Consulta sobre legalidad rosca en armas largas

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Re: Consulta sobre legalidad rosca en armas largas

Mensaje por Xpiro » 08 Nov 2024 01:05

A lo que han preguntado sobre si se pueden cargar cartuchos del .308 o del .30-06 con menos pólvora para que sirviera el silenciador informo que no.
Lo que hace que suene tanto es que el proyectil rompa la barrera del sonido, lo que viene siendo 341m/s y esos calibres siempre van a superar esa velocidad.
Si hay un calibre .30 diseñado para uso con silenciador y es el 30 black out o 30 ACC si no me equivoco. Este es un cartucho con un proyectil muy pesado y poca pólvora, ideal para aguardos y silenciador donde esté permitido.

Re: Consulta sobre legalidad rosca en armas largas

Mensaje por polvoranegraspain » 13 Jun 2024 16:41

Ermitanio escribió:Ahora que te he entendido mejor puedo estar más de acuerdo con tu parecer. :wink:

En zona de caza y arma escondida... puede ser más delicado aun teniendo los papeles encima, y ya si es de noche.... pero lo que no puedo compartir con nadie es lo de "demonizar" una rosca en el cañón aun sabiendo que su propietario la haya hecho para acoplar un silenciador. El delito es tener y/o acoplar dicho silenciador al arma, no la posibilidad de poder acoplarlo, pues posibilidades hay muchas y no precisan de roscas, aunque sea ésta la más conocida y difundida.

Saludos... y leña a los furtivos.




Hola Ermitanio, como ha mencionado que ha varias formas de acoplar un supresor a un arma larga me gustaria saber cuales son ya que para un estudio de ingenieria mecanica estamos comprobando cual es la mejor forma de adaptar supresores sin necesidad de roscar a carbinas de balines de pcp del 4.5 mm.
Muchas gracias

Re: Consulta sobre legalidad rosca en armas largas

Mensaje por huronescazan » 08 Abr 2011 17:34

No Ermitaño, en ningún momento me he sentido aludido ni soy tan susceptible.
Bien una vez aclarado el tema, volvemos a "Don Erre que Erre". Todos sabemos que en la mayoría de los vehículos existen huecos o sitios mas bien disimulados.
Si como decía antes paro en algún lugar donde voy a descansar un rato, pues es lógico que el arma que porte trate de disimularla lo mas posible, pero si lo que salgo de mi casa y voy al cazadero o viceversa, al maletero procurando que no le caiga nada encima y carretera y manta.

Re: Consulta sobre legalidad rosca en armas largas

Mensaje por Ermitanio » 07 Abr 2011 20:39

huronescazan escribió:
Ermitanio escribió:Ahora que te he entendido mejor puedo estar más de acuerdo con tu parecer. :wink:

En zona de caza y arma escondida... puede ser más delicado aun teniendo los papeles encima, y ya si es de noche.... pero lo que no puedo compartir con nadie es lo de "demonizar" una rosca en el cañón aun sabiendo que su propietario la haya hecho para acoplar un silenciador. El delito es tener y/o acoplar dicho silenciador al arma, no la posibilidad de poder acoplarlo, pues posibilidades hay muchas y no precisan de roscas, aunque sea ésta la más conocida y difundida.

Saludos... y leña a los furtivos.



Delicado sería como tu dices, el no llevar documentos sobre el arma que portas, pues ya empezariamos hablando de un delito, ahora si lo que me quieres insinuar es el tópico existente de tener un arma sin documentos (dudo de donde se hubiera podido conseguir), escondida en el campo, entonces amigo ya hablamos de JUAN LOBON y eso como que no va conmigo.
Te sigo diciendo que si llevo mis armas, van documentadas todas y daré las oportunas explicaciones de donde vengo y a donde voy, pero jamás se me ocurrirá esconderlas, disimularlas a la vista es una cosa pero esconderlas es otra muy diferente.



Vamoas a ver, creo que aquí hay un error: O tú interpretas que yo insinúo eres un furtivo, o yo interpreto que tu supones que yo te lo he llamado; vaya lío :shock:

Sea como sea, en ningún momento se me ha pasado por la mente tal cosa, vaya por delante.

Respecto a lo de esconder el arma, también habría que saber a qué llamaron los agentes "escondida", pues yo cuando porto mis armas nunca lo hago con ostentación e incluso dentro del coche procuro pasen desapercibidas. Otra cosa es cuando me ha parado la GC, por las razones que sean, y lo primero que hago es informales que porto armas y enseñar la pertinente documentación. Que luego ellos interpreten van escondidas porque no se ven... pues es otra cosa.

