Resolución Guardia Civil Armeros

Armas de fuego central, tiro de precisión, tiro olímpico...
Nero
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Re: Resolución Guardia Civil Armeros

Mensajepor Nero » 05 Mar 2025 23:55

Reyi66 escribió:¿De donde salen los 4.5L para arma corta?

Se sabe que esta gente ha usado los reglamentos deportivos que definen las medidas máximas de un arma corta que puede usarse en cada modalidad deportiva. Todos ellos establecen unas medidas maximas de 15 cm de ancho y 5 cm de grueso. La GC ha añadido el largo maximo que puede tener un arma corta (60 cm) y de ahí salen los 4.5 litros.

Todo ello evidencia la escasa calidad tecnica de la GC, porque la cabida de un objeto (caja fuerte) no se define por su volumen, salvo que almacenes líquidos o gases. Cuando se almacenan cuerpos solidos la cabida se define por las ARISTAS INTERIORES, porque aunque tengas una caja fuerte de 4,5 litros es posible que no puedas almacenar una pistola de 60 cm de largo si la caja fuerte no tiene una arista interior que supere esos 60 cm, que es lo que le ocurre a TODAS las cajas fuertes

Screenshot_20250305-231706_Chrome.jpg

En la imagen puede verse las medidas interiores de una caja fuerte homologada en grado III. ninguna de las aristas interiores mide 60 cm, y por tanto, una pistola de 60 cm no cabe dentro.

Estos individuos no tienen calidad técnica. Bastan conocimientos matemáticos de Bachiller para saber que la cabida de almacenamiento de cuerpos sólidos se define por las dimensiones de sus aristas, y no por su volumen.


Y aun así esos 4.5l serian los de un prisma, una caja, con esas medidas. El arma que contendría ocuparía aproximadamente la mitad de ese volumen.

¿El criterio que se utilizó para los 3.5l anteriores fue más técnico?

Reyi66
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Re: Resolución Guardia Civil Armeros

Mensajepor Reyi66 » 06 Mar 2025 08:43

Nero escribió:
Reyi66 escribió:¿De donde salen los 4.5L para arma corta?

Se sabe que esta gente ha usado los reglamentos deportivos que definen las medidas máximas de un arma corta que puede usarse en cada modalidad deportiva. Todos ellos establecen unas medidas maximas de 15 cm de ancho y 5 cm de grueso. La GC ha añadido el largo maximo que puede tener un arma corta (60 cm) y de ahí salen los 4.5 litros.

Todo ello evidencia la escasa calidad tecnica de la GC, porque la cabida de un objeto (caja fuerte) no se define por su volumen, salvo que almacenes líquidos o gases. Cuando se almacenan cuerpos solidos la cabida se define por las ARISTAS INTERIORES, porque aunque tengas una caja fuerte de 4,5 litros es posible que no puedas almacenar una pistola de 60 cm de largo si la caja fuerte no tiene una arista interior que supere esos 60 cm, que es lo que le ocurre a TODAS las cajas fuertes

Screenshot_20250305-231706_Chrome.jpg

En la imagen puede verse las medidas interiores de una caja fuerte homologada en grado III. ninguna de las aristas interiores mide 60 cm, y por tanto, una pistola de 60 cm no cabe dentro.

Estos individuos no tienen calidad técnica. Bastan conocimientos matemáticos de Bachiller para saber que la cabida de almacenamiento de cuerpos sólidos se define por las dimensiones de sus aristas, y no por su volumen.


Y aun así esos 4.5l serian los de un prisma, una caja, con esas medidas. El arma que contendría ocuparía aproximadamente la mitad de ese volumen.

¿El criterio que se utilizó para los 3.5l anteriores fue más técnico?



No. El criterio tecnico se lo he preguntado a una Inteligencia artificial, para evitar que nadie me acuse de parcialidad..

La cabida de una caja poliedrica rectangular, para almacenar cuerpos solidos en su interior viene determinada por las aristas interiores del continente y las aristas exteriores del contenido?

