PRACTICAR TIRO DEPORTIVO CON LINCENCIA A Y CON UN ARMA NO GU
- Oscar1975
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RE: PRACTICAR TIRO DEPORTIVO CON LINCENCIA A Y CON UN ARMA N
Exacto, Juan Carlos Ballesteros es de armería Top Gun, lo que no sé es si lleva algún campo de tiro. No dudes en preguntarles, te responderan con mucho gusto y atención.
Oscar.
Oscar.
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RE: PRACTICAR TIRO DEPORTIVO CON LINCENCIA A Y CON UN ARMA N
[citando a: Oscar1975]
Pero bajo mi punto de vista y por lo que sé se está estudiando el diseñar una guía de pertenencia en la cual se indique que el arma está guiada para tiro deportivo, entendiéndose que la licencia es la A, pero el arma únicamente se podrá utilizar como arma de concurso y en ningún caso portar como arma de defensa y lo veo lógico y necesario.
Oscar.
Esa es otra. Las nuevas guías de pertenencia quedan muy bonitas, pero en ningún sitio pone que tipo de licencia ampara al arma, con lo que un tirador deportivo podría llevar encima su arma corta, ser cacheado en la via o local público y el policía tener que empezar a hacer gestiones para saber si es arma particular o deportiva. ¿Y que pasa con los cupos de munición? Antes te la anotaban en la armería conforme la comprabas, pero ahora qué? ¿Saben en una armería si ya has comprado el máximo en otra? Y lo más curioso es que todos esos datos sí que figuraban en las guías antiguas. ¿vamos para atrás? En este país cada vez que tocan algo relacionado con las armas, es para cagarla más.
- Oscar1975
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RE: PRACTICAR TIRO DEPORTIVO CON LINCENCIA A Y CON UN ARMA N
[citando a: xatrac][citando a: Oscar1975]
Pero bajo mi punto de vista y por lo que sé se está estudiando el diseñar una guía de pertenencia en la cual se indique que el arma está guiada para tiro deportivo, entendiéndose que la licencia es la A, pero el arma únicamente se podrá utilizar como arma de concurso y en ningún caso portar como arma de defensa y lo veo lógico y necesario.
Oscar.
Esa es otra. Las nuevas guías de pertenencia quedan muy bonitas, pero en ningún sitio pone que tipo de licencia ampara al arma, con lo que un tirador deportivo podría llevar encima su arma corta, ser cacheado en la via o local público y el policía tener que empezar a hacer gestiones para saber si es arma particular o deportiva. ¿Y que pasa con los cupos de munición? Antes te la anotaban en la armería conforme la comprabas, pero ahora qué? ¿Saben en una armería si ya has comprado el máximo en otra? Y lo más curioso es que todos esos datos sí que figuraban en las guías antiguas. ¿vamos para atrás? En este país cada vez que tocan algo relacionado con las armas, es para cagarla más.
En principio las armerías pasan un parte de venta a la I.A, para que estas sean grabadas informáticamente, así que si al ir a grabarlas el señor en cuestión ha superado el cupo anual, supongo que al agente no le permitirá el programa informático grabar la munición adquirida y se tomarán medidas contra la persona que ha tratado de "engañar" a la armería, la G.C y saltarse el R.Explosivos a la torera.
Oscar.
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RE: PRACTICAR TIRO DEPORTIVO CON LINCENCIA A Y CON UN ARMA N
[citando a: xatrac][citando a: Oscar1975]
Pero bajo mi punto de vista y por lo que sé se está estudiando el diseñar una guía de pertenencia en la cual se indique que el arma está guiada para tiro deportivo, entendiéndose que la licencia es la A, pero el arma únicamente se podrá utilizar como arma de concurso y en ningún caso portar como arma de defensa y lo veo lógico y necesario.
Oscar.
Esa es otra. Las nuevas guías de pertenencia quedan muy bonitas, pero en ningún sitio pone que tipo de licencia ampara al arma, con lo que un tirador deportivo podría llevar encima su arma corta, ser cacheado en la via o local público y el policía tener que empezar a hacer gestiones para saber si es arma particular o deportiva. ¿Y que pasa con los cupos de munición? Antes te la anotaban en la armería conforme la comprabas, pero ahora qué? ¿Saben en una armería si ya has comprado el máximo en otra? Y lo más curioso es que todos esos datos sí que figuraban en las guías antiguas. ¿vamos para atrás? En este país cada vez que tocan algo relacionado con las armas, es para cagarla más.
todavia no las he visto, pero por lo poco que me han explicado en la IA de mi zona, el control de adquisicion de cartuicheria, queda registrado por metodos telemativcos. el usuario es quien debe controlar que solo puede comprar 100 al a, y si tiene autoirxacion de aumento de cupo, saber que no puede comprar de golpe 300 cartuchos. Y eso sale en los terminales que ya se estan instalando en las IA.
