Mensaje por alfomlg » 18 May 2023 12:33
Chequinfumfa escribió:Compré el HDR .50 a primeros de Noviembre y lo llevé a la Policia Local para que me lo documentaran con la Tarjeta de Armas. A primeros de Diciembre me llaman y me dicen que no me lo pueden documentar porque la Guardia Civil lo ha prohibido por ser un calibre muy grande, y la Tarjeta que ya estaba impresa, ha sido destruida. Me dicen que puedo tener el arma en mi domicilio pero no puedo sacarla de ahí ni mucho menos usarla.
Ya se ha comentado en este foro, que en materia de armas, la Guardia Civil hace lo que le viene en gana interpretando el Reglamento de Armas a su conveniencia y libre albedrio, así que no vale la pena seguir con el tema.
Respecto a los motivos por lo que lo han prohibido, sospecho que se debe a un accesorio (molde) que han puesto a la venta en Alemania para este arma, cuyo video me he encontrado casualmente por internet, y en el que se puede ver como se fabrica munición con silicona caliente y bolas de acero o plomos, con lo que se incrementa la potencia de la misma hasta un máximo de 18 julios.
Si es éste realmente el motivo de la prohibición, la verdad es que no tiene ningún sentido, cuando están autorizadas armas de aire u otro gas comprimido hasta 24 julios. Lo de prohibirla porque "el calibre es muy grande", tampoco me cuadra cuando está autorizado el calibre .68 bastante mayor que el .50
Los sufridores amantes de las armas y que disfrutamos agujereando cartulinas, cada vez lo tenemos mas crudo. Mi regalo de Reyes se ha convertido en un objeto mas en el cajón de los trastos. Y parece que fue ayer cuando compré un revólver y un rifle de avancarga sin DNI, ni papeleo, ni intervención de la G.C. y me lo enviaron por agencia de transporte. Si amigos, eso fue en España allá por los 75/80, pero la alegría duró poco: 10 años después obligaron a registrarlas todas y obtener el Permiso de Avancarga. Al parecer se cometieron numerosisimos crimenes y atracos con estas armas y se superó el índice de criminalidad de USA. Somos un pais de pistoleros, como me llamaron una vez en la Intervención de Armas. Y aguanta mecha, compañero.
A ver yo os voy a comentar lo que he podido averiguar, hay unañ documento del ICAE que la Asociación Armera lw hace una consulta de diferentes modelos de armas de trauma armas largas y corta en la respuesta de ña GC a esta Asociación deja claro que los modelos de armas largas automática o de doble cañón que parecen real son prohibidas por su alta potencia y las consideran lesivas pues superan la potencia de 16J referente a paintball.
La UMAREX HDR T4 si pasa el corte y se considera que no no es ilegal para uso de defensa en wl hogar y tiro de entrenamiento así y solo se permite uso de bolas de goma, de pintura o de pimienta y no pueden separar ños 16J así que se admiten las de 7.5 y la de 11J.
Se que muchos se tirar de los pelos y dicen que como el máximo permitido es de 24.2 J ¿por qué se limitan?
Pues no ws difícil entenderlo no todas las armas por su forma, manera de disparar y Cal tienen el mismo marco de límite a partir de 24.2J estos pueden limitarse siembre teniendo en cuenta las categorías que se encuentran cada arma, las de paintball máximo son 16J las armas de airsoft son 3.5 J , el límite de 24.2J no es una tarifa plana no es un nivel de potencia donde podemos meter desde una carabina gamo de 4.5 a un arma de Cal 68 automática que puede tener diferentes modelos de munición.
Es por eso por lo que se regulan.
