Armas licencia F

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Re: Armas licencia F

Mensaje por marroyol » 28 Nov 2011 21:08

Buenas, puedes usar el buscador de google pones IT 16/10 y te sale la instrucción técnica.

Esto afecta al Ejército de Tierra, no al resto de los poseedores de la A.

No puedes tener al mismo tiempo armas guiadas como A/TDE y con la F civil, tienes que decidir cual te quedas para las armas de concurso.

Las competiciones son a nivel provincial y autonómico en la delegación de tiro de tu provincia o en tu club, pero tienes que pedir un certificado a la federación de que has realizado esas tiradas en el año y enviarlo a primeros de año cuando renueves la licencia federativa (no me refiero a la licencia de tiro F) a la intervención de Armas del MAPER del E.T. (ya te dije que solo afecta al E.T.), al igual que hacen los que tienen la licencia de armas F cada tres años en la intervención de armas de la Guardia Civil para renovar la licencia de armas.

Tu cuerpo no te examina pero si quiere saber si compites en tiradas oficiales de tu club o de la federación.

Espero haber aclarado tus dudas.

Re: Armas licencia F

Mensaje por jesusmariagil » 27 Nov 2011 21:27

Buenas noches esta que has escrito esta escrito en algun BOD porque con el arma que tengo amparada con la licencia A con las siglas T.D.E para guiarla tuve que llevar de la federacion un certificado y mi tarjeta federativa . A parte tengo la lincencia tipo F que me la he sacado , hago mis tiradas en Club y fuera de él.Lo único que me ha dicho en mi intervención es que debo para mantener el arma es estar Federado anualmente .Pero esos de que mi cuerpo me examine para ver si puedo mantener el arma de concurso jamás ha ocurrido . Las tiradas las hago en mi club con concurso provinciales , pero mi cuerpo NO me exige nada lo que pones en esa ley que no se donde esta en algunas de la federacion . Un saludo.

Re: Armas licencia F

Mensaje por marroyol » 25 Nov 2011 22:04

jesusmariagil escribió:Buenas noches he leido que en el Ejercito de Tierra si no superas una tirada minima te retiran tu arma de defensa particular , creo que estas equivocado . Primero para hacer eso tendrias que tener una perdida psicofisica para hacer eso y lo debe ordenar un tribunal médico militar. Si eres oficial o Suboficial puedes tener hasta tres armas de como defensa , si te gusta como a mi el tiro de precision sacandote la tarjeta federativa y demostrando que has adquirido un arma para tiro Olimpico con una Instancia de la federacion afirmando que el arma que has comprado es de tiro Olimpico la puedes guiar como A pero en la guia lleva las siglas T.D.E..
Los militares con armas que son para nuestra defensa no tenemos porque tener armario para su custodia porque son para tú defensa, pero mio consejo es que debes de tenerlo , porque la ley si te obliga a tener tu casa con medidas de seguridad.Es para el Señor Mayorrol.

jesusmariagil escribió:Señor Mayorrol perdon las armas que que has escrito so de concurso perdon pero si tu arma particular NO puede hacerlo pero si tu cuerpo te la cede para concurso siendo propie del Ejercito será asi pero tuya No. Gracias y perdonpor lo escrito antes.


Léete la IT 16/10 del MAPER, si no cumples los requisitos de una tirada anual con todas las armas que poseas tienes que depositar las armas que tengas guiadas como de concurso.

Te trascribo el texto:

17.3.- GUIADO DE ARMAS DE CONCURSO

El personal militar que se encuentre en posesión de licencia de armas “A”, y que sea afiliado a federaciones deportivas, que utilicen armas de fuego para la práctica de la correspondiente actividad, podrá solicitar guía de pertenencia para documentar las armas de concurso.

La clase del tirador, habilitará el número de armas que se pueden poseer:

- 1ª clase - 10 armas
- 2ª clase - 6 armas
- 3ª clase - 1 arma

Los tiradores deberán superar las pruebas previstas por la Real Federación de Tiro Olímpico y practicar el tiro deportivo, participando en actividades oficiales de ésta de ámbito inferior al autonómico (3ª clase), en competiciones de ámbito autonómico (2ª
clase) y en competiciones de ámbito estatal (1ª clase). Para alcanzar una determinada clasificación deberá obtener las puntuaciones necesarias.

