Mensaje por scouts » 27 Sep 2008 13:28
[citando a: nasredim]
Pongo las funciones de los detectives privados
* Los detectives privados, a solicitud de personas físicas o jurídicas, se encargarán:
a) De obtener y aportar información y pruebas sobre conductas o hechos privados.
b) De la investigación de delitos perseguibles sólo a instancia de parte por encargo de los legitimados en el proceso penal.
c) De la vigilancia en ferias, hoteles, exposiciones o ámbitos análogos.
* A estos efectos se considerarán conductas o hechos privados los que afecten al ámbito económico, laboral, mercantil, financiero y, en general, a la vida personal, familiar o social, exceptuada la que se desarrolle en los domicilios o lugares reservados.
* En el ámbito del apartado c) se considerarán comprendidas las grandes superficies comerciales y los locales públicos de gran concurrencia.
Como ves los detectives privados, solo pueden investigar actos que pueden ser denunciados de caracter privado.
No teniendo en ningun momento funciones de seguridad ciudadana y teniendo que poner inmediatamente a disposicion de las FFCCs (al menos en teoria).
Por ese motivo no se les da las licencias de tipo A.
Saludos.
Como bien responde nasredim las funciones de los detectives en España solo son de investigar hechos que son denunciables solo de forma privada, osea no investigan (en teoría) robos, homicidios, etc.. ya que estos son delitos públicos y perseguibles de oficio.
Estas personas no realizan un servicio de seguridad propiamente dicho, y aunque lo realizaran al ser privados no tendrían derecho a licencia tipo A, sino que para amparar un arma corta para su trabajo estarían amparadas bien con el tipo B, lo cual le habilita a llevar siempre el arma corta este o no trabajando, o con el tipo C que solo le habilitaría cuando estaría trabajando teniendo que dejarla en el armero de la empresa para la que trabajara, aunque esta opción es solo si se les considerara como seguridad privada cosa que no son.
Con respecto a lo de los caza recompensas de los EEUU, si son reales y creo que trabajan en base aun contrato que firman las personas que prestan las fianzas y los presos que las solicitan, en la que estas ultimas se comprometen a presentarse a los juicios, y que faculta al que presta la fianza incluso a entrar en los domicilios donde se encuentre el fugado si ni orden judicial. Estos caza recompensas los suelen contratar los que prestan las fianzas a cambio de un tanto por cierto de la fianza prestada (bueno creo que es más o menos a rasgos generales como funcionan los caza recompensas).
Un Saludo y Fuerza y Honor.
[quote][citando a: nasredim]
Pongo las funciones de los detectives privados
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* Los detectives privados, a solicitud de personas físicas o jurídicas, se encargarán:
a) De obtener y aportar información y pruebas sobre conductas o hechos privados.
b) De la investigación de delitos perseguibles sólo a instancia de parte por encargo de los legitimados en el proceso penal.
c) De la vigilancia en ferias, hoteles, exposiciones o ámbitos análogos.
* A estos efectos se considerarán conductas o hechos privados los que afecten al ámbito económico, laboral, mercantil, financiero y, en general, a la vida personal, familiar o social, exceptuada la que se desarrolle en los domicilios o lugares reservados.
* En el ámbito del apartado c) se considerarán comprendidas las grandes superficies comerciales y los locales públicos de gran concurrencia.
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Como ves los detectives privados, solo pueden investigar actos que pueden ser denunciados de caracter privado.
No teniendo en ningun momento funciones de seguridad ciudadana y teniendo que poner inmediatamente a disposicion de las FFCCs (al menos en teoria).
Por ese motivo no se les da las licencias de tipo A.
Saludos.[/quote]
Como bien responde nasredim las funciones de los detectives en España solo son de investigar hechos que son denunciables solo de forma privada, osea no investigan (en teoría) robos, homicidios, etc.. ya que estos son delitos públicos y perseguibles de oficio.
Estas personas no realizan un servicio de seguridad propiamente dicho, y aunque lo realizaran al ser privados no tendrían derecho a licencia tipo A, sino que para amparar un arma corta para su trabajo estarían amparadas bien con el tipo B, lo cual le habilita a llevar siempre el arma corta este o no trabajando, o con el tipo C que solo le habilitaría cuando estaría trabajando teniendo que dejarla en el armero de la empresa para la que trabajara, aunque esta opción es solo si se les considerara como seguridad privada cosa que no son.
Con respecto a lo de los caza recompensas de los EEUU, si son reales y creo que trabajan en base aun contrato que firman las personas que prestan las fianzas y los presos que las solicitan, en la que estas ultimas se comprometen a presentarse a los juicios, y que faculta al que presta la fianza incluso a entrar en los domicilios donde se encuentre el fugado si ni orden judicial. Estos caza recompensas los suelen contratar los que prestan las fianzas a cambio de un tanto por cierto de la fianza prestada (bueno creo que es más o menos a rasgos generales como funcionan los caza recompensas).
Un Saludo y Fuerza y Honor.