituciones creo que se juega ser imputado por prevaricación...vaya que un funcionario como yo y como ellos aplican la ley(dentro del poder discreccional pero aplicandola)y si no nos gusta lo que hay se elevara las quejas pertinentes a la superioridad para que a traves de los cauces oportunos se cambie pero mientras te la envainas y aplicas lo que hay...pasa lo mismo con lo de las armas de retrocarga guiadas con AE..
Hasta aquí lo que pudiera pasar pero mi creencia es que no lo liberan o como mucho el 308 en semis pero con puntas semis(y con eso te evitas el mercado negro de los cuarteles si es que lo hubiera)...porque el 308? pues porque es un calibre algo más viejo y el normalizado ahora es el 223...como paso con el 7.92 y con el 30-06!
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Re: LIBERAR EL 308 Y 5,56

Mensajepor akreus1 » 14 Mar 2013 13:17

Y añadiendo a lo anterior:

Creo que se debería poner especial énfasis en el hecho que los cartuchos del .223 remington y el 5.56x45 son cartuchos diferentes y diferenciados, no equivalentes, aunque compartan calibres y en ciertas armas sean intercambiables.

Verdad que un .38 spl y un .357 mag no son lo mismo aunque en un revolver del .357 se puedan disparar .38s?

Y que un 7.62x25,7.62x39, .308, 7.62x54r no son lo mismo aunque compartan calibre?

El SAAMI de Estados unidos los considera claramente diferenciados, anunciando que es peligroso utilizar un 5.56x45 (estándard OTAN) en un .223 (estándard SAAMI)

Nosotros, como civiles, tenemos que pedir honestamente y legalmente utilizar exclusivamente el .223 civil, con especificaciones civiles SAAMI y puntas civiles.

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Re: LIBERAR EL 308 Y 5,56

Mensajepor oteflo » 14 Mar 2013 14:48

akreus1 escribió:Y añadiendo a lo anterior:

Creo que se debería poner especial énfasis en el hecho que los cartuchos del .223 remington y el 5.56x45 son cartuchos diferentes y diferenciados, no equivalentes, aunque compartan calibres y en ciertas armas sean intercambiables.

Verdad que un .38 spl y un .357 mag no son lo mismo aunque en un revolver del .357 se puedan disparar .38s?

Y que un 7.62x25,7.62x39, .308, 7.62x54r no son lo mismo aunque compartan calibre?

El SAAMI de Estados unidos los considera claramente diferenciados, anunciando que es peligroso utilizar un 5.56x45 (estándard OTAN) en un .223 (estándard SAAMI)

Nosotros, como civiles, tenemos que pedir honestamente y legalmente utilizar exclusivamente el .223 civil, con especificaciones civiles SAAMI y puntas civiles.

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Explicale eso a un politico/funcionario de alto nivel que no tiene NPI de eso y encima le dice el jefe de la ICAE que eso es de guerra!!!!!!!!! Si esos sale en la prensa lo condenan a cadena perpetua(primer caso en España sería)...
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Re: LIBERAR EL 308 Y 5,56

Mensajepor marchoso » 14 Mar 2013 14:54

Sabéis la cara de idiota se me quedo al ir a la Notaria a levantar acta con un cartucho de 308 y otro 7.62 con un comandante amigo mío, pues al ser munición militar nos está vetada.
Simplemente por hacer la cosas bien y que no nos pudiesen tirar el proyecto por defecto de forma.
Un saludo
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Todas las opiniones en los foros son a tí­tulo personal, en ningún caso representan ni deben ser asociadas a ANARMA

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Re: LIBERAR EL 308 Y 5,56

Mensajepor akreus1 » 14 Mar 2013 15:30

A ver, de momento tenemos que: (porfavor corregidme si me equivoco)


COPIA LITERAL BOE RD 137/1993 (reglamento):
Se consideran armas de guerra, quedando en consecuencia prohibidos su adquisición, tenencia y uso por particulares:

Armas de fuego o sistemas de armas de fuego de calibre igual o superior a 20 milímetros.

Armas de fuego o sistemas de armas de fuego de calibre inferior a 20 milímetros, cuyos calibres sean considerados por el Ministerio de Defensa como de guerra.

Armas de fuego automáticas.


-----------------------------------------
Hasta este verano se incluian en la definición de calibres considerados de guerra del ministerio de defensa:

Armas de fuego de calibre igual o superior a 12,7 mm. que utilicen munición con vaina de ranura en el culote.

