TENER EL ARMA EN UN DOMICILIO DE UN FAMILIAR??
TENER EL ARMA EN UN DOMICILIO DE UN FAMILIAR??
buenos dias me acabo de sacar la f, tengo el armero y recien boy a tener una pistola, mi pregunta es podria tener el armero y la arma en casa de mi abuela que vive lado o tengo que tenerla en la mia que es donde consta mi domicilio?De ser el caso que solo pueda tenerla en la mia por la domiciliacion habria alguna forma de tenerla en casa de mi abuela aciendoles constancia ala guardic civil o algo? salugos
-
- 375 HH Magnum
- Mensajes: 8344
- Registrado: 25 Dic 2007 01:01
- Contactar:
- Estado: Desconectado
Re: TENER EL ARMA EN UN DOMICILIO DE UN FAMILIAR??
Lo lógico es tenerla en TU domicilio, si no puedes tenerla en tu domicilio y quieres guardarla en casa de tu abuela porque allí consideras que está más segura, modifica tu domicilio y ponlo en casa de tu abuela.
Saludos
Saludos
Re: TENER EL ARMA EN UN DOMICILIO DE UN FAMILIAR??
vale gracias
Re: TENER EL ARMA EN UN DOMICILIO DE UN FAMILIAR??
Tu domicilio no es la casa de tu abuela si tú tienes un domicilio independiente a tu nombre. Te dejo el artículo del reglamento que lo dice claro:
Artículo 133.
1. La licencia F sólo permitirá el uso de las armas en los campos, polígonos o galerías autorizados para la práctica del tiro y únicamente podrán portarse con tal objeto.
2. Las armas completas deberán ser guardadas:
a) En los locales de las federaciones que ofrezcan las debidas condiciones de seguridad, a juicio de la Guardia Civil.
b) Desactivadas en los domicilios de los titulares, siempre que los cierres o las piezas esenciales para su funcionamiento se guarden en locales de las correspondientes federaciones deportivas que ofrezcan las debidas condiciones de seguridad, a juicio de la Guardia Civil.
¿Tú eres el titular del arma? SI. ¿El domicilio de tu abuela es tu domicilio? En caso de que no lo sea no puedes tener el arma en casa de tu abuela.
Artículo 133.
1. La licencia F sólo permitirá el uso de las armas en los campos, polígonos o galerías autorizados para la práctica del tiro y únicamente podrán portarse con tal objeto.
2. Las armas completas deberán ser guardadas:
a) En los locales de las federaciones que ofrezcan las debidas condiciones de seguridad, a juicio de la Guardia Civil.
b) Desactivadas en los domicilios de los titulares, siempre que los cierres o las piezas esenciales para su funcionamiento se guarden en locales de las correspondientes federaciones deportivas que ofrezcan las debidas condiciones de seguridad, a juicio de la Guardia Civil.
¿Tú eres el titular del arma? SI. ¿El domicilio de tu abuela es tu domicilio? En caso de que no lo sea no puedes tener el arma en casa de tu abuela.
Re: TENER EL ARMA EN UN DOMICILIO DE UN FAMILIAR??
Se pueden tener a parte de en el domicilio de empadronamiento en otro domicilio siempre que cumplas con las normas de seguridad que refleja el RA.
Yo unos meses estoy en un domicilio y otros meses del año en otro domicilio que no estoy empadronado, lo consulté en mi Intervención y me dijeron que no había problema siempre que tuviese un armero grado 3 para guardarlas .
Yo unos meses estoy en un domicilio y otros meses del año en otro domicilio que no estoy empadronado, lo consulté en mi Intervención y me dijeron que no había problema siempre que tuviese un armero grado 3 para guardarlas .
-
- 375 HH Magnum
- Mensajes: 8344
- Registrado: 25 Dic 2007 01:01
- Contactar:
- Estado: Desconectado
Re: TENER EL ARMA EN UN DOMICILIO DE UN FAMILIAR??
El problema de todo esto solo se pondrá de manifiesto en caso de un posible robo de las armas.
En ese caso y la consiguiente investigación de la GC , podrían alegar que ha habido negligencia en la custodia y sancionar al titular de la guía.
