YO TENGO UN CETME C 308
RE: YO TENGO UN CETME C 308
Nigth, cuando una cosa hay que pelearla la defiendo ante el PAPA si hace falta,:(2:(2:(2:(2
Pero por un error de un interventor no arreglas nada de nada, solo te puedes hacer daño tú.
Te dire´que hace 22 años mi ayuntamiento no cumplia una ley y solo yo dando la cara como presidente de una asociación me enfrente a todos y conseguí cambiarlo a base de enfrentamientos verbales por la radio con el alcalde y demás del gabinete y a expensas de la enemistad manifiesta de este y todo su partido contra mí durante los restos, solo te diré que me ha costado mucho dinero y disgustos y que NO ME ARREPIENTO.
Pero esto es una, diriamos en mi pueblo "CHORRADA".
Aquí no dilucidas nada.
Saludos y buenos tiros.
Pero por un error de un interventor no arreglas nada de nada, solo te puedes hacer daño tú.
Te dire´que hace 22 años mi ayuntamiento no cumplia una ley y solo yo dando la cara como presidente de una asociación me enfrente a todos y conseguí cambiarlo a base de enfrentamientos verbales por la radio con el alcalde y demás del gabinete y a expensas de la enemistad manifiesta de este y todo su partido contra mí durante los restos, solo te diré que me ha costado mucho dinero y disgustos y que NO ME ARREPIENTO.
Pero esto es una, diriamos en mi pueblo "CHORRADA".
Aquí no dilucidas nada.
Saludos y buenos tiros.
Un hombre no vale tanto cuanto tiene,
si no tanto cuanto ha valido su palabra.
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RE: YO TENGO UN CETME C 308
[citando a: pacopi]
Pues vamos a seguir aportando granitos de arena, :D:D:D:D............ Dice el amigo Night, con buen criterio, que cualquier propuesta de sanción se puede recurrir en el ambito de lo contencioso. Eso es una gran verdad, que en el caso que nos ocupa, traeria consigo un GRAN INCONVENIENTE, ya que mientras no haya una resolución en el tema, el arma deberia de permanecer DEPOSITADA en la intervención correspondiente. :8:8:8:8:8 Ahora, como deciamos antes, viene "cuando a ella la matan, y el se casa con el caballo"...................... Te has parado a pensar, amigo Night, cuanto tiempo suelen tardar los contenciosos en este pais en obtener una resolución? No vale que me hables de plazos teoricos, que todos los conocemos, sino de casos practicos y tiempos REALES.
Saludete (hasta el proximo grano de arena) :D:D:D:D
Pacopi, que sí, que puestos a evitar problemas...
En la pregunta a la que te refieres, en mi caso, que dicho al caso no viene al caso...jejeje, que bien me ha quedado esto....
5 meses.
En otros pueden ser más, incluso a lo mejor te mueres y todavía no hay fecha de juicio. En eso no puedo contestar.
Pero en un caso mío contra la IA, fueron 5 meses.
En persona, ó por privado, no tendría ningún reparo en enseñar ó comentar todo el papeleo, pero entended que en el foro no.
Era un tema de denegación de renovación del permiso de armas, hace unos 8 años, por causas que no vienen al caso.
Y me lo renovaron, a pesar de que el interventor nunca reconoció estar equivocado,que no me quería perjudicar, y que sólo aplicaba la normativa y tal y tal...
Y lo entiendo, ellos cumplen órdenes.
Durante ese tiempo, no tuve que depositar las armas, pues , increíble pero cierto, me extendieron un provisional, ya que ni ellos mismos sabían como cojer el asunto, hasta que se diluyó el tema.
Y eso que en la IA, me dijeron:
-Ná....pues le han denegado la renovación...y no hay nada que hacer.
-Oiga, pero se puede recurrir esto?
-Sí, pero no se moleste, que no acaba en ná.
Lo recurrí, mediante un papelote que ellos mismos me dieron en la IA, y cierto, me volvieron a denegar la renovación, bueno, exactamente lo denegó el Teco...
Pues nada, si ellos dicen que no, y yo que erre que erre, al juzgado.
La verdad es que los agentes de la IA me trataron siempre muy bien, y además me preguntaban como estaba el tema, ya fuera por curiosidad ó no, pero no tengo ninguna queja con ellos.
Se limitaron a cumplir las "ordenanzas", que no eran ni justas ni correctas, como se resolvió después.
Y hasta hoy.
Con esto, sólo quiero aportar un granito de arena, en todos estos temas, que creo nos benefician a todos.
Pues si me hubiera quedado quieto, hoy en día, ni tendría armas, ni estaría debatiendo con vosotros.
