Derecho a la defensa personal ¿Que habria pasado en España?

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Re: Derecho a la defensa personal ¿Que habria pasado en España?

Mensaje por xicar » 22 May 2012 08:02

Hernan2 escribió:Muy ilustrativo leerte Strongresolve.

Cada día admiro más a esa gran nación que son los Estados Unidos de América. Y a los ciudadanos que la hacen posible, que no consienten que sus políticos los roben e impongan de la manera que aquí lo hacen.


La gran diferencia esta en la separación de poderes, aquí los jueces están condicionados por los políticos y controlados por ellos. A que te suena el nombre de mas de uno (de todos los signos políticos) que habla y actúa como si estuviese por encima de las leyes, esto es ¡¡¡porque lo esta realmente!!! para desgracia de toda la sociedad.

Si a todo juez que se le demostrasen vinculaciones políticas se le apartase de la judicatura fulminantemente por un periodo mínimo de ocho o diez años, y a todo político que se le pillase en una mentira (como si se tratase de una falsificación de documento publico, al tratar de engañar a la sociedad) otro tanto, a parte de pasarse un mínimo de un par de años mas en la cárcel, ¿en que se parecería esta España a la que todos conocemos?

Bueno, cambiemos de tema, que me arde la sangre y me enciendo.

Re: Derecho a la defensa personal ¿Que habria pasado en España?

Mensaje por Hernan2 » 17 May 2012 18:49

Muy ilustrativo leerte Strongresolve.

Cada día admiro más a esa gran nación que son los Estados Unidos de América. Y a los ciudadanos que la hacen posible, que no consienten que sus políticos los roben e impongan de la manera que aquí lo hacen.

Re: Derecho a la defensa personal ¿Que habria pasado en España?

Mensaje por Strongresolve » 16 May 2012 04:39

Como se traduce esto legalmente.

La Regulación 776 de los Estatutos de la Florida establece cuando el uso de la fuerza y la fuerza letal queda aprobado, y la norma es bien sencilla:

CHAPTER 776
JUSTIFIABLE USE OF FORCE
776.012
Use of force in defense of person.
776.013
Home protection; use of deadly force; presumption of fear of death or great bodily harm.

776.031
Use of force in defense of others.
776.032
Immunity from criminal prosecution and civil action for justifiable use of force.
776.041
Use of force by aggressor.
776.05
Law enforcement officers; use of force in making an arrest.
776.051
Use of force in resisting arrest or making an arrest or in the execution of a legal duty; prohibition.
776.06
Deadly force.
776.07
Use of force to prevent escape.
776.08
Forcible felony.
776.085
Defense to civil action for damages; party convicted of forcible or attempted forcible felony.


776.013 Protección del Hogar; Uso de la Fuerza Letal; Presunción de miedo insuperable, muerte o daño físico severo.—

(1) Una persona se supone que tiene presunción de miedo insuperable, miedo a muerte inminente o daño físico severo sobre su persona o terceros, cuando usando la fuerza letal causa o intenta causar la muerte o dañó físico severo a otra persona si:
(a) Si la persona contra la que se emplea la fuerza defensiva estaba entrando, o entró, de forma forzada e ilegal en una habitaculo, residencia, o vehículo ocupado, o si la persona contra la que se emplea la fuerza defensiva estaba intentado sacar a una persona en contra de su propia voluntad de la habitación, residencia o vehículo ocupado; y
(b) La persona que usa la fuerza defensiva conoce o tiene razones para creer que una intrusión ilegal y forzada esta ocurriendo o ha ocurrido.
(Provisión "Doctrina del Castillo.")

