La realidad es pedagógica y haces muy bien en no fiarte "ni un pelo". Qué razón tienes, amigo. Y qué razón tenía ese otro compañero de foro que decía que un pesimista es un optimista bien informado.
Hay que tener en cuenta varios factores:
1.- De salir adelante el proyecto de Real Decreto sobre Reglamento de Armas, se suprimirá en la práctica la mayor parte de la armas cortas y largas en la F.
2.- Se permitirá una sola arma corta y las restantes requerirán de “autorización especial” a regular por una futura “orden ministerial” que, como tal, no requerirá aprobación por Consejo de Ministros y, menos todavía, refrendo en Cortes Generales. Sólo faltaría que la “autorización especial” se regulase mediante una mera “instrucción técnica complementaria” o, llegados al extremo, por las famosas “circulares internas” que, a día de hoy, preferimos pensar y pensamos que son una leyenda urbana sin base real.
3.- En la práctica, todo parece indicar que se exigirá al tirador la participación en competiciones oficiales “por determinar” donde, para más Inri, tendrá que obtener ¡¡¡PUNTOS CON CADA ARMA!!!.
España es de los poquísimos países desarrollados y con democracias equiparables a la nuestra donde se ha venido exigiendo competir acreditando, además, puntos. Pero es que a partir de ahora todo parece indicar que los puntos habrá que acreditarlos con cada arma.
No hace falta recordar que hay muchísimos tiradores que pueden hacer puntos de primera categoría con, por ejemplo, un .22 en pistola Estandar pero no con un 9 mm. ¿Qué tendrán que hacer con esta última arma? ¿malvenderla? ¿inutilizarla-destrozarla? ¿achatarrarla?
4.- ¿Qué pasará con las armas que superen el calibre 9mm? ¿Como justificarán los tiradores un revólver del .44 si no hay tiradas oficiales habilitadas? ¿Con IPSC?
5.- ¿Qué pasará con las carabinas del .22 guiadas en F por ser armas de “concurso” pero que no son propias de “competición oficial”?.
¿Pretende acaso el legislador que acrediten puntuación en competiciones “oficiales” de Tendido, 3x20 ó 3x40, sabiendo como sabe –o debería saber- que tienen cañón corto, culatas inapropiadas y disparadores tarados a más de 3 kilos de presión?
Ni que decir tiene que las carabinas semiautomáticas tampoco pueden utilizarse en competiciones oficiales de F-Class por no ser de cerrojo. Otra cosa es que se utilicen en concursos extraoficiales o en entrenamientos para F-Class al objeto de abaratar costes, que eso sí se hace.
6.- ¿Cuál será el futuro de las pistolas del .40 SW? ¿Obligar a un tirador sí o sí a hacer IPSC para mantenerlas aunque tenga 65 años y esté cojo?. Estas pistolas fueron guiadas como armas de concurso pero, insistimos, nadie habló de competiciones oficiales.
Se utilizan en concursos de club y para tiro lúdico. También como entrenamiento para la modalidad de 9mm, mediante un calibre mayor (el .40) más difícil de controlar en tiro rápido.
Algunas de ellas valen 3.000 euros o más. ¿QUIÉN VA A INDEMNIZAR SU INUTILIZACIÓN-DESTROZO O SU VENTA A PRECIOS DE SALDO? Lo preguntamos porque el resto de tiradores estarán, salvo los de IPSC, en idéntica y mareante situación.
7.- Respecto a la prohibición de comprar miras telescópicas sin licencia D, tres preguntas formuladas en todo caso desde el respeto: ¿Cómo se podrá practicar entonces el Bench Rest? ¿Y la F-Class? ¿Con lupas de relojero?.
Saludos cordiales.
czzkm17hmr escribió:Pues yo no me fio ni un pelo.Si es cierto que la legislacion espñola contempla la tenencia y porte de armas de fuego como un derecho, ¿eso no bastaria para echar abajo cualquier cosa que nos quieran imponer? dando por sentado que al tener ese dercho tambien tenemos obligaciones y las cumplimos, como siempre ha venido siendo