cesiòn de armas cortas
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- .44 Magnum
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cesiòn de armas cortas
Buenas tardes,me dicen que no se puede ceder armas a un tirador de tercera que ya tenga una a su nombre,...lo veo de lo mas lògico,pues podrìa darse darse el caso que un tirador que solo tiene autorizaciòn para tener una podria llevar encima las que le diese la gana,...pero no encuentro en ningùn sitio un articulo que hable claramente del tema,..alguien sabe a ciencia cierta como està legislado eso?,..si es asì le agradecerìa que nos lo aclare,saludos al foro.
Tiempos nuevos...tiempos salvajes,
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Re: cesiòn de armas cortas
Pues no sé por qué te han relatado semejante cuento. Por supuesto que se pueden ceder armas de concurso, por un máximo de 15 días, a un titular de licencia F de 3ª clase. Lo que no puedes es guiar más de un arma a tu nombre.
Cumplimenta el documento previsto al efecto, y adelante, que es perfectamente legal.
Cumplimenta el documento previsto al efecto, y adelante, que es perfectamente legal.
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