(2) La Presunción establecida para la subsección (1) no se aplica si:
(a) La Persona contra la que se ha usado la fuerza defensiva tenía derecho a estar dentro o si es un residente legal del habitaculo, residencia, o vehículo, como dueño, inquilino legal, o titular, y no hay una orden de protección por violenia doméstica o tiene una orden de alejamiento contra esa personal; o
(b) La Persona o personas a las que se intentan sacar en contra de su voluntad es un hijo, nieto, o está bajo la tutoria legal o guarda de la persona sobre la que se aplica la fuerza defensiva; o
(c) La persona que usa la fuerza defensiva está realizando actividades ilegales o está utilizando el habitáculo, residencia, o vehíoculo ocupado para otras actividades ilegales; o
(d) La persona contra la que se usa la fuerza defensiva es un agente de la ley, como viene definido en la s. 943.10(14), que entra o intenta entrar en la habitaculo, residencia o vehículo durante el desarrollo de sus tareas oficiales y que se ha identificado según las leyes aplicables, o la persona que usa la fuerza defensiva sabe o razonablemente debería conocer que la persona que entra o está intentando entrar es un agente de la ley.

(3) Una persona que no está realizando actividades ilegales y que es atacada en cualquier otro lugar donde tiene derecho a estar, no tiene obligación de retirarse y tiene el derecho a mantener su lugar y a enfrentar fuerza con fuerza, incluyendo la fuerza letal si razonablemente cree que es necesaria para evitar su muerte o daño físico severo contra el o terceras personas, o para evitar la realización de un acto ilegal por la fuerza. Provisión "Stand Your Ground."

(4) Una persona que ilegalmente y de forma forzada entre o intente entrar en el habitáculo, residencia, o vehículo ocupado de otra persona, se le presume de forma automática que lo está haciendo con la intención de cometer un acto ilegal mediante fuerza y violencia.

(5) Usado en este sección los terminos:

(a) “Habitaculo” significa edificio o techo de cualquier tipo, incluido porche o extensión techada de la casa o covertizo, ya sea temporal o permanente, movil o inmovil que tenga un techo sobre él, incluida tienda de campaña, que sea usada solo para reposar en su interior de noche.
(b) “Residencia” significa un habitáculo donde una persona reside de forma temporal o permanente, o que la este visitando como invitado o huesped.
(c) “Vehículo” significa un objeto de cualquier claso, motorizado o no, el cual esta diseñado para el transporte de personas o propiedad.

Re: Derecho a la defensa personal ¿Que habria pasado en España?

Mensaje por Strongresolve » 16 May 2012 03:52

Para que lo veais más claro veamos exactamente lo que dice la ley de la Florida y el concepto que se aplica de la "Doctrina del Castillo."

Florida además es uno de los estados que tiene la ampliación "Stand your Ground" de la "Doctrina del Castillo."

A eso hay que decir que la "Doctrina del Castillo" no es una ley como tal, es un concepto jurídico que viene a decir que una persona tiene derecho absoluto a no ser molestada en su hogar y a defenderse de las intrusiones, empleando la fuerza letal si lo considera necesario, y que estás acciones no serán consideradas como delito por parte del legislador.

Establece unas condiciones para su uso:

1 - Un intruso debe estar haciendo o hizo un intento forzado y sin permiso de ocupar, una casa, vehículo o espacio laboral.

2 - El intruso debe estar incumpliendo la ley.

3 - El ocupante legal del espacio debe tener la sensación razonable de que el intruso le va a causar daño grave o la muerte tras ocupar el espacio.

4- O como ocurre en la Florida, el simple hecho de la ocupación de la casa, ya es considerado como una amenaza para la vida de los inquilinos sea cuales sean las intenciones del intruso, si se han dado los puntos 1 y 2.

5- Los ocupantes de la casa no deben haber instigado o provocado la intrusión. No se pueden dejar las joyas y los relojes en la ventana, o un reguero de billetes para atraer a un kinki a casa.


La Doctrina del Castillo ademas añade:

- Que el que la ha empleado la fuerza para defenderse legalmente queda impune ante demandas civiles.

Es decir el que se ha llevado el tiro por meterse donde no debía no puede demandar al que la ha disparado por gastos médicos, ayuda psicológica, etc.

- Obligación del legítimo inquilino a retirarse.

