Mensaje por manchego2010 » 02 Nov 2013 15:20
Puede ser que si la galería es de la federación, te exijan estar federado para usar SUS INSTALACIONES. Es como si para entrar al casino, te exigen ser socio del casino. Eso entra dentro de lo que es lógico.
Lo que es absurdo es que te exijan la licencia F, que es para armas de fuego.
Artículo 129 del Reglamento de Armas: "Podrán solicitar licencia de armas F, especial para armas de concurso, los españoles y extranjeros residentes en España, que estén habilitados con arreglo a las normas deportivas para la práctica del tiro olímpico o de cualquiera otra modalidad deportiva debidamente legalizada que utilice armas de fuego."
Quizá el problema está en que la Orden INT/56/2011, de 13 de enero, por la que se determinan las armas que, amparadas con licencia de armas «F», son consideradas de concurso incluye las pistolas y carabinas de aire comprimido del calibre 4,5mm.
Puede ser que si la galería es de la federación, te exijan estar federado para usar [b]SUS [/b]INSTALACIONES. Es como si para entrar al casino, te exigen ser socio del casino. Eso entra dentro de lo que es lógico.
Lo que es absurdo es que te exijan la licencia F, que es para armas de fuego.
Artículo 129 del Reglamento de Armas: [i]"Podrán solicitar licencia de armas[b] F, especial para armas de concurso[/b], los españoles y extranjeros residentes en España, que estén habilitados con arreglo a las normas deportivas para la [b]práctica del tiro olímpico[/b] o de cualquiera otra modalidad deportiva debidamente legalizada [b]que utilice armas de fuego[/b]."[/i]
Quizá el problema está en que la Orden INT/56/2011, de 13 de enero, por la que se determinan las armas que, [b]amparadas con licencia de armas «F», son consideradas de concurso[/b] incluye las pistolas y carabinas de aire comprimido del calibre 4,5mm.