Mensaje por leica » 08 Ene 2015 15:41
las armas automáticas están prohibidas totalmente....solo se permite por ahora en airsoft
por el calibre y tipo de cañon ese arma debería guiarse (es decir tener bajo la licencia) tipo D pero bajo unas normas que deberían cumplirse.
1 El calibre no debe ser prohibido...que creo que no lo es.
2 No ser automática....existen versiones de muchas armas automáticas se venden en formato semiautomático para el mercado civil...aunque no se si es posible para esta...pues eso depende de la marca original del arma o de alguna otra empresa que compre la concesión de la patente y la modifique y ponga a la venta, esto pasa con los mp40, stg44 ak47, ak74, m16, m4, uzis y algunas mas
3 El cargador no debe ser mayor de para alojar dos disparos mas el que entra en recamara (total tres) si la fueses a usar para caza o de cuatro mas otro en la recamara si fuera para disparo deportivo (de esto no estoy seguro pero si buscas en el foro seguro que encuentras la información exacta)...para lo cual deberías además de tener la licencia D estar federado y pagar club de tiro... en este caso creo que también podrias tenerla con la licencia F que es la directa para uso deportivo.
4 Tanto para tener la licencia D como la F debes tener un armero en casa homologado para poder guardarla mientras no la uses, y solo puedes sacarla de casa para disparo en campo de tiro, coto de caza en época adecuada...para llevarla a la guardia civil para vendérsela a otro o para dejarla porque pienses hacer alguna gestión administrativa con ella....o para ir a la armería a revisarla o arreglarla...si te pillan por horario o trayecto en otro lugar injustificado imagínate lo que pasa, te la quitan, te multan y te pueden quitar la licencia....con lo cual si tienes mas tendras que entregarlas también pues no podrias tenerlas
5 Por ultimo y lo mas complicado, es que en nuestro país (a diferencia de otros) según creo debe tener una longitud de arma y/o de cañon minima....y creo que la fn90 no la cumple. Asi si alguna empresa la vende debe ser modificada al concepto original, añadiéndole un cañon mas largo o un silenciador (falso porque no están permitidos, solo para aire comprimido y airsoft)....lo de añadir silenciador es para mejorar la estética..pues dentro iria el cañon mas largo....con la venta del mp40 asi lo hacen....
Si el calibre no es el original o uno muy parecido algunas de las consideraciónes se rebaja....por ejemplo si lo hacen en calibre 22....que es mucho menos potente que el original militar....pues por ejemplo no tienes que tener armero.....y la municion seria muuuucho mas barata.
Un consejo/comentario....me da la risa si vas a la guardia civil diciendo que quieres un arma de fuego automático compacta de calibre militar......no vayas...mira en el foro con el buscador o en internet....
por otro si decides ir....llévate una foto...pues la mayoría de la gente no sabe lo que es una fn90....
Puede que alguien tenga datos mas exactos que los que te pongo pero esto te sirve de guia
las armas automáticas están prohibidas totalmente....solo se permite por ahora en airsoft
por el calibre y tipo de cañon ese arma debería guiarse (es decir tener bajo la licencia) tipo D pero bajo unas normas que deberían cumplirse.
1 El calibre no debe ser prohibido...que creo que no lo es.
2 No ser automática....existen versiones de muchas armas automáticas se venden en formato semiautomático para el mercado civil...aunque no se si es posible para esta...pues eso depende de la marca original del arma o de alguna otra empresa que compre la concesión de la patente y la modifique y ponga a la venta, esto pasa con los mp40, stg44 ak47, ak74, m16, m4, uzis y algunas mas
3 El cargador no debe ser mayor de para alojar dos disparos mas el que entra en recamara (total tres) si la fueses a usar para caza o de cuatro mas otro en la recamara si fuera para disparo deportivo (de esto no estoy seguro pero si buscas en el foro seguro que encuentras la información exacta)...para lo cual deberías además de tener la licencia D estar federado y pagar club de tiro... en este caso creo que también podrias tenerla con la licencia F que es la directa para uso deportivo.
4 Tanto para tener la licencia D como la F debes tener un armero en casa homologado para poder guardarla mientras no la uses, y solo puedes sacarla de casa para disparo en campo de tiro, coto de caza en época adecuada...para llevarla a la guardia civil para vendérsela a otro o para dejarla porque pienses hacer alguna gestión administrativa con ella....o para ir a la armería a revisarla o arreglarla...si te pillan por horario o trayecto en otro lugar injustificado imagínate lo que pasa, te la quitan, te multan y te pueden quitar la licencia....con lo cual si tienes mas tendras que entregarlas también pues no podrias tenerlas
5 Por ultimo y lo mas complicado, es que en nuestro país (a diferencia de otros) según creo debe tener una longitud de arma y/o de cañon minima....y creo que la fn90 no la cumple. Asi si alguna empresa la vende debe ser modificada al concepto original, añadiéndole un cañon mas largo o un silenciador (falso porque no están permitidos, solo para aire comprimido y airsoft)....lo de añadir silenciador es para mejorar la estética..pues dentro iria el cañon mas largo....con la venta del mp40 asi lo hacen....
Si el calibre no es el original o uno muy parecido algunas de las consideraciónes se rebaja....por ejemplo si lo hacen en calibre 22....que es mucho menos potente que el original militar....pues por ejemplo no tienes que tener armero.....y la municion seria muuuucho mas barata.
Un consejo/comentario....me da la risa si vas a la guardia civil diciendo que quieres un arma de fuego automático compacta de calibre militar......no vayas...mira en el foro con el buscador o en internet....
por otro si decides ir....llévate una foto...pues la mayoría de la gente no sabe lo que es una fn90....
Puede que alguien tenga datos mas exactos que los que te pongo pero esto te sirve de guia