Alegaciones Para el futuro Reglamento de armas

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skiner
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Re: Alegaciones Para el futuro Reglamento de armas

Mensajepor skiner » 14 Dic 2010 20:34

En el post de dilingues que muestra la alegación de un grupo de arqueros hay algo muy interesante para solicitar la no obligación de federarse para obtener la F. Pero ojo tiene un gran fallo.

dilingues escribió:4.- La modificación del artículo 54.4 es palmariamente opuesta al principio constitucional de libertad de asociación, puesto que obliga a la asociación obligatoria proscrita por el artículo 22 de la Constitución Española y el artículo 2.3 de la Ley Orgánica 1/2002.


La parte del artículo 2.3 de la L.O. 1/2002 reguladora del Derecho de Asociación es perfecta ese artículo dice "Nadie puede ser obligado a constituir una asociación, a integrarse en ella o a permanecer en su seno, ni a declarar su pertenencia a una asociación legalmente constituida." En otras palabras una norma de rango inferior (en nuestro caso un Real Decreto) no puede que apr obtener uan autorización administrativa obligatoriamente te tengas que hacer miembro de una asociación o si lo eres que te exija declararlo.

Pero la gran cagada es meter junto a este formando en un todo en uno el artículo 22 de la constitución, ya que el artículo 22 regula el "derecho de asociación" pero no prohibe la obligatoriedad de asociarse (si fuera así no se podría exigir que para ejercer ciertas profesiones se tenga que estar colegiado).

Resumiendo mucho cuidado con las alegaciones, que una buena alegación (y lo de la 1/2002 es muy bueno) se puede fastidiar por añadir cosas de más.

Saludos

P.D.

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Sirio
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Re: Alegaciones Para el futuro Reglamento de armas

Mensajepor Sirio » 14 Dic 2010 21:45

NO AL NUEVO REGLAMENTO DE ARMAS DE 2010
Adjuntos
Saludos compañeros, abro este hilo con las mejores intenciones del mundo.
Para que todos los foreros y 10

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Re: Alegaciones Para el futuro Reglamento de armas

Mensajepor Carabina_22 » 14 Dic 2010 22:31

skiner escribió:Pero la gran cagada es meter junto a este formando en un todo en uno el artículo 22 de la constitución, ya que el artículo 22 regula el "derecho de asociación" pero no prohibe la obligatoriedad de asociarse (si fuera así no se podría exigir que para ejercer ciertas profesiones se tenga que estar colegiado).


¡Por quinta vez lo digo en este foro!, y ya dejé algún link para consultar esa ley:

Al menos en Galicia, y me comentan que en el resto de las comunidades autónomas también, aunque solo puedo asegurarlo para Galicia,

NO ES NECESARIO NI OBLIGATORIO federarse A NIVEL AUTONÓMICO

para practicar un deporte, basta con apuntarse o declararlo en el negociado pertinente, pero ni eso es necesario u obligatorio, es opcional y voluntario.

A nivel nacional puede cambiar la cosa, pero eso no quita legitimación para presentar un alegación, ya que a ti NO TE DA LA GANA DE PRACTICAR TU DEPORTE FUERA DE TU COMUNIDAD.

Consultad la legislación. Si la interpreté mal pido disculpas anticipadas.


Y no es lo mismo estar colegiado que federado. Para defender tus derechos como profesional dentro y fuera de alguna profesión o ejercerla, necesitas estar colegiado, pero no es lo mismo una profesión que un deporte o una afición, para la mayoría de los ciudadanos.
.

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Re: Alegaciones Para el futuro Reglamento de armas

Mensajepor Carabina_22 » 14 Dic 2010 22:40

.
¿Alguien piensa presentar alegaciones sobre las normas para la construcción y legalización de los campos y galerías de tiro?

Me refiero a pedir que publiquen en el reglamento de armas todo aquéllo realmente necesario y obligatorio para que los permitan, que nos informen de todos los impedimentos que nos van a poner.
.

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Re: Alegaciones Para el futuro Reglamento de armas

Mensajepor Davite » 14 Dic 2010 23:56

Un grupo de tiradores hemos preparado las específicas a las galerias de IPSC, juntando las del foro, federación y aportaciones que creemos que las mejoran. Las dejamos aquí junto en el foro de Recorridos de Tiro para que las mejoreis o las envieis según están.

Saludos.
Adjuntos
ALEGACIONES GALERIAS DE TIRO RECORRIDOS-IPSC.doc
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Última edición por Davite el 15 Dic 2010 20:12, editado 2 veces en total.