Armas de fuego que utilicen municiones de los calibres:

5,45 x 39,5.
5,56 x 45 (o su equivalente 223).
7,62 x 39.
7,62 x 51 Nato.


--------------------------------------------------
Tengo entendido que este verano se modificó la definición del ministerio de defensa y ya solo queda la parte de municiones superiores a 20mm.

Por lo que se supondría que el 223, 5.45, 7.62x39 y 7.62x51 ya no se consideran "de guerra" por el ministerio de defensa, dejando de estar vetadas en el reglamento las armas que utilizen dichos cartuchos.

Por favor, Marchoso, si lo sabes, o Strongresolve u otros si me podeis aclarar este punto, ya que de ser así, ahora mismo no tendrían ninguna razón legal para impedir la adquisición y guía de un arma en estos calibres.

Y soy plenamente consciente que los importadores no se van a arriesgar a traer ninguna arma hasta que esté listo el nuevo reglamento que lo deje claro (que por cierto se esta retrasando sospechosamente)

Gracias

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Re: LIBERAR EL 308 Y 5,56

Mensajepor Strongresolve » 14 Mar 2013 16:53

La historia es que como parte de aceptación del tratado de CIP y las presiones de Anarma, defensa tuvo que dejar de denominar estos calibres como de guerra. Las puntas son de "guerra" no los cartuchos en sí.

En Septiembre apareció la modificación al reglamento de cartuchería, donde se consideraban homologados todos los cartuchos CIP sin puntas de "Guerra", incluido el .50 BMG.

El problema es que el reglamento de armas en el artículo 6, sin llegar a recoger explícitamente estos calibres vuelve a repetir que serán los considerados por defensa como calibres de guerra, y en una circular interna de la CIPAE que "aclara" lo que son estos calibres de guerra, contradiciéndose consigo misma, puesto que para defensa ya no son calibres de guerra.

SECCIÓN V. ARMAS DE GUERRA.
Artículo 6.

1. Se consideran armas de guerra, quedando en consecuencia prohibidos su adquisición, tenencia y uso por particulares:

Armas de fuego o sistemas de armas de fuego de calibre igual o superior a 20 milímetros.

Armas de fuego o sistemas de armas de fuego de calibre inferior a 20 milímetros, cuyos calibres sean considerados por el Ministerio de Defensa como de guerra.

Armas de fuego automáticas.

Las municiones para las armas indicadas en los apartados a y b.

Los conjuntos, subconjuntos y piezas fundamentales de las armas y municiones indicadas en los apartados a a d), así como, en su caso, sus sistemas entrenadores o subcalibres.

Bombas de aviación, misiles, cohetes, torpedos, minas, granadas, así como sus subconjuntos y piezas fundamentales.

Las no incluidas en los apartados anteriores y que se consideren como de guerra por el Ministerio de Defensa.

2. Corresponde al Gobierno, a propuesta conjunta de los Ministerios de Defensa y del Interior, determinar las armas comprendidas en este artículo que pueden ser utilizadas como dotación de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.


Y esto es lo que interpreta la G.C.

https://www.guardiacivil.es/es/servicios ... index.html

Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, BOE 55/1993), la adquisición, tenencia y uso por particulares de las armas de guerra esta prohibida.

Se consideran armas de guerra

Según determina el citado artículo se consideran armas de guerra las siguientes:

Armas de fuego o sistemas de armas de fuego de calibre igual o superior a 20 mm.

Armas de fuego o sistemas de armas de fuego de calibre inferior a 20 mm., cuyos calibres el Ministerio de Defensa ha establecido como de guerra. Se incluyen dentro del grupo:

Armas de fuego de calibre igual o superior a 12,7 mm. que utilicen munición con vaina de ranura en el culote.

Armas de fuego que utilicen municiones de los calibres:

5,45 x 39,5.
5,56 x 45 (o su equivalente 223).
7,62 x 39.
7,62 x 51 Nato.


Armas de fuego automáticas.

Municiones para las armas indicadas en el primer y segundo punto.

Conjuntos, subconjuntos y piezas fundamentales de las armas y municiones indicados en los cuatros primeros apartados, así como, en su caso, sus sistemas entrenadores o subcalibres.

Bombas de aviación, misiles, cohetes, torpedos, minas, granadas, así como sus subconjuntos y piezas fundamentales.

Las no incluidas en los apartados anteriores que se consideren como de guerra por el Ministerio de Defensa.


