Como llevar el arma de dotación... "balas en el bolsillo..."

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RE: Como llevar el arma de dotación... "balas en

Mensaje por xatrac » 04 May 2009 19:37

Oñio! El jefe de servicio tampoco?? Donde trabajan estos, en la "13 rue del Percebe"?

RE: Como llevar el arma de dotación... "balas en

Mensaje por nasredim » 01 May 2009 23:34

Hace tiempo me toco un servicio y cuando me doy cuenta el compañero no llevaba arma, segun el le pesaba mucho y pasaba de traerla.

Cuando aparece el responsable del servicio, tampoco llevaba el arma.

Aun sigo sin creermelo.

RE: Como llevar el arma de dotación... "balas en

Mensaje por Blackcop » 01 May 2009 19:49

Creo que el agente que no entienda que el arma es una herramienta de trabajo mas, tiene un serio problema, es más debe portar el arma en las condiciones óptimas por si su uso fuera necesario, porque igual que parece absurdo llevar un bolígrafo (gran herramienta de aplicar justicia) en perfectas condiciones, es decir con tinta para escribir, igualmente tendras que tener tu pistola o revolver con "tinta por si tienes que escribir" , no vas a tener un boli sin cartucho de tinta, o un silbato que no funciona.
Si lo que el resto de los foreros te dicen, te suena raro, creo que hoy en dia hay puestos adaptados para aquellos compañeros que por edad u otras circunstancias no estan aptos para la calle, por ejemplo la emisora, la oficina .....etc
Saludos ;)

RE: Como llevar el arma de dotación... "balas en

Mensaje por murphy » 01 May 2009 19:16

Para eso te la dejas en casa ( y ya puestps te quedas tu tambien macho )

RE: Como llevar el arma de dotación... "balas en

Mensaje por Seawolfssn21 » 01 May 2009 18:47

Se de casos como el que comentan,del agente de turno que llevaba el arma en una bolsa de plastico,otro sin munición,otro con seguro y sin cartucho en recamara.Otro con menos cartuchos porque sinó pesa mucho,otro que no lleva el segundo cargador por no cargar con mas trastos,etc etc.En fin he visto y oido multitud de casos.
Y sinceramente para mi eso es una irresponsabilidad que deberia de ser sancionable con una falta muy grave como poco.
Nos guste o no nos guste la sociedad a entregado un arma al agente para que haga uso de la misma en las condiciones que marca la ley.Y ese agente en el momento que no lleva el arma para su uso correcto osea el arma alimentada está incumpliendo esa obligación.Que pasaria si el bombero dijera que no lleva agua en la cuba porque balancea demasiado,y asi vacio va mas rapido?O el medico que pasa de atender a un herido en la Uvi movil porque luego tiene que desinfectarla.....?
Esto es lo mismo y si le han sancionado a alguien por esta causa me parece perfecto.Y a la segunda desde mi punto de vista expulsión del cuerpo al que pertenezca por perdida de aptitudes,ya que un tio asi es un peligro para todos,incluido el mismo.
Tambien le diria que existen otros trabajos donde no entregan armas de fuego,si lo que quiere es no llevar un arma de fuego......
Un saludo

RE: Como llevar el arma de dotación... "balas en

Mensaje por mercurio » 30 Abr 2009 23:45

La verdad es que estoy que me parto :lol , yo no se como algunos en vez de policías, no se han hecho bomberos, carpinteros, administrativos, etc.
Hasta mi hermano que trabaja en la industria del mármol lleva siempre un metro a mano por si hay que medir "algo". :lol

RE: Como llevar el arma de dotación... "balas en

Mensaje por dagama » 30 Abr 2009 19:48

es un requisito a la hora de opositar en la PL de la Comunidad de Madrid
k) Declaración jurada de compromiso de portar armas y de utilizarlas en los casos previstos en la Ley.

la función de un arma es la de disparar,¿cómo disparar si no tenemos cartuchos?
respecto a llevar cartucho en recámara, se ha hablado largo y tendido, y mi propia experiencia, en mas de una ocasión, ha dado el sí a portar cartucho en recámara. Por multitud de motivos: rapidez, sencillez, comodidad, sin manipulación del arma , etc.

