Mensaje por Divemaster » 15 Mar 2010 22:49
Me he explicado mal; juicio como tal no hubo: ni vista oral ni nada, pero a la luz de el atestado policial, la declaración que tomó la policía a este señor, etc. fue un juez quien archivó la causa (además de que la fiscalía no presentara acusaciones)
Efectivamente como bien dices, el derecho español permite la reapertura en estos casos, pero es eso de por sí lo que es vergonzoso. Para empezar porque homicidio no ha habido, pues ningún tribunal condenó a este hombre por ello; en todo caso presunto homicidio, cargo que ya fue sobreseido.
Al quedar por ahí el tema de responsabilidad civil, se reabre la causa... este derecho tan garantista, tiene su sentido en algunas causas... a saber: estafas de una sociedad mercantil a sus inversores, accidentes en el transporte, etc.
¿Pero en estás causas? Es rizar el rizo... terminado el juicio quedará también eximido de responsabilidad civil sí, pero quien le va a compensar por todo el calvario que está pasando.
Además, si el juez que instruye el caso se vuelve gilipollas (lo cual no es un improbable dado lo que acostumbramos a ver) a saber si todo acaba como debe... quizá esto no acabe bien.
No creo que la gente esté criticando que no se estén siguiendo los procedimientos que marca el derecho procesal, penal, civil, etc. sino los procedimientos en sí, nuestro ordenamiento jurídico y sistema judicial, que demuestran día a día su ineficacia y minuto a minuto su ineficiencia.
Joder si es que nuestro código civil alberga todo lo malo que tiene el francés, el mexicano y en general todo lo que sobra en los códigos de todos los países con un sistema tipo "continental" o como sea que lo llaméis los juristas. Empeoras esa mezcla que recoge lo peor de cada sitio y tienes nuestro código civil.
Me he explicado mal; juicio como tal no hubo: ni vista oral ni nada, pero a la luz de el atestado policial, la declaración que tomó la policía a este señor, etc. fue un juez quien archivó la causa (además de que la fiscalía no presentara acusaciones)
Efectivamente como bien dices, el derecho español permite la reapertura en estos casos, pero es eso de por sí lo que es vergonzoso. Para empezar porque homicidio no ha habido, pues ningún tribunal condenó a este hombre por ello; en todo caso presunto homicidio, cargo que ya fue sobreseido.
Al quedar por ahí el tema de responsabilidad civil, se reabre la causa... este derecho tan garantista, tiene su sentido en algunas causas... a saber: estafas de una sociedad mercantil a sus inversores, accidentes en el transporte, etc.
¿Pero en estás causas? Es rizar el rizo... terminado el juicio quedará también eximido de responsabilidad civil sí, pero quien le va a compensar por todo el calvario que está pasando.
Además, si el juez que instruye el caso se vuelve gilipollas (lo cual no es un improbable dado lo que acostumbramos a ver) a saber si todo acaba como debe... quizá esto no acabe bien.
No creo que la gente esté criticando que no se estén siguiendo los procedimientos que marca el derecho procesal, penal, civil, etc. sino los procedimientos en sí, nuestro ordenamiento jurídico y sistema judicial, que demuestran día a día su ineficacia y minuto a minuto su ineficiencia.
Joder si es que nuestro código civil alberga todo lo malo que tiene el francés, el mexicano y en general todo lo que sobra en los códigos de todos los países con un sistema tipo "continental" o como sea que lo llaméis los juristas. Empeoras esa mezcla que recoge lo peor de cada sitio y tienes nuestro código civil.