Esto es importante. El defensor de una casa, no tiene obligación de retirase ante una intromisión en su vivienda, aunque le sea seguro y posible hacerlo. Es decir, que si los kinkis asaltan mi casa y puedo escaparme por una ventana facilmente, si deseo quedarme y hacerles frente, puedo hacerlo. Previamente el uso de la fuerza letal no estaba amparado si la persona que ejercía la legítima defensa tenía oportunidad de escapar con seguridad de la situación de riesgo, por que si podía escapar, evidentemente su vida no estaba en peligro de muerte.

- "Stand Your Ground."

En el caso de aplicarse "Stand your Ground" quiere decir que el uso de la fuerza letal puede extenderse a zonas fuera de la casa y que ante una agresión en el exterior no tengo por que retirarme al interior para empezar a defenderme.

Es decir que si los malos me tirotean en el jardín puedo defenderme sin necesidad de retirarme a mi casa. Ojo, lo que no puedo hacer es sacar la pistola a la calle para parar un crimen a no ser que tenga una licencia CWP (La "B")

Y recordemos que "stand your ground" se aplica en el exterior, pero solo en caso de agresión con posible daño severo o riesgo de muerte. Es decir, no puedo disparar legalmente a un niño que salta la valla de mi jardín para recoger una pelota.

Tampoco puedo dispararle dentro de casa si se ha colado un balón por la ventana abierta y el niño entra a recogerlo o la puerta está abierta. No se cumple el punto 1. Entrada forzada, aunque incumpla la ley. (Entrada sin permiso)

Si el niño entra armado con un cuchillo, aunque la puerta este abierta de par en par se considera intento forzado, puesto que si lleva un cuchillo en la mano su intención puede ser doblegar o condicionar a cualquier persona que le pida que abandone el lugar o le impida la entrada, ya sea de viva voz o de acto. Es decir que no tiene que haber puerta física. Esta puede ser una orden del inquilino, y está claro que si el intruso lleva un cuchillo su intención no va a ser precisamente acatar las ordenes o la invitación a salir del dueño legítimo de la casa.

Creo que esto resuelve muchas dudas y deja claro que no es necesario matizar punto por punto cada situación. Basta con aplicar la ley con sentido común.

Re: Derecho a la defensa personal ¿Que habria pasado en España?

Mensaje por Strongresolve » 16 May 2012 03:01

JotaErre escribió:Nuestros ínclitos legisladores tendrían que aclarar bien las leyes: a mí me gusta lo de la "doctrina castillo", pero habría que dejar bien claras las condiciones para aplicarla, más que nada, para evitar que algún niño que salte al jardín del vecino a recuperar la pelota de fútbol se acabe llevando una perdigonada.


No creo que la ley deba decir que no se disparen a los niños que saltan las vallas para recoger pelotas.

Eso es evidente.

Incluso aplicando "Stand Your Ground" el policia que viese semejante escena arrestaría al tirador, y seguramente el fiscal abriría una investigación para cepillarselo.

Y en USA no estaría en la calle en 5 o 7 años...

Re: Derecho a la defensa personal ¿Que habria pasado en España?

Mensaje por Breys » 16 May 2012 00:12

Tened claro que yo VOLARÍA para llegar, si pudiera, a tiempo de evitar una desgracia. El problema está en que en zonas rurales, eso puede suponer los 20 minutos que dice Strong (o más) (Joe_Lambretta, dixit)

No solo reside ahi el problema. Tambien en que, salvo testigos, y creo que rara vez los hay, cuando la G.C. o Policia recibe la llmada es porque ya se ha perpetrado el asalto y los hijos de p.... ya se han largado.
Strong, creo que me arrepiento de haber puesto los enlaces del programa del pesebrero. Solo ha hecho criarte mala sangre y desde luego no estoy aqui para eso. :) Aunque lo de criar mala sangre por aqui es facil viendo como nos tratan los de ahi afuera por pedir que nosotros podamos defender nuestra libertad y seguridad ya que Papa Estado es incapaz de hacerlo.
Podriamos estar paginas y paginas enteras quemandonos y comentando la falta de libertad, pero hasta que no salga alguien que escuche nuestras demandas o que simplemente se base en ellas para poder defendernos donde el juego politico se desarrolla (lease Congreso, Senado) creo que seguiremos en este muro de las lamentaciones.
Molaria el PNARMA (Partido Nacional del Arma). Con un cambio en la ley electoral tendriamos diputados de sobra, jejejeje.
Habra que tomarlo con humor, si no....