Para la expedición de estas guías, el interesado deberá presentar, además de la reseña del arma o armas de que se trate, un certificado, expedido por la Federación Autonómica correspondiente, que acredite que el arma o armas son de concurso, según las dimensiones y características aprobadas.


Anualmente, a principio de año, será responsabilidad de cada tirador remitir a la Intervención de Armas, el certificado expedido por la Federación correspondiente en el que se acredite la categoría en vigor que posee como tirador para el año iniciado. Esta
certificación será acompañada de la declaración que realiza la citada Federación de las pruebas o actividades en las que participó como tirador el año anterior, debiendo éstas estar en consonancia con las armas de concurso que se poseen guiadas.

Las armas que no hayan participado en actividades serán depositadas.

Por la Intervención de Armas se estudiará las particularidades de cada caso, una vez presentado el certificado correspondiente.



Hay gente que tiene asignada un arma de concurso, generalmente una walther GSP con los carros del 22 y del 32, para que te la asignen tienen que quedar de los tres primeros en la competición nacional de arma corta, y esa no es tuya es de la SUIGE territorial a la que pertenezca la unidad donde estés destinado, si no compites la pierdes.

Re: Armas licencia F

Mensaje por jesusmariagil » 25 Nov 2011 21:12

Señor Mayorrol perdon las armas que que has escrito so de concurso perdon pero si tu arma particular NO puede hacerlo pero si tu cuerpo te la cede para concurso siendo propie del Ejercito será asi pero tuya No. Gracias y perdonpor lo escrito antes.

Re: Armas licencia F

Mensaje por jesusmariagil » 25 Nov 2011 21:05

Buenas noches he leido que en el Ejercito de Tierra si no superas una tirada minima te retiran tu arma de defensa particular , creo que estas equivocado . Primero para hacer eso tendrias que tener una perdida psicofisica para hacer eso y lo debe ordenar un tribunal médico militar. Si eres oficial o Suboficial puedes tener hasta tres armas de como defensa , si te gusta como a mi el tiro de precision sacandote la tarjeta federativa y demostrando que has adquirido un arma para tiro Olimpico con una Instancia de la federacion afirmando que el arma que has comprado es de tiro Olimpico la puedes guiar como A pero en la guia lleva las siglas T.D.E..
Los militares con armas que son para nuestra defensa no tenemos porque tener armario para su custodia porque son para tú defensa, pero mio consejo es que debes de tenerlo , porque la ley si te obliga a tener tu casa con medidas de seguridad.Es para el Señor Mayorrol.

Re: Armas licencia F

Mensaje por marroyol » 22 Nov 2011 17:39

shootergc escribió:Releído y enterado, gracias por la aclaración :birra^:

Ok shootergc :wink:

Re: Armas licencia F

Mensaje por shootergc » 21 Nov 2011 16:24

Releído y enterado, gracias por la aclaración :birra^:

Re: Armas licencia F

Mensaje por marroyol » 20 Nov 2011 10:19

marroyol escribió:Primero darte de alta en la federación, cuando tengas la tarjeta federativa y quieras guiar un arma como de concurso, solicitas en la federación o en el club un certificado de arma de concurso para el arma que quieras guiar, cuando te lo den vas a tu oficina de armamento en el ET es la 4ª Sección y solicitas la guía para el arma, en la instancia haces constar que es para arma de concurso y que adjuntas fotocopia compulsada de la tarjeta federativa y el certificado de arma de concurso.

Obligaciones, no te exigen, pero si te aconsejan, que la guardes en una caja fuerte grado III, el arma debe ir siempre en su maleta sin munición y nunca adosada al cuerpo.

En el ET se nos exige hacer por lo menos una tirada al año con el arma que tengas guiada como de concurso y superando la puntuación mínima para la categoría que tengas, si no te retiran las guías y debes depositar las armas.