Sí, en efecto, la capacidad de una caja poliédrica rectangular (como un paralelepípedo o cuboide) para almacenar cuerpos sólidos en su interior está determinada tanto por las aristas interiores del continente (es decir, las dimensiones internas de la caja: largo, ancho y alto) como por las aristas exteriores del contenido (las dimensiones de los objetos que se desea almacenar). Vamos a desglosarlo:

Aristas interiores del continente: Las dimensiones internas de la caja (largo, ancho y alto) definen el volumen disponible para almacenar objetos. Este volumen se calcula como:

V/caja = Largo x ancho x alto

Este es el espacio máximo que puede ocuparse, y determina si un objeto o conjunto de objetos cabe dentro de la caja.

Aristas exteriores del contenido: Las dimensiones de los cuerpos sólidos que se quieren almacenar (sus aristas o tamaños en las tres dimensiones) deben ser compatibles con las dimensiones internas de la caja. Esto implica que:

Ninguna dimensión del objeto puede exceder la correspondiente dimensión interna de la caja (a menos que el objeto sea deformable, lo cual no suele aplicarse a sólidos rígidos).

Si se almacenan múltiples objetos, la suma de sus volúmenes o la disposición espacial debe ajustarse al volumen y forma de la caja.



Además, hay que considerar:

Forma y orientación: No solo las dimensiones absolutas importan, sino también cómo encajan los objetos dentro de la caja según su forma y la manera en que se orienten.

Espacio desperdiciado: Si los objetos no son perfectamente cúbicos o no encajan exactamente, puede haber espacio no utilizado, lo que afecta la eficiencia del almacenamiento.

En resumen, sí, la capacidad de la caja para contener cuerpos sólidos depende de la relación entre las aristas interiores de la caja (el espacio disponible) y las aristas exteriores de los objetos (el espacio requerido)



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Re: Resolución Guardia Civil Armeros

Mensajepor Reyi66 » 06 Mar 2025 08:51

Reyi66 escribió:
Nero escribió:
Reyi66 escribió:
¿El criterio que se utilizó para los 3.5l anteriores fue más técnico?



No. El criterio tecnico se lo he preguntado a una Inteligencia artificial, para evitar que nadie me acuse de parcialidad..

La cabida de una caja poliedrica rectangular, para almacenar cuerpos solidos en su interior viene determinada por las aristas interiores del continente y las aristas exteriores del contenido?

Sí, en efecto, la capacidad de una caja poliédrica rectangular (como un paralelepípedo o cuboide) para almacenar cuerpos sólidos en su interior está determinada tanto por las aristas interiores del continente (es decir, las dimensiones internas de la caja: largo, ancho y alto) como por las aristas exteriores del contenido (las dimensiones de los objetos que se desea almacenar). Vamos a desglosarlo:

Aristas interiores del continente: Las dimensiones internas de la caja (largo, ancho y alto) definen el volumen disponible para almacenar objetos. Este volumen se calcula como:

V/caja = Largo x ancho x alto

Este es el espacio máximo que puede ocuparse, y determina si un objeto o conjunto de objetos cabe dentro de la caja.

Aristas exteriores del contenido: Las dimensiones de los cuerpos sólidos que se quieren almacenar (sus aristas o tamaños en las tres dimensiones) deben ser compatibles con las dimensiones internas de la caja. Esto implica que:

Ninguna dimensión del objeto puede exceder la correspondiente dimensión interna de la caja (a menos que el objeto sea deformable, lo cual no suele aplicarse a sólidos rígidos).

Si se almacenan múltiples objetos, la suma de sus volúmenes o la disposición espacial debe ajustarse al volumen y forma de la caja.



Además, hay que considerar:

Forma y orientación: No solo las dimensiones absolutas importan, sino también cómo encajan los objetos dentro de la caja según su forma y la manera en que se orienten.

Espacio desperdiciado: Si los objetos no son perfectamente cúbicos o no encajan exactamente, puede haber espacio no utilizado, lo que afecta la eficiencia del almacenamiento.

En resumen, sí, la capacidad de la caja para contener cuerpos sólidos depende de la relación entre las aristas interiores de la caja (el espacio disponible) y las aristas exteriores de los objetos (el espacio requerido)


image (1).jpg


He insertado la imagen de un subfusil porque no existe ninguna pistola ni revolver que puedan usarse en tiro olimpico que mida 60 cm de largo. Solo hay subfusiles que tengan esa longitud total. Otro detallito que se le escapo al "TECNICO" de la GC. Porque la medida de 60 cm de longitud ez una medida TEORICA para deslindar las armas cortas de las armas largas, pero no se fabrican pistolas de tiro olimpico que midan 60 cmde largo.

