Hola a tod@s tengo una gran duda tengo un Whinchester del calibre 22L.R y una escopepa del cal 12 repetidora de caza que no uso y estoy pensando en NO renovar la licencia y pasarme al aire pero el 22 es una pasada no voy aninguna galeria ni campo de tiro ya que tengo una casa y un gran terreno el un pueblo y no tengo vecinos en varios Km. tengo un Gamo que conservo desde los 8 años (tengo 33) y varias pistolas de aire desde los 16..
ASI QUE MOJAROS Y DADME CONSEJOS
GRACIAS DE ANTEMANO
GRAN DUDA
- Buen_tirador
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RE: GRAN DUDA
MI CONSEJO
Usa las armas en galerias de tiro autorizadas.
Un saludo al foro.
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Monitor de Tiro---Juez Arbitro Territorial
buen_tirador@yahoo.es
http://clubdetirodelucena.wordpress.com/
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RE: GRAN DUDA
Para tener un cal.22 has de tener permiso de armas que es el mismo de la escopeta, por lo que si decides quedarte con el 22 has de renovar la licencia.
En caso de no querer renovar la licencia tienes dos opciones:
--Vender tus armas antes de que te caduque la licencia .
-- Entregarlas en la Intervancion de armas que las sacaran a subasta y te daran lo qe saquen por ellas descontado una pequeña parte de los gastos derivados de los anuncios en distintos medios.
Si decides renovar te quedarias con tus armas como hasta ahora y TU y solamente TU sabes lo que haces con ellas.
El 22 solamente se puee disparar en galerias de tiro.
Si tu lo disparas en el campo en un terreno tuyo o donde quiereas eres tu el que has de valorar los riesgos, accidentes, sanciones, ruidos, etc.
En caso de no querer renovar la licencia tienes dos opciones:
--Vender tus armas antes de que te caduque la licencia .
-- Entregarlas en la Intervancion de armas que las sacaran a subasta y te daran lo qe saquen por ellas descontado una pequeña parte de los gastos derivados de los anuncios en distintos medios.
Si decides renovar te quedarias con tus armas como hasta ahora y TU y solamente TU sabes lo que haces con ellas.
El 22 solamente se puee disparar en galerias de tiro.
Si tu lo disparas en el campo en un terreno tuyo o donde quiereas eres tu el que has de valorar los riesgos, accidentes, sanciones, ruidos, etc.
Mi HONOR es mi FIDELIDAD
- meatonthetable
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RE: GRAN DUDA
TONITUDE... de acuerdo todo es una mierda... la legislación es fatal, pero no cedas...
vete a polígonos de tiro actualizados, aunque sea gravoso y una putada, pero manejas armas que pueden causar importante daño a más distancia de lo que crees...
sigue disfrutando de ellas, que pocas armas hay tan divertidas en el tiro como una carabina del 22 LR. pero simepre con seguridad, y en lugares adecuados y autorizados.
no te rindas hombre!!!
:-):-):-):-):-):-):-)
vete a polígonos de tiro actualizados, aunque sea gravoso y una putada, pero manejas armas que pueden causar importante daño a más distancia de lo que crees...
sigue disfrutando de ellas, que pocas armas hay tan divertidas en el tiro como una carabina del 22 LR. pero simepre con seguridad, y en lugares adecuados y autorizados.
no te rindas hombre!!!
:-):-):-):-):-):-):-)
- Mister_Weber
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RE: GRAN DUDA
Mi consejo, vende la escopeta y quedate con el 22, con lo que saques de la escopeta tienes para unas cuantas renovaciones.
Como dijo un pollo asao
"Hay que ver la de vueltas que da la vida... "
"Hay que ver la de vueltas que da la vida... "
RE: GRAN DUDA
Gracias a todos por las respuestas y consejos me gustaria opinion para una ultima duda sobre el uso de esta 22 cito el Reglamento
CAPITULO VII DISPOSICIONES GENERALES SOBRE TENENCIA Y USO DE ARMAS DE FUEGO
Artículo 149.
2. Las armas solamente podrán ser utilizadas en los polígonos, galerías o campos de tiro y en los campos o espacios idóneos para el ejercicio de la caza, de la pesca o de otras actividades deportivas.
Mi casa esta a unos 5 Km de la casa el vecino en una zona de monte bajo y almendros y vides con acceso limitado a veiculos 4x4 ,dentro del coto social del pueblo en mi epoca de chiquillo cuando mi padre cazaba hace casi 20 años, no recuerdo ni una sola vez haber visto a la GC o al guarda del coto por mi terreno y solo me dedico a "romper latas a 500m"
De todas formas buscare alguna galeria por Valencia donde vivo que seguro las hay
repito Muchas gracias por todo
CAPITULO VII DISPOSICIONES GENERALES SOBRE TENENCIA Y USO DE ARMAS DE FUEGO
Artículo 149.
2. Las armas solamente podrán ser utilizadas en los polígonos, galerías o campos de tiro y en los campos o espacios idóneos para el ejercicio de la caza, de la pesca o de otras actividades deportivas.
Mi casa esta a unos 5 Km de la casa el vecino en una zona de monte bajo y almendros y vides con acceso limitado a veiculos 4x4 ,dentro del coto social del pueblo en mi epoca de chiquillo cuando mi padre cazaba hace casi 20 años, no recuerdo ni una sola vez haber visto a la GC o al guarda del coto por mi terreno y solo me dedico a "romper latas a 500m"
De todas formas buscare alguna galeria por Valencia donde vivo que seguro las hay
repito Muchas gracias por todo
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