Lo mas chocante es donde se anotaran las revistas de armas.:8
[/img]http://img251.imageshack.us/img251/8471/socioanarma.png[/img]
RE: PRACTICAR TIRO DEPORTIVO CON LINCENCIA A Y CON UN ARMA N
OSCAR DIJO: En principio las armerías pasan un parte de venta a la I.A, para que estas sean grabadas informáticamente, así que si al ir a grabarlas el señor en cuestión ha superado el cupo anual, supongo que al agente no le permitirá el programa informático grabar la munición adquirida y se tomarán medidas contra la persona que ha tratado de "engañar" a la armería, la G.C y saltarse el R.Explosivos a la torera.
Sigue sin convencerme el sistema. Antes era mucho más sencillo y eficaz. Si al menos las guias llevaran microchip, se podría pasar por un lector en la propia armería y evitar todo lo demas. ¿Y lo del tipo de licencia que ampara al arma guiada que me decís?
Sigue sin convencerme el sistema. Antes era mucho más sencillo y eficaz. Si al menos las guias llevaran microchip, se podría pasar por un lector en la propia armería y evitar todo lo demas. ¿Y lo del tipo de licencia que ampara al arma guiada que me decís?
- Oscar1975
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RE: PRACTICAR TIRO DEPORTIVO CON LINCENCIA A Y CON UN ARMA N
La verdad es que en este país vamos hacia atras y no hacia adelante. Es una lástima.
Oscar.
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RE: PRACTICAR TIRO DEPORTIVO CON LINCENCIA A Y CON UN ARMA N
[citando a: PROFESIONAL][citando a: Eusebio10]
Hola profesional la licencia tipo A no equivale a la F ahora si un arma con guia tipo A reune la condiciones para concursar y estas federado pues no hay problema de ningun tipo , es decir si tiro con una glock 17 que este autorizada ,, da igual con que licencia la tengas amparada. y para practicar puedes hacerlo con cualquier cosa que te hayan legalizado.
Pues se ve que cada autonomia tiene si librillo.La licencia A, posee la eficaciA de Todas las otrtas licencias, excepto la de vigilante jurado. yo con la A-PL , puedo guiar armas largas, de avancarga, de tiro deportivo y hasta hacer el curso de recarga, sienpre y cuando el arma en cestion este amparada como A-PL TDE...
MIRAD ESTE ENLACE https://www.guardiacivil.org/quesomos/or ... encias.jsp .....Y ESTO VA A MISA.....:D:cw
Hola, el articulo 96 apartado 3 del reglamento de armas no nombra para nada a la licencia tipo F si habla de que la A equivale a la B la D y la E . yo me alegro de que las ampliaciones posteriores al reglamento metan la F pero que por favor cuando puedan que reformen el reglamento para evitar dudas
yo tengo la A desde hace 24 años y ni ahora ni nunca he querido tener la F ni si quiera antes de tener la A ,,, la F no es mas que una licencia -chantaje continuo de pagos y obligaciones para el tirador.
saludos
                 Â
RE: PRACTICAR TIRO DEPORTIVO CON LINCENCIA A Y CON UN ARMA N
estoy contigo eusebio.
te apoyo al 100%
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Centauros briosos, jinetes de honor....
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RE: PRACTICAR TIRO DEPORTIVO CON LINCENCIA A Y CON UN ARMA N
[citando a: Oscar1975]
Pero bajo mi punto de vista y por lo que sé se está estudiando el diseñar una guía de pertenencia en la cual se indique que el arma está guiada para tiro deportivo, entendiéndose que la licencia es la A, pero el arma únicamente se podrá utilizar como arma de concurso y en ningún caso portar como arma de defensa y lo veo lógico y necesario.
Oscar.
Eso ya es así, las armas guiadas para concurso con la A, llevan un sello que pone TDE, con lo cual se diferencian.
Eso si ¿cuándo nos van a cambiar las guias de cartón por las de plástico a los que tenemos la A?
Las armas tienen solamente dos enemigos.
El óxido y los políticos.
El óxido y los políticos.