;)
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RE: YO TENGO UN CETME C 308
[citando a: NIGHTSTALKERS]
Pues mira, suerte la suya, yo sé de un par de Cetmes más en .308 guiados de forma legal y que pasan revista legal cuando les toca.
Y sé de varios AK en su calibre original que siguen disparando en semi.
Y no pasa absolutamente nada, porque lo que mandan son las guías.
Ah claro, que como esto no lo pueden tener todos y disfrutarlos todos, pues se impone el a joderser todos, no?
O sea, que el que tenga la suerte de conserver un AK en semi, que corra a castrarlo...
vamosssss
que hay que ser envidiosos y jode marranas.
Como mucho, lo que puede pasar en un cambio de interventores, es que si lo detectan te lo rectifiquen, nada más.
Y en el AK, que te lo castren.
Peroooooo, que le quiten lo bailao al dueño.
Si lo pueden castrar el año que viene, para que castrarlo ahora...
No tan claro, si los propietarios ya los tenían con anterioridad a su clasificación como armas militares los van a seguir teniendo. En la Constitución hay algo que se llama irretroactividad de las normas restrictivas de derechos individuales. Claro que en vía administrativa es muy probable que los de verde te digan no y quieran imponer la inutilización o conversión a arma de repetición. Pero queda el contencioso donde deciden los de la toga negra y estos dirán que el propietario se lo puede quedar sin modificar.
Saludos
P.D. Lo que pasa es que mucha gente en España no recurre a los tribunales por que es CARO.
RE: YO TENGO UN CETME C 308
[citando a: skiner][citando a: NIGHTSTALKERS]
Pues mira, suerte la suya, yo sé de un par de Cetmes más en .308 guiados de forma legal y que pasan revista legal cuando les toca.
Y sé de varios AK en su calibre original que siguen disparando en semi.
Y no pasa absolutamente nada, porque lo que mandan son las guías.
Ah claro, que como esto no lo pueden tener todos y disfrutarlos todos, pues se impone el a joderser todos, no?
O sea, que el que tenga la suerte de conserver un AK en semi, que corra a castrarlo...
vamosssss
que hay que ser envidiosos y jode marranas.
Como mucho, lo que puede pasar en un cambio de interventores, es que si lo detectan te lo rectifiquen, nada más.
Y en el AK, que te lo castren.
Peroooooo, que le quiten lo bailao al dueño.
Si lo pueden castrar el año que viene, para que castrarlo ahora...
No tan claro, si los propietarios ya los tenían con anterioridad a su clasificación como armas militares los van a seguir teniendo. En la Constitución hay algo que se llama irretroactividad de las normas restrictivas de derechos individuales. Claro que en vía administrativa es muy probable que los de verde te digan no y quieran imponer la inutilización o conversión a arma de repetición. Pero queda el contencioso donde deciden los de la toga negra y estos dirán que el propietario se lo puede quedar sin modificar.
Saludos
P.D. Lo que pasa es que mucha gente en España no recurre a los tribunales por que es CARO.
Creo que estás en un error, Skiner.
En ninguno de sus articulos reconoce la Constitución Española el derecho a tener o portar armas, al contrario que la norteamericana, por ejemplo, asi que si te deniegan o retiran una licencia de armas no están limitando ningún derecho que tengas reconocido (hay sentencias judiciales que lo reflejan asi textualmente) Lo unico que hacen en estos casos es ejercer una potestad administrativa.
Aparte de esto, los tribunales en España no son caros, son CARISIMOS, no solo en dinero, sino en tiempo y molestias.
Con respecto al caso que cita Night, tan solo puedo decir que de todo tiene que haber en la viña del Señor, y por ese caso positivo yo conozco un buen montón negativos :8:8:8:8
Bueno, otro granito de arena, jejejeje
 Â
RE: YO TENGO UN CETME C 308
[citando a: pacopi]
Creo que estás en un error, Skiner.
En ninguno de sus articulos reconoce la Constitución Española el derecho a tener o portar armas, al contrario que la norteamericana, por ejemplo, asi que si te deniegan o retiran una licencia de armas no están limitando ningún derecho que tengas reconocido (hay sentencias judiciales que lo reflejan asi textualmente) Lo unico que hacen en estos casos es ejercer una potestad administrativa.
Aparte de esto, los tribunales en España no son caros, son CARISIMOS, no solo en dinero, sino en tiempo y molestias.
Con respecto al caso que cita Night, tan solo puedo decir que de todo tiene que haber en la viña del Señor, y por ese caso positivo yo conozco un buen montón negativos :8:8:8:8
Bueno, otro granito de arena, jejejeje
¿Cuando he mencionado yo eso? Yo lo que he mencionado es la irretroactividad de las normas restrictivas de derechos individuales. Eso se aplica a TODO Derecho Penal, Derecho Fiscal, Derecho Civil y también a las normas sobre las armas. Es uno de los principios fundamentales de nuestro sistema jurídico. Y viene fijado en el articulo 9.3 de la Constitución.
