Resolución Guardia Civil Armeros
Re: Resolución Guardia Civil Armeros
Lo de este país es un despropósito insoportable.
Tiene todos los visos de ser un Estado fallido, empezando por la inseguridad jurídica sin nombrar muchas otras razones no menos importantes.
Tiene todos los visos de ser un Estado fallido, empezando por la inseguridad jurídica sin nombrar muchas otras razones no menos importantes.
Re: Resolución Guardia Civil Armeros
He buscado la regulación de cajas fuertes de muchos paises europeos y no he encontrado ningun otro que exija grado III para tiradores deportivos.
La Inteligencia artificial dice esto:
La Inteligencia artificial dice esto:
Re: Resolución Guardia Civil Armeros
Reyi66 escribió:He buscado la regulación de cajas fuertes de muchos paises europeos y no he encontrado ningun otro que exija grado III para tiradores deportivos.
La Inteligencia artificial dice esto:
Aldama y Koldo paseaban a sus anchas por los despachos de la Guardia Civil. España está llena de Aldamas y Koldos, gente que se forro vendiendonos mascarillas hinchadas de precio. Una caja de Grado III cuesta mucho mas dinero que otra de grado 0, y si ademas se aumenta el volumen de la caja a 4,5 litros por arma, las cajas fuertes multiplican su precio. DINERO, DINERO y DINERO. Empresarios forrandose ¿solo empresarios?
Re: Resolución Guardia Civil Armeros
El grado es 3 para poder asegurar Joyas por un alto valor.
Y no creo exigen el volumen de Joyas .........?
Además hay escopetas semi automáticos tipo ar15 o ak 47
que en España valdrá con solo bajo llave y en realidad son más peligrosos que una arma de guerra...
.
España es un país de extremos ..
En mi país de origen los países bajos en principio la seguridad de custodiar armas hace el propietario en conjunto con la policía local de manera individual.
Pero grado 3 para armas....solo hay en España........y nadie sabe porque......
..
Y no creo exigen el volumen de Joyas .........?
Además hay escopetas semi automáticos tipo ar15 o ak 47
que en España valdrá con solo bajo llave y en realidad son más peligrosos que una arma de guerra...
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España es un país de extremos ..
En mi país de origen los países bajos en principio la seguridad de custodiar armas hace el propietario en conjunto con la policía local de manera individual.
Pero grado 3 para armas....solo hay en España........y nadie sabe porque......
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Re: Resolución Guardia Civil Armeros
[quote="ritter2"]El grado es 3 para poder asegurar Joyas por un alto valor.
Y no creo exigen el volumen de Joyas .........?
Además hay escopetas semi automáticos tipo ar15 o ak 47
que en España valdrá con solo bajo llave y en realidad son más peligrosos que una arma de guerra...
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España es un país de extremos ..
En mi país de origen los países bajos en principio la seguridad de custodiar armas hace el propietario en conjunto con la policía local de manera individual.
Pero grado 3 para armas....solo hay en España........y nadie sabe porque......
Muy fácil estos del Icae están a fastidiar a los legales y justificar su sueldo ante sus jefes supremos los políticos que les cuelgan sus medallitas y dan sus despachos , que por cierto cuando les dejan de ser útiles les venden como Judas , nos tienen ambos en el punto de mira, gente muy peligrosa para ellos , menos mal que pasamos un filtro exhaustivo y mientras tanto las mafias y los ilegales armados hasta los dientes y hay no pasa nada a esos cuesta trabajo cogerlos , es mejor joder a los tontos de siempre los pagamos para mantenerlos a ellos en sus despachos y sus jefes los políticos para pegarse la gran vida
Los armeros amigo es un gran negocio , un suculento pastel del que mucha gente no come, traga.
Y no creo exigen el volumen de Joyas .........?
Además hay escopetas semi automáticos tipo ar15 o ak 47
que en España valdrá con solo bajo llave y en realidad son más peligrosos que una arma de guerra...
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España es un país de extremos ..
En mi país de origen los países bajos en principio la seguridad de custodiar armas hace el propietario en conjunto con la policía local de manera individual.
Pero grado 3 para armas....solo hay en España........y nadie sabe porque......