Re: Derecho a la defensa personal ¿Que habria pasado en España?

Mensaje por Strongresolve » 15 May 2012 23:58

Joe_Lambretta escribió:Hasta donde sé, en donde hay "doctrina castillo" en USA, en algunos sitios sólo afecta a la vivienda y no al resto de la propiedad, y en otros sí. En mi opinión, no debiera extenderse al jardín o aledaños salvo que los malos estén tiroteando fachada y puertas o intenten meter fuego a la casa con los ocupantes dentro, por decir dos ejemplos, y precisamente por lo que tú dices.


Hay que distinguir entre la "Doctrina del Castillo" que se limita al interior del hogar y zonas exteriores cubiertas, coche y puesto de trabajo, y la "Stand your Ground" Mantiene tu terreno, que se aplica a la propiedad propiamente dicha, y dependiendo del acuerdo con los vecinos, el sheriff y el condado puede llegar a abarcar toda la urbanización o un barrio entero de propio acuerdo entre los vecinos.
"Stand your ground" puede llegar garantizar el derecho a no retirarte en caso de agresión si eres atacado en una zona pública.

La Doctrina del Castillo es de aplicación universal dentro de USA.

Solo la ciudad de Nueva York y Washington DC tienen una versión suavizada, pero que en general te permite defenderte a tiros dentro de tu casa. La restricción es que el uso de la Fuerza Letal solo debe ser usado en caso de riesgo mayor o riesgo de perder la vida.

Es decir como la CWP en la calle en los estados donde es aplicable.

Aún asi infinitamente mejor que España.

Re: Derecho a la defensa personal ¿Que habria pasado en España?

Mensaje por Cabo_Tito » 15 May 2012 23:45

¿A que se llama niño? ... en algunos medios casi dicen que un tio de 20 años es un "niño, chico, joven" siempre que sea el quinqui, si es el ciudadano decente es un "adulto, hombre"; a nivel personal un niño es todo bicho viviente de dos patas locomotoras, una cabeza, dos manos y de menos de 175 cm de altura y menos de 14 años, todo lo demas es un adulto en la mayoria de los sentidos.
Sobre lo de no incluir jardin y zonas limitrofes de tu casa en la "Ley Castillo" .. traduciendolo como lo hacen nuestros caros legisladores seria que aunque te esten disparando, echando gasolina en la fachada, incluso si han roto una ventana para echarla dentro .... como no estan DENTRO de tu casa no es aplicable la ley y por lo tanto cometes delito defendiendote...

Re: Derecho a la defensa personal ¿Que habria pasado en España?

Mensaje por Joe_Lambretta » 15 May 2012 14:27

Hasta donde sé, en donde hay "doctrina castillo" en USA, en algunos sitios sólo afecta a la vivienda y no al resto de la propiedad, y en otros sí. En mi opinión, no debiera extenderse al jardín o aledaños salvo que los malos estén tiroteando fachada y puertas o intenten meter fuego a la casa con los ocupantes dentro, por decir dos ejemplos, y precisamente por lo que tú dices.

Re: Derecho a la defensa personal ¿Que habria pasado en España?

Mensaje por JotaErre » 15 May 2012 13:34

Nuestros ínclitos legisladores tendrían que aclarar bien las leyes: a mí me gusta lo de la "doctrina castillo", pero habría que dejar bien claras las condiciones para aplicarla, más que nada, para evitar que algún niño que salte al jardín del vecino a recuperar la pelota de fútbol se acabe llevando una perdigonada.

Re: Derecho a la defensa personal ¿Que habria pasado en España?