_____________________________________________________

Serteco, no exigen la caja G-III y no convalidan nada ya que tu no obtienes ninguna licencia, solo guías el arma como de concurso, ya tienes licencia, la A.

_____________________________________________-



Tienes un arma guiada con A para defensa (A/B), como da las medidas para arma de concurso tienes que estar federado y solicitar que el arma que ahora mismo tienes como de defensa la guíes como de concurso adjuntando a la instancia el certificado de arma de concurso y fotocopia compulsada de la licencia federativa, así como la guía que quieres dar de baja.

Durante ese proceso que puede durar un mes tendrás el arma sin guía por lo que no la podrás sacar de casa (no se si perteneciendo a la GC te hacen depositarla en la intervención).

Cuando te llegue la nueva guía como arma de concurso tendrás el cupo de defensa limpio y podrás guiar otro arma como de defensa.

En mi caso tenía una STAR 30M como de defensa y solicité el cambio de guía a arma de concurso, mas o menos un mes después me llegó la nueva guía y me quedó un hueco en la A para poder guiar una walther PPK/E de defensa.

____________________________________________________

No mezclemos churras con merinas, una cosa es la licencia, y otra el tipo de guía del arma.

Con licencia A se pueden guiar todo tipo de armas menos de guerra y prohibidas.

La diferencia está en que para guiar un arma como "de concurso" tienes que estar federado y el arma estar certificada como de concurso, aunque ya venga de F y el tipo de guía es A/F y en la cartulina le ponen un sello azul que dice "ARMA DE CONCURSO" tengo así guiadas 5 armas

En las de avancarga el sello es rojo y pone "AVANCARGA" :wink: pero la licencia sigue siendo A

____________________________________________________


No es ninguna contradicción, la exigencia de caja fuerte grado III se contempla en el apartado relativo a la licencia F y no afecta a las otras licencias.

Por el contrario el armero grado I se exige para las armas largas rayadas, estén guiadas con la licencia que estén guiadas.

Para el resto de las armas se dice que se deben custodiar con la seguridad necesaria, sin especificar cual es esa seguridad, así vemos escopetas en lo alto del armario y armas de avancargas colgadas de la pared.

En mi caso particular, tengo las armas, hasta las de aire comprimido guardadas en caja fuerte, las cortas en grado III :wink:

_________________________________________________



Otra cosa es que por no dar explicaciones al jefe de cuantas armas tienes o para agilizar trámites a la hora de comprar o vender un arma obtengas como cualquier hijo de vecino la licencia F, en ese caso debes comunicarlo a tu intervención central de armas que has obtenido la licencia F y debes guiar todas las armas de concurso con la F.

Como tal F estas en las mismas condiciones que el resto de tiradores con licencia F, renovar licencia (reconocimiento médico, penales y solicitud) cada tres años, tirada anual y mínimo de puntos cada tres años por lo menos. Y como no, exigencia de caja grado III.


___________________________________________________


Tienes un arma guiada con A para defensa (A/B), como da las medidas para arma de concurso tienes que estar federado y solicitar que el arma que ahora mismo tienes como de defensa la guíes como de concurso adjuntando a la instancia el certificado de arma de concurso y fotocopia compulsada de la licencia federativa, así como la guía que quieres dar de baja.

Durante ese proceso que puede durar un mes tendrás el arma sin guía por lo que no la podrás sacar de casa (no se si perteneciendo a la GC te hacen depositarla en la intervención).

Cuando te llegue la nueva guía como arma de concurso tendrás el cupo de defensa limpio y podrás guiar otro arma como de defensa.

En mi caso tenía una STAR 30M como de defensa y solicité el cambio de guía a arma de concurso, mas o menos un mes después me llegó la nueva guía y me quedó un hueco en la A para poder guiar una walther PPK/E de defensa.





Lee lo que he contestado, creo que está relativamente claro.

