Mensaje por mercurio » 23 Feb 2011 13:42
Tomaxito escribió:mercurio escribió:Tienes preguntas, que das a entender que no eres miembro de ningún Cuerpo Policial. No hay nada más que ver la batería de preguntas y respuestas que me haces y haces a los demás en todo el post, por que si no, no las arias las sabrías.
Añadiéndose a eso, que ya te e preguntado a que Cuerpo perteneces y no contestas, no aportas al tema que nos ocupa absolutamente nada esclarecedor.
Amosaver. Despacito y con tranquilidad...
Por un lado no recuerdo que nadie haya preguntado a nadie a qué Cuerpo pertenece. Al igual que yo sobreentendía con qué Cuerpo tienes tú relación pensé que quedaba claro con cual la tengo yo. No hace falta ser muy avispado para darse cuenta, por el desarrollo de las conversaciones del hilo, de qué palo vamos cada uno.
Si pregunto es por desconocimiento, porque no me cuadra lo que se dice y por aprender. Disculpa si molesto. No sabía que en CNP las cosas funcionasen así como lo cuentas. Siempre había pensado que la Guardia Civil era el Cuerpo más restrictivo en esta materia y por eso me extraña lo que dices.
En la Guardia Civil no se retiran las armas de un funcionario sancionado mientras no existan unas diligencias judiciales abiertas y un Juez, atendiendo a los hechos y como medida cautelar porque pueda existir riesgo para integridad del funcionario o de terceras personas, ordene que se retiren TODAS sus armas independientemente de cómo estén guiadas. Vamos, igual que se hace con cualquier particular que tenga armas en caso de indicios de la comisión de una falta o delito en el que se deba tomar esta medida cautelar.
Por eso me extraña bastante que si a ti te imponen una sanción de cuatro días por una falta leve, pongamos que has llegado tarde al trabajo, te retiren el arma. Y mucho más extraño me parece que, además de la servicio, te retiren también las particulares guiadas en A. Puedo entender que si hablamos de un falta grave o muy grave se tome esa medida cautelar pero en caso de faltas leves, me resultaba un poco heavy. Pero vamos, si es así como tu dices, me lo tendré que creer.
Supongo que la diferencia está en que, como dices, un funcionario de CNP pierde esta condición al estar sancionado mientras que un Guardia Civil no pierde su condición de militar si no causa baja en el Cuerpo.
Un saludo.
Preguntarlo si, vuelves a leer mis escritos los leerás, por que en España, no solo hay GC y PN, con A.
No me molestas de ninguna manera, al contrario, aquí estamos para aprender unos de los otros, por eso, pregunto yo también, para tenerlo claro, como son las cosas en los distintos Cuerpos.
Como ya estas viendo, es el mas restrictivo el CNP, que también es como se quiera mirar, por que tiene sus ventajas. .La DGP no depende del ICAE para la expedición de guías, si la DGP considera, que las guías solicitadas son validas, que se a justan al RA, no tiene inconveniente en dártela, sea de la clase que sea, lo que si hace, por que tendrá la obligación, de dar cuenta al ICAE, de las guías que emiten.
Cosa diferente y es a lo que vamos, es en el derecho, a que un componente del CNP, pueda obtener como cualquier civil, las guías de pertenencia con la F civil. Asta el momento lo que yo se y repito, es de la obligación que tienen sus miembros a guiar todas sus armas sean de la clase que sean en A, según manifiesta verbalmente el CNP, por obligación, en virtud del RA, art.89.1, 90.1, 114, 115,116 y 139.
Legal o ilegal, esa obligación, para eso habría que comprobarlo.
La casuística no es común que yo sepa, los casos que me han llegado son pocos, de apertura de expedientes disciplinarios y nada documentados, muy posiblemente por que cuando se nos ha dado esas circunstancias, suelan ser en la mayoría de Agentes de nuevo ingreso, que tienen ya licencias y guías por IAs, y ante esa obligación cuando nos informan, aceptamos el cambio de las guías y no te arriesgas a una apertura de expediente para comprobar lo contrario, máximo cuando te ves frágil en un Cuerpo que acabas de entrar, como para ponerte a dar mucha lata en tus pretensiones, teniendo otra opción tan valida y con sus ventajas, a lo que te acostumbras con el tiempo y como todo lo que pides se te concede, tampoco te planteas ni la necesidad de cambiar.
Ante ello vuelvo a insistir, a aquellos que nos lean, que pertenezcan al CNP, y tengan guiadas sus armas de concurso con la F civil, que nos saque de dudas si es que hay alguno que empieso a dudarlo.