Muy fácil estos del Icae están a fastidiar a los legales y justificar su sueldo ante sus jefes supremos los políticos que les cuelgan sus medallitas y dan sus despachos , que por cierto cuando les dejan de ser útiles les venden como Judas , nos tienen ambos en el punto de mira, gente muy peligrosa para ellos , menos mal que pasamos un filtro exhaustivo y mientras tanto las mafias y los ilegales armados hasta los dientes y hay no pasa nada a esos cuesta trabajo cogerlos , es mejor joder a los tontos de siempre los pagamos para mantenerlos a ellos en sus despachos y sus jefes los políticos para pegarse la gran vida
Los armeros amigo es un gran negocio , un suculento pastel del que mucha gente no come, traga.
Re: Resolución Guardia Civil Armeros
ritter2 escribió:El grado es 3 para poder asegurar Joyas por un alto valor.
Y no creo exigen el volumen de Joyas .........?
Además hay escopetas semi automáticos tipo ar15 o ak 47
que en España valdrá con solo bajo llave y en realidad son más peligrosos que una arma de guerra...
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España es un país de extremos ..
En mi país de origen los países bajos en principio la seguridad de custodiar armas hace el propietario en conjunto con la policía local de manera individual.
Pero grado 3 para armas....solo hay en España........y nadie sabe porque......
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Si es verdad, pero yo no voy a usar ese argumento para no darles pie a contradecir.
Mi argumento es que están regulando la cabida de las cajas fuertes eztableciendo una presunción de IURE, lo cual excluye cualquier posibilidad de prueba causando indefensión porque viola el art. 77 LPA porque las cuestiones de hecho, como la cabida, deben ser sometidas a prueba y un reglamento no puede contradecir una Ley.
Saludos.
Re: Resolución Guardia Civil Armeros
Ya empieza a hacer efecto la resolución de 4 de diciembre.
Se me ha denegado la entrega de una 5ª pistola por tener ya 4 armas en un armero con capacidad para 3. No me ha servido mostrar la circular de febrero de 2024 que aclara que la antigua homologación de 3.5l por arma es obligatoria sólo para armas guiadas en C. La razón que me han dado es que la disposición derogatoria única de la nueva resolución la deroga:
"Disposición derogatoria única.
A la entrada en vigor de la presente resolución queda derogada la de 26 de noviembre de 1998, de la Dirección General de la Guardia Civil, por la que se determinan las medidas de seguridad mínimas que deben reunir las cajas fuertes y armarios o armeros para guardar las armas en domicilios particulares, así como cuantas disposiciones, de igual o inferior rango, se opongan o contradigan lo dispuesto en esta resolución."
También están dudando sobre si deberían obligarme a deshacerme de, o depositar en la IA, una de las otras 4 armas...
Se me ha denegado la entrega de una 5ª pistola por tener ya 4 armas en un armero con capacidad para 3. No me ha servido mostrar la circular de febrero de 2024 que aclara que la antigua homologación de 3.5l por arma es obligatoria sólo para armas guiadas en C. La razón que me han dado es que la disposición derogatoria única de la nueva resolución la deroga:
"Disposición derogatoria única.
A la entrada en vigor de la presente resolución queda derogada la de 26 de noviembre de 1998, de la Dirección General de la Guardia Civil, por la que se determinan las medidas de seguridad mínimas que deben reunir las cajas fuertes y armarios o armeros para guardar las armas en domicilios particulares, así como cuantas disposiciones, de igual o inferior rango, se opongan o contradigan lo dispuesto en esta resolución."
También están dudando sobre si deberían obligarme a deshacerme de, o depositar en la IA, una de las otras 4 armas...
Re: Resolución Guardia Civil Armeros
Nero escribió:Ya empieza a hacer efecto la resolución de 4 de diciembre.
Se me ha denegado la entrega de una 5ª pistola por tener ya 4 armas en un armero con capacidad para 3. No me ha servido mostrar la circular de febrero de 2024 que aclara que la antigua homologación de 3.5l por arma es obligatoria sólo para armas guiadas en C. La razón que me han dado es que la disposición derogatoria única de la nueva resolución la deroga:
"Disposición derogatoria única.