Es lo mismo que si crean un nuevo impuesto y lo quisieran aplicar de modo retroactivo (solo lo podrían aplicar a quienes les beneficiase). O que construyas legalmente una casa en el campo, luego cambian las normas urbanisticas y ya no se puede edificar en esa zona. Pues "fale" tus vecinos se joden y no podrán construir en esa zona, pero tú te quedas con tu casa, posiblemente no podras ampliarla, pero la casa se queda.
Saludos
RE: YO TENGO UN CETME C 308
Hola de nuevo, Skiner !
Vuelve a leer mi comentario, por favor. Intenta entender lo que te digo de que no te están recortando ningún derecho reconocido en la Constitución si al cambiar el Reglamento de Armas alguna que estuviese autorizada deja de estarlo.
Te voy a poner un ejemplo concreto: con el el R. A. anterior, los guardias civiles y militares en activo podian poseer un arma de las consideradas de guerra (por ejemplo un subfusil) en estado operativo.
Al cambiar el Reglamento por el actual, esas armas debieron de inutilizarse, y si no lo hicieron, son totalmente ilegales en la actualidad, o sea, que le pueden costar la carcel a su poseedor en caso de descubrirse.
Otro granito de arena y otro saludo :D:D
Vuelve a leer mi comentario, por favor. Intenta entender lo que te digo de que no te están recortando ningún derecho reconocido en la Constitución si al cambiar el Reglamento de Armas alguna que estuviese autorizada deja de estarlo.
Te voy a poner un ejemplo concreto: con el el R. A. anterior, los guardias civiles y militares en activo podian poseer un arma de las consideradas de guerra (por ejemplo un subfusil) en estado operativo.
Al cambiar el Reglamento por el actual, esas armas debieron de inutilizarse, y si no lo hicieron, son totalmente ilegales en la actualidad, o sea, que le pueden costar la carcel a su poseedor en caso de descubrirse.
Otro granito de arena y otro saludo :D:D
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RE: YO TENGO UN CETME C 308
Vaya, parece que ya van aflorando a la luz otros Cetme´s en .308
El propietario asegura que es totalmente legal.
http://www.armas.es/foro/foro.php?TEMA=71&MEN=773899&T=CAMBIO_CETME_GUIADO_EN_308_POR_SEMIAUTOMATICO_DE_CAZA
De hecho, se vendieron unos cuantos como Sporter en el mercado civil, pero creo que en España no.
Lo que pasa es que por el precio, no tuvieron mucho éxito.
En alguna web de USA los venden usados a casi 2.000 USD...
El propietario asegura que es totalmente legal.
http://www.armas.es/foro/foro.php?TEMA=71&MEN=773899&T=CAMBIO_CETME_GUIADO_EN_308_POR_SEMIAUTOMATICO_DE_CAZA
De hecho, se vendieron unos cuantos como Sporter en el mercado civil, pero creo que en España no.
Lo que pasa es que por el precio, no tuvieron mucho éxito.
En alguna web de USA los venden usados a casi 2.000 USD...
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RE: YO TENGO UN CETME C 308
[citando a: NIGHTSTALKERS]
Vaya, parece que ya van aflorando a la luz otros Cetme´s en .308
El propietario asegura que es totalmente legal.
http://www.armas.es/foro/foro.php?TEMA=71&MEN=773899&T=CAMBIO_CETME_GUIADO_EN_308_POR_SEMIAUTOMATICO_DE_CAZA
De hecho, se vendieron unos cuantos como Sporter en el mercado civil, pero creo que en España no.
Lo que pasa es que por el precio, no tuvieron mucho éxito.
En alguna web de USA los venden usados a casi 2.000 USD...
don ERRE QUE ERRE.....si lees detenidamente esos post te darás cuenta de que se refieran al anterior R.A.
No acabo de entender que extraña fijación tienes con dar validez a la guía del arma con un error en la nomenclatura del calibre de ese cetme, por encima de la prohibición reglamentaria sobre ese cartucho en concreto en uso de armas semiautomáticas.
exactamente qué es lo que no entiendes del texto que se te inserta:
LISTA DE ARMAS DE GUERRA
Nota: Los términos que aparecen entre comillas ("") en el presente Anexo se encuentran definidos en el denominado Apéndice de Definiciones de los Términos Utilizados en el Anexo I 1, en el Anexo II y en el
Anexo III 1.
