ARTICULO 108 "ARMAS INUTILIZADAS" NUEVO REGLAMENTO DE ARMAS.

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Waffen
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Re: ARTICULO 108 "ARMAS INUTILIZADAS" NUEVO REGLAMENTO DE ARMAS.

Mensajepor Waffen » 05 Dic 2010 13:34

antoniorient escribió:Esto es un desastre, un verdadero atentado contra nuestro patrimonio industrial armero. Muestra el gobierno una total falta de sensibilidad por el coleccionismo de armas españolas, especialmente por las fabricadas en el País Vasco durante el Siglo XX. Muchas de ellas las podemos ver expuestas en museos militares, y, sin embargo, ahora resulta que no entran en la consideración de valor histórico ni se pueden inscribir en el libro de coleccionista como armas antiguas. Antes que destrozar estas piezas, preferiría que se nos diera opción a depositar el cañón en la intervención de armas de la guardia civil, o que se sellaran y se sometiran a revisión periódica, para cercionarse de que efectivamente no han sido disparadas. Todo menos destrozarlas de forma irreversible. Parece mentira qeu piezas cotizas a nivel mundial, como pueda ser una astra 400 de 8 pulgadas, o una campogiro 1913, o una joloar, no mercezcan la consideración de armas históricas en si mismas, y se exija el imposible de haber pertenencido a un personaje histórico relevante, con lo cual se cierran las puertas prácticamente a todos los coleccionistas. parece mentira que os coleccionistas hayamos de acudir al fraude de ley de guiar con licencia F armas par alas cuales ni siquiera sexiste munición disponible, como son el caso de la 9 largo. En fin, un reglamento herncp ccon los pies.




Pues parece ser que eso es lo que hay.

Sólo nos queda patalear y estirarnos de los pelos, aquí los que ponen las leyes son ellos. No se si se podrá hacer algo.

Por desgracia, España es tercermundista en este y en otros muchos aspectos.


Saludos.

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Waffen
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Re: ARTICULO 108 "ARMAS INUTILIZADAS" NUEVO REGLAMENTO DE ARMAS.

Mensajepor Waffen » 05 Dic 2010 13:39

Triarii escribió:Hola, si se vende un arma inutilizada con certificado militar (creo que el certificado militar existe) ¿Es necesario cambiar el nombre del nuevo titular? Es decir, si compro un arma con certificado militar ¿Tengo que ir a la intervención de armas de la Guardia Civil a que me hagan un certificado con mi nombre?




Lo únicos documentos legales aceptados son, el de la Guardia Civíl y el Bope.

Seguramente tengas que hacerle uno de estos dos documentos si quieres tenerla legalmente. Si se trata de un arma de guerra no estoy seguro si es válido el certificado del ejercito, yo creo que si.

Seguro que te pone algo al respecto en el texto del nuevo reglamento de armas.


Saludos.

miguelcz90
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Re: ARTICULO 108 "ARMAS INUTILIZADAS" NUEVO REGLAMENTO DE ARMAS.

Mensajepor miguelcz90 » 05 Dic 2010 13:54

Estos desgraciados, nos quieren joder más de lo que estamos :twisted:

Montelongo
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Re: ARTICULO 108 "ARMAS INUTILIZADAS" NUEVO REGLAMENTO DE ARMAS.

Mensajepor Montelongo » 05 Dic 2010 14:14

Hola:

¡Que cosas tiene uno que leer"

Los certificados militares son totalmente válidos.

Saludos.

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Re: ARTICULO 108 "ARMAS INUTILIZADAS" NUEVO REGLAMENTO DE ARMAS.

Mensajepor PASTER » 05 Dic 2010 14:19

Y en vez de tocar los cojones a los coleccionistas honrrados, por que no se dedican a endurecer las penas a todos esos hijos de puta por los que ahora tenemos que pagar todos nosotros (los coleccionistas honrrados), una opinion que he leido en el hilo y la cual comparto no estaria mal, la de la revision periodica de las inutilizadas para comprobar que siguen inutilizadas; es una manera tambien de tocar los cojones y pasarse una mañana entera en la I.A. pero por lo menos no destrozan piezas artisticas e irrepetibles. Por que inutilizar asta el cargador me parece a mi que se estan pasando de la ralla, mañana diran que para inutilizar en arma hay que cortarla con la radial longitudinalmente y luego pegarla con mocos de pavo.
A ver que podemos hacer entre todos para solucionar esta mierda que nos quieren meter, pero me parece que nada, por que hagamos lo que hagamos se limpiaran el culo con ello.
Las armas inutilizadas acaban de entrar tambien en el mercado negro, estaran orgullosos de ello.

Saludos

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Re: ARTICULO 108 "ARMAS INUTILIZADAS" NUEVO REGLAMENTO DE ARMAS.

Mensajepor Triarii » 05 Dic 2010 15:06

Pero me refiero a si los certificados militares hay que cambiarlos de nombre si se vende el arma o son como el BOPE, que no hace falta cambiarlo para poner el nombre del nuevo titular.