Mensaje por Joe_Lambretta » 15 May 2012 13:19

Strong, puntualizo. Sabes como yo que no toda la legislación es igual en USA. Ese mismo tiroteo de alguien que defienda su casa no será ni visto ni evaluado igual, ni tendrá las mismas consecuencias legales en NYC que en Oklahoma o California.

Tienes razón en que nos procesarán por homicidio, se hace incluso con la policía. Eso es lo que debería cambiar, aunque haya juristas que defiendan ésto porque dicen que al imputársenos, también nos asisten los derechos propios del imputado (que se los guarden, en mi opinión). Sobre lo de la responsabilidad civil, la ley dice claramente que de aplicarse la eximente completa de defensa propia, o actuación en ejercicio de deber o cargo, no ha lugar a la misma. Tengo mis dudas respecto al miedo insuperable, pero de seguro que en las dos anteriores es así.

¿Que somos el coño de la Bernarda?. A la vista está con lo "cómodas" que se sienten aquí las mafias, pero con nuestra élite política bien protegida, lo que al pueblo ocurra importa poco. Y mientras, pan y circo para anestesiar al populacho. Mientras no despertemos, no hay apaño.

Re: Derecho a la defensa personal ¿Que habria pasado en España?

Mensaje por Strongresolve » 15 May 2012 02:50

Joe_Lambretta escribió:
Joe_Lambretta escribió:Bueno, por partes.

Compartiendo como comparto con vosotros, hablo por Eugenia y Strong, la postura de que el domicilio debiera ser inviolable (pero de verdad) y del derecho ciudadano a la tenencia/porte de armas, hay cosas que no son del todo ciertas. En España el derecho a la defensa existe, ya se ha mencionado el artículo del CP que lo regula, y a la del domicilio también. Ocurre que los jueces tienen demasiado "margen de maniobra" y ha habido casos clamorosos. Eso lo sabemos mejor que nadie quienes formamos parte de la "fuerza pública", pero ahí están casos como el Ferrys, o alguno otro más reciente con policías implicados, que demuestran que parece -por fin- que hay un cambio de tendencia. Debiera ir, para ser bien, acompañado de un cambio legislativo que no permitiera que jueces o fiscales cometieran las barbaridades que a veces cometen, y que dicho sea de paso, les salen gratis cuando meten la pata.

Respecto a Sistiaga, totalmente de acuerdo. Náuseas produce ese pesebrero (comparto el término) y ojalá nunca más haya que sufrirle por la tele. Que le vaya bonito, pero que le vaya lejos, muy lejos.

Respecto a lo del moro, no creáis que es sólo aquí. Hay una tendencia generalizada a cogérsela con papel de fumar y no llamar a las cosas por su nombre, y a no querer vincular, por parte de los mismos políticos irresponsables que admitieron oleadas de inmigración sin tener en cuenta a quien metían en casa, a no querer vincular delincuencia e inmigración cuando las estadísticas son implacables y demuestran lo que demuestran, y los patios de las cárceles, también.

Añado, nunca he tenido que atender una llamada de intrusión en un domicilio, pero si la tuviera que atender, tened claro que yo VOLARÍA para llegar, si pudiera, a tiempo de evitar una desgracia. El problema está en que en zonas rurales, eso puede suponer los 20 minutos que dice Strong (o más) y que en una ciudad, a veces hay dos patrullas para atender 300.000 habitantes. No le echéis la culpa al patrullero, porque las plantillas están en cuadro. ¿Quien le pone el cascabel al gato?.


Efectivamente comparto contigo que es un problema de desidia política. Con los medios que hay poco se puede hacer. En USA tampoco se puede pedir al patrullero que esté H24 en la puerta de tu casa y por eso se dota al ciudadano de herramientas para defenderse.

El problema aquí radica en que si hay un kinki muerto en tu casa, automáticamente quedas acusado de homicidio por el fiscal de oficio, y luego tendrás que vertelas con el juez para caer en los eximentes. Pero en el banquillo te sientas si o sí.