Una cosa que tienes que tener clara es que si eres guarda civil tu tienes la A (con efectos de B y eso no es tener la B), la B es para peronal civil con necesidad de tener un arma corta para defensa

Re: Armas licencia F

Mensaje por marroyol » 20 Nov 2011 10:05

shootergc escribió:Vaya tela con las licencias de marras...
Asi nos va con la legislacion actual!!!!
En primer lugar, gracias a todos por las respuestas.
Entiendo entonces que alguien en posesion de licencia A, y que tenga un arma corta guiada con la licencia B, para poder comprar algun arma mas (me refiero a arma corta) automaticamente tendria que federarse y guiar el arma como de concurso.
La pregunta es: para un arma guiada como B, no se nos exige nada (se dice que ha de estar guardada convenientemente etc...) y sin embargo si queremos tener una de concurso, tenemos que cumplir los requisitos de la licencia F????
En cuanto a lo del armero grado 3 lo puedo llegar a entender, pero en cuanto a renovación de licencia, certificado de penados y demas... No tiene mucho sentido, ya que si la licencia F se nos concede automaticamente al tener la A, se supone que mientras poseamos la licencia A cumpliremos con los requisitos de las demas!
El lunes iré por la intervencion de armas de la comandancia y comentaré el caso, haber si pueden arrojarme algo de luz sobre el tema.
Gracias a todos, y ya os comentaré!

Léete bien todo lo que te he contestado, tu tienes la A, no hay que renovarla, no tienes que obtener la F, si no quieres, no mezclemos tipos de licencias con tipos de guía.

Repito léete lo que ya te he contestado. :wink:

Re: Armas licencia F

Mensaje por shootergc » 20 Nov 2011 00:31

Vaya tela con las licencias de marras...
Asi nos va con la legislacion actual!!!!
En primer lugar, gracias a todos por las respuestas.
Entiendo entonces que alguien en posesion de licencia A, y que tenga un arma corta guiada con la licencia B, para poder comprar algun arma mas (me refiero a arma corta) automaticamente tendria que federarse y guiar el arma como de concurso.
La pregunta es: para un arma guiada como B, no se nos exige nada (se dice que ha de estar guardada convenientemente etc...) y sin embargo si queremos tener una de concurso, tenemos que cumplir los requisitos de la licencia F????
En cuanto a lo del armero grado 3 lo puedo llegar a entender, pero en cuanto a renovación de licencia, certificado de penados y demas... No tiene mucho sentido, ya que si la licencia F se nos concede automaticamente al tener la A, se supone que mientras poseamos la licencia A cumpliremos con los requisitos de las demas!
El lunes iré por la intervencion de armas de la comandancia y comentaré el caso, haber si pueden arrojarme algo de luz sobre el tema.
Gracias a todos, y ya os comentaré!

Re: Armas licencia F

Mensaje por marroyol » 19 Nov 2011 23:16

mmsouto escribió:La licencia A, tiene eficacia de F, con lo que yo por ejemplo tengo guiada ahora un arma corta (Astra TS-22) y en el aplicativo de IA aparece como A(B) porque en su dia no les di la licencia federativa.
Entonces, ¿si yo les hago entrega de la licencia y teniendo en cuenta que la F ya la tendria concedida por eficacia de la A, podria guiar esa como A(F) y una segunda arma como A(B)?

Tienes un arma guiada con A para defensa (A/B), como da las medidas para arma de concurso tienes que estar federado y solicitar que el arma que ahora mismo tienes como de defensa la guíes como de concurso adjuntando a la instancia el certificado de arma de concurso y fotocopia compulsada de la licencia federativa, así como la guía que quieres dar de baja.

Durante ese proceso que puede durar un mes tendrás el arma sin guía por lo que no la podrás sacar de casa (no se si perteneciendo a la GC te hacen depositarla en la intervención).

Cuando te llegue la nueva guía como arma de concurso tendrás el cupo de defensa limpio y podrás guiar otro arma como de defensa.

En mi caso tenía una STAR 30M como de defensa y solicité el cambio de guía a arma de concurso, mas o menos un mes después me llegó la nueva guía y me quedó un hueco en la A para poder guiar una walther PPK/E de defensa.