Ningun país europeo se ha metido a regular la cabida de las cajas fuertes, y la Guardia Civil se ha metido en un jardín que demuestra que sus tecnicos carecen de conocimientos matemáticos a nivel de BACHILLER. ¿Que dirán los otros cuerpos policiales europeos de la "preparación" de los españoles?

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Re: Resolución Guardia Civil Armeros

Mensajepor Edtv » 06 Mar 2025 09:52

Reyi66 escribió:¿De donde salen los 4.5L para arma corta?

Se sabe que esta gente ha usado los reglamentos deportivos que definen las medidas máximas de un arma corta que puede usarse en cada modalidad deportiva. Todos ellos establecen unas medidas maximas de 15 cm de ancho y 5 cm de grueso. La GC ha añadido el largo maximo que puede tener un arma corta (60 cm) y de ahí salen los 4.5 litros.

Todo ello evidencia la escasa calidad tecnica de la GC, porque la cabida de un objeto (caja fuerte) no se define por su volumen, salvo que almacenes líquidos o gases. Cuando se almacenan cuerpos solidos la cabida se define por las ARISTAS INTERIORES, porque aunque tengas una caja fuerte de 4,5 litros es posible que no puedas almacenar una pistola de 60 cm de largo si la caja fuerte no tiene una arista interior que supere esos 60 cm, que es lo que le ocurre a TODAS las cajas fuertes

Screenshot_20250305-231706_Chrome.jpg

En la imagen puede verse las medidas interiores de una caja fuerte homologada en grado III. ninguna de las aristas interiores mide 60 cm, y por tanto, una pistola de 60 cm no cabe dentro.

Estos individuos no tienen calidad técnica. Bastan conocimientos matemáticos de Bachiller para saber que la cabida de almacenamiento de cuerpos sólidos se define por las dimensiones de sus aristas, y no por su volumen.


Buenos días compañero, en primer lugar agradecerte todo el trabajo y dedicación que estás dando a un asunto que nos afecta a todos.
Además de para trasladarte mi agradecimiento, te escribo porque la respuesta a tu pregunta referente a de donde sale la cifra de volumen por arma, creo que la misma procede de la que exigen para los bunker de las nuevas armerías y he aquí el dato importante, se establece esa cifra porque dentro de los búnkers hay que incluir un espacio de pasillos por donde poder transitar, circunstancia que por razones obvias no se da para una caja fuerte. Espero que el dato pueda ser de utilidad y de nuevo muchas gracias.

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Re: Resolución Guardia Civil Armeros

Mensajepor Reyi66 » 06 Mar 2025 10:32

Edtv escribió:
Reyi66 escribió:¿De donde salen los 4.5L para arma corta?

Se sabe que esta gente ha usado los reglamentos deportivos que definen las medidas máximas de un arma corta que puede usarse en cada modalidad deportiva. Todos ellos establecen unas medidas maximas de 15 cm de ancho y 5 cm de grueso. La GC ha añadido el largo maximo que puede tener un arma corta (60 cm) y de ahí salen los 4.5 litros.

Todo ello evidencia la escasa calidad tecnica de la GC, porque la cabida de un objeto (caja fuerte) no se define por su volumen, salvo que almacenes líquidos o gases. Cuando se almacenan cuerpos solidos la cabida se define por las ARISTAS INTERIORES, porque aunque tengas una caja fuerte de 4,5 litros es posible que no puedas almacenar una pistola de 60 cm de largo si la caja fuerte no tiene una arista interior que supere esos 60 cm, que es lo que le ocurre a TODAS las cajas fuertes

Screenshot_20250305-231706_Chrome.jpg

En la imagen puede verse las medidas interiores de una caja fuerte homologada en grado III. ninguna de las aristas interiores mide 60 cm, y por tanto, una pistola de 60 cm no cabe dentro.

Estos individuos no tienen calidad técnica. Bastan conocimientos matemáticos de Bachiller para saber que la cabida de almacenamiento de cuerpos sólidos se define por las dimensiones de sus aristas, y no por su volumen.


