Elderbi escribió:Inspectores de trabajo: Dónde estáis? Como consentís que en grandes empresas se trabaje 12 horas diarias, cotizando por solo por 8 horas. Vigiláis los contratos de 2 horas y que trabajan a jornada completa?.
Tú preguntas y yo te contesto: Están en la luna de Valencia porque jamás le ha interesado a ningún Gobierno que la Inspección de Trabajo, como policía administrativa de la Seguridad Social, funcione.
¿Que por qué? Porque la Administración siempre ha considerado, extraoficialmente, por supuesto, que un cierto nivel de economía sumergida es una "válvula de escape" para el sistema.
Es por ello que la Inspección de Trabajo no cuenta con medios materiales, humanos y herramientas jurídicas suficientes para hacer su trabajo. No las ha tenido nunca, ni las tiene ni las tendrá.
Un ejemplo más corriente que la pana: Un empresario X tiene a una serie de trabajadores en la economía sumergida, como falsos autónomos o simplemente como personal fantasma, durante veinte años.
Un ciudadano de a pie puede denunciar ante la policía que están, por ejemplo, intentando violar a una anciana. Lógico, pues sólo faltaba... En cambio, ese mismo individuo no puede denunciar las irregularidades laborales citadas si no es "parte afectada".
Volviendo al ejemplo de la anciana, tendrías que ser la propia abuela o familiar de la misma para presentar denuncia. Surrealista, ¿no?. Ni que decir tiene que el trabajador no suele denunciar porque a los cuatro días está en la calle con un despido, en el mejor de los casos, improcedente.
Y es que esa es otra: La legislación no protege con el nulo radical al denunciante, lo que viene a ser una invitación del legislador, como edecán de la clase empresarial, para que no denuncie nunca su situación.
Pero es que aunque haya denuncia y la Inspección de Trabajo le dé finalmente la razón al trabajador, sólo habrá actas de infracción y liquidación por los últimos cuatro años de los veinte del ejemplo. Los otros dieciséis habrán prescrito.
Ni que decir tiene que a más de un empresario con pocos escrúpulos le sale a cuenta la irregularidad. Sobre todo si a renglón seguido despide al denunciante y recurre las actas de infracción y liquidación.
Entre tanto, el INEM puede llegar a bloquearle la prestación económica por desempleo al trabajador o pagarle en función de la base mínima de cotización de su grupo profesional mientras la empresa no liquide.
El truco del almendruco está en que la empresa paga, cuando pierde en el Contencioso-Administrativo contra la Inspección de Trabajo al cabo de varios años, pero sin intereses de demora. Paga, pero sin retención añadida a Hacienda, que esa es otra.
¿Que cómo le cuela? Muy fácil: A Hacienda, si ha cobrado ya del trabajador como falso autónomo, le es indiferente el asunto. El despedido tampoco puede hacer normalmente nada, porque se ha visto obligado a firmar un finiquito donde se dice que la empresa ya no le debe nada. Kas manzana.
Saludos cordiales.