RE: Como llevar el arma de dotación... "balas en

Mensaje por nasredim » 30 Abr 2009 19:28

Que un alguien que porta un arma en funciones de seguridad ciudadana, me diga si puede llevar el arma descargada, pues en fin.

Como bien dice sergio, el arma es parte de la uniformidad y siempre que hay que portarla de servicio.

En el CNP, no hay instrucciones que digan si hay que llevar cartucho en recamara o no y disposicion del seguro manual.

Pero vamos el arma es parte de la uniformidad.

Saludos.

RE: Como llevar el arma de dotación... "balas en

Mensaje por Ernesto_P_Vera » 30 Abr 2009 13:04

Ghoomer ¿eres tú el PL de Algeciras al que han abierto un expediente disciplinario por llevar el arma sin un solo cartucho y que en su defensa o descargo ha alegado que la porta así por SEGURIDAD PERSONAL…? SI ERES TU…BIEN METIDO EL CUERNO, SI ES QUE TE LO METEN, PORQUE SE QUE EL SINDICATO TE APOYA, ahí es nada, chúpate esa…

RE: Como llevar el arma de dotación... "balas en

Mensaje por Blackcop » 30 Abr 2009 00:49

Ghoomer, sin animo de juzgar si la pregunta la haces en referencia a tu propia persona y permitiendome que te tutee, el cargo te obliga a intervenir ante los delitos y otras infraciones sean penales o administrativas que se produzcan o para las que seas requerido.
Llevando la pistola sin municionar, la municion por un lado, cargador por otro, o en el mejor de los casos expuestos, sin municion en la recamara, ¿te crees lo suficientemente experimentado e instruido en la practica de alimentar tu arma y hacer uso de la misma en una situación de estress?
¿Tan complicado puede ser llevar siempre el arma preparada para hacer fuego sin que ello te suponga un problema?
A modo de comentario, en Madrid la Policia Municipal ha llevado y aun hoy, parte de los compañeros llevan revolver (38), que como sabes en cuanto a seguros nada de nada, pues al cambiarles a la pistola, teniendola alimentada, es decir exactamente igual que el revolver (apretar el gatillo y ya esta) lo veian peligroso y alguno de ellos vacia la recamara para segun ellos ir mas seguro, todo esto con el agravante que llevan una funda anti hurto Safariland que es una maravilla.
¿no resulta mas facil instruirse un poco y perder el miedo a la pistola?
¿Que responsabilidades penales te pueden imputar si teniendo que hacer uso del arma no eres capaz de hacerlo y por ello has puesto en riesgo la vida de terceros, sufriendo estos daños o incluso tu vida?
Deberiamos pensar que el arma mas que fuente de problemas es una herramienta que solo y repito solo cuando todo lo demas no funciona y la vida propia y la de terceras personas esta en riesgo, puede aportar soluciones a dicho problema.
Y sino mejor apaga y vamonos.
Saludos;)

RE: Como llevar el arma de dotación... "balas en

Mensaje por aquaesextae » 29 Abr 2009 18:20

Para empezar NO SON BALAS, SINO CARTUCHOS.

En segundo lugar, ¿para qué existen los cargadores?.

Normalmente un policía lleva dos. Por algo será.

¿Pero cómo es posible que se hagan estas preguntas?.

Ghoomer, no se si eres miembro de las FCS, pero si lo eres, de verdad, no concibo esta pregunta.:S:S:S

RE: Como llevar el arma de dotación... "balas en

Mensaje por preceptor » 28 Abr 2009 23:26

esa cuestion es una perogrullada
si llevas la municion por los bolsillos ¿pa que la quieres? con lo incomodo que es llevar peso en los bolsillos
¿pa que llevar entre 600 g y un kilo (dependiendo de modelo) colgado del cinto? ¿pa que el cinto si no llevas el fierro colgao? ¿pa que el uniforme? y creo que lo principal ¿pa que te metes a policia?

RE: Como llevar el arma de dotación... "balas en

Mensaje por somaten » 23 Abr 2009 13:36

y si me apuras la debes llevar montada

RE: Como llevar el arma de dotación... "balas en

Mensaje por Ghoomer » 19 Abr 2009 07:31

Bién, creo que ahora queda bastante clarito que el arma ha de estar en buenas condiciones y bién municionada...

