Mensaje por MMus » 14 Abr 2025 23:16
Gracias por compartirlo. Dejo por aquí el resumen de lo que pone en el documento:
Resumen en 5 puntos de la Orden INT/330/2025:
Regulación específica de "Recorridos de tiro": Se incorpora una nueva sección en la ITC 1 del Reglamento de Armas que establece las condiciones técnicas y de seguridad para las canchas utilizadas en esta modalidad, tanto cerradas como abiertas.
Nuevos requisitos estructurales: Se detallan especificaciones para dimensiones, materiales, sistemas de insonorización, ventilación, iluminación, y medidas anti-rebote en techos, suelos, paramentos y espaldones.
Control de acceso y seguridad: Se refuerzan las normas sobre puertas, zonas delimitadas para tiradores, personal técnico y espectadores, así como perímetros de seguridad obligatorios en ciertos casos.
Limitaciones de uso de armas y munición: Solo se permiten armas y municiones definidas en la Orden INT/96/2022 y con licencias específicas; se prohíbe portar más de un arma cargada durante los ejercicios.
Periodo transitorio de adaptación: Las instalaciones existentes tendrán un plazo máximo de dos años desde la entrada en vigor de la norma para adecuarse a los nuevos requisitos.
Gracias por compartirlo. Dejo por aquí el resumen de lo que pone en el documento:
[b]Resumen en 5 puntos de la Orden INT/330/2025:
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[b]Regulación específica de "Recorridos de tiro":[/b] Se incorpora una nueva sección en la ITC 1 del Reglamento de Armas que establece las condiciones técnicas y de seguridad para las canchas utilizadas en esta modalidad, tanto cerradas como abiertas.
[b]Nuevos requisitos estructurales:[/b] Se detallan especificaciones para dimensiones, materiales, sistemas de insonorización, ventilación, iluminación, y medidas anti-rebote en techos, suelos, paramentos y espaldones.
[b]Control de acceso y seguridad:[/b] Se refuerzan las normas sobre puertas, zonas delimitadas para tiradores, personal técnico y espectadores, así como perímetros de seguridad obligatorios en ciertos casos.
[b]Limitaciones de uso de armas y munición:[/b] Solo se permiten armas y municiones definidas en la Orden INT/96/2022 y con licencias específicas; se prohíbe portar más de un arma cargada durante los ejercicios.
[b]Periodo transitorio de adaptación:[/b] Las instalaciones existentes tendrán un plazo máximo de dos años desde la entrada en vigor de la norma para adecuarse a los nuevos requisitos.