
Anarma socio núm 844
pringadillo escribió:Ya claro, y que el furtivo!! este asesino de animales (insistiré mil y una veces en que no se puede asesinar mas que personas, lo de los animales no es asesinato!!!) le temiera un tiro por la espalda con su rifle de asesinar súper peligroso que hay que controlar que a la mínima se desmandan, quita quita, aquí sonrisa, comentario del tiempo y ya tengo los datos y la puñalada, digo, notificación, que la tramite otro que a mi me da la risa...
Vale, metió el remo por no llevar el rifle en condiciones, pero creo que lo menos que nos merecemos todos es que si nos van a follar al menos nos besen primero (que viene a ser que me afees la conducta y me adviertas de las consecuencias que puede tener).
Desconozco la gradación y rigurosidad que este incumplimiento pueda tener a ojos de unos u otros forestales o siquiera la validez de la denuncia como agentes de autoridad o simples particulares para poder refutar lo subjetivamente apreciado por una u otra parte al respecto de que el rifle se encontrara en situación de uso, la posibilidad del agente para husmear dentro de un vehículo y mucho menos para meter mano a la acción o cargador del arma ajena dentro de un vehículo con ventanillas subidas??que podría considerar que imposibilitan que el arma esté en "situación de uso" salvo para romper un cristal; lo triste es que como el literal de la ley dice que en el maletero, en funda y sin alimentar jodido estas sin posibilidad de pataleo (vivan las cadenas!!)...
pringadillo escribió:No lo pone en ningún sitio, es la "subjetividad" que he visto aplicar una y otra vez, que no este accesible para el conductor y lo mismo con las armas blancas... claro que tienes tu toda la razón del mundo y llevar una navaja en la guantera no debería suponer per se ningún problema, pero si es fácil encontrares un lío con eso calcula con un arma de fuego.
Una de mis discusiones es Artículo 149
1. Solamente se podrán llevar armas reglamentadas por las vías y lugares públicos urbanos, y desmontadas o dentro de sus cajas o fundas, durante el trayecto desde los lugares en que habitualmente están guardadas o depositadas hasta los lugares donde se realicen las actividades de utilización debidamente autorizadas.
es decir, que si llevo un arma corta por vía pública en su funda, sin desmontar!!! de casa al club de tiro... porque en la categoría de "funda" entran cosas com ofendas ocultas, fundas a la vista, fundas rápidas, con diferentes niveles de retención...
josmi escribió:Este Hilo se abrió con idea de conocer casos iguales o similares que pudieran haber ocurrido a otros usuarios del foro y sus soluciones. En ningún caso se abrió como oportunidad de critica, amonestación para aquellos a quienes gustan hacer leña del árbol caido y lucir un "buenismo" claramente hipócrita, autoproclamándose fanáticos del estricto cumplimiento de las normas y preconizando la aplicación de la Ley del Talión.
¿ Esos señores a los que me refiero, no han roto en su vida un plato?, ¿ no han rebasado jamás conduciendo limite de velocidad alguno?. Rebasar los límites de velocidad implica poner en riesgo la vida de las personas, su seguridad y sus bienes.
¿ Cuando alguno de esos espíritus puros, voluntaria o involuntariamente han rebasado limites de velocidad, se han presentado inmediatamente a las autoridades exigiendo que se les castigue?. Si la respuesta es sí, que opten al premio Nobel de la Paz, se les concederá. Si la respuesta es no, que dejen de inmiscuirse en asuntos en los que su opinión no se solicita.
No era mi intención salir al paso de aquellas contestaciones que no regalen a mis oidos ( en éste caso a mis ojos) lo que quiero oir/ver, pero dado el morboso sadismo de algunos pidiendo como he dicho antes la aplicación de la Ley del Talión, crticando a los que con buena intención aportan ideas o soluciones útiles, tal vez en algún caso equivocadas y antes de que el Hilo degenere por derroteos no queridos, prefiero que los responsables del foro den por terminado el Hilo y lo borren.