A la entrada en vigor de la presente resolución queda derogada la de 26 de noviembre de 1998, de la Dirección General de la Guardia Civil, por la que se determinan las medidas de seguridad mínimas que deben reunir las cajas fuertes y armarios o armeros para guardar las armas en domicilios particulares, así como cuantas disposiciones, de igual o inferior rango, se opongan o contradigan lo dispuesto en esta resolución."
También están dudando sobre si deberían obligarme a deshacerme de, o depositar en la IA, una de las otras 4 armas...
¿Te lo han dado por escrito?
En todo caso ¿te has planteado un recurso de alzada? Es gratis, lo puedes hacer tu mismo.
Con independencia de que la Resolución es nula por carecer la GC de potestad reglamentaria y no contener los arts. 100 y 133 del Reglamento de Armas ninguna habilitación de desarrollo reglamentario a favor de la GC, ya que el término "autorice" que emplea dichos preceptos se refiere al RD 1778/1994 que regula las autorizaciones en materia de Reglamento de Armas y que define autorización como:
A los efectos de este Real Decreto, se entiende por autorizaciones todos aquellos actos administrativos, cualquiera que sea su denominación específica, por los que, en uso de una potestad de intervención legalmente atribuida a la Administración, se permite a los particulares el ejercicio de una actividad, previa comprobación de su adecuación al ordenamiento jurídico y valoración del interés público afectado.
Quedando descartada la posibilidad de dictar normas por parte de la GC.
Por otra parte el art. 3 de la resolución infringe el art. 77 LPA, y viola el derecho de defensa por impedirte proponer y presentar pruebas que acrediten el volumen real de las armas, siendo la cabida de las cajas fuertes una cuestión de hecho sometida a prueba.
Piensalo.
Re: Resolución Guardia Civil Armeros
Buenas a tod@s. Entre más leo menos entiendo el proceder contra los ciudadanos y deportistas (pese a quien le pese, el tiro es deporte). Ya que promulgar normas que buscan autolimitar la posesión de material deportivo a golpe de euros es de corruptos. Aquí ganan unos pocos y nos limitan a unos muchos.
Espero que entre todos consigamos algo, ya que cada vez hay más tiradores noveles. Y entre los nuevos y los que ya llevan años podamos darle la vuelta.
Y de golpe compras un armero en 2024 con la posibilidad de guardar X armas y en Enero te sueltan que no que lo que compraste no vale, mmmm me suena raro. En otra dimensión sonaría a qué te están tomando no???
Pues eso ánimo compañeros, todos a una!!!
Espero que entre todos consigamos algo, ya que cada vez hay más tiradores noveles. Y entre los nuevos y los que ya llevan años podamos darle la vuelta.
Y de golpe compras un armero en 2024 con la posibilidad de guardar X armas y en Enero te sueltan que no que lo que compraste no vale, mmmm me suena raro. En otra dimensión sonaría a qué te están tomando no???
Pues eso ánimo compañeros, todos a una!!!

Re: Resolución Guardia Civil Armeros
Finrod escribió:Buenas a tod@s. Entre más leo menos entiendo el proceder contra los ciudadanos y deportistas (pese a quien le pese, el tiro es deporte). Ya que promulgar normas que buscan autolimitar la posesión de material deportivo a golpe de euros es de corruptos. Aquí ganan unos pocos y nos limitan a unos muchos.
Espero que entre todos consigamos algo, ya que cada vez hay más tiradores noveles. Y entre los nuevos y los que ya llevan años podamos darle la vuelta.
Y de golpe compras un armero en 2024 con la posibilidad de guardar X armas y en Enero te sueltan que no que lo que compraste no vale, mmmm me suena raro. En otra dimensión sonaría a qué te están tomando no???
Pues eso ánimo compañeros, todos a una!!!
Todo remedio pasa por denunciarlo en Bruselas y conseguir que policias y militares tengan que guardar sus armas en una caja fuerte. Ese día dejarán de tratarnos de forma despótica.
Re: Resolución Guardia Civil Armeros
Reyi66 escribió:Nero escribió:Ya empieza a hacer efecto la resolución de 4 de diciembre.