No se consideran armas de guerra

Aquellas armas de repetición que utilicen munición de tipo 308 Winchester de bala expansiva o munición del tipo 7,62 x 39 de bala expansiva para caza mayor.


Resulta curioso que aplican la norma CIP pero a su manera, efectivamente dan carta verde al .308 y 7,62X39 por las puntas, pero de la chistera y por orden del Espíritu Santo deciden que tiene que ser de repetición.

También es curioso que siguen marginando al 5.56/.223 en su globalidad, y Bruselas sacó una resolución contra esta marginación en Diciembre, diciendo que CIP eran todos los cartuchos, que la prohibición debía estar en las puntas. Como es lógico.

Pues este es el desaguisado que la CIPAE debería haber arreglado en su reunión de Enero y Febrero, y cuya reparación no solo supondría la introducción del .223, si no de todos los calibres hasta el .50 BMG.

¿Por que no lo hacen?

Pues según su filosofía:

1.) No se fían de ti. El Estado Español tal y como recoge su constitución no basa el poder político ni legislativo en el ciudadano como pilar básico de la libertad y de la democracia. Este delega sus derechos mediante sufragio al Congreso de los Diputados, y es el congreso en representación del llamado "Pueblo Español" Genérico, quien establece las leyes y las normas. Evidentemente si solo puedes votar azul, rojo, verde y rosa, y tu voto implica una lista cerrada de más de 20 personas, tu poder para influir en el sistema legislativo y demás es muy limitada, y condicionada en el tiempo a periodos de 4 años, eso sin contar que a ti como individuo, no sabes que diputado o senador te representa, entre otras cosas porque te viene impuesto, no lo eliges.

El Estado y el poder político sabe muy bien que esta redacción de la constitución les otorga una gran autonomía para actuar al margen de la voluntad popular, y que se encuentran en una situación de supremacía o ventaja sobre el pueblo, cuando lo lógico es que fuese al revés.

Evidentemente la clase política (Estado) ve con recelo que la población civil se arme, ya que pone en peligro directo su supremacia. Es por este motivo por el que en Estados Unidos existe una Segunda Enmienda.

2.) Pérdida de Control. Si a lo anterior sumamos que las puertas del mercado se abrirían de par en par y el precio de la munición y las armas bajaría notablemente, está claro que nos encontramos ante una situación de rebose del sistema, porque al bajar los precios y tener más armas y munición disponibles en el mercado, más gente se aficionaría. Y a más armas entre los Españoles el "Estado" vería amenazada su posición de supremacía.

3.) Situación Actual. Evidentemente con la crisis política y corrupción que tenemos, lo último que quieres las "élites" "castas" y los políticos corruptos y no corruptos son más armas en la calle en manos de ciudadanos cabreados. El CNI ha realizado un informe para ver el nivel de lealtad de las FCSE en caso de disturbios y algaradas populares contra el Gobierno-Estado, y no ha salido muy positivo, de hecho dieron recomendaciones en caso de recorte para establecer que miembros de las FCSE deberían ser los primeros en sufrir reducciones salariales y quienes deberían ser los últimos.

4.) Flujo munición militar. Evidentemente hay quien haría su agosto y vendería munición militar a los civiles, por lo que en este caso, aunque los controles sobre los cupos de munición fuesen efectivos, serían del todo inútiles.

Evidentemente si la munición de Surplus o excedente sale al mercado civil a bajo precio, este mercado negro se acaba, pero claro habría que terminar con los cupos o la gente seguiría sacando munición B. Evidentemente esta solución implica pérdida de control y por lo tanto no es aceptable.

Saben que esto ya ocurre y que no tiene repercusión en la seguridad pública, pero no es tu o mi seguridad lo que les preocupa. Les preocupa la seguridad de los de arriba y sobre ello gira todo. Si una gran masa de munición se diluye entre los aficionados Españoles armados hasta los dientes, el próximo chorizo con un cargo de responsabilidad estaría mucho más temeroso a la hora de poner el cazo o estirar la mano para robarles a los Españoles su dinero.

Evidentemente este capo disfrazado de político usa todos los medios para evitar que eso ocurra, y para eso tiene a sus pelotas y esbirros serviles dentro de las FCSE en puestos clave.

Además, fíjaros que hasta las FCSE tienen sus cupos de munición limitados. No se fían de nadie, y si es necesario, se saltan la ley y las normativas Europeas como han hecho hasta ahora.

Eso sí, intenta tu hacer lo mismo y verás que el rasero no es el mismo.

