ARTICULO 108 "ARMAS INUTILIZADAS" NUEVO REGLAMENTO DE ARMAS.

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Re: ARTICULO 108 "ARMAS INUTILIZADAS" NUEVO REGLAMENTO DE ARMAS.

Mensajepor Reservista » 09 Dic 2010 14:10

Lo subo para mayor difusion y que Dios nos ampare. :cry: :cry: :cry: :?

Saludos

vic-74
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Re: ARTICULO 108 "ARMAS INUTILIZADAS" NUEVO REGLAMENTO DE ARMAS.

Mensajepor vic-74 » 09 Dic 2010 14:57

esta clarisimo que se han querido cargar la tenencia de armas inutilizadas.osea que esto ya paso a mejor vida...intentare hacerme con algo antes de que cambie el reglamento,(por cierto...¿nadie sabe cuando entra en vigor?).yo ya lo venia rumiando hace tiempo...¿o es que a alguien no le llamaba la atencion que cuando se detenia a alguien con una inutlilizada puesta en uso le dieran taaanto bombo y platillo?.maxime cuando antes estas cosas pasaban y no se decia nada.esto esta totalmente pensado,planeado.
es triste decirlo pero si...el coleccionismo de armas en españa ha pasado a la historia.
Cabezas de yopuka!!!!!!!

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Triarii
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Re: ARTICULO 108 "ARMAS INUTILIZADAS" NUEVO REGLAMENTO DE ARMAS.

Mensajepor Triarii » 09 Dic 2010 16:39

texulocu escribió:Hola, perdonar la intromisión. Yo he visto, y sin que ello implique una generalización, armas inutilizadas en el Reino Unido, que mejor echar a correr. En Inglaterra libran las que tienen la "Old Spec", y no la "actualizan a la "New Spec", que es muy agresiva; no son gilipollas. Y también he visto un par de ellas hechas en Austria que no desmerecen. Hace poco un amigo belga me mandaba unas fotos hechas en el Banco de Lieja, y hacían eso que quieren imponer aquí, lo de fresar las correderas. O sea, que es bastante credible que sí se hagan esas cosas a lo largo y ancho de Europa. Hay excepciones, por supuesto. Los que tengan armas en BOPE, tienen un tesoro. No sé si las militares nominales tambien, es probable; habría que averiguarlo.
Saludos


Esto es importante, ya que los certificados militares también son nominales ¿Ocurre lo mismo que con los certificados de la Guardia Civil cuando un arma ya inutilizada cambia de propietario? Es decir, que si también te la joderían más.

Por otro lado ¿Qué punzón tiene el BOPE? Yo las armas con certificado BOPE que he visto no tenían ningún puzón.

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Re: ARTICULO 108 "ARMAS INUTILIZADAS" NUEVO REGLAMENTO DE ARMAS.

Mensajepor inan68 » 09 Dic 2010 19:44

Después de tantos comentarios sería interesante intentar sacar algunas conclusiones y sugerir alguna medida.
Para empezar, creo que si se aprueba la nueva normativa la guerra estará perdida, pero creo que debemos intentar ganar alguna batalla.
Me refiero concretamente a la aplicación de la nueva inutilización en aquellas armas que están inutilizadas y pasarían a nombre de otro titular. Creo que este punto va ha traer tela, todo ello en base a que el arma se encuentra legalmente inutilizada, el hecho de proceder a su enajenación no debe obligar en ningún caso ni al adquiriente ni al cediente a la realización nuevamente de un hecho consumado con anterioridad y si esto es así por la aplicación con posterioridad de un Decreto Ley, correspondería a la Administración la carga que esto suponga.
El arma no puede ser nuevamente manipulada después de su inutilización por el mero hecho de cambiar de titular, si su inutilización la ampara su correspondiente Certificado será indiferrente la titularidad de la misma y si esto no es así que se atrevan a modificar todas las armas inutilizadas hasta ahora, porque como no sea con una orden judicial, va ha ser dificil que yo presente mis "objetos de hierro" en ninguna parte.
Dicho esto, creo que debemos por lo menos defender lo que tenemos y en un futuro Dios dirá. Para ello propongo que si alguien, persona física o jurídica, quiere tomar las riendas para la defensa de nuestros derechos, no tengo inconveniente en apoyar dicha iniciativa y si para ello es necesario una aportación económica, en la CUAL SI COLABORAMOS TODOS PUEDE SER MINIMA, estoy dispuesto a darla.
UN SALUDO para todo el foro!!!

