Guia de arma historica
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Guia de arma historica
Hola a todos vereis quiero vender mi revolver mosin (libro de coleccionista) en uso pero me han comentado que para bien ha de llevar el papel de arma historica ¿donde podria conseguirlo en Zgz? un saludo y gracias de antemano
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- .300 Win Mag
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Re: Guia de arma historica
Hola, creo que te refieres al certificado de arma historica, creo que la cosa esta dificil para conseguirlo.
A día de hoy, sí esta amparado por el libro,y se trasfiere a otro titular de libro, lo inscriben sin problemas.
Haber sí algún compañero sabe donde expiden los dichosos certificados.
Saludos.
A día de hoy, sí esta amparado por el libro,y se trasfiere a otro titular de libro, lo inscriben sin problemas.
Haber sí algún compañero sabe donde expiden los dichosos certificados.
Saludos.
Re: Guia de arma historica
Hola, si proviene de otro libro de coleccionista no suelen poner problemas, segun con quien des, porque eso es como si fuera una transferencia y si quieren te lo pueden exigir. Si la cosa es que la quieres inscribir en un libro de coleccionista por primera vez segurisimo que te piden el certificado de arma historica y la cosa esta bastante complicada, porque segun he escuchado por ahi ni el Museo de Toledo lo hace ya a particulares, pero repito lo del Museo lo he escuchado no lo se seguro. Un Saludo.
Re: Guia de arma historica
Hola:
Hola, el BOPE los hace, pero tienes que llevar el arma allí. 943 201584 EIBAR.
Núm. 163 Sábado 9 de julio de 2011 Sec. I. Pág. 74943
14. Arma histórica: Arma de fuego que se signifique especialmente por su relación con un hecho o personaje histórico relevante, convenientemente acreditada.
Tres. Se modifica el apartado 2 de la 6.ª categoría del artículo 3 del Reglamento de Armas, que queda redactado de la siguiente forma:
«2. Las armas de fuego cuyo modelo o cuyo año de fabricación sean anteriores al 1 de enero de 1890, y las reproducciones y réplicas de las mismas, a menos que puedan disparar municiones destinadas a armas de guerra o a armas prohibidas.
La antigüedad será fijada por el Ministerio de Defensa, que aprobará los prototipos o copias de los originales, comunicándolo a la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil, ámbito de la Guardia Civil.»
Hola, el BOPE los hace, pero tienes que llevar el arma allí. 943 201584 EIBAR.
Núm. 163 Sábado 9 de julio de 2011 Sec. I. Pág. 74943
14. Arma histórica: Arma de fuego que se signifique especialmente por su relación con un hecho o personaje histórico relevante, convenientemente acreditada.
Tres. Se modifica el apartado 2 de la 6.ª categoría del artículo 3 del Reglamento de Armas, que queda redactado de la siguiente forma:
«2. Las armas de fuego cuyo modelo o cuyo año de fabricación sean anteriores al 1 de enero de 1890, y las reproducciones y réplicas de las mismas, a menos que puedan disparar municiones destinadas a armas de guerra o a armas prohibidas.
La antigüedad será fijada por el Ministerio de Defensa, que aprobará los prototipos o copias de los originales, comunicándolo a la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil, ámbito de la Guardia Civil.»
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