RE: PRACTICAR TIRO DEPORTIVO CON LINCENCIA A Y CON UN ARMA N
lince 36 dijo:
... de todas maneras me gustaria aclarar mas a fondo el tema de tirar con mi arma particular guiada como defensa y si la cubre el seguro incluso en competiciones, me han dicho que el tal Juan Carlos Ballesteros controla del tema, es el que lleva tambien la amreria Top Gun.
hola lince:
espero que cuando tengas todo aclarado y consultado con un experto lo resumas en este hilo por la disparidad de criterios respecto al tema.
espestaremos a la espera
un saludo
... de todas maneras me gustaria aclarar mas a fondo el tema de tirar con mi arma particular guiada como defensa y si la cubre el seguro incluso en competiciones, me han dicho que el tal Juan Carlos Ballesteros controla del tema, es el que lleva tambien la amreria Top Gun.
hola lince:
espero que cuando tengas todo aclarado y consultado con un experto lo resumas en este hilo por la disparidad de criterios respecto al tema.
espestaremos a la espera
un saludo
Centauros briosos, jinetes de honor....
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RE: PRACTICAR TIRO DEPORTIVO CON LINCENCIA A Y CON UN ARMA N
[citando a: marroyol][citando a: Oscar1975]
Pero bajo mi punto de vista y por lo que sé se está estudiando el diseñar una guía de pertenencia en la cual se indique que el arma está guiada para tiro deportivo, entendiéndose que la licencia es la A, pero el arma únicamente se podrá utilizar como arma de concurso y en ningún caso portar como arma de defensa y lo veo lógico y necesario.
Oscar.
Eso ya es así, las armas guiadas para concurso con la A, llevan un sello que pone TDE, con lo cual se diferencian.
Eso si ¿cuándo nos van a cambiar las guias de cartón por las de plástico a los que tenemos la A?
Marroyol, lo sé, pero yo me refiero en las nuevas, en las cuales no ponen nada. Por cierto, paciencia, me consta que va a llevar tiempo el cambiar todas las guias de pertenencia de cartón por las de plástico. De momento se están cambiando a los G.C. y muy poco a poco.
Oscar.
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RE: PRACTICAR TIRO DEPORTIVO CON LINCENCIA A Y CON UN ARMA N
[citando a: Eusebio10][citando a: PROFESIONAL][citando a: Eusebio10]
Hola profesional la licencia tipo A no equivale a la F ahora si un arma con guia tipo A reune la condiciones para concursar y estas federado pues no hay problema de ningun tipo , es decir si tiro con una glock 17 que este autorizada ,, da igual con que licencia la tengas amparada. y para practicar puedes hacerlo con cualquier cosa que te hayan legalizado.
Pues se ve que cada autonomia tiene si librillo.La licencia A, posee la eficaciA de Todas las otrtas licencias, excepto la de vigilante jurado. yo con la A-PL , puedo guiar armas largas, de avancarga, de tiro deportivo y hasta hacer el curso de recarga, sienpre y cuando el arma en cestion este amparada como A-PL TDE...
MIRAD ESTE ENLACE https://www.guardiacivil.org/quesomos/or ... encias.jsp .....Y ESTO VA A MISA.....:D:cw
Hola, el articulo 96 apartado 3 del reglamento de armas no nombra para nada a la licencia tipo F si habla de que la A equivale a la B la D y la E . yo me alegro de que las ampliaciones posteriores al reglamento metan la F pero que por favor cuando puedan que reformen el reglamento para evitar dudas
yo tengo la A desde hace 24 años y ni ahora ni nunca he querido tener la F ni si quiera antes de tener la A ,,, la F no es mas que una licencia -chantaje continuo de pagos y obligaciones para el tirador.
saludos
a quien compete aplicar el reglamento de Armas?? a la guardia civil,,,,Y si ellos dicen que tambien incluye la F, pues eso ...mira este enlace.... https://www.guardiacivil.org/quesomos/or ... encias.jsp
Por otra parte,te acordarás de esa licencia chantaje, cuando te retiren el arma por jubilacion, o por pasar a regimen de segunda actividad.todos llegamos a ese fatifico dia en que nos preguntamos ¿Por que me tratan así????
