Mensaje por Chinchu » 20 Abr 2022 18:59
LA AUDIENCIA NACIONAL DESESTIMA, EN SENTENCIA FIRME, LA DEMANDA INTERPUESTA POR LA FEDERACIÓN MADRILEÑA DE TIRO CONTRA SU DESINTEGRACIÓN DE LA RFEDETO
El Juzgado establece que la Sección Madrid de la Española “surge de la actuación consciente del impago de las cuotas por parte de la Federación Madrileña de Tiro, de manera que no puede ahora pretender su eliminación”
Añade que esta Sección constituye un "sistema de licencia alternativo para que los deportistas madrileños no vean afectado su derecho a participar en la RFEDETO debido a la situación provocada por su Federación autonómica”
Los Tribunales establecen que la creación de la Sección Madrid dentro de la Española implica “todo lo contrario” a lo alegado en su demanda por la FMTO: “La buena fe y la confianza legítima lo que determinan es su mantenimiento”, asegura la sentencia
La nueva sentencia contraria a la Madrileña se suma a la dictada hace seis meses, en la que se ratificó la legalidad del reparto de las cuotas autonómicas, y al fallo del pasado febrero, que estimó legal la obligación de los clubes de inscribirse en las competiciones nacionales a través de una federación autonómica integrada en la RFEDETO
El Juzgado de lo Contencioso de la Audiencia Nacional también condena en costas a la Federación Madrileña de Tiro, como ocurrió en los dos fallos anteriores
Esta sucesión de sentencias viene a demostrar los graves perjuicios deportivos y económicos que el ilegal proceder de la FMTO está causando a los tiradores y clubs de esta comunidad autónoma
El Juzgado Central número dos de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha desestimado íntegramente y con absoluta rotundidad la demanda interpuesta por la Comisión Gestora de la Federación Madrileña de Tiro Olímpico contra el Consejo Superior de Deportes y la Real Federación Española de Tiro Olímpico por supuestos vicios procedimentales cometidos en la desintegración de la FMTO de la RFEDETO, acordada por la Española y ratificada posteriormente por el CSD debido al impago reiterado por parte de la Madrileña de la cuota de licencia autonómica.
El fallo de la Audiencia Nacional contrario a la Federación Madrileña de Tiro Olímpico, que queda obligada a pagar las costas del proceso judicial, es de fecha de 10 de febrero de 2022 y no ha sido recurrido por la demandante, por lo que, tras el tiempo transcurrido, adquiere carácter de sentencia firme.
Los Tribunales, entre otras consideraciones contrarias a la FMTO, estiman que la actuación del CSD, autorizando la creación y mantenimiento de la Sección Madrid dentro de la Federación Española de Tiro Olímpico, se atiene a “motivos razonables”, toda vez que “la razón que la justifica es el impago de la cuota estatal por parte de la Federación Madrileña de Tiro Olímpico”.
En este sentido, el Juzgado número dos de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional precisa que la Sección Madrid “surge de la actuación consciente del impago de las cuotas por parte de la Federación actora, de manera que no puede ahora pretender su eliminación, toda vez que constituye un sistema de licencia alternativo para que los deportistas autonómicos madrileños no vean afectado su derecho a participar en la RFEDETO debido a la situación provocada por su Federación deportiva autonómica”.
Los Tribunales explican que la creación de la Sección Madrid implica “todo lo contrario” a lo alegado por la FMTO: “La buena fe y la confianza legítima lo que determinan es el mantenimiento de la situación expuesta”.
El fallo de la Audiencia Nacional constituye el tercer varapalo judicial a la Federación Madrileña de Tiro Olímpico en tal solo seis meses, después de que la Justicia estableciese en septiembre pasado la plena legalidad y validez del acuerdo de reparto económico de las licencias autonómicas acordado en septiembre de 2017.
COMPETICIONES NACIONALES
Asimismo, los Tribunales estimaron legal, en sentencia del pasado mes de febrero, la obligación de los Clubs de inscribirse en las competiciones nacionales a través de una federación autonómica integrada en la RFEDETO, norma que también fue recurrida sin éxito por la Federación Madrileña.
Las sentencias referidas, de las que la Madrileña no ha informado a sus federados a través de su web ni redes sociales, certifican la actuación dentro de la legalidad de los órganos de la RFEDETO y no así de la entonces Comisión Gestora de la FMTO, que habiendo cobrado la cuota a sus federados, no la ingresó a su legítimo destinatario, la Real Federación Española de Tiro Olímpico. La deuda estimada de la Madrileña respecto a la Española es de 143.670 euros más intereses.
Los tres fallos consecutivos contrarios a la FMTO, cuyas costas recaen en la Madrileña y, por tanto, en sus federados, vienen a demostrar los graves perjuicios deportivos y económicos que el ilegal proceder de la Directiva de la Federación Madrileña está causando a los tiradores y clubs de esta comunidad autónoma.
