
Munición legal
Munición legal
Hola tengo un revólver 357 Smith y he adquirido cartuchos de este calibre 357 158g semiblindada de la marca Fiorchi, mi pregunta es si está munición la usará de defensa personal en mi domicilio ante una agresión ilegítima
tendría problema legales

- JERICO
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Re: Munición legal
Siempre tendrás problemas si te defiendes, es lo que hay. El juez mirará si te has defendido con proporcionalidad a la agresión, pero los problemas los tendrás igual
Saludos
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Re: Munición legal
Mientras no sea punta hueca eso no te dara problemas, el problema es justificar que la defensa a sido proporcional, justificar como es posible que hallas sacado el arma del armero y la municion que tienes bajo llave en un lugar aparte, amunicionarla y disparar justo a tiempo de repeler la agresion y otras mil y cuantas cosas que van a a usar en tu contra en un posible juicio.
Socio Anarma 1780
Re: Munición legal
Pregunta trampa? 

Re: Munición legal
No, la defensa no tiene por qué ser proporcional. Eso es algo que sehan sacado de la manga los abogados para no tener problemas.
Lo que dice el Código Penal en su art. 20.4 es:
4.º El que obre en defensa de la persona o derechos propios o ajenos, siempre que concurran los requisitos siguientes:
Primero. Agresión ilegítima. En caso de defensa de los bienes se reputará agresión ilegítima el ataque a los mismos que constituya delito y los ponga en grave peligro de deterioro o pérdida inminentes. En caso de defensa de la morada o sus dependencias, se reputará agresión ilegítima la entrada indebida en aquélla o éstas.
Segundo. Necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla.
Tercero. Falta de provocación suficiente por parte del defensor.
Si vemos lo que dice en el requisito segundo, no habla en ningún momento de proporcionalidad, sino de necesidad racional, que es diferente. A lo mejor si a mí me atacan con un bate de beisbol defenderme con una pistola no es necesario por que soy grande y fuerte y puedo defenderme de otra forma, pero mi mujer es "poquita cosa" y ella no puede hacerlo si no es con un arma blanca o de fuego. En mi caso no se puede justificar la necesidad de un arma, pero en el suyo si.
Claro que eso obliga a los abogados a justificar si el medio empleado en la defensa ha sido necesario racionalmente - desde el punto de vista del que lo ha usado - o no, y al juez a decidir sobre algo subjetivo.
Dura lex, sed lex. Y también para los letrados, pero no lo admiten.
Lo que dice el Código Penal en su art. 20.4 es:
4.º El que obre en defensa de la persona o derechos propios o ajenos, siempre que concurran los requisitos siguientes:
Primero. Agresión ilegítima. En caso de defensa de los bienes se reputará agresión ilegítima el ataque a los mismos que constituya delito y los ponga en grave peligro de deterioro o pérdida inminentes. En caso de defensa de la morada o sus dependencias, se reputará agresión ilegítima la entrada indebida en aquélla o éstas.
Segundo. Necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla.
Tercero. Falta de provocación suficiente por parte del defensor.
Si vemos lo que dice en el requisito segundo, no habla en ningún momento de proporcionalidad, sino de necesidad racional, que es diferente. A lo mejor si a mí me atacan con un bate de beisbol defenderme con una pistola no es necesario por que soy grande y fuerte y puedo defenderme de otra forma, pero mi mujer es "poquita cosa" y ella no puede hacerlo si no es con un arma blanca o de fuego. En mi caso no se puede justificar la necesidad de un arma, pero en el suyo si.
Claro que eso obliga a los abogados a justificar si el medio empleado en la defensa ha sido necesario racionalmente - desde el punto de vista del que lo ha usado - o no, y al juez a decidir sobre algo subjetivo.
Dura lex, sed lex. Y también para los letrados, pero no lo admiten.
Re: Munición legal
JERICO escribió:Siempre tendrás problemas si te defiendes, es lo que hay. El juez mirará si te has defendido con proporcionalidad a la agresión, pero los problemas los tendrás igual
Saludos
Siempre será proporcional y como última opción, y el lema de siempre tabaco a la cárcel mejor que flores al cementerio gracias por responder
Re: Munición legal
kraight escribió:Mientras no sea punta hueca eso no te dara problemas, el problema es justificar que la defensa a sido proporcional, justificar como es posible que hallas sacado el arma del armero y la municion que tienes bajo llave en un lugar aparte, amunicionarla y disparar justo a tiempo de repeler la agresion y otras mil y cuantas cosas que van a a usar en tu contra en un posible juicio.
Gracias por la respuesta dire que soy muy rápido que bili el ñiño mejor tabaco a la cárcel que no flores al cementerio, proporcional siempre se sobreentiende que deba ser así y si huye pues puente de plata ...
Re: Munición legal
Y si 3 individuos de mediana edad entran en una propiedad privada con intención de robar y el dueño de avanzada edad se defiende con una escopeta es proporcional,no?
Re: Munición legal
Si le quieren dañar, como creo que fue en el caso que apuntas, no es proporcional pero existe una necesidad racional de hacerlo. Ahora viene lo que quieran jugar los abogados (y lo que sepan de leyes, porque más de uno he encontrado que juraba por la gloria de su madre que el CP ponía lo de la proporcionalidad)
Re: Munición legal
El juicio no te lo quita nadie, el resultado depende del jurado y de como lo vendan los abogados.
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Re: Munición legal
osso escribió:Hola tengo un revólver 357 Smith y he adquirido cartuchos de este calibre 357 158g semiblindada de la marca Fiorchi, mi pregunta es si está munición la usará de defensa personal en mi domicilio ante una agresión ilegítimatendría problema legales
Tienes el arma amparada en A, B o F??
Re: Munición legal
Ya sabes que te van a preguntar por qué esa munición y no una normal, de plomo. Y que si lo tienes guiado como 38/357 también querrán saber por qué no usas la del .38 para defensa.
Y evidentemente si lo tienes guiado en F (o en A como arma deportiva) ni se te ocurra hacerlo.