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Re: Alegaciones Para el futuro Reglamento de armas

Mensajepor marchoso » 14 Dic 2010 23:59

Gracias Davite, tomo nota y envio con urgencia el ultimo aporte.
Señoress, ESCRITO DE ALEGACIONES TERMINADO.
Solo queda el visto bueno del foro.
Mañana el compañero Javinchi, las facilitará.
Solo quiero expresar publicamente el agradecimiento por orden cronologico a :
Javinchi 1991,Tuareg,SPS40, pues hemos mantenido muchisimas conversaciones diarias para que esto fuese posible.
En otro apartado agradecer a los demas foreros vuestras aportaciones.
Xesus,Skiner , carabina y demas compañeros del foro que por tema de memoria no podria nombrar a todos.
Solo una ultima Expresion, GRACIAS A TODOSS.
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Todas las opiniones en los foros son a tí­tulo personal, en ningún caso representan ni deben ser asociadas a ANARMA

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Re: Alegaciones Para el futuro Reglamento de armas

Mensajepor miguelcz90 » 15 Dic 2010 00:35

Gracías por el tiempo que habeís dedicado,en cuanto esten listas nos toca nuestra parte de hacerlas llegar a los "cabezas cuadradas", haber que pasa.
Saludos y gracías por el esfuerzo y tiempo de dedicación :apla: :apla: :apla: :apla: :apla: :apla: :apla:

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Re: Alegaciones Para el futuro Reglamento de armas

Mensajepor skiner » 15 Dic 2010 02:23

Carabina_22 escribió:
skiner escribió:Pero la gran cagada es meter junto a este formando en un todo en uno el artículo 22 de la constitución, ya que el artículo 22 regula el "derecho de asociación" pero no prohibe la obligatoriedad de asociarse (si fuera así no se podría exigir que para ejercer ciertas profesiones se tenga que estar colegiado).


¡Por quinta vez lo digo en este foro!, y ya dejé algún link para consultar esa ley:

Al menos en Galicia, y me comentan que en el resto de las comunidades autónomas también, aunque solo puedo asegurarlo para Galicia,

NO ES NECESARIO NI OBLIGATORIO federarse A NIVEL AUTONÓMICO

para practicar un deporte, basta con apuntarse o declararlo en el negociado pertinente, pero ni eso es necesario u obligatorio, es opcional y voluntario.

A nivel nacional puede cambiar la cosa, pero eso no quita legitimación para presentar un alegación, ya que a ti NO TE DA LA GANA DE PRACTICAR TU DEPORTE FUERA DE TU COMUNIDAD.

Consultad la legislación. Si la interpreté mal pido disculpas anticipadas.


Y no es lo mismo estar colegiado que federado. Para defender tus derechos como profesional dentro y fuera de alguna profesión o ejercerla, necesitas estar colegiado, pero no es lo mismo una profesión que un deporte o una afición, para la mayoría de los ciudadanos.
.


No es eso, a ver como lo explico.

Que en Galicia junto con media España (y la otra media tambien) para practicar un deporte a nivel aficionado (sin competir no es obligatorio estar federado), lo tengo más que claro.

Lo que me refería es que esto
4.- La modificación del artículo 54.4 es palmariamente opuesta al principio constitucional de libertad de asociación, puesto que obliga a la asociación obligatoria proscrita por el artículo 22 de la Constitución Española y el artículo 2.3 de la Ley Orgánica 1/2002.
Que tiene algo muy interesante sobre el artículo 2.3 de la L.O. 1/2003 lo van a rechazar con algo por el estilo "el derecho de asociación regulado en el artículo 22 de la Constitución lo que garantiza es el derecho de los ciudadanos a afiliarse a cualquier asociación legal, pero en ningún momento prohibe la asociación obligatoria por lo que al basarse su alegación en que la asociación obligatoria es contraria a la Constitución se rechaza su alegación." y pasarán olimpicamente de la 1/2002 y del principio de jerarquía normativa por el que un R.D. no puede contradecir a una L.O.

La forma correcta hubiera sido alegar solo en base a la 1/2002. O en su defecto presentar en el mismo escrito 2 (y bien diferenciadas)una en base a el artículo 22 de la C.E. y la 2ª en base a al L.o. 1/2002 (aunque cuanto más lo pienso no tengo muy claro si a una federación se la puede clasificar como asociación (en cambio un club deportivo si lo es)).

Tambien espero que el foro "Comunidad Arquera Hispánica" esté legalmente constituido y registrado como una asociación, en otras palabras tenga personalidad jurídica. Porque sino es como si esa alegación no se hubiera enviado.

Saludos


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Re: Alegaciones Para el futuro Reglamento de armas

Mensajepor javichin1991 » 15 Dic 2010 12:14

Buenos días a todos,

Siguiendo las instrucciones de Marchoso adjunto el pliego global de alegaciones.

Solicitamos al webmaster que tenga a bien distribuirlo a todos los miembros del foro como newsletter.

Por otra parte es tarea de todos nosotros distribuirlo a todos los familiares y amigos.

Hemos hecho lo que modestamente hemos podido, se que el resultado no es perfecto, pero al menos es un documento global que a nuestro entender cubre todos los aspectos polemicos. GRACIAS A TODOS.


La dirección de envío es:


Secretaría General Técnica del Ministerio de Interior
C/ Amador de los Ríos, 7, 28071, MADRID.