Se me ha denegado la entrega de una 5ª pistola por tener ya 4 armas en un armero con capacidad para 3. No me ha servido mostrar la circular de febrero de 2024 que aclara que la antigua homologación de 3.5l por arma es obligatoria sólo para armas guiadas en C. La razón que me han dado es que la disposición derogatoria única de la nueva resolución la deroga:
"Disposición derogatoria única.
A la entrada en vigor de la presente resolución queda derogada la de 26 de noviembre de 1998, de la Dirección General de la Guardia Civil, por la que se determinan las medidas de seguridad mínimas que deben reunir las cajas fuertes y armarios o armeros para guardar las armas en domicilios particulares, así como cuantas disposiciones, de igual o inferior rango, se opongan o contradigan lo dispuesto en esta resolución."
También están dudando sobre si deberían obligarme a deshacerme de, o depositar en la IA, una de las otras 4 armas...
¿Te lo han dado por escrito?
En todo caso ¿te has planteado un recurso de alzada? Es gratis, lo puedes hacer tu mismo.
Con independencia de que la Resolución es nula por carecer la GC de potestad reglamentaria y no contener los arts. 100 y 133 del Reglamento de Armas ninguna habilitación de desarrollo reglamentario a favor de la GC, ya que el término "autorice" que emplea dichos preceptos se refiere al RD 1778/1994 que regula las autorizaciones en materia de Reglamento de Armas y que define autorización como:
A los efectos de este Real Decreto, se entiende por autorizaciones todos aquellos actos administrativos, cualquiera que sea su denominación específica, por los que, en uso de una potestad de intervención legalmente atribuida a la Administración, se permite a los particulares el ejercicio de una actividad, previa comprobación de su adecuación al ordenamiento jurídico y valoración del interés público afectado.
Quedando descartada la posibilidad de dictar normas por parte de la GC.
Por otra parte el art. 3 de la resolución infringe el art. 77 LPA, y viola el derecho de defensa por impedirte proponer y presentar pruebas que acrediten el volumen real de las armas, siendo la cabida de las cajas fuertes una cuestión de hecho sometida a prueba.
Piensalo.
Gracias. No, no se me dio por escrito. El recurso de alzada se hace a través de la sede electrónica de la GC, ¿no?
¿Qué te parece que, aparte de la cuestión competencial y de rangos, los agentes consideren que el contenido de la disposición derogatoria anula la circular que eximía a los particulares de la antigua limitación a 3.5 litros? Leyéndola contenido me parece que como mínimo debería mantenerse la exención durante el periodo de 30 meses que han dado.
Una guía para los que somos legos no nos iría mal, no sé si los además haríamos fuerza aun con recursos mal redactados y sin conocimientos procesales.
Un saludo.
Re: Resolución Guardia Civil Armeros
A mí me han mantenido los 30 meses. He guiado una sexta arma en un armero de seis hará quince días.
Re: Resolución Guardia Civil Armeros
A mí me han mantenido los 30 meses. He guiado una sexta arma en un armero de seis hará quince días. ¿Suerte? No lo sé, pero yo insistí en lo de los 30 meses.
Re: Resolución Guardia Civil Armeros
Yo tengo 2 armeros de cortas y 2 de largas aunque registrados en 2 domicilios diferentes en la misma provincia divididos entre 4,5 litros y 20_ litros me da 6,5 armas cortas y 5, 5 armas largas , suficiente de momento para lo que tengo guiado con lo antiguo y con la nueva resolución.
Última edición por jaf1963 el 05 Mar 2025 19:43, editado 1 vez en total.
Re: Resolución Guardia Civil Armeros
javivaz escribió:A mí me han mantenido los 30 meses. He guiado una sexta arma en un armero de seis hará quince días. ¿Suerte? No lo sé, pero yo insistí en lo de los 30 meses.
En mi caso si no me hubiera pasado del antiguo cupo homologado también me la habrían guiado, pero atenerse a la circular ya les resultó excesivo. He de decir que el agente con el que he tratado la cuestión me ha estado atendiendo más que correctamente.
Re: Resolución Guardia Civil Armeros
Nero escribió:Reyi66 escribió:Nero escribió:Gracias. No, no se me dio por escrito. El recurso de alzada se hace a través de la sede electrónica de la GC, ¿no?