[/img]http://img251.imageshack.us/img251/8471/socioanarma.png[/img]
RE: PRACTICAR TIRO DEPORTIVO CON LINCENCIA A Y CON UN ARMA N
Hola, permiteme que te recuerde que la tipo F no es ninguna solucion para un jubilado de la A , como sabes la tipo F te permiten transportarla pero no portarla y ni tiene justificacion que la lleves cargada por la calle y fuera de su embalaje, osea que la F no sustituye a nada y menos a la A de un jubilado.
es bueno que despues del real decreto ley que es el reglamento ampliaran de forma oficiosa o cambiaran algunas cosas pero la letra del reglamento no dice que equivalga a la F y supongo que tu lo habras leido , lo demas son interpretaciones en este caso de la guardia civil, pero NO es lo que dice el reglamento.
el articulo y el apartado ya te lo he puesto ,, saludos
es bueno que despues del real decreto ley que es el reglamento ampliaran de forma oficiosa o cambiaran algunas cosas pero la letra del reglamento no dice que equivalga a la F y supongo que tu lo habras leido , lo demas son interpretaciones en este caso de la guardia civil, pero NO es lo que dice el reglamento.
el articulo y el apartado ya te lo he puesto ,, saludos
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RE: PRACTICAR TIRO DEPORTIVO CON LINCENCIA A Y CON UN ARMA N
[citando a: Eusebio10]
Hola, permiteme que te recuerde que la tipo F no es ninguna solucion para un jubilado de la A , como sabes la tipo F te permiten transportarla pero no portarla y ni tiene justificacion que la lleves cargada por la calle y fuera de su embalaje, osea que la F no sustituye a nada y menos a la A de un jubilado.
es bueno que despues del real decreto ley que es el reglamento ampliaran de forma oficiosa o cambiaran algunas cosas pero la letra del reglamento no dice que equivalga a la F y supongo que tu lo habras leido , lo demas son interpretaciones en este caso de la guardia civil, pero NO es lo que dice el reglamento.
el articulo y el apartado ya te lo he puesto ,, saludos
Por la forma de expresarte, deduzo QUE NO LO HAS ENTENDIDO... Vamos por partes. el meollo de la cuestion es que la licencia A tiene la eficacia de la F. Ello no quiere decir que con la F pueda portar un arma. para eso tengo la APL. Lo que si dice el reglamento es que las los miembros de las FF.CC.SS podrán solicitar la guia de pertenencia de un arma a sus respectivos , llamemosle departamentos. El contexto de este hilo no es discutir si con la F voy a llevar un arma cargada o no .....ni ganas....De lo que se trata es, que no se necesita F para guiar un arma deportiva con la licencia tipo A. No conozco la licencia A de un jubilado, pues cuando cesas en el ejercicio de la funcion, la licencia A, desaparece y en todo caso, podras solicitar una B .......Todos los miembros de FF.CC.SS que conozco, a la hora de la jubilación o pase a situacioin de segunda actividad, ( CNP.GC.PL o autonomicas) si poseen armas deportivas guiadas con la A, debera depositarlas en la Ia I.A de su zona hasta que obtenga nueva licencia-la F- para poder seguir haciendo uso de las mismas en el ambito deportivo....Yo creo que el compñaero OSCAR, podra aportar algo mas......
[/img]http://img251.imageshack.us/img251/8471/socioanarma.png[/img]
RE: PRACTICAR TIRO DEPORTIVO CON LINCENCIA A Y CON UN ARMA N
[citando a: _Grillo_]
Cada arma tiene que ser usada para lo que esta guiada, por lo que tendras que guiar otro tipo de arma.
No es del todo correcto:
Un arma de la segunda categoria guiada con licencia D, se puede usar paar concurso, siempre y cuando el tirador tenga la F y este federado, arma de defensa guiada A o B, con medidas pesos y calibre de concurso, usuario con la F o su equivalencia, y federado puede tirar con ambas, mismo caso para las de la E, 3ª cat. y tiro, lo que no se puede es portar par defensa un arma con guia D, E o F, ojo o las de la A con su equivalencia (llevan impreso en la guia TIRO DEPORTIVO en color azul o rojo), otra cosa es recurrir en tu domicilio a los medios a tu alcance para la legítima defensa, tampoco podremos cazar con armas guiadas F, ni A ni B por no estar permitidas las cortas para caza en España, tampoco con las carabinas 22lr y 22 mag guiadas con E o F indistintamente, ni su equivalencia con la A..... y este es el criterio general de la ICAE, pero el que quiera salir de dudas que eleve una consulta, ojo que el que pregunta se queda de cuadra. Saludos.
SOCIO 1563 DE ANARMA, UNA CARACTERSTICA COMÚN DE TODOS LOS ESCLAVOS ERA EL HECHO DE NO POSEER ARMAS.
RE: PRACTICAR TIRO DEPORTIVO CON LINCENCIA A Y CON UN ARMA N
Perdonar si repito algo que ya haya dicho alguien anteriormente, pero leo el hilo y observo mucha confusión incluso entre profesionales. Voy a poner lo que modestamente sé o creo saber, pero si me equivoco que alguien me corrija:
1- La licencia tipo A ampara todas las licencias posibles (B, D, E, F ) Ya que estas últimas únicamente son para civiles, pues el reglamento de armas sólo es aplicable a civiles y no a miembros de las Fuerzas de Seguridad, FFSSEE y FFAA.