Entiendo que habrá matices que serán los que inclinen la balanza hacia un lado u otro, si eres titular de esa segunda vivienda, si está en mitad del campo, en la playa, en casa de un amigo (también valdría) y del criterio de ese Interventor , que no es el mismo de tu domicilio.
Abundando, en ese caso la GC no sabría nunca en qué lugar se encuentran tus armas.
En fin, esperemos no vernos en esa circunstancias y que Dios reparta suerte.
En ese caso y la consiguiente investigación de la GC , podrían alegar que ha habido negligencia en la custodia y sancionar al titular de la guía.
Entiendo que habrá matices que serán los que inclinen la balanza hacia un lado u otro, si eres titular de esa segunda vivienda, si está en mitad del campo, en la playa, en casa de un amigo (también valdría) y del criterio de ese Interventor , que no es el mismo de tu domicilio.
Abundando, en ese caso la GC no sabría nunca en qué lugar se encuentran tus armas.
En fin, esperemos no vernos en esa circunstancias y que Dios reparta suerte.
Re: TENER EL ARMA EN UN DOMICILIO DE UN FAMILIAR??
RAFAELMIN escribió:El problema de todo esto solo se pondrá de manifiesto en caso de un posible robo de las armas.
En ese caso y la consiguiente investigación de la GC , podrían alegar que ha habido negligencia en la custodia y sancionar al titular de la guía.
Entiendo que habrá matices que serán los que inclinen la balanza hacia un lado u otro, si eres titular de esa segunda vivienda, si está en mitad del campo, en la playa, en casa de un amigo (también valdría) y del criterio de ese Interventor , que no es el mismo de tu domicilio.
Abundando, en ese caso la GC no sabría nunca en qué lugar se encuentran tus armas.
En fin, esperemos no vernos en esa circunstancias y que Dios reparta suerte.
No hay ningún problema si se hace bien, como tengo otra residencia compré un armero de segunda mano, al inscribirlo me abrieron una diligencia, te lo anotan y sellan en el certificado del armero y en tu expediente y ya puedes tener tus armas en los 2 domicilios distintos legalmente ( uno lo tengo en mitad del campo)
-
- 375 HH Magnum
- Mensajes: 8344
- Registrado: 25 Dic 2007 01:01
- Contactar:
- Estado: Desconectado
Re: TENER EL ARMA EN UN DOMICILIO DE UN FAMILIAR??
Entonces perfecto!!!
Creía que no hacían ese tipo de diligencias, muchas gracias vjs por compartirlo.
Saludos
Creía que no hacían ese tipo de diligencias, muchas gracias vjs por compartirlo.
Saludos
Re: TENER EL ARMA EN UN DOMICILIO DE UN FAMILIAR??
Buenas tardes.
A mi me dijo textualmente, el arma donde este el armero, """hablando de un rifle"",entiendo que no habría problema en el día a día, pero seguro que en caso de robo del arma en el domicilio la culpa es tuya.....
A mi me dijo textualmente, el arma donde este el armero, """hablando de un rifle"",entiendo que no habría problema en el día a día, pero seguro que en caso de robo del arma en el domicilio la culpa es tuya.....
Re: TENER EL ARMA EN UN DOMICILIO DE UN FAMILIAR??
vale gracias por las respuestas
-
- 375 HH Magnum
- Mensajes: 8344
- Registrado: 25 Dic 2007 01:01
- Contactar:
- Estado: Desconectado
Re: TENER EL ARMA EN UN DOMICILIO DE UN FAMILIAR??
franc23 escribió:vale gracias por las respuestas
Jajajaja tienes claro lo que vas hacer franc23???
Cuando tengas una decisión tomada, cuéntanos.
Saludos
Re: TENER EL ARMA EN UN DOMICILIO DE UN FAMILIAR??
si el reglamento dice que en el domicilio mio la tendre hay por si acaso me puede dar problemas de tenerla en otro sitio
-
- 375 HH Magnum
- Mensajes: 8344
- Registrado: 25 Dic 2007 01:01
- Contactar:
- Estado: Desconectado
Re: TENER EL ARMA EN UN DOMICILIO DE UN FAMILIAR??
Creo que es una decisión prudente, salvo que realmente tengas problemas por tener el armero en tu domicilio.
Saludos
Saludos
¿Quién está conectado?
Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 70 invitados