1. ARMAS DE FUEGO CON UN CALIBRE DE 12,7 MM (0,50 PULGADAS) O INFERIOR, SEGUN
SE INDICA, Y LOS COMPONENTES DISEÑADOS ESPECIALMENTE PARA ELLAS:
a. Ametralladoras, fusiles, subfusiles y carabinas.
1. De calibre 12,7 mm que utilicen munición con vaina de ranura en el culote y no de pestaña o de reborde en el mismo lugar.
2. Que utilicen los siguientes calibres: (5,45x39,5), (5,56x45 o su equivalente 0,223), (7,62x39) y (7,62x51 OTAN).
N.B.: No se consideran armas de guerra las armas de repetición que utilicen munición de tipo 0,308 Winchester de bala expansiva o munición de tipo 7,62x39 de bala expansiva, para
caza mayor.
...../......
Y, por cierto, busca tú una sentencia que haya anulado una resolución sancionadora por el uso de un calibre prohibido en la que el infractor haya dicho "si mi guía dice que el calibre es legas.....es que es legal". Así será mas fácil.
a los que tengan esos cetmes guiados en 308, les recomiendo la D. Transitoria 2ª del R.A.:
Disposición transitoria segunda.
En el plazo de dos años a contar desde la indicada fecha o, en su caso, dentro del plazo de vigencia de las correspondientes licencias deberán adaptarse al régimen establecido en el Reglamento, aprobado por el presente Real Decreto, las personas que en la misma fecha se encontrasen legalmente en posesión de armas cuya tenencia por particulares se declara prohibida o cuyo régimen de adquisición, tenencia o uso se modifica en el nuevo Reglamento.
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RE: YO TENGO UN CETME C 308
[citando a: madiez]
don ERRE QUE ERRE.....si lees detenidamente esos post te darás cuenta de que se refieran al anterior R.A
No acabo de entender que extraña fijación tienes con dar validez a la guía del arma con un error en la nomenclatura del calibre de ese cetme, por encima de la prohibición reglamentaria sobre ese cartucho en concreto en uso de armas semiautomáticas.
exactamente qué es lo que no entiendes del texto que se te inserta:
LISTA DE ARMAS DE GUERRA
Nota: Los términos que aparecen entre comillas ("") en el presente Anexo se encuentran definidos en el denominado Apéndice de Definiciones de los Términos Utilizados en el Anexo I 1, en el Anexo II y en el
Anexo III 1.
1. ARMAS DE FUEGO CON UN CALIBRE DE 12,7 MM (0,50 PULGADAS) O INFERIOR, SEGUN
SE INDICA, Y LOS COMPONENTES DISEÑADOS ESPECIALMENTE PARA ELLAS:
a. Ametralladoras, fusiles, subfusiles y carabinas.
1. De calibre 12,7 mm que utilicen munición con vaina de ranura en el culote y no de pestaña o de reborde en el mismo lugar.
2. Que utilicen los siguientes calibres: (5,45x39,5), (5,56x45 o su equivalente 0,223), (7,62x39) y (7,62x51 OTAN).
N.B.: No se consideran armas de guerra las armas de repetición que utilicen munición de tipo 0,308 Winchester de bala expansiva o munición de tipo 7,62x39 de bala expansiva, para
caza mayor.
...../......
Y, por cierto, busca tú una sentencia que haya anulado una resolución sancionadora por el uso de un calibre prohibido en la que el infractor haya dicho "si mi guía dice que el calibre es legas.....es que es legal". Así será mas fácil.
Se refiere al RA anterior, y????
¿Quiere eso decir que los que se guiaron antes del actual RA son legales en España?
No tengo ninguna extraña fijación, al contrario que tú, que parece que no toleras que alguien te lleve la contraria o no comparta tu "verdad universal".
Lo que pasa es que tú ibas recomendando a la gente que se calle, y aquí no eres NADIE para mandar callar a nadie.
La validez de esa guía con un "error", permite, hasta que se subsane dicho error, al usuario, a disfrutar de ese arma en el calibre en que está guiada.
Esto yo lo tengo clarísimo,
¿cuál es la parte de todo esto que tú no entiendes?
¿Acaso si la Administración, por error, me asigna a mí un número X erróneo, y me jode en el sentido que sea, y hasta que no se subsane dicho error, ese número X es el que vale, ¿por qué no va a ser así en este mismo tema?
Yo no soy el que va de abogado, sinó tú, así que te corresponde a tí, aportar las pruebas de que tienes razón.
Faltaría más, que ahora, el posible inocente, en este caso el usuario de esta arma, tuviera que aportar por adelantado, las pruebas de su defensa...
Y volviendo a parafrasearte,
¿qué parte de esta frase no entiendes:?
"Si no te gusta debatir, mejor te callas..."
Mira que la frase es cortitAAA.