En USA no. La policía llega a tu casa, toma fotos de la escena y si los agentes consideran que no has tendido una trampa o emboscado al intruso por otros intereses, te vas a la camita con una taza de tila mientras el Coroner se lleva el cuerpo y te limpia la casa. Ni declaración ante el juez, el fiscal, ni juicio, ni nada.

En ese aspecto la diferencia es abismal ya que no eres acusado de nada por nadie.

Ese simple detalle hace que exista un abismo entre ambas situaciones.

Es más, en USA me puedo permitir el lujo de herir o incapacitar al intruso sin matarlo por que sé que no voy a ser acusado de nada, y que no va a poder denunciarme por defenderme en mi casa, aunque lo haga con una Minigun.
Es más, si el tipo se reintegra tras salir del hospital y la carcel es posible que tenga otra oportunidad, y que la Minigun le haya dejado tal mal recuerdo que no vuelva a delinquir.

En España no, si quiero tener más posibilidades de ganar el juicio tengo que dejarlo seco a él y a sus cómplices. Así voy al juicio sin testigos. Y lo peor, aunque salga absuelto de la via penal queda la administrativa, y posiblemente tendre que pagar 300.000 EUR por responsabilidad civil a la viuda del kinki. Encima de chorizo, a la familia del tipo le toca la loteria.

Es muy triste pero cuanto más malo seas más te premia la legislación española y más justo de forma objetiva será el resultado de tus acciones.

El mundo al revés.

Re: Derecho a la defensa personal ¿Que habria pasado en España?

Mensaje por Joe_Lambretta » 15 May 2012 02:09

[quote="Joe_Lambretta"]Bueno, por partes.

Compartiendo como comparto con vosotros, hablo por Eugenia y Strong, la postura de que el domicilio debiera ser inviolable (pero de verdad) y del derecho ciudadano a la tenencia/porte de armas, hay cosas que no son del todo ciertas. En España el derecho a la defensa existe, ya se ha mencionado el artículo del CP que lo regula, y a la del domicilio también. Ocurre que los jueces tienen demasiado "margen de maniobra" y ha habido casos clamorosos. Eso lo sabemos mejor que nadie quienes formamos parte de la "fuerza pública", pero ahí están casos como el Ferrys, o alguno otro más reciente con policías implicados, que demuestran que parece -por fin- que hay un cambio de tendencia. Debiera ir, para ser bien, acompañado de un cambio legislativo que no permitiera que jueces o fiscales cometieran las barbaridades que a veces cometen, y que dicho sea de paso, les salen gratis cuando meten la pata.

Respecto a Sistiaga, totalmente de acuerdo. Náuseas produce ese pesebrero (comparto el término) y ojalá nunca más haya que sufrirle por la tele. Que le vaya bonito, pero que le vaya lejos, muy lejos.

Respecto a lo del moro, no creáis que es sólo aquí. Hay una tendencia generalizada a cogérsela con papel de fumar y no llamar a las cosas por su nombre, y a no querer vincular, por parte de los mismos políticos irresponsables que admitieron oleadas de inmigración sin tener en cuenta a quien metían en casa, a no querer vincular delincuencia e inmigración cuando las estadísticas son implacables y demuestran lo que demuestran, y los patios de las cárceles, también.

Añado, nunca he tenido que atender una llamada de intrusión en un domicilio, pero si la tuviera que atender, tened claro que yo VOLARÍA para llegar, si pudiera, a tiempo de evitar una desgracia. El problema está en que en zonas rurales, eso puede suponer los 20 minutos que dice Strong (o más) y que en una ciudad, a veces hay dos patrullas para atender 300.000 habitantes. No le echéis la culpa al patrullero, porque las plantillas están en cuadro. ¿Quien le pone el cascabel al gato?.

Re: Derecho a la defensa personal ¿Que habria pasado en España?

Mensaje por JotaErre » 15 May 2012 01:34

Que un moro haya matado a un anciano en su casa no es xenofobía, es la realidad, podía haber sido eslovaco, chino o indio. Lo grave es que un criminal ha entrado en la casa de un ciudadano honrado y lo ha matado mientras le robaba. (Strongresolve)

Efectivamente, se puede decir más alto, pero no más claro.

Re: Derecho a la defensa personal ¿Que habria pasado en España?

Mensaje por Cabo_Tito » 15 May 2012 00:52

Aqui hay algo por el estilo, pero sin muerte:
http://www.hoy.es/20120514/local/mires-ojos-quieres-pase-201205142016.html

Parece ser que cada dia mas confiados .... y tranquilos.

Re: Derecho a la defensa personal ¿Que habria pasado en España?

Mensaje por Strongresolve » 15 May 2012 00:43

Eugenia escribió:Según he leído en la prensa española, parece que los criminales son moros. Me ahorro los comentarios porque seguro que estáis pensando lo mismo que yo.


Pues mira, a parte de Sistiaga & Co, no creo que nadie que lea esto pueda sentirse ofendido por lo que voy a decir.

En España decir que un moro ha matado a palos a un anciano de 80 años es impoliticamente correcto.

Queda mejor decir que se murió el solo del susto tras la paliza. Hay más preocupación por desactivar esto racialmente que por hacer justicia o simplemente contar las cosas como son. Eso de entrada ya dice el nivel de complejo que tenemos. Lo que pasa es que unos pocos, controlando los medios pretenden hacer creer a una mayoría que pensar esto es malo, por que en el fondo ellos se creen que deben ser los que deciden lo que está bien y está mal pensar.

Que un moro haya matado a un anciano en su casa no es xenofobía, es la realidad, podía haber sido eslovaco, chino o indio. Lo grave es que un criminal ha entrado en la casa de un ciudadano honrado y lo ha matado mientras le robaba. Pero eso no es lo peor. Lo peor es que Sistiaga & Co pasen por alto el suceso en si, y concentren sus esfuerzos en intentar hacer creer que el crimen no sea tal crimen, por que el que lo ha realizado es aparentemente moro, amarillo o verde.

Esto es sencillamente demencial. O eso o están intentando encubrir otro (más) asalto a una vivienda con violación o muerte, para que el redil no se caliente y se de cuenta que el Estado les está tomando el pelo. España ni protege a sus ciudadanos ni se preocupa por lo que les pueda pasar. La policía va siempre, pero 20 minutos más tarde. Puede que en el juicio las pruebas sirvan para condenar a 20 años al kinki que se cargó a tu marido y que a pesar de todo este salga en 7 años, pero poco más. A tus seres queridos no les recuperas nunca más. En cambio puede que el kinki en 7 años vuelva a la carga y destroce otro hogar.

Y tu pagando impuestos como un gilipollas, y como mucho, como medida de protección puedes ir dejando tarros de vaselina y tiritas por las esquinas de la casa.

Supongo que alguien por encima de ellos paga bien para que la gente se crea que en España somos libres y que el derecho a defender tu casa es una tontería de cuatro pirados ultra derechistas, ultra religiosos, ultra xenofobos y ultra violentos yankees.

Si te vas a morir del susto que más da defenderte.

Pues va a ser que no, por que los que defienden sus casas con sus armas ni son de derechas, ni son religiosos, ni son solo blancos y menos ultra violentos. Son simplemente gente pro libertad y sentido común, y si fuesen tan violentos como los antiarmas dicen, ahora mismo no quedarían antiarmas vivos.

Encima respetuosos con los demas, algo que la Sistiaga & Co no son.

Lo triste es que a ellos les preocupa que mueran los "malos" por que son victimas de la sociedad, pero que mueran los "buenos" que son los que cumplen la ley y trabajan de sol a sombra todas las mañanas para mantener al resto se la sopla. A ellos y a los jefes que les ordenan redactar lo que escriben.

Que bajeza moral y que asco de gentuza al servicio del pesebre.

Re: Derecho a la defensa personal ¿Que habria pasado en España?

Mensaje por Eugenia » 14 May 2012 22:47

Según he leído en la prensa española, parece que los criminales son moros. Me ahorro los comentarios porque seguro que estáis pensando lo mismo que yo.

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