Y aunque no soy cazador la práctica de la caza no me incomoda siempre que se haga con la suficiente "deportividad", razón por la cual no apruebo el furtivismo, algo en lo que sí parecemos coincidir claramente. :wink:

Saludos...

Re: Consulta sobre legalidad rosca en armas largas

Mensaje por huronescazan » 07 Abr 2011 20:21

Ermitanio escribió:Ahora que te he entendido mejor puedo estar más de acuerdo con tu parecer. :wink:

En zona de caza y arma escondida... puede ser más delicado aun teniendo los papeles encima, y ya si es de noche.... pero lo que no puedo compartir con nadie es lo de "demonizar" una rosca en el cañón aun sabiendo que su propietario la haya hecho para acoplar un silenciador. El delito es tener y/o acoplar dicho silenciador al arma, no la posibilidad de poder acoplarlo, pues posibilidades hay muchas y no precisan de roscas, aunque sea ésta la más conocida y difundida.

Saludos... y leña a los furtivos.



Delicado sería como tu dices, el no llevar documentos sobre el arma que portas, pues ya empezariamos hablando de un delito, ahora si lo que me quieres insinuar es el tópico existente de tener un arma sin documentos (dudo de donde se hubiera podido conseguir), escondida en el campo, entonces amigo ya hablamos de JUAN LOBON y eso como que no va conmigo.
Te sigo diciendo que si llevo mis armas, van documentadas todas y daré las oportunas explicaciones de donde vengo y a donde voy, pero jamás se me ocurrirá esconderlas, disimularlas a la vista es una cosa pero esconderlas es otra muy diferente.

Re: Consulta sobre legalidad rosca en armas largas

Mensaje por Miguelg26cpon » 06 Abr 2011 17:39

La rosca en el cañon no implica una ilegalidad necesariamente.
Pero vamos a ver si esconde el arma... para empezar es porque algo malo ha hecho o va hacer, yo creo que a mucha gente le gusta cazar y por ello paga las cifras astronomicas que se pagan y que venga otro y lo aga de gratis y acabando con las pocas piezas que hay...

Ademas porque fue un rifle y vale pero y si esconde un arma corta alomejor sin saberlo esta poniendo en riesgo su vida porque los agentes se pueden poner nerviosos y un mal movimiento un ademan de cogerla para enseñar algo (por ej. que no esta cargada) y que... Agente a la carcel por culpa de un ... Furtivo.
Perdonar el tono pero estoy muy quemado con el tema del furtiveo y de que te encuentre a la gente armada por ahí y despues tu para tener un arma en condiciones tela.

Re: Consulta sobre legalidad rosca en armas largas

Mensaje por Ermitanio » 06 Abr 2011 12:29

Ahora que te he entendido mejor puedo estar más de acuerdo con tu parecer. :wink:

En zona de caza y arma escondida... puede ser más delicado aun teniendo los papeles encima, y ya si es de noche.... pero lo que no puedo compartir con nadie es lo de "demonizar" una rosca en el cañón aun sabiendo que su propietario la haya hecho para acoplar un silenciador. El delito es tener y/o acoplar dicho silenciador al arma, no la posibilidad de poder acoplarlo, pues posibilidades hay muchas y no precisan de roscas, aunque sea ésta la más conocida y difundida.

Saludos... y leña a los furtivos.

Re: Consulta sobre legalidad rosca en armas largas

Mensaje por huronescazan » 05 Abr 2011 20:31

Vamos por partes, tal vez, mi explicación ha sido muy generalizada. Por supuesto que no es lógico que circules por una Reserva Nacional o por un Coto, con las armas en el coche. Ahora si yo puedo justificar de donde vengo y a donde voy, no digo que no me vayan a denunciar, pero no creo que sancionar.
Lo que me quiero referir, es a llevar el arma escondida como se comenta anteriormente bajo un asiento ¿Por que?, si de todas formas me la van a descubrir, otra cosa sería que llegues a un restaurante de carretera a comer, cenar, descansar y la disimules lo mas posible, escondiendola y quitándole alguna pieza (cerrojo, cierre).
En lo de la rosca, no entro en su legalidad, pues como bien dices puede ser para colocar bocacha u otros artilugios.
Pero como te digo antes, lo que no se me ocurriría nunca, es esconderlas, pues ya das pie a empezar a mal pensar.