Hay una cosa nueva y es que la de 11J aunque está dentro de la categoría de paintball y se admiten hasta 16J parecen que van a cambiar el encaje legal y van a dejarlo solo la de 7.5 aunque no hay nada definido 7 5 y 11J están permitida y el que quiera puede registrarla con una tarjeta de armas de 4ª categoría
Se que los métodos de valora de las armas de 4ª no tiene mucha lógica pero así es España todo es a base de bandazos
[quote="Chequinfumfa"]Compré el HDR .50 a primeros de Noviembre y lo llevé a la Policia Local para que me lo documentaran con la Tarjeta de Armas. A primeros de Diciembre me llaman y me dicen que no me lo pueden documentar porque la Guardia Civil lo ha prohibido por ser un calibre muy grande, y la Tarjeta que ya estaba impresa, ha sido destruida. Me dicen que puedo tener el arma en mi domicilio pero no puedo sacarla de ahí ni mucho menos usarla.
Ya se ha comentado en este foro, que en materia de armas, la Guardia Civil hace lo que le viene en gana interpretando el Reglamento de Armas a su conveniencia y libre albedrio, así que no vale la pena seguir con el tema.
Respecto a los motivos por lo que lo han prohibido, sospecho que se debe a un accesorio (molde) que han puesto a la venta en Alemania para este arma, cuyo video me he encontrado casualmente por internet, y en el que se puede ver como se fabrica munición con silicona caliente y bolas de acero o plomos, con lo que se incrementa la potencia de la misma hasta un máximo de 18 julios.
Si es éste realmente el motivo de la prohibición, la verdad es que no tiene ningún sentido, cuando están autorizadas armas de aire u otro gas comprimido hasta 24 julios. Lo de prohibirla porque "el calibre es muy grande", tampoco me cuadra cuando está autorizado el calibre .68 bastante mayor que el .50
Los sufridores amantes de las armas y que disfrutamos agujereando cartulinas, cada vez lo tenemos mas crudo. Mi regalo de Reyes se ha convertido en un objeto mas en el cajón de los trastos. Y parece que fue ayer cuando compré un revólver y un rifle de avancarga sin DNI, ni papeleo, ni intervención de la G.C. y me lo enviaron por agencia de transporte. Si amigos, eso fue en España allá por los 75/80, pero la alegría duró poco: 10 años después obligaron a registrarlas todas y obtener el Permiso de Avancarga. Al parecer se cometieron numerosisimos crimenes y atracos con estas armas y se superó el índice de criminalidad de USA. Somos un pais de pistoleros, como me llamaron una vez en la Intervención de Armas. Y aguanta mecha, compañero.[/quote]
A ver yo os voy a comentar lo que he podido averiguar, hay unañ documento del ICAE que la Asociación Armera lw hace una consulta de diferentes modelos de armas de trauma armas largas y corta en la respuesta de ña GC a esta Asociación deja claro que los modelos de armas largas automática o de doble cañón que parecen real son prohibidas por su alta potencia y las consideran lesivas pues superan la potencia de 16J referente a paintball.
La UMAREX HDR T4 si pasa el corte y se considera que no no es ilegal para uso de defensa en wl hogar y tiro de entrenamiento así y solo se permite uso de bolas de goma, de pintura o de pimienta y no pueden separar ños 16J así que se admiten las de 7.5 y la de 11J.
Se que muchos se tirar de los pelos y dicen que como el máximo permitido es de 24.2 J ¿por qué se limitan?
Pues no ws difícil entenderlo no todas las armas por su forma, manera de disparar y Cal tienen el mismo marco de límite a partir de 24.2J estos pueden limitarse siembre teniendo en cuenta las categorías que se encuentran cada arma, las de paintball máximo son 16J las armas de airsoft son 3.5 J , el límite de 24.2J no es una tarifa plana no es un nivel de potencia donde podemos meter desde una carabina gamo de 4.5 a un arma de Cal 68 automática que puede tener diferentes modelos de munición.
Es por eso por lo que se regulan.
Hay una cosa nueva y es que la de 11J aunque está dentro de la categoría de paintball y se admiten hasta 16J parecen que van a cambiar el encaje legal y van a dejarlo solo la de 7.5 aunque no hay nada definido 7 5 y 11J están permitida y el que quiera puede registrarla con una tarjeta de armas de 4ª categoría
Se que los métodos de valora de las armas de 4ª no tiene mucha lógica pero así es España todo es a base de bandazos