Mensaje por hornetman » 21 Oct 2012 16:56
Buenas tardes, voy a realizar una pregunta especialmente dirigida a componentes de la Guardia Civil, y más concretamente del SEPRONA o Interventores de Armas, aunque agradeceré las aportaciones del resto de compañeros del foro, ya que seguro que dentro de otras especialidades de la Guardia Civil y del resto de cuerpos policiales hay personas muy conocedoras en la materia, pero al haber ocurrido los hechos en Castilla - La Mancha, y más concretamente en Ciudad Real, mucho me temo que el resto de legislaciones autonómicas no coincidirán en la forma de proceder con la de nuestra comunidad autónoma. Bueno voy a contar los hechos que me gustaría me aclaraseis. Ayer en una montería en la que me encontraba, una patrulla de Guardias Civiles de seguridad ciudadana, cogió a un cazador en la retranca, con un rifle con silenciador acoplado en el cañón. Ni que decir tiene que lo denunciaron, y bien denunciado está, pero también le incautaron el rifle con el silenciador. Mi duda radica en que según la Ley de caza de Castilla - La Mancha, se entiende como medio prohibido para la caza un rifle con silenciador acoplado, pero también dice que solo se decomisarán los medios ilegales y tengo entendido que hace varios años desde la Delegación de Medio Ambiente dieron instrucciones de que las armas no se consideran medios ilegales por lo que no se decomisasen. Pregunto entonces: ¿el conjunto rifle/silenciador se puede considerar medio ilegal para la caza?, ¿Se puede incautar el rifle por esto?, o solo debían haberle incautado el silenciador.
Espero vuestras respuestas, gracias y un saludo.
Buenas tardes, voy a realizar una pregunta especialmente dirigida a componentes de la Guardia Civil, y más concretamente del SEPRONA o Interventores de Armas, aunque agradeceré las aportaciones del resto de compañeros del foro, ya que seguro que dentro de otras especialidades de la Guardia Civil y del resto de cuerpos policiales hay personas muy conocedoras en la materia, pero al haber ocurrido los hechos en Castilla - La Mancha, y más concretamente en Ciudad Real, mucho me temo que el resto de legislaciones autonómicas no coincidirán en la forma de proceder con la de nuestra comunidad autónoma. Bueno voy a contar los hechos que me gustaría me aclaraseis. Ayer en una montería en la que me encontraba, una patrulla de Guardias Civiles de seguridad ciudadana, cogió a un cazador en la retranca, con un rifle con silenciador acoplado en el cañón. Ni que decir tiene que lo denunciaron, y bien denunciado está, pero también le incautaron el rifle con el silenciador. Mi duda radica en que según la Ley de caza de Castilla - La Mancha, se entiende como medio prohibido para la caza un rifle con silenciador acoplado, pero también dice que solo se decomisarán los medios ilegales y tengo entendido que hace varios años desde la Delegación de Medio Ambiente dieron instrucciones de que las armas no se consideran medios ilegales por lo que no se decomisasen. Pregunto entonces: ¿el conjunto rifle/silenciador se puede considerar medio ilegal para la caza?, ¿Se puede incautar el rifle por esto?, o solo debían haberle incautado el silenciador.
Espero vuestras respuestas, gracias y un saludo.