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Re: ARTICULO 108 "ARMAS INUTILIZADAS" NUEVO REGLAMENTO DE ARMAS.

Mensajepor joseJ09 » 09 Dic 2010 20:22

Las intervenciones de armas hace ya tiempo que intentaban desembarazarse de las armas inutilizadas que para ellos eran una fuente de problemas.Segun un interventor les supone una carga de trabajo bastante importante y les obliga a gestionar miles de certificados y mantener archivos de miles de armas.Este reglamento diseñado por las intervenciones parece pensado para hacer desaparecer del mercado todas las armas inutilizadas. Con los elevadisimos costes que supone la nueva inutilizacion y los varios dias que habra que perder para gestionar los tramites burocraticos, el 99% de la gente optara por destruir las armas que es lo que buscan las intervenciones, con ello se quitan trabajo de encima y se evitan posibles problemas, porque como me decia el interventor ellos van a cobrar lo mismo a fin de mes por hacer cien certificados que por hacer diez y cuantas menos armas haya menos trabajo tendran que hacer.

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Re: ARTICULO 108 "ARMAS INUTILIZADAS" NUEVO REGLAMENTO DE ARMAS.

Mensajepor texulocu » 09 Dic 2010 21:43

Buenas, a Triarii, el punzón es el clasico de Einar el yelmo sobre el escudo conaspas, el que se ve en las armas españolas, Astra Star, ets...
Suele estar cerca de la recámara, por la parte externa del arma. Busca, y lo encontrarás, aunque esté poco marcado. Ya quisie¡ra yo tener muchas inutilizadas con ese simbolito... significaría que no he perdido un montón de pasta...

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Re: ARTICULO 108 "ARMAS INUTILIZADAS" NUEVO REGLAMENTO DE ARMAS.

Mensajepor miguelcz90 » 10 Dic 2010 00:08

Hola Texulocu, que tal?no sabía que el bope al inutilizarlas les daba un punzón.
Con el futuro reglamento, será una pena transferir un arma con el certificado nóminal, habrá que pensarselo dos veces.
Una posibilidad sería que nos mantuvierán la misma inutilización si se incluyera en el libro de coleccionista, sería una posibilidad viable para evitar el destrozo.
Esperemos que hagan algunas modificaciones que suavice el tema, por que sino van a joder bien el mundo del coleccionismo.

Saludos(haber si ya salen las alegaciones y enpezamos a bombardear a estos cabezas cuadradas).

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Re: ARTICULO 108 "ARMAS INUTILIZADAS" NUEVO REGLAMENTO DE ARMAS.

Mensajepor Montelongo » 10 Dic 2010 00:14

Hola:

El escudo que señala texulocu es el de Eibar, lugar donde reside el Banco, y no tiene nada que ver con las armas inutilizadas.

El punzón que dicen van a colocar a las armas destrozadas es para morirse de risa.

Saludos.

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Re: ARTICULO 108 "ARMAS INUTILIZADAS" NUEVO REGLAMENTO DE ARMAS.

Mensajepor texulocu » 10 Dic 2010 00:27

Hola Montelongo,
Ya te colocaré una foto de una P 08 con ese punzón (poco visible, es cierto,pero ahí está) Y una P 08 no es sospechosa de haber sido fabricada y probada en España. Y creo que tengo también una C 96 Bolo con lo mismo. Lo comprobaré. Si no es el punzón de Eibar cuando inutilizan, entonces qué coño es eso y qué pinta ahí? Bien es cierto que no debe de estar en todas, pero de que esas lo traen lo saben hasta mis muertos. Saludos

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Re: ARTICULO 108 "ARMAS INUTILIZADAS" NUEVO REGLAMENTO DE ARMAS.

Mensajepor Montelongo » 10 Dic 2010 00:40

Hola texuloco:

Nunca he visto arma extranjera con los punzones de Eibar.

El punzonar las armas inutilizadas, salvo mejor opinión, se va a empezar a hacer a partir de la entrada en vigor del próximo reglamento.

Si me envias o subes alguna fotografía de ello, sabremos que significa.