Saludos.
[quote="Tomaxito"][quote="mercurio"]Tienes preguntas, que das a entender que no eres miembro de ningún Cuerpo Policial. No hay nada más que ver la batería de preguntas y respuestas que me haces y haces a los demás en todo el post, por que si no, no las arias las sabrías.
Añadiéndose a eso, que ya te e preguntado a que Cuerpo perteneces y no contestas, no aportas al tema que nos ocupa absolutamente nada esclarecedor.[/quote]
Amosaver. Despacito y con tranquilidad...
Por un lado no recuerdo que nadie haya preguntado a nadie a qué Cuerpo pertenece. Al igual que yo sobreentendía con qué Cuerpo tienes tú relación pensé que quedaba claro con cual la tengo yo. No hace falta ser muy avispado para darse cuenta, por el desarrollo de las conversaciones del hilo, de qué palo vamos cada uno.
Si pregunto es por desconocimiento, porque no me cuadra lo que se dice y por aprender. Disculpa si molesto. No sabía que en CNP las cosas funcionasen así como lo cuentas. Siempre había pensado que la Guardia Civil era el Cuerpo más restrictivo en esta materia y por eso me extraña lo que dices.
En la Guardia Civil no se retiran las armas de un funcionario sancionado mientras no existan unas diligencias judiciales abiertas y un Juez, atendiendo a los hechos y como medida cautelar porque pueda existir riesgo para integridad del funcionario o de terceras personas, ordene que se retiren TODAS sus armas independientemente de cómo estén guiadas. Vamos, igual que se hace con cualquier particular que tenga armas en caso de indicios de la comisión de una falta o delito en el que se deba tomar esta medida cautelar.
Por eso me extraña bastante que si a ti te imponen una sanción de cuatro días por una falta leve, pongamos que has llegado tarde al trabajo, te retiren el arma. Y mucho más extraño me parece que, además de la servicio, te retiren también las particulares guiadas en A. Puedo entender que si hablamos de un falta grave o muy grave se tome esa medida cautelar pero en caso de faltas leves, me resultaba un poco heavy. Pero vamos, si es así como tu dices, me lo tendré que creer.
Supongo que la diferencia está en que, como dices, un funcionario de CNP pierde esta condición al estar sancionado mientras que un Guardia Civil no pierde su condición de militar si no causa baja en el Cuerpo.
Un saludo.[/quote]
Preguntarlo si, vuelves a leer mis escritos los leerás, por que en España, no solo hay GC y PN, con A.
No me molestas de ninguna manera, al contrario, aquí estamos para aprender unos de los otros, por eso, pregunto yo también, para tenerlo claro, como son las cosas en los distintos Cuerpos.
Como ya estas viendo, es el mas restrictivo el CNP, que también es como se quiera mirar, por que tiene sus ventajas. .La DGP no depende del ICAE para la expedición de guías, si la DGP considera, que las guías solicitadas son validas, que se a justan al RA, no tiene inconveniente en dártela, sea de la clase que sea, lo que si hace, por que tendrá la obligación, de dar cuenta al ICAE, de las guías que emiten.
Cosa diferente y es a lo que vamos, es en el derecho, a que un componente del CNP, pueda obtener como cualquier civil, las guías de pertenencia con la F civil. Asta el momento lo que yo se y repito, es de la obligación que tienen sus miembros a guiar todas sus armas sean de la clase que sean en A, según manifiesta verbalmente el CNP, por obligación, en virtud del RA, art.89.1, 90.1, 114, 115,116 y 139.
Legal o ilegal, esa obligación, para eso habría que comprobarlo.
La casuística no es común que yo sepa, los casos que me han llegado son pocos, de apertura de expedientes disciplinarios y nada documentados, muy posiblemente por que cuando se nos ha dado esas circunstancias, suelan ser en la mayoría de Agentes de nuevo ingreso, que tienen ya licencias y guías por IAs, y ante esa obligación cuando nos informan, aceptamos el cambio de las guías y no te arriesgas a una apertura de expediente para comprobar lo contrario, máximo cuando te ves frágil en un Cuerpo que acabas de entrar, como para ponerte a dar mucha lata en tus pretensiones, teniendo otra opción tan valida y con sus ventajas, a lo que te acostumbras con el tiempo y como todo lo que pides se te concede, tampoco te planteas ni la necesidad de cambiar.
Ante ello vuelvo a insistir, a aquellos que nos lean, que pertenezcan al CNP, y tengan guiadas sus armas de concurso con la F civil, que nos saque de dudas si es que hay alguno que empieso a dudarlo.
Saludos.