Buenos días compañero, en primer lugar agradecerte todo el trabajo y dedicación que estás dando a un asunto que nos afecta a todos.
Además de para trasladarte mi agradecimiento, te escribo porque la respuesta a tu pregunta referente a de donde sale la cifra de volumen por arma, creo que la misma procede de la que exigen para los bunker de las nuevas armerías y he aquí el dato importante, se establece esa cifra porque dentro de los búnkers hay que incluir un espacio de pasillos por donde poder transitar, circunstancia que por razones obvias no se da para una caja fuerte. Espero que el dato pueda ser de utilidad y de nuevo muchas gracias.



Muchas gracias compañero, voy a leer sobre ello.

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Re: Resolución Guardia Civil Armeros

Mensajepor Chinchu » 06 Mar 2025 11:19

Reyi66 escribió:
Edtv escribió:
Muchas gracias compañero, voy a leer sobre ello.


Buenas,

Como materia de lectura relacionada, te puede valer la norma en la que se regulan los volúmenes para empresas de seguridad, inferiores a los que ahora se han sacado de la manga. Es importante tener en cuenta un detalle, esos armeros son los denominados "de uso policial", que a su vez van divididos en taquillas independiente con llave, donde se depositan las armas individualmente y normalmente en su caja, de ahí el volumen.

Resulta curioso que a una empresa de seguridad se le exija meno que a un deportista.

" artículo 6, apartado 3º, de la Orden INT/314/2011, de 1 de febrero, sobre empresas de seguridad privada, se recoge que “el número de armas que se podrá autorizar en depósito, será el correspondiente al volumen del armero, teniendo en cuenta que el volumen medio de un arma corta es de 3,5 litros”.

Saludos,

*Nota:
Los armeros policiales
Los armeros policiales son cajas fuertes de alta seguridad con compartimentos individuales para un arma corta. No están homologados para uso particular, pero son obligatorios en comisarías, cuarteles y empresas de seguridad.

Se trata de armeros de grado III para armas cortas.
Adjuntos
Buenos días, 

Os paso la Resolución de la Dirección General de la Guardia Civil, sobre las medidas de 50
buenos-dias-os-paso-la-resolucion-de-la-direccion-general-de-819120.jpg (7.51 KiB) Visto 2097 veces
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Re: Resolución Guardia Civil Armeros

Mensajepor Reyi66 » 06 Mar 2025 11:21

He de decir que una Asociación importante se Reunio con uno de los jefes de la ICAE para interesarse por el tema de los 4,5 litros por arma corta.

La ICAE les dijo que eso salía de un informe que habían hecho, pero que no les podían dar copia.

En mi Recurso Contencioso, el TSJ ha reclamado ex expediente administrativo, y si existe tal informe deberían entregarmelo. Ahí averiguaremos en qué se basan.

Ya anticipo que yo no voy a basar mi impugnación en la inadecuación de ese supuesto informe. Para mí el art. 3 de la resolución es nulo de pleno derecho porque impide la prueba sobre una cuestión de hecho, como es la cabida de una caja fuerte, infringiendo el art. 77 LPA, y causando indefensión, con violación de derecho fundamental (art. 24 CE) , y así abro la puerta a un recurso de amparo (ya les gané uno, si quieren repetir....).

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Re: Resolución Guardia Civil Armeros

Mensajepor Reyi66 » 06 Mar 2025 11:30

Chinchu escribió:
Reyi66 escribió:
Edtv escribió:
Muchas gracias compañero, voy a leer sobre ello.


Buenas,

Como materia de lectura relacionada, te puede valer la norma en la que se regulan los volúmenes para empresas de seguridad, inferiores a los que ahora se han sacado de la manga. Es importante tener en cuenta un detalle, esos armeros son los denominados "de uso policial", que a su vez van divididos en taquillas independiente con llave, donde se depositan las armas individualmente y normalmente en su caja, de ahí el volumen.

" artículo 6, apartado 3º, de la Orden INT/314/2011, de 1 de febrero, sobre empresas de seguridad privada, se recoge que “el número de armas que se podrá autorizar en depósito, será el correspondiente al volumen del armero, teniendo en cuenta que el volumen medio de un arma corta es de 3,5 litros”.

Saludos,

*Nota:
Los armeros policiales
Los armeros policiales son cajas fuertes de alta seguridad con compartimentos individuales para un arma corta. No están homologados para uso particular, pero son obligatorios en comisarías, cuarteles y empresas de seguridad.