Gracias y hasta otra.............

RE: Como llevar el arma de dotación... "balas en

Mensaje por sergiouip » 18 Abr 2009 00:01

[citando a: rframa]
Si la Ley no distingue (o no define) no cabe distinción.
1er año de Derecho.


Esto tambien es de 1º de Derecho.

Fuentes del Derecho, la costumbre:

Usualmente las leyes son codificadas de manera que concuerden con las costumbres las sociedades no rigen, y en defecto de ley, la costumbre puede constituir una fuente del derecho.

Es la "repetición constante y uniforme de una norma de conducta, en el convencimiento de que ello obedece a una necesidad jurídica". También se le define como "el conjunto de normas derivadas de la repetición más o menos constante de actos uniformes".

La costumbre jurídica tiene dos requisitos:

El factor subjetivo u opinio iuris, que es la creencia o convencimiento de que dicha práctica generalizada es imperativa y como tal produce derechos y obligaciones jurídicas.
El factor objetivo o inveterata consuetudo, que es la práctica de la costumbre en sí y que debe ser reiterada y unívoca.
Para que la costumbre represente una voluntad colectiva y espontánea debe ser general, constante, uniforme y duradera


Lo he copiado de la Wiki, no es exacto, pero puede valer.

Un saludo a todos menos a uno........................jejeje

RE: Como llevar el arma de dotación... "balas en

Mensaje por sergiouip » 17 Abr 2009 23:55

[citando a: Ghoomer]
Bién, en mi cuerpo es un pelín diferente dado que para que te habran un expediente tiene que haber una base de derecho que ampare esa obertura del expediente sancionador, ya sea por una instrucción interna del cuerpo o norma externa a el.

El caso es que cada uno elije como debe llevar el arma, montada o no.
El siguente paso a no llevar el arma montada seria llevarla sin el cargador y este en la funda, todo esto retrasa el tiempo de respuesta a una agresión.
Pero se da por "normal o costumbre" que esta ha de estar municionada.
He realizado alguna que otra consulta entre los compañeros y la obertura de un expediente sancionador por esta causa no tendria nada que ver con la uniformidad, sino que seria por poner en grave peligro la integridad del compañero ante una posible agresión con arma de fuego..., dado que el tiempo de respuesta seria considerable si se tiene que municionar el arma y esto pondria en grave peligro no solo tu integridad física, sino también la de tu compañero/s o terceras personas.
No se si tienes algún otro punto de vista sobre este tema, yo en principio ahora lo veo bastante claro...

Un Saludo


Esa es otra posibilidad, no te lo niego. Eso tendria que decidirlo la persona encargada de la instruccion del expediente sancionador.
Una misma situación puede implicar distintas sanciones, según el correctivo que te quieran dar.

RE: Como llevar el arma de dotación... "balas en

Mensaje por rframa » 17 Abr 2009 12:51

Si la Ley no distingue (o no define) no cabe distinción.
1er año de Derecho.

RE: Como llevar el arma de dotación... "balas en

Mensaje por Ghoomer » 16 Abr 2009 23:01

Bién, en mi cuerpo es un pelín diferente dado que para que te habran un expediente tiene que haber una base de derecho que ampare esa obertura del expediente sancionador, ya sea por una instrucción interna del cuerpo o norma externa a el.

El caso es que cada uno elije como debe llevar el arma, montada o no.
El siguente paso a no llevar el arma montada seria llevarla sin el cargador y este en la funda, todo esto retrasa el tiempo de respuesta a una agresión.
Pero se da por "normal o costumbre" que esta ha de estar municionada.
He realizado alguna que otra consulta entre los compañeros y la obertura de un expediente sancionador por esta causa no tendria nada que ver con la uniformidad, sino que seria por poner en grave peligro la integridad del compañero ante una posible agresión con arma de fuego..., dado que el tiempo de respuesta seria considerable si se tiene que municionar el arma y esto pondria en grave peligro no solo tu integridad física, sino también la de tu compañero/s o terceras personas.
No se si tienes algún otro punto de vista sobre este tema, yo en principio ahora lo veo bastante claro...

Un Saludo

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