que ahora no son agentes de la autoridad, cómo te puede cachear o detener alguien que no es agente de la autoridad, cuando un simple celador de ambulatorio, enfermero, médico o maestro si lo es en el desempeño de sus funciones ?
Ley de Seguridad Privada:
Artículo 32. Vigilantes de seguridad y su especialidad.
1. Los vigilantes de seguridad desempeñarán las siguientes funciones:
a) Ejercer la vigilancia y protección de bienes, establecimientos, lugares y eventos, tanto privados como PUBLICOS, así como la protección de las personas que puedan encontrarse en los mismos, llevando a cabo las comprobaciones, REGISTROS y prevenciones necesarias para el cumplimiento de su misión.
b) Efectuar controles de identidad, de OBJETOS PERSONALES, paquetería, mercancías o vehículos, incluido el interior de éstos, en el acceso o en el interior de inmuebles o propiedades donde presten servicio, sin que, en ningún caso, puedan retener la documentación personal, pero sí impedir el acceso a dichos inmuebles o propiedades. La negativa a exhibir la identificación o a permitir el control de los objetos personales, de paquetería, mercancía o del vehículo facultará para impedir a los particulares el acceso o para ordenarles el abandono del inmueble o propiedad objeto de su protección.
d) En relación con el objeto de su protección o de su actuación, DETENER y poner inmediatamente a disposición de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad competentes a los delincuentes y los instrumentos, efectos y pruebas de los delitos, así como denunciar a quienes cometan infracciones administrativas. No podrán proceder al interrogatorio de aquéllos, si bien no se considerará como tal la anotación de sus datos personales para su comunicación a las autoridad
Artículo 31. Protección jurídica de agente de la autoridad.
Se considerarán agresiones y desobediencias a AGENTES DE LA AUTORIDAD las que se cometan contra el personal de seguridad privada, debidamente identificado, cuando desarrolle actividades de seguridad privada en cooperación y bajo el mando de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
Como podéis ver, la propia Ley de Seguridad Privada, si permite CACHEAR Y DETENER así como reconoce el carácter de Agente de la Autoridad en determinados supuestos
Y antes de que digais que cachear no es registrar:
cachear
verbo transitivo
1.
REGISTRAR a una persona palpándola por encima de la ropa que lleva puesta, para averiguar si esconde objetos que se consideran prohibidos, como armas, drogas, etc.