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Re: ARTICULO 108 "ARMAS INUTILIZADAS" NUEVO REGLAMENTO DE ARMAS.

Mensajepor albertobc » 05 Dic 2010 15:36

Triarii, los certificados militares son nominales a dia de hoy y lógicamente hay que cambiarlo al nuevo propietario, pero esto (sino ha cambiado nada) se puede hacer en el propio estamento militar sin pasar por la GC. y encima no cuesta nada.
Saludos.

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Re: ARTICULO 108 "ARMAS INUTILIZADAS" NUEVO REGLAMENTO DE ARMAS.

Mensajepor Montelongo » 05 Dic 2010 15:56

Hola albertobc:

Agua pasada no mueve molino y hablar del reglamento vigente es, practicamente agua pasada.

Pero, aunque ya no influya para nada, ¿Me quieres decir en que Ley, Reglamento, o lo que tu quieras dice que hay que cambiar el nombre del titular del certificado?

Otra cosa es la nueva reglamentación con la que nos castigan, en esa si está recogido el cambio de titular.

Saludos.

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Re: ARTICULO 108 "ARMAS INUTILIZADAS" NUEVO REGLAMENTO DE ARMAS.

Mensajepor sanpepu » 05 Dic 2010 17:48

Hola Montelongo,
tal como dice albertobc hay que cambiar de nombre el certificado militar puesto que es nominal. Los certificados militares antiguos no eran nominales y esos son los que no hay que cambiar.

Pero como bien dices todo esto ya es agua pasada.

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Re: ARTICULO 108 "ARMAS INUTILIZADAS" NUEVO REGLAMENTO DE ARMAS.

Mensajepor albertobc » 05 Dic 2010 18:00

Montelongo escribió:Hola albertobc:

Agua pasada no mueve molino y hablar del reglamento vigente es, practicamente agua pasada.

Pero, aunque ya no influya para nada, ¿Me quieres decir en que Ley, Reglamento, o lo que tu quieras dice que hay que cambiar el nombre del titular del certificado?

Otra cosa es la nueva reglamentación con la que nos castigan, en esa si está recogido el cambio de titular.

Saludos.

Montelongo entiendo lo que quieres decir y tienes razón en parte, pero cuando un estamento como el Ejercito o la GC dicta sus propias reglas internas se acaba la discusión, y ya sabes lo que ponen en el certificado de cada uno... ;(
Un saludo y ánimo. La guerra la tenemos perdida pero intentemos ganar esta batalla para salvar lo que tenemos inutilizado de la misma forma aunque se cambie de propietario.

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Re: ARTICULO 108 "ARMAS INUTILIZADAS" NUEVO REGLAMENTO DE ARMAS.

Mensajepor JOSEABLANCO » 05 Dic 2010 18:03

perdonad mi ignorancia pero si yo el jueves dia 9n llevo un armaa inutilizar que reglamento me aplicarian el nuevo o el viejo. gracias

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Re: ARTICULO 108 "ARMAS INUTILIZADAS" NUEVO REGLAMENTO DE ARMAS.

Mensajepor albertobc » 05 Dic 2010 18:12

JOSEABLANCO escribió:perdonad mi ignorancia pero si yo el jueves dia 9n llevo un armaa inutilizar que reglamento me aplicarian el nuevo o el viejo. gracias

Hasta que no entre en vigor el futuro Reglamento, el único que vale hasta ahora es el de 1993.

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Re: ARTICULO 108 "ARMAS INUTILIZADAS" NUEVO REGLAMENTO DE ARMAS.

Mensajepor JOSEABLANCO » 05 Dic 2010 19:25

gracias

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Re: ARTICULO 108 "ARMAS INUTILIZADAS" NUEVO REGLAMENTO DE ARMAS.

Mensajepor texulocu » 05 Dic 2010 21:46

Buenas, a riesgo de repetirme, lo he comentado en otra parte, ya no recuerdo donde ni cuando. A ver: está claro que en lo de las inutilizadas esto va a crear un mercado paralelo; el de las BOPEs. Está claro que esas van a pasar de mano en mano a precios prohibitivos, sin pasar por IA. ¿Y quien te obligará a ello, si son anónimos? Primera cagada de esta M..... de reglamento. Segunda cagada, pues que va a haber el doble de irregularidades y armas furtivas. es como lo de la ley seca. Cuanto más prohibieron, más se bebía y delinquía. Pues esto será igual, y sino el tiempo. Yo tengo claro que mis inutilizadas primero las destruyo yo personalmente antes que entregarlas, y las llevaré en pedacitos para que las recompongan allí los listillos de la IA. Perderé bastante dinero pero quedaré a gusto. Es como el tío que va a Hacienda con un montón de monedas de 1 centimo para pagar su IRPF.
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Re: ARTICULO 108 "ARMAS INUTILIZADAS" NUEVO REGLAMENTO DE ARMAS.