Se trata de armeros de grado III para armas cortas.


Si, conozco esa Orden Ministerial. Sobre ella he de decir que el que no haya sido recurrida no significa que sea LEGAL. Yo no la he recurrido en su día porque no me afectaba. Eso no priva de eficacia a mi recurso contencioso.

Saludos

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Re: Resolución Guardia Civil Armeros

Mensajepor Reyi66 » 06 Mar 2025 12:15

Una cuestión jurídica respecto a las empresas de seguridad privada. Su ley reguladora establece que tienen que prestar especial auxilio a las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, que las sitúa en una relación de ESPECIAL SUJECIÓN respecto al Ministro del Interior, facultandole para dictar normas reglamentarias que la regulen en aspectos que necesiten desarrollo. Por eso la cabida de sus armeros queda bajo la potestad reglamentaria del Ministro. El ministro si tiene reconocida potestad reglamentaria, pero la DG de la Guardia Civil no.

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Re: Resolución Guardia Civil Armeros

Mensajepor jaf1963 » 06 Mar 2025 13:11

Hoy he guiado una cuarta arma corta en mi Intervención y no me han dicho ni mú del armero , por lo que ni he preguntado por el asunto.

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Re: Resolución Guardia Civil Armeros

Mensajepor Reyi66 » 06 Mar 2025 13:49

Chinchu escribió:
Reyi66 escribió:
Edtv escribió:
Muchas gracias compañero, voy a leer sobre ello.


Buenas,

Como materia de lectura relacionada, te puede valer la norma en la que se regulan los volúmenes para empresas de seguridad, inferiores a los que ahora se han sacado de la manga. Es importante tener en cuenta un detalle, esos armeros son los denominados "de uso policial", que a su vez van divididos en taquillas independiente con llave, donde se depositan las armas individualmente y normalmente en su caja, de ahí el volumen.

Resulta curioso que a una empresa de seguridad se le exija meno que a un deportista.

" artículo 6, apartado 3º, de la Orden INT/314/2011, de 1 de febrero, sobre empresas de seguridad privada, se recoge que “el número de armas que se podrá autorizar en depósito, será el correspondiente al volumen del armero, teniendo en cuenta que el volumen medio de un arma corta es de 3,5 litros”.

Saludos,

*Nota:
Los armeros policiales
Los armeros policiales son cajas fuertes de alta seguridad con compartimentos individuales para un arma corta. No están homologados para uso particular, pero son obligatorios en comisarías, cuarteles y empresas de seguridad.

Se trata de armeros de grado III para armas cortas.


El art. 6 de la OM INT/314/2011 que citas emplea la expresión "volumen medio" mientras que el art. 3 de la Resolución GC, emplea la expresión "volumen mínimo".

La expresion "volumen medio" respeta el art. 77 LPA porque admite prueba en contrario porque solo refiere un volumen medio, admitiendo que pueda ser inferior. Por el contrario la expresion "volumen mínimo" que emplea la GC No admite prueba en contrario que demuestre un volumen inferior.

Conclusión: un melón de Villaconejos ha copiado mal y ha cambiado "medio" por "minimo". No es lo mismo 3 que 33.


Saludos

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Re: Resolución Guardia Civil Armeros

Mensajepor Nero » 06 Mar 2025 17:16

jaf1963 escribió:Hoy he guiado una cuarta arma corta en mi Intervención y no me han dicho ni mú del armero , por lo que ni he preguntado por el asunto.

¿Cuántos litros tiene?

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Re: Resolución Guardia Civil Armeros

Mensajepor jaf1963 » 06 Mar 2025 17:28

Nero escribió:
jaf1963 escribió:Hoy he guiado una cuarta arma corta en mi Intervención y no me han dicho ni mú del armero , por lo que ni he preguntado por el asunto.

¿Cuántos litros tiene?

13 litros.
Adjuntos
Buenos días, 

Os paso la Resolución de la Dirección General de la Guardia Civil, sobre las medidas de 120

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Re: Resolución Guardia Civil Armeros

Mensajepor Pilocevic » 07 Mar 2025 18:26

Reyi66 escribió:
Reyi66 escribió:
Nero escribió:

No. El criterio tecnico se lo he preguntado a una Inteligencia artificial, para evitar que nadie me acuse de parcialidad..