2- Aquellos que poseen una licencia tipo A que deseen competir con un arma deberán guiar su arma en su destino habitual (a quien competa extenderle las guías de pertenencia) detallando que es un arma para uso deportivo y para ello aportando el correspondiente certificado de arma de concurso por parte de la Federación que le corresponda.
NO se puede competir con un arma que no está guiada como arma de uso deportivo aún tratandose de miembros de Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, del Estado o no y Fuerzas Armadas.
Por lo tanto, no hay una licencia F para miembros de ploicías o militares. No existe tal denominación, sino una única que es la A y luego en las guías de pertenencia se especifica a qué se destina el arma ( defensa personal, tíro, caza...)
He visto en competiciónes exigir este requisito por parte de los responsables de las competiciónes y de la I.A. de la GC presentes en dicha competición. Tampoco se puede competir con un arma guiada con licencia tipo B a un civil sea cual fuere el arma. Si tengo para mi defensa una Sig P228 guiada con licencia B, no puedo competir con ella en ninguna modalidad ni de precisión ni de IPSC. Aunque con las nuevas guías esto va a ser difícil de comprobar, ya que en ellas no se especifica la licencia que la ampara.
3- Los poseedores de licencias tipo A que se jubilan o cesan en su destino, para mantrener las armas de cualquiera de sus tipos habrán de solicitar las licencias correspondientes como civíles que pasan a ser, bien sea licencias tipo B para su defensa personal aportando los razonamientos por los que creen ser adjudicatarios de la misma, bien las de tipo D, E, F o incluso C aquellos que fueran a dedicarse a la seguridad privada.
Saludos
1- La licencia tipo A ampara todas las licencias posibles (B, D, E, F ) Ya que estas últimas únicamente son para civiles, pues el reglamento de armas sólo es aplicable a civiles y no a miembros de las Fuerzas de Seguridad, FFSSEE y FFAA.
2- Aquellos que poseen una licencia tipo A que deseen competir con un arma deberán guiar su arma en su destino habitual (a quien competa extenderle las guías de pertenencia) detallando que es un arma para uso deportivo y para ello aportando el correspondiente certificado de arma de concurso por parte de la Federación que le corresponda.
NO se puede competir con un arma que no está guiada como arma de uso deportivo aún tratandose de miembros de Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, del Estado o no y Fuerzas Armadas.
Por lo tanto, no hay una licencia F para miembros de ploicías o militares. No existe tal denominación, sino una única que es la A y luego en las guías de pertenencia se especifica a qué se destina el arma ( defensa personal, tíro, caza...)
He visto en competiciónes exigir este requisito por parte de los responsables de las competiciónes y de la I.A. de la GC presentes en dicha competición. Tampoco se puede competir con un arma guiada con licencia tipo B a un civil sea cual fuere el arma. Si tengo para mi defensa una Sig P228 guiada con licencia B, no puedo competir con ella en ninguna modalidad ni de precisión ni de IPSC. Aunque con las nuevas guías esto va a ser difícil de comprobar, ya que en ellas no se especifica la licencia que la ampara.
3- Los poseedores de licencias tipo A que se jubilan o cesan en su destino, para mantrener las armas de cualquiera de sus tipos habrán de solicitar las licencias correspondientes como civíles que pasan a ser, bien sea licencias tipo B para su defensa personal aportando los razonamientos por los que creen ser adjudicatarios de la misma, bien las de tipo D, E, F o incluso C aquellos que fueran a dedicarse a la seguridad privada.
Saludos
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RE: PRACTICAR TIRO DEPORTIVO CON LINCENCIA A Y CON UN ARMA N
Bueno voy a aportar mi granito de arena al dia de hoy todas mis armas rifles escopetas y pistolas estan amparadas en con guia tipo A y si ,,podria cazar si lo deseara al tener tambien la licencia de caza digo la licencia de caza no la licencia de armas de caza. es decir lo que yo tengo es un carnet de la junta de andalucia el cual me autoriza a cazar y puedo hacerlo con un rifle amapàrado con guia tipo A.
otra cosa distina es que no me gusta la caza mayor ni me gustará nunca.
saludos
otra cosa distina es que no me gusta la caza mayor ni me gustará nunca.
saludos
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RE: PRACTICAR TIRO DEPORTIVO CON LINCENCIA A Y CON UN ARMA N
kermit:: sucribo todo lo que has escrito, de pé a pá.
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