PD: De todo esto, deduzco que te has cansado de buscar alguna sentencia ó sanción en la red, porque simplemente, a lo mejor no existen...referentes a este tema.
:D:D:D:D:D
Pues nada, a sentar jurisprudencia al respecto...ya te puedes poner.
:D:D:D:D
Otra PD: Las IA´s, por si no te has enterado, no aplican de la misma forma el RA...hay cosas que quedan a criterio del interventor.
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RE: YO TENGO UN CETME C 308
[citando a: NIGHTSTALKERS][citando a: madiez]
don ERRE QUE ERRE.....si lees detenidamente esos post te darás cuenta de que se refieran al anterior R.A
No acabo de entender que extraña fijación tienes con dar validez a la guía del arma con un error en la nomenclatura del calibre de ese cetme, por encima de la prohibición reglamentaria sobre ese cartucho en concreto en uso de armas semiautomáticas.
exactamente qué es lo que no entiendes del texto que se te inserta:
LISTA DE ARMAS DE GUERRA
Nota: Los términos que aparecen entre comillas ("") en el presente Anexo se encuentran definidos en el denominado Apéndice de Definiciones de los Términos Utilizados en el Anexo I 1, en el Anexo II y en el
Anexo III 1.
1. ARMAS DE FUEGO CON UN CALIBRE DE 12,7 MM (0,50 PULGADAS) O INFERIOR, SEGUN
SE INDICA, Y LOS COMPONENTES DISEÑADOS ESPECIALMENTE PARA ELLAS:
a. Ametralladoras, fusiles, subfusiles y carabinas.
1. De calibre 12,7 mm que utilicen munición con vaina de ranura en el culote y no de pestaña o de reborde en el mismo lugar.
2. Que utilicen los siguientes calibres: (5,45x39,5), (5,56x45 o su equivalente 0,223), (7,62x39) y (7,62x51 OTAN).
N.B.: No se consideran armas de guerra las armas de repetición que utilicen munición de tipo 0,308 Winchester de bala expansiva o munición de tipo 7,62x39 de bala expansiva, para
caza mayor.
...../......
Y, por cierto, busca tú una sentencia que haya anulado una resolución sancionadora por el uso de un calibre prohibido en la que el infractor haya dicho "si mi guía dice que el calibre es legas.....es que es legal". Así será mas fácil.
Se refiere al RA anterior, y????
¿Quiere eso decir que los que se guiaron antes del actual RA son legales en España?
No tengo ninguna extraña fijación, al contrario que tú, que parece que no toleras que alguien te lleve la contraria o no comparta tu "verdad universal".
Lo que pasa es que tú ibas recomendando a la gente que se calle, y aquí no eres NADIE para mandar callar a nadie.
La validez de esa guía con un "error", permite, hasta que se subsane dicho error, al usuario, a disfrutar de ese arma en el calibre en que está guiada.
Esto yo lo tengo clarísimo,
¿cuál es la parte de todo esto que tú no entiendes?
¿Acaso si la Administración, por error, me asigna a mí un número X erróneo, y me jode en el sentido que sea, y hasta que no se subsane dicho error, ese número X es el que vale, ¿por qué no va a ser así en este mismo tema?
Yo no soy el que va de abogado, sinó tú, así que te corresponde a tí, aportar las pruebas de que tienes razón.
Faltaría más, que ahora, el posible inocente, en este caso el usuario de esta arma, tuviera que aportar por adelantado, las pruebas de su defensa...
Y volviendo a parafrasearte,
¿qué parte de esta frase no entiendes:?
"Si no te gusta debatir, mejor te callas..."
Mira que la frase es cortitAAA.
PD: De todo esto, deduzco que te has cansado de buscar alguna sentencia ó sanción en la red, porque simplemente, a lo mejor no existen...referentes a este tema.
:D:D:D:D:D
Pues nada, a sentar jurisprudencia al respecto...ya te puedes poner.
:D:D:D:D
Otra PD: Las IA´s, por si no te has enterado, no aplican de la misma forma el RA...hay cosas que quedan a criterio del interventor.
Si tan claro lo tienes haz lo siguiente:
pídele el arma a su dueño, con su correspondiente autorización, y acércate a un campo de tiro o, mejor, vete a cazar con ella. Carga el 308 y avisa al G.C. que pase por allí y dile que estás usando ese calibre......y luego nos cuentas.
E insisto, si no tienes mejores consejos que dar, cállate. Recomendar el uso de un calibre de los que se denoniman "militares" y, por tanto, prohibidos es como poco, para decirte que te lo pienses dos veces antes de ponerte a escribir esas genialidades. Y esto no es una verdad absoluta, es simplemente el Reglamento de Armas. Y ya puesto, pregúntale su opinión a muchos de los G.C. que están en el foro; algunos de ellos trabajan en las intervenciones. Puede que te recomienden también no dar esos consejos. Insúltalos también.
