IPSC con licencia A ? ..... SI. ...Lo relevante no es la licencia (A o F), si no, la guía del arma. Las armas de IPSC o Precisión para tiro deportivo tienen que estar guiadas como armas de concurso. En F para los civiles y en A para miembros de FCSE.
NO se pueden utilizar armas de dotación guiadas en A , para tiro deportivo (hay alguna excepción para concursos entre miembros de FCSE o armas tipo militar)...
Los que tienen licencia A, lo aconsejable es que también tengan la F. Pues cuando dejan el servicio las armas de concurso las tendrán que guiar en F al perder la licencia A.
Con la aparición de las modalidades de IPSC con arma larga (Mini rifle, PCC, PRS...) ha surgido un problema por la variada interpretación del Reglamento de Armas que hacen las IA, sobre el uso de armas guiadas en D y E para tiro deportivo. Cuando el único problema estaría con las carabinas del 22 lr guiadas en E o las escopetas de Plato.
Sobre el tema de la IA de Madrid con el aumento de cupo para los que recargan, creo que esta intervención hace una interpretación correcta del reglamento. El problema es que, és la única que lo hace. Mi permiso de recarga, especifica muy claramente, que estoy sujeto a los cupos de tenencia y transporte previstos en la reglamentación vigente. Es decir, que para recargar mas de o que puedo comprar, tengo que pedir aumento de cupo.
RESUMEN - Para tiro deportivo armas de concurso guiadas en F o A. Y las guiadas en E creo que también con el actual reglamento de armas.
Una cosa es el Reglamento de Armas y otra los Reglamentos de las Federaciones o la Ley de caza. (la federación puede autorizar a competir con armas guiadas en D pero el Reglamento de Armas no. El Reglamento de Armas permite guiar armas del 22 con la E, pero la Ley de caza prohíbe cazar con el 22 o con armas cortas)
El problema esta en la variopinta interpretación del reglamento de armas que hacen las IA. Cada una va a su bola, cuando el criterio tendría que ser igual en todas partes.......

IPSC con licencia A ? ..... SI. ...Lo relevante no es la licencia (A o F), si no, la guía del arma. Las armas de IPSC o Precisión para tiro deportivo tienen que estar guiadas como armas de concurso. En F para los civiles y en A para miembros de FCSE.
NO se pueden utilizar armas de dotación guiadas en A , para tiro deportivo (hay alguna excepción para concursos entre miembros de FCSE o armas tipo militar)...
Los que tienen licencia A, lo aconsejable es que también tengan la F. Pues cuando dejan el servicio las armas de concurso las tendrán que guiar en F al perder la licencia A.
Con la aparición de las modalidades de IPSC con arma larga (Mini rifle, PCC, PRS...) ha surgido un problema por la variada interpretación del Reglamento de Armas que hacen las IA, sobre el uso de armas guiadas en D y E para tiro deportivo. Cuando el único problema estaría con las carabinas del 22 lr guiadas en E o las escopetas de Plato.
Sobre el tema de la IA de Madrid con el aumento de cupo para los que recargan, creo que esta intervención hace una interpretación correcta del reglamento. El problema es que, és la única que lo hace. Mi permiso de recarga, especifica muy claramente, que estoy sujeto a los cupos de tenencia y transporte previstos en la reglamentación vigente. Es decir, que para recargar mas de o que puedo comprar, tengo que pedir aumento de cupo.
RESUMEN - Para tiro deportivo armas de concurso guiadas en F o A. Y las guiadas en E creo que también con el actual reglamento de armas.
Una cosa es el Reglamento de Armas y otra los Reglamentos de las Federaciones o la Ley de caza. (la federación puede autorizar a competir con armas guiadas en D pero el Reglamento de Armas no. El Reglamento de Armas permite guiar armas del 22 con la E, pero la Ley de caza prohíbe cazar con el 22 o con armas cortas)
El problema esta en la variopinta interpretación del reglamento de armas que hacen las IA. Cada una va a su bola, cuando el criterio tendría que ser igual en todas partes.......
:birra^: