Mensaje por Glock-26 » 14 Nov 2010 22:18
Hola, mi consulta es que tengo una duda; me han comentado que para realizar tiradas de IPSC hay que realizar un cursillo. Que para realizar el cursillo hay que estar en posesión de la "F" y tener guiada el arma en "F".
Mi duda, es si poseo un permiso tipo "A", y puedo guiar un arma de concurso, estimo que surtiría los mismos efectos que si estuviese en "F". Si me encuentro equivocado, hacer el favor de informarme. Mi intención, sería guiar un arma como de concurso.
Os adjunto lo que he encntrado en el actual Reglamento.
Espero me aclareis un poco el tema; para ver que puedo hacer; si puedo documentar el arma como consta en el art. 139, o tener que sacerme la "F".
Gracías
CAPÍTULO VI.
TENENCIA Y USO DE ARMAS DE CONCURSO.
Artículo 129.
Podrán solicitar licencia de armas F, especial para armas de concurso, los españoles y extranjeros residentes en España, que estén habilitados con arreglo a las normas deportivas para la práctica del tiro olímpico o de cualquiera otra modalidad deportiva debidamente legalizada que utilice armas de fuego.
Artículo 139.
1. Quien se encuentre en posesión de licencia de armas A podrá asimismo solicitar a la autoridad competente de que dependa la guía de pertenencia de armas de concurso, acompañando, en cada caso, la acreditación de la habilitación deportiva correspondiente, en la que conste la clase que como tirador le corresponde.
Artículo 140.
Para la expedición de estas guías de pertenencia, el interesado deberá presentar ante las indicadas autoridades, además de la reseña del arma o armas de que se trate, certificado expedido por la Federación correspondiente, acreditativo de que se trata de armas de concurso.
Hola, mi consulta es que tengo una duda; me han comentado que para realizar tiradas de IPSC hay que realizar un cursillo. Que para realizar el cursillo hay que estar en posesión de la "F" y tener guiada el arma en "F".
Mi duda, es si poseo un permiso tipo "A", y puedo guiar un arma de concurso, estimo que surtiría los mismos efectos que si estuviese en "F". Si me encuentro equivocado, hacer el favor de informarme. Mi intención, sería guiar un arma como de concurso.
Os adjunto lo que he encntrado en el actual Reglamento.
Espero me aclareis un poco el tema; para ver que puedo hacer; si puedo documentar el arma como consta en el art. 139, o tener que sacerme la "F".
Gracías
CAPÍTULO VI.
TENENCIA Y USO DE ARMAS DE CONCURSO.
Artículo 129.
Podrán solicitar licencia de armas F, especial para armas de concurso, los españoles y extranjeros residentes en España, que estén habilitados con arreglo a las normas deportivas para la práctica del tiro olímpico o de cualquiera otra modalidad deportiva debidamente legalizada que utilice armas de fuego.
[color=#FF0000]Artículo 139.
1. Quien se encuentre en posesión de licencia de armas A podrá asimismo solicitar a la autoridad competente de que dependa la guía de pertenencia de armas de concurso, acompañando, en cada caso, la acreditación de la habilitación deportiva correspondiente, en la que conste la clase que como tirador le corresponde.[/color]
[color=#FF0000]Artículo 140.
Para la expedición de estas guías de pertenencia, el interesado deberá presentar ante las indicadas autoridades, además de la reseña del arma o armas de que se trate, certificado expedido por la Federación correspondiente, acreditativo de que se trata de armas de concurso.[/color]