Evidentemente puedes comprobar que hay ciudadanos de 1º Categoría y de 2º Categoría. Es decir, como en la India pero sin ir con los pantalones cagados por la calle. Tenemos una "casta" que nos controla y luego estamos el resto.
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Re: LIBERAR EL 308 Y 5,56

Mensajepor ruben2 » 14 Mar 2013 17:12

Hola a todos:

Aunque no suelo escribir mucho, os leo con frecuencia, y sigo este tema desde hace bastante tiempo, es por eso que ante las dudas legales que surgen en el tema, me gustaría poner mi grano de arena para explicar como está el tema en la actualidad. A fecha de hoy, no se pueden tener en manos particulares ningún arma, si es de los denominados calibres de guerra, todo rumor al contrario, hasta la fecha, es eso, un rumor.

Legalmente hablando, la prohibición de las armas de guerra, viene incluida en el reglamento de armas (concretamente en el artículo 6.b)Armas de fuego o sistemas de armas de fuego de calibre inferior a 20 milímetros, cuyos calibres sean considerados por el Ministerio de Defensa como de guerra), en el que los legisladores, muy hábilmente, evitaron hablar de calibre en concreto, dejando esa norma a desarrollar, por parte de otro ministerio ajeno al de interior, dejando la responsabilidad en manos de otros, y evitando reclamaciones. En estos casos, se determina que la ley está incompleta, por lo que hace falta que alguien desarrolle ese concepto en concreto, y aquí, es donde entra el ministerio de defensa, que mediante el Real Decreto 844/2011, de 17 de junio, por el que se modifica el Real Decreto 2061/2008, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de control del comercio exterior de material de defensa, de otro material y de productos y tecnologías de doble uso, ha desarrollado la situación que describe el artículo 6.2.b) del reglamento de armas, y es, la norma, donde en su Anexo III.1 viene en decir:
1. ARMAS DE FUEGO CON UN CALIBRE DE 12,7 MM (0,50 PULGADAS) O INFERIOR, SEGÚN SE INDICA:

a. Ametralladoras, fusiles, subfusiles y carabinas.

De calibre 12,7 mm que utilicen munición con vaina de ranura en el culote y no de pestaña o de reborde en el mismo lugar.

Que utilicen los siguientes calibres: (5,45x39,5), (5,56x45 o su equivalente 0,223), (7,62x39) y (7,62x51 OTAN).

N.B.: No se consideran armas de guerra las armas de repetición que utilicen munición de tipo 0,308 Winchester de bala expansiva o munición de tipo 7,62x39 de bala expansiva, para caza mayor.

b. Las armas de fuego automáticas no comprendidas en el apartado a. anterior.

c. Armas de cañón de ánima lisa diseñadas especialmente para uso militar.



Y esa es la combinación, que en la actualidad, impide disfrutar de calibres como el .223, el 5,45x39, el .308 Win y el 7,62x39. Ambas normativas están en vigor a fecha de hoy.
Espero haberos aclarado un poco la situación legal del asunto, así como ofrecerme para colaborar como se pueda.

Un Saludo a todos.

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Re: LIBERAR EL 308 Y 5,56

Mensajepor akreus1 » 14 Mar 2013 17:14

Pues yo creía que las leyes se publicaban en el BOE, y no en la página web de la GC.... que iluso de mi parte... :wink:

Bueno, así estaba en lo cierto. Aquí la administración se ve que se salta sus propias leyes y las directivas impuestas por la unión europea. Ninguna novedad en el frente.

Ahora bien, en esta situación podemos hacer dos cosas:

1. Llorar indefinidamente y pedir firmas (que ignorarán porque no somos una gran mayoria de votantes.)

2. Ponerlo en conocimiento de tribunales europeos, a ver si ellos comparten la particular definición de "legalidad" que hay aqui. Ellos pueden forzar a la administración española a cambiar las leyes (véase ley de hipotecas).
Al ser un miembro de la unión europea, España se compromete a respetar las leyes de la unión no?

La verdad es que me parece que se esta retrasando deliberadamente el nuevo reglamento no se para que razón, ya que solo pedimos que se aplique la normativa vigente del CIP y se nos equipare en derechos al resto de ciudadanos europeos.

Resumen: Para mi la clave la tiene Europa. Si aqui se cierran en banda solo la UE puede forzar un cambio. Seguro que desde Anarma estais en contacto con las distintas agrupaciones europeas para hacer presión todos juntos.