LA AUDIENCIA NACIONAL DESESTIMA, EN SENTENCIA FIRME, LA DEMANDA INTERPUESTA POR LA FEDERACIÓN MADRILEÑA DE TIRO CONTRA SU DESINTEGRACIÓN DE LA RFEDETO
El Juzgado establece que la Sección Madrid de la Española “surge de la actuación consciente del impago de las cuotas por parte de la Federación Madrileña de Tiro, de manera que no puede ahora pretender su eliminación”
Añade que esta Sección constituye un "sistema de licencia alternativo para que los deportistas madrileños no vean afectado su derecho a participar en la RFEDETO debido a la situación provocada por su Federación autonómica”
Los Tribunales establecen que la creación de la Sección Madrid dentro de la Española implica “todo lo contrario” a lo alegado en su demanda por la FMTO: “La buena fe y la confianza legítima lo que determinan es su mantenimiento”, asegura la sentencia
La nueva sentencia contraria a la Madrileña se suma a la dictada hace seis meses, en la que se ratificó la legalidad del reparto de las cuotas autonómicas, y al fallo del pasado febrero, que estimó legal la obligación de los clubes de inscribirse en las competiciones nacionales a través de una federación autonómica integrada en la RFEDETO
El Juzgado de lo Contencioso de la Audiencia Nacional también condena en costas a la Federación Madrileña de Tiro, como ocurrió en los dos fallos anteriores
Esta sucesión de sentencias viene a demostrar los graves perjuicios deportivos y económicos que el ilegal proceder de la FMTO está causando a los tiradores y clubs de esta comunidad autónoma
El Juzgado Central número dos de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha desestimado íntegramente y con absoluta rotundidad la demanda interpuesta por la Comisión Gestora de la Federación Madrileña de Tiro Olímpico contra el Consejo Superior de Deportes y la Real Federación Española de Tiro Olímpico por supuestos vicios procedimentales cometidos en la desintegración de la FMTO de la RFEDETO, acordada por la Española y ratificada posteriormente por el CSD debido al impago reiterado por parte de la Madrileña de la cuota de licencia autonómica.
El fallo de la Audiencia Nacional contrario a la Federación Madrileña de Tiro Olímpico, que queda obligada a pagar las costas del proceso judicial, es de fecha de 10 de febrero de 2022 y no ha sido recurrido por la demandante, por lo que, tras el tiempo transcurrido, adquiere carácter de sentencia firme.
Los Tribunales, entre otras consideraciones contrarias a la FMTO, estiman que la actuación del CSD, autorizando la creación y mantenimiento de la Sección Madrid dentro de la Federación Española de Tiro Olímpico, se atiene a “motivos razonables”, toda vez que “la razón que la justifica es el impago de la cuota estatal por parte de la Federación Madrileña de Tiro Olímpico”.
En este sentido, el Juzgado número dos de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional precisa que la Sección Madrid “surge de la actuación consciente del impago de las cuotas por parte de la Federación actora, de manera que no puede ahora pretender su eliminación, toda vez que constituye un sistema de licencia alternativo para que los deportistas autonómicos madrileños no vean afectado su derecho a participar en la RFEDETO debido a la situación provocada por su Federación deportiva autonómica”.
Los Tribunales explican que la creación de la Sección Madrid implica “todo lo contrario” a lo alegado por la FMTO: “La buena fe y la confianza legítima lo que determinan es el mantenimiento de la situación expuesta”.
El fallo de la Audiencia Nacional constituye el tercer varapalo judicial a la Federación Madrileña de Tiro Olímpico en tal solo seis meses, después de que la Justicia estableciese en septiembre pasado la plena legalidad y validez del acuerdo de reparto económico de las licencias autonómicas acordado en septiembre de 2017.
COMPETICIONES NACIONALES
Asimismo, los Tribunales estimaron legal, en sentencia del pasado mes de febrero, la obligación de los Clubs de inscribirse en las competiciones nacionales a través de una federación autonómica integrada en la RFEDETO, norma que también fue recurrida sin éxito por la Federación Madrileña.
Las sentencias referidas, de las que la Madrileña no ha informado a sus federados a través de su web ni redes sociales, certifican la actuación dentro de la legalidad de los órganos de la RFEDETO y no así de la entonces Comisión Gestora de la FMTO, que habiendo cobrado la cuota a sus federados, no la ingresó a su legítimo destinatario, la Real Federación Española de Tiro Olímpico. La deuda estimada de la Madrileña respecto a la Española es de 143.670 euros más intereses.
Los tres fallos consecutivos contrarios a la FMTO, cuyas costas recaen en la Madrileña y, por tanto, en sus federados, vienen a demostrar los graves perjuicios deportivos y económicos que el ilegal proceder de la Directiva de la Federación Madrileña está causando a los tiradores y clubs de esta comunidad autónoma.