ARMA PARTICULAR
ARMA PARTICULAR
Buenas tardes, soy policia local y deseo adquirir un arma corta particular. Alguien me puede informar el contenido del certificado de alcaldia?? solo que estoy en activo?? gracias por anticipado
RE: ARMA PARTICULAR
La ley dice a los policias etc su carnet profesional se le concidera
licencia tip A siempre que se encuentre en situacion de activo ,
osea por ley solo te tienen que dar un certificado de que eres funcionario
en activo,,
si se niegan a dartelo o te ponen algun tipo de pega DENUNCIALOS
saludos
licencia tip A siempre que se encuentre en situacion de activo ,
osea por ley solo te tienen que dar un certificado de que eres funcionario
en activo,,
si se niegan a dartelo o te ponen algun tipo de pega DENUNCIALOS
saludos
Â
RE: ARMA PARTICULAR
Gracias Setien, tenia entendido que debería reflejar que no tienes ningun expedientwe disciplinario en curso.
RE: ARMA PARTICULAR
Te comento como se hace en la mayoría de los ayuntamientos. En la intervención de armas te van a pedir una autorización del alcalde para que puedas portar una segunda arma (arma particular), sin esta no te la guiarán, basandose en que el alcalde es el único que puede designar que personal puede portar armas. No conozco ningún caso en que el alcalde se niegue a dar la autorización, tal vez, porque podría tener problemas legales, al considerar un reglamento, que esta por encima del alcalde, que estás en poseción de la licencia de armas tipo B, (A=B,E,F). Pienso en que la G.C. al desconocer tu comportamiento, o sí estás expedientado, es por lo que pide esta autorización.
Si enseño bueno, si aprendo mejor              Â
RE: ARMA PARTICULAR
lo que voy a hacer yo a mi Ayto, es solicitar por registro de entrada un certificado de que soy Agente de Policia Local, con la condición de funcionario de carrera, y que me encuentro prestando servicio activo.
Es mejor ni nombrar la palabra arma, con lo anterior sobra, según me han dicho.
Si nombras la palabra arma, o a el Alcalde o al Secretario le entra pánico y piensa "a ver si este mata a alguién y luego la oposición me pide cuentas a mí" no mencionenes nada de la palabra arma, a tí nadie te puede prohibir que tengas arma, y nadie tiene que dar su consentimiento, eso tenlo muy claro, como P.Local podemos tener una segunda arma, sólo hay que justificar que eres funcionario de carrera, agente de policía local.
Saludos compañero
Es mejor ni nombrar la palabra arma, con lo anterior sobra, según me han dicho.
Si nombras la palabra arma, o a el Alcalde o al Secretario le entra pánico y piensa "a ver si este mata a alguién y luego la oposición me pide cuentas a mí" no mencionenes nada de la palabra arma, a tí nadie te puede prohibir que tengas arma, y nadie tiene que dar su consentimiento, eso tenlo muy claro, como P.Local podemos tener una segunda arma, sólo hay que justificar que eres funcionario de carrera, agente de policía local.
Saludos compañero
 nunca tantos debieron tanto a tan pocos....  Â
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