Y evidentemente si lo tienes guiado en F (o en A como arma deportiva) ni se te ocurra hacerlo.

Re: Munición legal
Fulminante escribió:osso escribió:Hola tengo un revólver 357 Smith y he adquirido cartuchos de este calibre 357 158g semiblindada de la marca Fiorchi, mi pregunta es si está munición la usará de defensa personal en mi domicilio ante una agresión ilegítimatendría problema legales
Tienes el arma amparada en A, B o F??
En B
Re: Munición legal
osso escribió:Hola tengo un revólver 357 Smith y he adquirido cartuchos de este calibre 357 158g semiblindada de la marca Fiorchi, mi pregunta es si está munición la usará de defensa personal en mi domicilio ante una agresión ilegítimatendría problema legales
Siempre me huelen un poco raro esta clase de preguntas por parte de un usuario recién registrado.
Dicho esto, no hay munición legal o no legal para la defensa personal. Ese supuesto como tal no está contemplado en la ley española. No existe ningún "derecho" a la defensa (lo que en el mundo anglosajón se llama castle doctrine aplicado en el domicilio, y stand your ground aplicado en cualquier sitio), existe el eximente de legítima defensa que es distinto.
Una situación de defensa con un arma sería algo que, para ser compatible con lo que la ley determina, ocurriría de forma fortuita. Es decir, una persona que está tranquilamente en su casa, sufre una situación de peligro y por ello pilla, de forma intuitiva, una herramienta a su alcance para defender su vida. Y si casualmente esa persona tiene una licencia y armas en su posesión, esa herramienta sería el arma que tiene más a mano. Siguiendo esa lógica, el arma y munición legales para esa situación sería cualquiera que tuviera en posesión de forma legal y a mano en ese momento.
Última edición por tx94 el 16 Jun 2022 20:30, editado 1 vez en total.
Re: Munición legal
Yvan5 escribió:Ya sabes que te van a preguntar por qué esa munición y no una normal, de plomo. Y que si lo tienes guiado como 38/357 también querrán saber por qué no usas la del .38 para defensa.
Y evidentemente si lo tienes guiado en F (o en A como arma deportiva) ni se te ocurra hacerlo.
Tal y como funciona el CP, es totalmente indiferente.
Es más, basándome en un precedente, incluso usar un arma que tengas de forma ilegal tampoco sería relevante de cara a aplicar la eximente del artículo 20.
Re: Munición legal
No, para la eximente no, pero para que algunos abogados saquen un dinero extra a costa del usuario sí.
Re: Munición legal
tx94 escribió:osso escribió:Hola tengo un revólver 357 Smith y he adquirido cartuchos de este calibre 357 158g semiblindada de la marca Fiorchi, mi pregunta es si está munición la usará de defensa personal en mi domicilio ante una agresión ilegítimatendría problema legales
Siempre me huelen un poco raro esta clase de preguntas por parte de un usuario recién registrado.
Dicho esto, no hay munición legal o no legal para la defensa personal. Ese supuesto como tal no está contemplado en la ley española. No existe ningún "derecho" a la defensa (lo que en el mundo anglosajón se llama castle doctrine aplicado en el domicilio, y stand your ground aplicado en cualquier sitio), existe el eximente de legítima defensa que es distinto.
Una situación de defensa con un arma sería algo que, para ser compatible con lo que la ley determina, ocurriría de forma fortuita. Es decir, una persona que está tranquilamente en su casa, sufre una situación de peligro y por ello pilla, de forma intuitiva, una herramienta a su alcance para defender su vida. Y si casualmente esa persona tiene una licencia y armas en su posesión, esa herramienta sería el arma que tiene más a mano. Siguiendo esa lógica, el arma y munición legales para esa situación sería cualquiera que tuviera en posesión de forma legal y a mano en ese momento.
Pues como pregunta rara no la veo y seguro que más de uno
tendría una pregunta similar si soy nuevo en este foro y le doy las gracias a todos lo que me han respondido yo en mi caso llevo 30 años con armas desde 14 años un rifle de postas del 5.5 hasta pasar por todo tipo de armas .....hay algunos que las tienen por deporte otros como yo para defensa y otros por su trabajo, por lo que yo sé hay munición que está prohibida la posesión venta tenencia y fabricación supongo que la munición que me han vendido pasando por su correspondiente trámite legal en caso de utilizarla ante una agresión ilegítima en ese aspecto no tendría problemas....
Por lo demás queda claro que irás a juicio y saldrás en lo medios de comunicación etc pero en el caso que ponga peligro mi vida o la de mi familia prefiero tabaco en la cárcel que no flores al cementerio un saludo y nada gracias un saudo

Re: Munición legal
Fulminante escribió:osso escribió:Hola tengo un revólver 357 Smith y he adquirido cartuchos de este calibre 357 158g semiblindada de la marca Fiorchi, mi pregunta es si está munición la usará de defensa personal en mi domicilio ante una agresión ilegítimatendría problema legales
Tienes el arma amparada en A, B o F??
En B
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