¿Qué te parece que, aparte de la cuestión competencial y de rangos, los agentes consideren que el contenido de la disposición derogatoria anula la circular que eximía a los particulares de la antigua limitación a 3.5 litros? Leyéndola contenido me parece que como mínimo debería mantenerse la exención durante el periodo de 30 meses que han dado.
Una guía para los que somos legos no nos iría mal, no sé si los además haríamos fuerza aun con recursos mal redactados y sin conocimientos procesales.
Un saludo.
Claro que puedes poner todos los argumentos de derecho que creas convenientes.
Para mi, el mas contundente es la violación del art. 77 LPA que establece que las cuestiones de hecho deben acreditarse por cualquier medio de prueba, y el artículo 3 de la Resolución viola ese artículo, por lo que es nulo de pleno derecho.
Yo en mi recurso contencioso voy a aportar documentación que acredita las medidas de mi pistola (0,56 L). Que es inferior a los 4,5 L que exige la Resolución. Por ello se me debe permitir la prueba, porque en otro caso se viola mi derecho de defensa (art. 24 CE.).
Al final a esta gente hay que llevarles a los tribunales, porque nos tratan de forma despótica.
Otra cosa que podeis hacer es esperar a que se resuelva mi recurso, porque si gano la Resolucion de Cajas Fuertes será nula de pleno derecho.
Saludos.
Re: Resolución Guardia Civil Armeros
javivaz escribió:A mí me han mantenido los 30 meses. He guiado una sexta arma en un armero de seis hará quince días. ¿Suerte? No lo sé, pero yo insistí en lo de los 30 meses.
Parte del problema es que cada Intervención hace una interpretación distinta.
Re: Resolución Guardia Civil Armeros
¿De donde salen los 4.5L para arma corta?
Se sabe que esta gente ha usado los reglamentos deportivos que definen las medidas máximas de un arma corta que puede usarse en cada modalidad deportiva. Todos ellos establecen unas medidas maximas de 15 cm de ancho y 5 cm de grueso. La GC ha añadido el largo maximo que puede tener un arma corta (60 cm) y de ahí salen los 4.5 litros.
Todo ello evidencia la escasa calidad tecnica de la GC, porque la cabida de un objeto (caja fuerte) no se define por su volumen, salvo que almacenes líquidos o gases. Cuando se almacenan cuerpos solidos la cabida se define por las ARISTAS INTERIORES, porque aunque tengas una caja fuerte de 4,5 litros es posible que no puedas almacenar una pistola de 60 cm de largo si la caja fuerte no tiene una arista interior que supere esos 60 cm, que es lo que le ocurre a TODAS las cajas fuertes
En la imagen puede verse las medidas interiores de una caja fuerte homologada en grado III. ninguna de las aristas interiores mide 60 cm, y por tanto, una pistola de 60 cm no cabe dentro.
Estos individuos no tienen calidad técnica. Bastan conocimientos matemáticos de Bachiller para saber que la cabida de almacenamiento de cuerpos sólidos se define por las dimensiones de sus aristas, y no por su volumen.
Se sabe que esta gente ha usado los reglamentos deportivos que definen las medidas máximas de un arma corta que puede usarse en cada modalidad deportiva. Todos ellos establecen unas medidas maximas de 15 cm de ancho y 5 cm de grueso. La GC ha añadido el largo maximo que puede tener un arma corta (60 cm) y de ahí salen los 4.5 litros.
Todo ello evidencia la escasa calidad tecnica de la GC, porque la cabida de un objeto (caja fuerte) no se define por su volumen, salvo que almacenes líquidos o gases. Cuando se almacenan cuerpos solidos la cabida se define por las ARISTAS INTERIORES, porque aunque tengas una caja fuerte de 4,5 litros es posible que no puedas almacenar una pistola de 60 cm de largo si la caja fuerte no tiene una arista interior que supere esos 60 cm, que es lo que le ocurre a TODAS las cajas fuertes
En la imagen puede verse las medidas interiores de una caja fuerte homologada en grado III. ninguna de las aristas interiores mide 60 cm, y por tanto, una pistola de 60 cm no cabe dentro.
Estos individuos no tienen calidad técnica. Bastan conocimientos matemáticos de Bachiller para saber que la cabida de almacenamiento de cuerpos sólidos se define por las dimensiones de sus aristas, y no por su volumen.
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