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RE: YO TENGO UN CETME C 308
[citando a: madiez]
Si tan claro lo tienes haz lo siguiente:
pídele el arma a su dueño, con su correspondiente autorización, y acércate a un campo de tiro o, mejor, vete a cazar con ella. Carga el 308 y avisa al G.C. que pase por allí y dile que estás usando ese calibre......y luego nos cuentas.
E insisto, si no tienes mejores consejos que dar, cállate. Recomendar el uso de un calibre de los que se denoniman "militares" y, por tanto, prohibidos es como poco, para decirte que te lo pienses dos veces antes de ponerte a escribir esas genialidades. Y esto no es una verdad absoluta, es simplemente el Reglamento de Armas. Y ya puesto, pregúntale su opinión a muchos de los G.C. que están en el foro; algunos de ellos trabajan en las intervenciones. Puede que te recomienden también no dar esos consejos. Insúltalos también.
En primer lugar,
yo no estoy dudando de la legalidad ó no del .308 en semi en España.
Que parece que estás desviando el tema...
Lo que dije, y lo reafirmo, es que si te han guiado un Cetme en .308, no es culpa del usuario, sinó de la IA.
¿Esto lo tienes claro?
Espero que sí. Porque ese es el meollo de toda la discusión.
Que tú insistes en que es responsabilidad del usuario, y yo defiendo la inocencia del mismo en tal asunto.
Bien, en segundo lugar,
lo que dije, y reafirmo, es que si te pillan con un Cetme guiado en .308, no te va a pasar absolutamente nada.
Como mucho, tendrás que explicar cómo es que lo tienes en tus manos en ese calibre; verificadas las cuestiones, procederán a rectificar la guía, y el usuario, no tendrá ninguna sanción ni nada por el estilo.
Como mucho, alguna molestia.
Que en mi opinión, compensan al que quiera disfrutarlo en su calibre original.
Tú insistes, en que el usuario será empurado por ello.
Espero que esto también lo tengas claro.
En tercer lugar,
lo de preguntar a los GC del foro, puede servirte a tí, pero ellos, como mucho, darán su opinión personal, y esto ya dije en otros post que es subjetiva y cuestionable.
Espero que esto también te haya quedado claro.
En cuarto lugar,
puedes insistir en que me calle todo lo que quieras, pero te repito que tú no eres nadie para mandar callar aquí a nadie.
Esto sé que no lo tienes tan claro, pero con algo de autosugestión, lo llegarás a entender.
Repítetelo varias veces, y a lo mejor...
En quinto lugar,
no sé a qué narices viene la chorrada de que insulte a los GC también...
Pero supongo que con tantas cosas, te has liado.
PD: Lo de pasearse delante de los GC con esa arma y haciendo ostentación de ese uso...me parece una total gilipollez por tu parte, que no vale la pena contestar.
En otro post, ya dije que lo mejor de todo esto era no airear el tema, pero tú tienes una extraña fijación en airear y airear todo esto.
Debes ser Don Perfecto.
Seguro que todo lo tienes legal, no tienes sanciones de tráfico, ni nada por el estilo.
Enhorabuena.
:D:D:D:D:D:D:D:D
Otra PD: Yo no recomiendo usar el .308 en un Cetme guiado en .307, para que nadie se confunda, pues tiendes a poner en mis post cosas que yo no escribo. Hacer eso sería un delito.
Simplemente, defiendo la inocencia de la persona que tenga esa arma, fruto de un error que no le es achacable.
Y no me has aportado ninguna prueba al respecto, recuerda que sigo esperando ...
"Si no vas a aportar nada, me reafirmo, mejor es que te calles".
:(2:(2
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RE: YO TENGO UN CETME C 308
[citando a: pacopi]
Hola de nuevo, Skiner !
Vuelve a leer mi comentario, por favor. Intenta entender lo que te digo de que no te están recortando ningún derecho reconocido en la Constitución si al cambiar el Reglamento de Armas alguna que estuviese autorizada deja de estarlo.
Te voy a poner un ejemplo concreto: con el el R. A. anterior, los guardias civiles y militares en activo podian poseer un arma de las consideradas de guerra (por ejemplo un subfusil) en estado operativo.
Al cambiar el Reglamento por el actual, esas armas debieron de inutilizarse, y si no lo hicieron, son totalmente ilegales en la actualidad, o sea, que le pueden costar la carcel a su poseedor en caso de descubrirse.