Si son armas modernas provenientes de paises con los que no tengamos acuerdo o que no tengan Bancos de Prueba reconocido, es cuando el BOPE las punzona para su entrada en España.

Saludos.

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Re: ARTICULO 108 "ARMAS INUTILIZADAS" NUEVO REGLAMENTO DE ARMAS.

Mensajepor JOSEABLANCO » 10 Dic 2010 08:11

estoy un poco perplejo , he creido leer que las armas que tengamos inutilizadas debemos de llevarlas para aplicarles la inutilizacion al nuevo reglamento , os ruego si alguien sabe esto me lo confirme, gracias de antemano

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Re: ARTICULO 108 "ARMAS INUTILIZADAS" NUEVO REGLAMENTO DE ARMAS.

Mensajepor albertobc » 10 Dic 2010 08:20

Gracias a Dios has leido mal jose, si sale este bodrio de reglamento, tal como esta a dia de hoy solo se tendrá que reinutilizar si se cambia de propietario.
Esta se debe convertir en una de las más importante alegación (que no la única...claro) respecto al coleccionismo en nuesta querida piel de toro.
Un saludo.Alberto

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Re: ARTICULO 108 "ARMAS INUTILIZADAS" NUEVO REGLAMENTO DE ARMAS.

Mensajepor Triarii » 10 Dic 2010 11:30

Pues ayer miré un CETME C y un Mosquetón Oviedo con certificado BOPE y no veo ningún punzón.

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Mensajepor Beltran » 10 Dic 2010 12:09

Eso de punzonar armas con el escudo del banco de Eibar, se hacía en armas que no llevaban nº de serie y en cañones sin marcaje o numeración.

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Re: ARTICULO 108 "ARMAS INUTILIZADAS" NUEVO REGLAMENTO DE ARMAS.

Mensajepor marroyol » 10 Dic 2010 17:22

albertobc escribió:Como ni avatar es como van a quedar las armas..
no se va a salvar ni la CORREA!!

Así casi que dejaron el mio cuando lo inutilice a la entrada en vigor del reglamento de 1993, daba tanta pena mirarlo que lo regalé
Adjuntos
Buenas, habeis leido el nuevo reglamento?, para 108. Armas inutilizadas.
1. Se considerará inutilizada 140
MP40_03032009_01.jpg (63.62 KiB) Visto 817 veces
Las armas tienen solamente dos enemigos.
El óxido y los polí­ticos.

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Re: ARTICULO 108 "ARMAS INUTILIZADAS" NUEVO REGLAMENTO DE ARMAS.

Mensajepor albertobc » 10 Dic 2010 20:03

Te entiendo perfectamente marroyol :cry:
En el 93 no teniamos esto de internet y nos la comiamos dobladas, ahora tenemos internet vamos a alegar y a seguir comiendolas dobladas pero al menos que se entretengan abriendo sobres...si es que se dignan a abrirlos los señores que velan por nuestros derechos...
n saludo:Alberto

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Re: ARTICULO 108 "ARMAS INUTILIZADAS" NUEVO REGLAMENTO DE ARMAS.

Mensajepor PASTER » 11 Dic 2010 14:16

Lo que tienen que hacer es endurecer las penas a la gente que se salta la ley y dejar de tocar los cojones a los demas, por que lo unico que van a conseguir son mas irregularidades y mas mercado negro.

El que quiera tener un arma ilegal la va a tener, sea casera o no, le cueste mas o menos, tarde mas en conseguirla o menos, pero la va a tener; este nuebo reglamento lo unico que va a hacer es ralentizar un poco el proceso o ponerselo un poco mas dificil pero el resultado va a ser el mismo: un indeseable con un arma ilegal que lo unico que va a conseguir es que paguemos justos por pecadores.

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Re: ARTICULO 108 "ARMAS INUTILIZADAS" NUEVO REGLAMENTO DE ARMAS.

Mensajepor TULA » 12 Dic 2010 00:37

Hola, en la pagina club de caza, a puesto una serie de diferentes alegaciones que se pueden descargar, rellenar y enviar, aunque ninguna es sobre las armas inutilizadas. Alguien se anima a hacer lo mismo con este asunto, para que luego nos las bajaramos y enviasemos particularmente cada uno al ministerio del interior.


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