Re: Consulta sobre legalidad rosca en armas largas

Mensaje por Ermitanio » 04 Abr 2011 22:56

huronescazan escribió:Lo que no me explico, dentro de mi extrañeza, es que hace un rifle escondido bajo un asiento de un vehículo. Digo yo, me explico. Yo vengo de donde me plazca, a la hora que me de la gana (ojo no es fanfarronería, es intentar explicarme), traigo o bien mis rifles, o escopetas, pistolas, todas ellas legalmente con sus correspondientes documentos, no tengo el porqué esconderlas, ni ocultarlas y es más si me paran lo primero que hago es manifestarles a los Agentes del Cuerpo que sean, que soy portador de armas y exibirlas.


Pues siento discrepar contigo en lo de "ir por dónde te da la gana y cuándo te da la gana". Parece ser que no es el primer caso de gente sancionada por pillarles portando sus armas en el vehículo, por zonas de caza y en horas y fechas que no eran própias de caza; al no poder justificar su presencia en dicha zona con un arma se les ha sancionado por ello. Yo también soy partidario de ir por dónde me da la gana con mis armas, pero con la ley en la mano podría tener problemas por ello siempre que no tenga una buena justificación.


huronescazan escribió:Así, que partiendo de esta premisa, permiteme que de la otra parte, tengan a bien dudar de esa rosca y mas si en el momento de presentarlo a los Agentes intervinientes, no portaba la bocacha colocada.


Y vuelta la burra al trigo.... Que una rosca no tiene porqué ser ilegal ni es requisito imprescindible para acoplar un silenciador... por lo que su sola presencia no debiera ser ni motivo de sanción ni de presunción de delito. Y si se sospechara de posible furtivismo por dicha rosca, la solución es bien sencilla: Seguimiento del sospechoso y a pillarle con las manos en la masa. Pruebas más claras que esas... vamos, digo yo :shock:

Saludos...

PD: No cazo, ni de día ni de noche, y en mis armas las únicas roscas en el cañón las llevan el FR-8 y el CETME C, pero si mañana se me antojara roscar cualquiera de mis carabinas del .22 para acoplarle una bocacha no necesariamente tendría que empezar a cazar furtivamente por ello.

Re: Consulta sobre legalidad rosca en armas largas

Mensaje por Miguelg26cpon » 04 Abr 2011 22:32

Soy de tu opinion.

Re: Consulta sobre legalidad rosca en armas largas

Mensaje por huronescazan » 04 Abr 2011 18:23

Lo que no me explico, dentro de mi extrañeza, es que hace un rifle escondido bajo un asiento de un vehículo. Digo yo, me explico. Yo vengo de donde me plazca, a la hora que me de la gana (ojo no es fanfarronería, es intentar explicarme), traigo o bien mis rifles, o escopetas, pistolas, todas ellas legalmente con sus correspondientes documentos, no tengo el porqué esconderlas, ni ocultarlas y es más si me paran lo primero que hago es manifestarles a los Agentes del Cuerpo que sean, que soy portador de armas y exibirlas.
Así, que partiendo de esta premisa, permiteme que de la otra parte, tengan a bien dudar de esa rosca y mas si en el momento de presentarlo a los Agentes intervinientes, no portaba la bocacha colocada.

Re: Consulta sobre legalidad rosca en armas largas

Mensaje por Ermitanio » 31 Mar 2011 20:49

Ignoro cómo puede acabar este asunto, pues con interventores y jueces nunca se sabe por dónde te pueden salir. :evil:

Pero para empezar, una rosca no es una modificación sustancial de un arma pues perfectamente puede ser usada para acoplar un sencillo complemento como puede ser un freno de boca, un apagallamas o un contrapeso. Pero es que incluso aunque fuera para acoplar un silenciador, el reglamento lo deja claro: Lo prohibido es tener, usar y acoplar a un arma un silenciador; en ningún caso se prohibe o sanciona "la sospecha de un posible uso".

Por otro lado tampoco es imprescindible una rosca para acoplar un silenciador a un arma, existen otros métodos para éso y nadie se rasga las vestiduras por ello.

Ah! y para los "puristas" decir que hay carabinas del .22 que no solo salen de fábrica con roscas para un posible uso de silenciadores, sino que por seguir una línea acorde a su estética "militar" se les puede acoplar un apagallamas o incluso lo llevan incorporado de serie.

Si este hombre es un furtivo... que le sancionen, pero siempre y cuando lo puedan probar o le pillen con el silenciador encima, pero por si acaso pone uno... como que así no.