--EDITO:--

Gracias Ruben2, así si existe el anexo vigente que deja claro que estan considerados como de guerra. Solo nos queda esperar a un cambio en el reglamento ya sea voluntario o impuesto por la UE.
Última edición por akreus1 el 14 Mar 2013 17:21, editado 1 vez en total.

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Re: LIBERAR EL 308 Y 5,56

Mensajepor jlppons » 14 Mar 2013 17:16

Para Strogresolve y su acertadisima línea argumental.

:apla: :apla: :apla: :apla: :apla: :apla: :apla: :apla: :apla: :apla: :apla: :apla: :apla: :apla: :apla: :apla: :apla: :apla: :apla: :apla:

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Re: LIBERAR EL 308 Y 5,56

Mensajepor akreus1 » 14 Mar 2013 17:59

Strongresolve escribió:También es curioso que siguen marginando al 5.56/.223 en su globalidad, y Bruselas sacó una resolución contra esta marginación en Diciembre, diciendo que CIP eran todos los cartuchos, que la prohibición debía estar en las puntas. Como es lógico.

Pues este es el desaguisado que la CIPAE debería haber arreglado en su reunión de Enero y Febrero, y cuya reparación no solo supondría la introducción del .223, si no de todos los calibres hasta el .50 BMG.


A falta de ver exactamente la resolución de Bruselas, entonces no se puede hacer mas que denunciar el incumplimiento de una resolución europea por parte de la administración española. Y enviar el "Real Decreto 844/2011" donde sale la clasificación de calibres de guerra como prueba de que esta en contradicción con una directiva Europea (de rango superior, puede ser??)

No soy jurista. Soy ingeniero, y de leyes la verdad es que se pocas y solo de mi campo de especialización, pero no habia algo como la piramide legislativa y las directivas europeas estan por encima de las nacionales no?

Por cierto, como va el tema de la reunión de la CIPAE? Al no resolverse el problema, se haran otras reuniones? O se dejará el tema en el limbo indefinidamente hasta que les llamen la atención desde algun sitio?

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elsantoangel
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Re: LIBERAR EL 308 Y 5,56

Mensajepor elsantoangel » 14 Mar 2013 18:24

la verdad que ese podria ser un hueco para aprovechar y derribar ESTA PROHIBICION ABSURDA

Pq esta claro q recogiendo firmas y similares se las pasan p el forro de los huevos, asi que habria q tomar medidas y como dice OFLETO a lo mejor estan prevaricando y pasandose de la raya haciendo uso de su cargo Y SE LES DEBERIA DE METER LAS CABRAS EN EL CORRAL POR ESO

Como ej bien podria servir lo de las hipotecas, ya les ha dado un toque la UE y puede q no se el ultimo
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Re: LIBERAR EL 308 Y 5,56

Mensajepor Carames » 14 Mar 2013 18:29

Gracias a Strongresolve por hacer honor a su nombre y a ruben2 por las certeras referencias legales.

En realidad, y a mi modesto entender, el problema se resolverá en el momento en el que alguien con paciencia y dinero suficientes, se moleste en entablar un contencioso-administrativo contra la intervención que deniegue el guiado de un arma semiautomática en cualquiera de los calibres conflictivos. Sería un pleito largo y costoso y probablemente la instancia que diera una resolución favorable sería el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, el cual por cierto ha dictaminado hoy mismo que la legislación española sobre desahucios vulnera la normativa comunitaria porque no garantiza a los ciudadanos una protección suficiente frente a cláusulas abusivas en las hipotecas. ¿Os suena?

Todo se andará

Un saludo
Última edición por Carames el 14 Mar 2013 18:40, editado 2 veces en total.

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Re: LIBERAR EL 308 Y 5,56

Mensajepor garruli » 14 Mar 2013 18:33

Hola se podría coordinar una recogida de firmas a nivel nacional para reclamar nuestros derechos y que estos políticos vean que no somos 4 gatos.Creo que en España entre cazadores y aficionados al tiro deportivo hay 1 millón y algo de licencias.Yo tengo una licencia pero a la hora de firmar serian la mía y la de 6 familiares mas con edad legal de votar .Haber si se dan cuenta y rectifican .Creo que ya es hora de que nos escuchen y nos respeten que no somos delincuentes ,es mas no tenemos ni antecedentes penales ni policiales para que nos tengan tanto miedo ,sin embargo si hay políticos corruptos y chorizos y ni dimiten ni los echan .
Si vis pacem para bellun (si quieres la paz preparate para la guerra)

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