La cabida de una caja poliedrica rectangular, para almacenar cuerpos solidos en su interior viene determinada por las aristas interiores del continente y las aristas exteriores del contenido?

Sí, en efecto, la capacidad de una caja poliédrica rectangular (como un paralelepípedo o cuboide) para almacenar cuerpos sólidos en su interior está determinada tanto por las aristas interiores del continente (es decir, las dimensiones internas de la caja: largo, ancho y alto) como por las aristas exteriores del contenido (las dimensiones de los objetos que se desea almacenar). Vamos a desglosarlo:

Aristas interiores del continente: Las dimensiones internas de la caja (largo, ancho y alto) definen el volumen disponible para almacenar objetos. Este volumen se calcula como:

V/caja = Largo x ancho x alto

Este es el espacio máximo que puede ocuparse, y determina si un objeto o conjunto de objetos cabe dentro de la caja.

Aristas exteriores del contenido: Las dimensiones de los cuerpos sólidos que se quieren almacenar (sus aristas o tamaños en las tres dimensiones) deben ser compatibles con las dimensiones internas de la caja. Esto implica que:

Ninguna dimensión del objeto puede exceder la correspondiente dimensión interna de la caja (a menos que el objeto sea deformable, lo cual no suele aplicarse a sólidos rígidos).

Si se almacenan múltiples objetos, la suma de sus volúmenes o la disposición espacial debe ajustarse al volumen y forma de la caja.



Además, hay que considerar:

Forma y orientación: No solo las dimensiones absolutas importan, sino también cómo encajan los objetos dentro de la caja según su forma y la manera en que se orienten.

Espacio desperdiciado: Si los objetos no son perfectamente cúbicos o no encajan exactamente, puede haber espacio no utilizado, lo que afecta la eficiencia del almacenamiento.

En resumen, sí, la capacidad de la caja para contener cuerpos sólidos depende de la relación entre las aristas interiores de la caja (el espacio disponible) y las aristas exteriores de los objetos (el espacio requerido)


image (1).jpg


He insertado la imagen de un subfusil porque no existe ninguna pistola ni revolver que puedan usarse en tiro olimpico que mida 60 cm de largo. Solo hay subfusiles que tengan esa longitud total. Otro detallito que se le escapo al "TECNICO" de la GC. Porque la medida de 60 cm de longitud ez una medida TEORICA para deslindar las armas cortas de las armas largas, pero no se fabrican pistolas de tiro olimpico que midan 60 cmde largo.

Ningun país europeo se ha metido a regular la cabida de las cajas fuertes, y la Guardia Civil se ha metido en un jardín que demuestra que sus tecnicos carecen de conocimientos matemáticos a nivel de BACHILLER. ¿Que dirán los otros cuerpos policiales europeos de la "preparación" de los españoles?


Con todo respeto creo que no es cuestión de que carezcan de conocimientos o de errores inocentes. Creo que todo esto es buscar enrevesamientos de la normativa y las regulaciones para "censurar" el aumento de licencias y armas en España.

Es tiranía y despotismo, nada de errores ni falta de conocimiento. En mi opinión.

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Re: Resolución Guardia Civil Armeros

Mensajepor Reyi66 » 07 Mar 2025 20:16

Pilocevic escribió:
Reyi66 escribió:
Reyi66 escribió:


He insertado la imagen de un subfusil porque no existe ninguna pistola ni revolver que puedan usarse en tiro olimpico que mida 60 cm de largo. Solo hay subfusiles que tengan esa longitud total. Otro detallito que se le escapo al "TECNICO" de la GC. Porque la medida de 60 cm de longitud ez una medida TEORICA para deslindar las armas cortas de las armas largas, pero no se fabrican pistolas de tiro olimpico que midan 60 cmde largo.

Ningun país europeo se ha metido a regular la cabida de las cajas fuertes, y la Guardia Civil se ha metido en un jardín que demuestra que sus tecnicos carecen de conocimientos matemáticos a nivel de BACHILLER. ¿Que dirán los otros cuerpos policiales europeos de la "preparación" de los españoles?


Con todo respeto creo que no es cuestión de que carezcan de conocimientos o de errores inocentes. Creo que todo esto es buscar enrevesamientos de la normativa y las regulaciones para "censurar" el aumento de licencias y armas en España.

