Mensajepor ikere » 10 Abr 2013 22:21
La dación en pago,existe, y la usan sociedades jurídicas que se van a la porra. Ha esto se le llama liquidación de sociedad por procedimiento concursal.
eje:
Si un banco tenía como aval el pabellón, el banco se queda con el pabellón. La empresa se liquida y si el banco vende el pabellón perdiendo dinero se jode, no le puede reclamar nada. La empresa ya no existe.
Para poder derivar la deuda a los gestores, se debe probar que ha habido mala fe. Es costoso y complicado. No conozco ningún caso.
En las personas físicas, si la persona debe pasta, el banco se queda con la casa. Si la vende y no ha saldado la deuda, el banco reclama la diferencia.
Para impedir que se la reclame, la persona física, SE TIENE QUE SUICIDAR. Cuando esto ocurre, el banco se jode y cierra el expediente.
A las personas físicas, es raro que se reconozca impago por fuerza mayor, y se evite la condena a la prostitución o al suicidio.
Los jueces pueden y deben hacer justicia, un solo suicido, son muchos suicidios. Imaginaos, tribunales populares, juzgando deshaucios y casos de autodefensa, que bonito.
El el caso de que los jueces equilibren los derechos y deberes de personas, entidades, y canvalaches societarios, el que se jode es la banca.
Y la amenza de apocalipsis,la muerte, la guerra, el hambre, la lepra, y las ordas zombies, que venga, que no me la creo. Que, si viene, quien más pierde es la banca.
Menos los partidos de cuatro gatos, el resto están empufados de créditos hasta la estratosfera¿Para quien trabaja uno hipotecado? Trabaja para el banco.
Usease, los políticos que pueden cambiar la ley, no lo pueden hacer, ya que en ese caso, su patrón, la banca, los desahucia. Por ende, el colectivo que puede hacer justicia, son los jueces, que no están hipotecados.
La suma de individuos libres, resulta en una sociedad libre.