Saludos...

Re: Consulta sobre legalidad rosca en armas largas

Mensaje por chigrero » 30 Mar 2011 12:54

Si lo primero que comenta el compañero es que a su amigo le han pillado en un renuncio... a mi me pasa y le buscaría las cosquillas por cualquier cosa, y seguro que vosotros también, un saludo.

Re: Consulta sobre legalidad rosca en armas largas

Mensaje por mercurio » 29 Mar 2011 23:38

No se puede recargar munición de caza subsónica y ser efectiva?

Re: Consulta sobre legalidad rosca en armas largas

Mensaje por Delianio » 29 Mar 2011 23:12

Supongo que si la rosca del cañon se hace posterior a que el arma pase el banco de pruebas....igual te pueden decir algo, eso dependera en gran medida del interventor que haga la inspeccion. Desde luego si la rosca es en el cañon de una carabina del 22.... y si yo fuera interventor, me mosquearia bastante, pues no tiene otro sentido una rosca en un 22 que el ponerle un chupe. Pero en un rifle de caza mayor, no pasa nada de nada, pues ya te comente que el tronido del disparo no lo tapa un silenciador a no ser que sea del tamaño de un bidon de cerbeza, por lo tanto es asumible, pero en un 22, canta que da gusto.
Muchas carbinas traen la rosca porque en su pais de origen si son legales, pero en España? tururu.
:cow:

Re: Consulta sobre legalidad rosca en armas largas

Mensaje por hornetman » 29 Mar 2011 21:00

Os agradezco las respuestas que me dais, pero como me habeis planteado otra duda, le pregunte al amigo que han cogido en el renuncio y me ha dicho que a él le vendió un particular el arma de segunda mano, pero que le ha dicho que cuando el rifle se compró nuevo no tenía la rosca hecha, por lo que mi duda es, si se compra un rifle y le queremos hacer una rosca en el cañon para pornerle por ejemplo un freno o boca apagallamas, ¿hay que legalizar la rosca?, o cada uno "tunea" su rifle según le apetece. Creo que el problema de mi colega es que la rosca al ser posterior a la compra del rifle y no ser original de fábrica, los Guardias Civiles consideran que puede haber ha realizado modificaciones en el arma, aunque no se si según el Reglamento de Armas serán de importancia y por tanto denunciables
Delianio escribió:
palen1 escribió:Hola , Norinco tiene un modelo en calibre 22 LR concretamente la JW 15 A CR que lleva rosca de serie y es totalmente legal de hecho la CR en su modelo significa eso con rosca .Un saludo.

Clarooo.

Si es que en ningun articulo del reglamento de armas dice, o al menos yo no lo encontre,que un arma no pueda tener rosca en el cañon, lo que se dice clarito clarito es que esta terminntemente prohibido el uso de silenciadores. pero es que la rosca en el cañon puede ser perfectamente necesario, para acoplar frenos de boca, apagallamas, conpensadores u otros elementos que sin modificar las caracteristicas fundamentales del arma, ayudan a un mejor rendimiento de esta.
Ejemplos de cañones roscados los tenemos en todo catalogo, rifles, carabinas, pistolas, etc. :cow:
. Comentarme como veis el tema al conocer este nuevo detalle.

Re: Consulta sobre legalidad rosca en armas largas

Mensaje por Delianio » 28 Mar 2011 02:29

palen1 escribió:Hola , Norinco tiene un modelo en calibre 22 LR concretamente la JW 15 A CR que lleva rosca de serie y es totalmente legal de hecho la CR en su modelo significa eso con rosca .Un saludo.

Clarooo.

Si es que en ningun articulo del reglamento de armas dice, o al menos yo no lo encontre,que un arma no pueda tener rosca en el cañon, lo que se dice clarito clarito es que esta terminntemente prohibido el uso de silenciadores. pero es que la rosca en el cañon puede ser perfectamente necesario, para acoplar frenos de boca, apagallamas, conpensadores u otros elementos que sin modificar las caracteristicas fundamentales del arma, ayudan a un mejor rendimiento de esta.
Ejemplos de cañones roscados los tenemos en todo catalogo, rifles, carabinas, pistolas, etc. :cow:

Re: Consulta sobre legalidad rosca en armas largas

Mensaje por palen1 » 27 Mar 2011 17:01

Hola , Norinco tiene un modelo en calibre 22 LR concretamente la JW 15 A CR que lleva rosca de serie y es totalmente legal de hecho la CR en su modelo significa eso con rosca .Un saludo.

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