Es tiranía y despotismo, nada de errores ni falta de conocimiento. En mi opinión.


Perdón, yo no me estoy refiriendo a los guardias civiles, a los cuales respeto. Me refiero a los cargos políticos, que son los que aprueban las normas. El Estado se gasta cada año muchos millones en asistencias técnicas y no es admisible un error como ese. Siempre me refiero a puestos otorgados "a dedo", de esos que se llaman de "especial responsabilidad" que todos sabemos que ocultan "afinidad política". Es en esos cargos donde debería haber técnicos muy preparados, y no he visto que en esa norma brillen esos conocimientos.

Repito, ningun país de Europa regula la capacidad de los armeros, porque no es necesario, al ser una cuestión de hecho sometida a prueba. En una caja caben las armas que caben y eso depende de las medidas interiores de la caja y de cada un de las armas que se pretenda almacenar. España es el único país que se ha metido en ese jardín, empleando criterios de volumen, que sirven para un botijo que almacena líquidos, pero no para almacenar sólidos rígidos. Cagadas como esa se ven todos los días en la Administración española, y eso no es culpa de los funcionarios, sino de muchos altos cargos enchufados "a dedo" en todas las cúpulas de la Administración.

Saludos

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Re: Resolución Guardia Civil Armeros

Mensajepor Pilocevic » 08 Mar 2025 15:11

Reyi66 escribió:
Pilocevic escribió:
Reyi66 escribió:
He insertado la imagen de un subfusil porque no existe ninguna pistola ni revolver que puedan usarse en tiro olimpico que mida 60 cm de largo. Solo hay subfusiles que tengan esa longitud total. Otro detallito que se le escapo al "TECNICO" de la GC. Porque la medida de 60 cm de longitud ez una medida TEORICA para deslindar las armas cortas de las armas largas, pero no se fabrican pistolas de tiro olimpico que midan 60 cmde largo.

Ningun país europeo se ha metido a regular la cabida de las cajas fuertes, y la Guardia Civil se ha metido en un jardín que demuestra que sus tecnicos carecen de conocimientos matemáticos a nivel de BACHILLER. ¿Que dirán los otros cuerpos policiales europeos de la "preparación" de los españoles?


Con todo respeto creo que no es cuestión de que carezcan de conocimientos o de errores inocentes. Creo que todo esto es buscar enrevesamientos de la normativa y las regulaciones para "censurar" el aumento de licencias y armas en España.

Es tiranía y despotismo, nada de errores ni falta de conocimiento. En mi opinión.


Perdón, yo no me estoy refiriendo a los guardias civiles, a los cuales respeto. Me refiero a los cargos políticos, que son los que aprueban las normas. El Estado se gasta cada año muchos millones en asistencias técnicas y no es admisible un error como ese. Siempre me refiero a puestos otorgados "a dedo", de esos que se llaman de "especial responsabilidad" que todos sabemos que ocultan "afinidad política". Es en esos cargos donde debería haber técnicos muy preparados, y no he visto que en esa norma brillen esos conocimientos.

Repito, ningun país de Europa regula la capacidad de los armeros, porque no es necesario, al ser una cuestión de hecho sometida a prueba. En una caja caben las armas que caben y eso depende de las medidas interiores de la caja y de cada un de las armas que se pretenda almacenar. España es el único país que se ha metido en ese jardín, empleando criterios de volumen, que sirven para un botijo que almacena líquidos, pero no para almacenar sólidos rígidos. Cagadas como esa se ven todos los días en la Administración española, y eso no es culpa de los funcionarios, sino de muchos altos cargos enchufados "a dedo" en todas las cúpulas de la Administración.

Saludos


Yo tampoco me estoy refiriendo a los guardia civiles, pero si sus mandos políticos.

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Re: Resolución Guardia Civil Armeros

Mensajepor boxer » 08 Mar 2025 16:58

Hoy en una Armería me han enseñado una circular que le había llegado de un fabricante de Armeros en la que empiezan ya a aplicar las nuevas capacidades de los mismos en la que, por ejemplo, el de antiguamente 10 armas largas pasa a 7, no se si variaran también los precios.

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Chinchu
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Re: Resolución Guardia Civil Armeros

Mensajepor Chinchu » 08 Mar 2025 17:38

Seguro que no duermen, pensando en que tendrán que fabricar armeros más grandes y caros.


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