Otro granito de arena y otro saludo :D:D
Pero es que sí están recortando un derecho constitucional. Para ser precisos el reconocido en el Artículo 33. 1 "Se reconoce el derecho a la propiedad privada y a la herencia". De todos modos eso es secundario ya que el art 9.3 de la Constitución se refiere a TODOS LOS DERECHOS INDIVIDUALES, NO SOLO A LOS CONSTITUCIONALES.
Lo de los militares creo recordar que fue con el reglamento del 82 y se la metieron doblada (se aprovecharon para hacerlo en que aun no estaba desarrollado el sistema jurídico constitucional como dios manda, y también basándose en "inestabilidad" del momento). Pero ya me gustaría ver si colaba hoy en día.
Y sí hay rifles del .308 semiautomáticos legales, para ser exactos los que ya estaban guiados antes de la entrada en vigor de la Orden 81/1993, de 29 de julio ("Boletín Oficial de Defensa" número 154). Que intentaron joder a la gente y aplicársela con efecto retroactivo, SI y hubo casos en los que lo lograron. Pero no a los que acudieron a los tribunales basandose en el artículo 9.3, incluso los hubo que no tuvieron que llegar a los tribunales y lograron mantenerlos en la vía administrativa.
En otras palabras que quienes tienen un .308 semiautomático (y demás) no tiene problema legal alguno para usarlo eso si con munición no blindada, o blindada anterior a su prohibición (ya se sabe los 200 cartuchos que se pueden tener almacenados para arma larga). Incluso si aparece un militar, guardia civil o policía nacional con un arma automática guiada anterior al 82 tampoco estaría cometiendo un delito.
Saludos
- NIGHTSTALKERS
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- Registrado: 17 May 2008 01:01
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RE: YO TENGO UN CETME C 308
Skiner,coincido totalmente con tu post.
No me gusta, que el Estado, por medio de una ley ó un nuevo RA, modifique un arma que aunque no es de mi propiedad, por aquello que nuestras armas son del Estado pero nos las prestan, sí la he pagado yo, y la he adquirido en "préstamo" en unas determinadas circunstancias de uso.
Yo no tuve la suerte de adquirir un AK en su calibre original, pero si lo tuviera, por mucho que las directivas del nuevo RA instaran a actualizar corriendooooooooo este arma, de acuerdo al nuevo RA, por lo que para ser legal debería ser de repetición manual, yo no hubiera ido tan rápido a la IA a que me lo castraran.
Otros sí hubieran ido corriendo, cagándose las patas pa bajo, pero yo hubiera preferido luchar.
Ya que aquí hay tanto terco y desconfiado, voy a decir que conozco personalmente, a uno de estos afortunados propietarios de AK, que en su momento, se negó a castrar su arma, y sí, fué amenazado de retirada del permiso, de sanciones,etc.
Pero el tío, cabezón, y con dos wevos donde los haya, armado de un buen abogado, recurrió todo lo que le echaron encima, y hoy disfruta de su AK en calibre original y disparando en semi.
Y eso, que estamos hablando de un arma de guerra prohibida en España para civiles...pero es que en nuestro país, no todo es blanco ó negro, hay lagunas, y pueden ser grises.
Claro que lo fácil, hubiera sido para él, someterse a las directrices de la IA y castrarlo, pero no lo hizo.
Y con la Ley en la mano, se salió con la suya.
Ya está bien, de que nos atropellen siempre con lo mismo, las amenazas, las retiradas de armas y de permisos, y demás leches.
Que tenemos las leyes para ampararnos en ellas, y delante de los jueces, ni somos más ni menos que la GC.
Dejémosles por lo tanto decidir a ellos, quién tiene razón ó no.
Cada uno, que aporte sus pruebas.
Y en el caso de las guías con errores tipográficos, que le expliquen los guardia civiles al Sr. Juez porqué han extendido una guía errada, y que encima quieren empurar al señor que la usó, y además hacerle pagar una sanción...
Porque no hay que olvidar, que esa arma ha sido guiada por la GC, y el usuario, no tiene por qué saber ni desconfiar que la guía está errada, ó que el calibre está prohibido.
Lo sabemos nosotros, sí, pero no todo el mundo lo sabe.
Y el que se vaya a su casa con un arma guiada de forma errónea por la GC, no comete ningún delito, pues él no ha hecho nada ilegal.
El estropicio es de la IA, por lo tanto, que se coman ellos el marrón que les toca.
Veo cláramente al Sr. Juez, ordenando a la GC que subsanen el error, algo fácil y simple, que ni intenten colarle el muerto al infeliz usuario de ese arma,pues los culpables de dicho error son ellos, y que además, no se pasen de listos, encima tratando de hacer negocio imponiendo una sanción por su propia metedura de pata.
Pero claro, para llegar ahí, hay que echarle pelotas al asunto, y no todo el mundo vale para eso.