Para terminar éste msg. señalaré que los hechos relatados en el incio de la conversación y sobre los que se hacía la consulta son conscientemente inexactos y agravados en contra del consultante con la intención de conocer la posible existencia de algún/os caso/s como el descrito para tener una guía que se seguir en el real, menos grave.
En concreto diré para terminar y no extenderme más,
-Que en el caso real sí existe un testigo, que podríamos llamar "parcial", pues sólo conoció parcialmente el incidente
- Que el coche no circuló en ningún momento con el rifle cargado en el asiento del copiloto aunque allí lo viese el guarda forestal.
Un saludo a todos y hasta siempre con éste tema.
josmi escribió:Hola a todos:
Quisiera consultaros en siguiente asunto por si a alguno de vosotros le ha ocurrido:
Yo cazo cumpliendo siempre los requisitos legales.
Hace unos meses estuve de rececho en mi coto por el que atraviesa un camino público. Quise pasar de una parte a otra para seguir recechando pero, como a pie resultaba muy dificultoso, coloqué el rifle tal y como lo llevaba con munición en el hueco del asiento del copiloto en el todo terreno y sobre el asiento el tabardo, prismáticos etc... y me dispuse a cruzar al otro lado conduciendo.
Mientras efectuaba la maniobra, apareció casualmente un forestal que me hizo parar, vio el rifle y después de pedirme toda clases de "papeles" y tomar datos me dejó seguir, sin una palabra más.
Ahora, casi seis meses después, se me notifica un pliego de cargos por la comisión de una falta grave contra la caza consistente en llevar en el coche rifle "listo para su uso".
Aunque eso, imagino que como yo, os haréis la cuenta de que es materialmente imposible.
En el momento de los hechos nada se me comunicó sobre denuncia ni en consecuencia se me entregó boletín alguno. El señor forestal debió redactar a su gusto y tranquilamente la denuncia en un momento posterior.
La consulta que os hago como dije al principio es conocer si a alguno de vosotros le ha ocurrido éste hecho o similar y qué resolución tuvo.
Gracias anticipadamente a todos
Un saludo
gaviota escribió:josmi escribió:Hola a todos:
Quisiera consultaros en siguiente asunto por si a alguno de vosotros le ha ocurrido:
Yo cazo cumpliendo siempre los requisitos legales.
Hace unos meses estuve de rececho en mi coto por el que atraviesa un camino público. Quise pasar de una parte a otra para seguir recechando pero, como a pie resultaba muy dificultoso, coloqué el rifle tal y como lo llevaba con munición en el hueco del asiento del copiloto en el todo terreno y sobre el asiento el tabardo, prismáticos etc... y me dispuse a cruzar al otro lado conduciendo.
Mientras efectuaba la maniobra, apareció casualmente un forestal que me hizo parar, vio el rifle y después de pedirme toda clases de "papeles" y tomar datos me dejó seguir, sin una palabra más.
Ahora, casi seis meses después, se me notifica un pliego de cargos por la comisión de una falta grave contra la caza consistente en llevar en el coche rifle "listo para su uso".
Aunque eso, imagino que como yo, os haréis la cuenta de que es materialmente imposible.
En el momento de los hechos nada se me comunicó sobre denuncia ni en consecuencia se me entregó boletín alguno. El señor forestal debió redactar a su gusto y tranquilamente la denuncia en un momento posterior.
La consulta que os hago como dije al principio es conocer si a alguno de vosotros le ha ocurrido éste hecho o similar y qué resolución tuvo.
Gracias anticipadamente a todos
Un saludo
¿ Por curiosidad, cómo terminó el asunto ?
Imagino que en un caso como éste se podría alegar que no circulabas, que sólo movias el coche por algún motivo.......para permitir el paso de un tractor, lo que sea......por probar![]()
Pero claro, si el guarda llevaba rato vigilándote.....
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