Re: Armas licencia F

Mensaje por mmsouto » 19 Nov 2011 22:15

La licencia A, tiene eficacia de F, con lo que yo por ejemplo tengo guiada ahora un arma corta (Astra TS-22) y en el aplicativo de IA aparece como A(B) porque en su dia no les di la licencia federativa.
Entonces, ¿si yo les hago entrega de la licencia y teniendo en cuenta que la F ya la tendria concedida por eficacia de la A, podria guiar esa como A(F) y una segunda arma como A(B)?

Re: Armas licencia F

Mensaje por marroyol » 19 Nov 2011 21:47

mmsouto escribió:Con lo cual se podria guiar un arma dentro de la F y otro dentro de la B, y de esa forma tener dos armas cortas sin tener consideracion de suboficial en el caso de G.C.?

En la guardia civil tienen la A


En el caso de tener la B el arma guiada como B sería solo para defensa y puede obtener también la F en las condiciones de la licencia F. Son compatibles.


Si te refieres a si un guardia civil puede obtener la F ya te contesté en el post anterior, puede obtener la F pero no puede tener armas de concurso con la A.

Re: Armas licencia F

Mensaje por marroyol » 19 Nov 2011 21:45

Otra cosa es que por no dar explicaciones al jefe de cuantas armas tienes o para agilizar trámites a la hora de comprar o vender un arma obtengas como cualquier hijo de vecino la licencia F, en ese caso debes comunicarlo a tu intervención central de armas que has obtenido la licencia F y debes guiar todas las armas de concurso con la F.

Como tal F estas en las mismas condiciones que el resto de tiradores con licencia F, renovar licencia (reconocimiento médico, penales y solicitud) cada tres años, tirada anual y mínimo de puntos cada tres años por lo menos. Y como no exigencia de caja grado III.

Re: Armas licencia F

Mensaje por mmsouto » 19 Nov 2011 21:40

Con lo cual se podria guiar un arma dentro de la F y otro dentro de la B, y de esa forma tener dos armas cortas sin tener consideracion de suboficial en el caso de G.C.?

Re: Armas licencia F

Mensaje por marroyol » 19 Nov 2011 21:37

serteco escribió:
marroyol escribió:Obligaciones, no te exigen, pero si te aconsejan, que la guardes en una caja fuerte grado III,


yo he contestado bajo el sentido común que es normal que lo que se le exige a unos se le exigiera a otros me debería de haber imaginado alguna contradicción de este tipo debería de haber pues esta claro que el reglamento de armas lo redacto un mono borracho.
un saludo

No es ninguna contradicción, la exigencia de caja fuerte grado III se contempla en el apartado relativo a la licencia F y no afecta a las otras licencias.

Por el contrario el armero grado I se exige para las armas largas rayadas, estén guiadas con la licencia que estén guiadas.

Para el resto de las armas se dice que se deben custodiar con la seguridad necesaria, sin especificar cual es esa seguridad, así vemos escopetas en lo alto del armario y armas de avancargas colgadas de la pared.

En mi caso particular, tengo las armas, hasta las de aire comprimido guardadas en caja fuerte, las cortas en grado III :wink:

Re: Armas licencia F

Mensaje por serteco » 19 Nov 2011 21:12

marroyol escribió:Obligaciones, no te exigen, pero si te aconsejan, que la guardes en una caja fuerte grado III,


yo he contestado bajo el sentido común que es normal que lo que se le exige a unos se le exigiera a otros me debería de haber imaginado alguna contradicción de este tipo debería de haber pues esta claro que el reglamento de armas lo redacto un mono borracho.
un saludo

Re: Armas licencia F

Mensaje por marroyol » 19 Nov 2011 20:14

nasredim escribió:Marro la verdad es que en este tema eres una enciclopedia andante, ya es la segunda vez que te leo sobre temas parecidos y no hay quien sepa mas que tu en el foro :apla: :apla: :apla: :apla: :apla:

Lo he sufrido en mis carnes :wink:

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