No me gusta, que el Estado, por medio de una ley ó un nuevo RA, modifique un arma que aunque no es de mi propiedad, por aquello que nuestras armas son del Estado pero nos las prestan, sí la he pagado yo, y la he adquirido en "préstamo" en unas determinadas circunstancias de uso.
Yo no tuve la suerte de adquirir un AK en su calibre original, pero si lo tuviera, por mucho que las directivas del nuevo RA instaran a actualizar corriendooooooooo este arma, de acuerdo al nuevo RA, por lo que para ser legal debería ser de repetición manual, yo no hubiera ido tan rápido a la IA a que me lo castraran.
Otros sí hubieran ido corriendo, cagándose las patas pa bajo, pero yo hubiera preferido luchar.
Ya que aquí hay tanto terco y desconfiado, voy a decir que conozco personalmente, a uno de estos afortunados propietarios de AK, que en su momento, se negó a castrar su arma, y sí, fué amenazado de retirada del permiso, de sanciones,etc.
Pero el tío, cabezón, y con dos wevos donde los haya, armado de un buen abogado, recurrió todo lo que le echaron encima, y hoy disfruta de su AK en calibre original y disparando en semi.
Y eso, que estamos hablando de un arma de guerra prohibida en España para civiles...pero es que en nuestro país, no todo es blanco ó negro, hay lagunas, y pueden ser grises.
Claro que lo fácil, hubiera sido para él, someterse a las directrices de la IA y castrarlo, pero no lo hizo.
Y con la Ley en la mano, se salió con la suya.
Ya está bien, de que nos atropellen siempre con lo mismo, las amenazas, las retiradas de armas y de permisos, y demás leches.
Que tenemos las leyes para ampararnos en ellas, y delante de los jueces, ni somos más ni menos que la GC.
Dejémosles por lo tanto decidir a ellos, quién tiene razón ó no.
Cada uno, que aporte sus pruebas.
Y en el caso de las guías con errores tipográficos, que le expliquen los guardia civiles al Sr. Juez porqué han extendido una guía errada, y que encima quieren empurar al señor que la usó, y además hacerle pagar una sanción...
Porque no hay que olvidar, que esa arma ha sido guiada por la GC, y el usuario, no tiene por qué saber ni desconfiar que la guía está errada, ó que el calibre está prohibido.
Lo sabemos nosotros, sí, pero no todo el mundo lo sabe.
Y el que se vaya a su casa con un arma guiada de forma errónea por la GC, no comete ningún delito, pues él no ha hecho nada ilegal.
El estropicio es de la IA, por lo tanto, que se coman ellos el marrón que les toca.
Veo cláramente al Sr. Juez, ordenando a la GC que subsanen el error, algo fácil y simple, que ni intenten colarle el muerto al infeliz usuario de ese arma,pues los culpables de dicho error son ellos, y que además, no se pasen de listos, encima tratando de hacer negocio imponiendo una sanción por su propia metedura de pata.
Pero claro, para llegar ahí, hay que echarle pelotas al asunto, y no todo el mundo vale para eso.
Leave no man behind...nadie queda atrás.. Â Â
Valientes por Tierra y por Mar. Larga vida al TEAR Â Â Â Â Â Â Â Â Â
Valientes por Tierra y por Mar. Larga vida al TEAR Â Â Â Â Â Â Â Â Â
RE: YO TENGO UN CETME C 308
Nighstalkers, tío, son muchos años aguantando humillaciones para que nos queden redaños para defender nuestros derechos. Nos han machacado tanto que ya lo único que podemos hacer es decir a todo "sí bwana".
RE: YO TENGO UN CETME C 308
Oju maremia,estoy casi peor que antes de empesar(es broma)
la berdad que tengo mis dudas,pero de berdad que agradesco buestro interes y colaboracion ,ya os contare como va la cosa
ha seguir opinando
la berdad que tengo mis dudas,pero de berdad que agradesco buestro interes y colaboracion ,ya os contare como va la cosa
ha seguir opinando
          Â
RE: YO TENGO UN CETME C 308
Yo lo arreglaria y nada, como todo el mundo, a tirar con 307.
Otra cosa es que tubieras un sport guiado en 308, que los hay, el caso es que fueron regalos a personalidades y militares en su epoca y con el paso de los años han ido pasando de unas manos a otras, y son una excepción, por el valor que tenian como "historicos", de echo se pedian 500.000 pts de las antiguas por ellos.
Saludos.
Otra cosa es que tubieras un sport guiado en 308, que los hay, el caso es que fueron regalos a personalidades y militares en su epoca y con el paso de los años han ido pasando de unas manos a otras, y son una excepción, por el valor que tenian como "historicos", de echo se pedian 500.000 pts de las antiguas por ellos.
Saludos.
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