La forma de envío es:

Este pliego de alegaciones es imprescindible registrarlo, NADA DE CORREO ELECTRONICO, en todas las comunidades autónomas hay un registro de ventanilla única, es GRATIS, también podemos enviarlo por correos en la modalidad "Correo Administrativo Certificado", en este caso trae por supuesto un coste.

En ambos casos debemos llevar dos copias.

Si decidimos hacerlo por correos: El método es dirigirse a correos o al registro de la oficina de la Administración con dos copias del escrito, hay que llevar abierto el sobre, que el funcionario de correos selle la copia del sobre y lo cierre y selle también nuestra copia para que nos quede constancia de la alegación.

En el caso del registro simplemente te sellan las dos copias una para ti y otra para tramitar.

Saludos
Adjuntos
Alegaciones Finales.docx
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Re: Alegaciones Para el futuro Reglamento de armas

Mensajepor Carabina_22 » 15 Dic 2010 12:19

javichin1991 escribió:Buenos días a todos,

Siguiendo las instrucciones de Marchoso adjunto el pliego global de alegaciones.


NO FUNCIONA EL ARCHIVO. Gracias de todas formas.

Y en cuanto a cerrar el hilo, siempre puede aparecer algo nuevo o algo que comentar.
.

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Re: Alegaciones Para el futuro Reglamento de armas

Mensajepor el comediante » 15 Dic 2010 12:27

Y añadir otra cosa: la mejor forma es presentarlo mediante ventanilla única, es gratis, y en cada comunidad autónoma hay decenas de registros válidos por ejemplo servicios provinciales, departamentos de consejerías, direcciones y subdirecciones provinciales, laboratorios, oficinas de agricultura, algunos hospitales y residencias de ancianos, etc.

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Re: Alegaciones Para el futuro Reglamento de armas

Mensajepor Carabina_22 » 15 Dic 2010 12:31

skiner escribió:...junto con media España (y la otra media tambien) para practicar un deporte a nivel aficionado (sin competir no es obligatorio estar federado), lo tengo más que claro.


Pues no:

1- para competir tampoco necesitas estar federado, si esa competición no la organiza la federación autonómica o la nacional.

2- si la federación regional o nacional organizan una tirada en mi club de tiro gracias a "mi amabilidad", y algún socio no está federado, te aseguro que participa y no pasa nada, o no vuelven a usar mis instalaciones.

skiner, que sólo me mueve el afán de aclarar dudas, ¡eh!, jeje, no te mosquees por mis comentarios.
:birra^:
.

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Re: Alegaciones Para el futuro Reglamento de armas

Mensajepor doncesar » 15 Dic 2010 13:47

Carabina 22,

Prueba a descargar la alegacion global preparada por el Compañero Marchoso (GRACIAS POR TODO!) aqui:

download/file.php?id=76269

leyes-y-normativa-sobre-armas/alegaciones-t906789.html

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Re: Alegaciones Para el futuro Reglamento de armas

Mensajepor mmakid » 15 Dic 2010 14:14

ATENCION!!

La alegacion conjunta original esta desordenada en algunos puntos y falta resaltar otros!!!

Supongo que con las prisas algo se ha colado.

En 1 hora os lo paso corregido.

Saludos

mmakid
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Re: Alegaciones Para el futuro Reglamento de armas

Mensajepor mmakid » 15 Dic 2010 14:57

Hola,
Aqui va la alegacion conjunta un poco maquillada.
Saludos
Adjuntos
Alegaciones Finales.pdf
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Re: Alegaciones Para el futuro Reglamento de armas

Mensajepor dilingues » 15 Dic 2010 17:20

Respecto a las alegaciones preparados por marchoso y Cia, estoy leyendolas, y recomendaría modificar el siguiente punto.
En la alegación aparece:

ART. 5.1.e
Conviene reflexionar sobre este asunto, ha habido algún tipo de delito cometido con estos dispositivos? No sería mejor obligar a que los ciudadanos que van a cazar en esperas nocturnas (legales en muchos puntos de España), teniendo la obligación de usarlos, para evitar accidentes?

Creo que se refiere al uso de visores nocturnos, veo estupendo que se defienda su uso, pero de ahí a considerarlo obligatorio hay una gran diferencia (sobretodo porque me parece una burrada obligar al desenbolso economico en un visor nocturno). Simplemente cambiaría "obligar" por "recomendar".
(NOTA, eso lo podemos cambiar cada uno idividualmente antes de enviar la alegación, no sería necesario colgar otro nuevo formato).

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Re: Alegaciones Para el futuro Reglamento de armas

Mensajepor dilingues » 15 Dic 2010 17:34

algo así

ART. 5.1.e
Conviene reflexionar sobre este asunto, ha habido algún tipo de delito cometido con estos dispositivos? No sería mejor recomendar su uso a los ciudadanos que van a cazar en esperas nocturnas (legales en muchos puntos de España), teniendo en cuenta que usarlos, puede evitar accidentes?


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