Mensajepor tuareg » 05 Dic 2010 22:41

texulocu escribió:Buenas, a riesgo de repetirme, lo he comentado en otra parte, ya no recuerdo donde ni cuando. A ver: está claro que en lo de las inutilizadas esto va a crear un mercado paralelo; el de las BOPEs. Está claro que esas van a pasar de mano en mano a precios prohibitivos, sin pasar por IA. ¿Y quien te obligará a ello, si son anónimos? Primera cagada de esta M..... de reglamento. Segunda cagada, pues que va a haber el doble de irregularidades y armas furtivas. es como lo de la ley seca. Cuanto más prohibieron, más se bebía y delinquía. Pues esto será igual, y sino el tiempo. Yo tengo claro que mis inutilizadas primero las destruyo yo personalmente antes que entregarlas, y las llevaré en pedacitos para que las recompongan allí los listillos de la IA. Perderé bastante dinero pero quedaré a gusto. Es como el tío que va a Hacienda con un montón de monedas de 1 centimo para pagar su IRPF.
Saludos



querido amigo, eso no lo hagas, haz como yo, niegate, yo no voy a destruir nada, simplemente me negaré e ire a los tribunales, varias personas con las que he hablado haran lo mismo, y tu si puedes hazlo tambien.

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Re: ARTICULO 108 "ARMAS INUTILIZADAS" NUEVO REGLAMENTO DE ARMAS.

Mensajepor inan68 » 06 Dic 2010 00:51

Soy consciente como coleccionista, que las inutilizaciones que se vienen realizando hasta ahora, en algunos casos no aseguran suficintemente el estado irreversible de uso de las mismas, sobre todo cuando hablamos de pistolas con cañones móviles o en los revólveres donde las recámaras quedan intactas, pero de ahí a que se apruebe este proyecto, hay un gran trecho y demuestra una falta de respeto hacia los coleccionistas, absoluta. La cuestión está muy clara, en cuatro palabras "agarrados por los cojones".
La intención del legislador/es es acabar con el mercado de compraventa de armas inutilizadas ante el temor de que estas puedan ser manipuladas y volver a ser útiles, algo que se venía estudiando desde hace tiempo y con lo cual alguno estará orgulloso de la forma que se ha inventado para inutilizar un arma. Pero desde aquí le digo a ese catedrático/s armero/s que desempeñaría/n una labor inmejorable como herrero/s en una fragua (con todo mis respetos a los herreros), que de profesionales de las armas, nada de nada y de historiadores ya ni les digo.
Si la forma en este pais, de acabar con la rabia es matando al perro, enhorabuena han acertado. De todas formas pienso que siempre de todo esto hay alguien que se va ha beneficiar y por supuesto no vamos a ser nosotros los coleccionistas de poca monta.Sólo espero que a alguien se le encienda una lucecita y se de cuenta de la barbaridad que van ha aprobar por lo menos en lo que respecta al art. 108 del vigente Reglamento de Armas.
Y para finalizar pedirles que sean respetuosos con los verdaderos coleccionistas y que legislen para castigar con severidad a los manipuladores de armas,que son los verdaderos delincuentes.
POR FAVOR NO NOS TRATEN A TODOS POR IGUAL...

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Re: ARTICULO 108 "ARMAS INUTILIZADAS" NUEVO REGLAMENTO DE ARMAS.

Mensajepor Caraquemada » 06 Dic 2010 10:52

Hola:



Por favor, ¿Hay algún texto redactado para que los coleccionistas podamos presentar masivamente alegaciones individuales contra este reglamento que obliga a DESTRUIR PATRIMONIO HISTÓRICO. (También para que lo presenten asociaciones de recreación histórica, etc...).

Gacias.


HAY QUE INNUNDARLES CON ALEGACIONES
:tanque^:

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Re: ARTICULO 108 "ARMAS INUTILIZADAS" NUEVO REGLAMENTO DE ARMAS.

Mensajepor -Alexandre- » 06 Dic 2010 12:31

Soy Frances. Esto paso hace tiempo (en los 90) en Francia, y últimamente pasa con los tiradores deportivos.
El objetivo NO es frenar la delincuencia, en Francia la policía decomisa las AK 47 en las "banlieues" por decenas, y ya valen 300 Euros. Y no hablo de gangster, pero de chavales de 16 años.
El objetivo es QUITAR las armas, o la posibilidad de armarse a los ciudadanos honestos, por evitar repuestas y una escalada de violencia. En 2005 tuvimos revueltas que casi degeneran en guerra civil, y eso por dos delincuentes muertos. la policía tiene instrucciones por dejar esta gente mas o menos tranquila, sino degenera y se vuelve incontrolable.
El objetivo es controlar esta nueva situación.
Ya vais camino de Francia, Holanda o Gran Bretaña.
Última edición por -Alexandre- el 06 Dic 2010 15:47, editado 1 vez en total.


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