Mensaje por MArcusH » 22 Mar 2009 11:44
En un boletin del Congreso de los Diputados, aparece esto en referencia a una pregunta de un diputado sobre la reforma del reglamento de armas:
184/026635
(184) Pregunta escrita Congreso
AUTOR: Luis Rodríguez, Teófilo de (GP).
Respuesta:
El pasado mes abril de 2008, en virtud del Acuerdo de la Comisión Interministerial Permanente de Armas y Explosivos (CIPAE) de fecha 23-04-08, se reanudaron los trabajos para la modificación del Reglamento de Armas, concretamente en lo que confiere al artículo 108, y que fue ampliado a los campos de tiro mediante el escrito de la Secretaría de Estado de Seguridad y a instancias de la Dirección General de Deportes, quedando pendiente el resto de su articulado hasta la aprobación de la modificación de la Directiva 91/477/CEE sobre el control de la adquisición y tenencia de armas.
Por ello, una vez publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea, la Directiva 2008/51/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2008, de modificación de la Directiva 91/477/CEE, la Intervención Central abordó la elaboración de un Proyecto de reforma del citado Reglamento. Recientemente, en la reunión de la CIPAE, del pasado día 10 de septiembre se trató la creación de un nuevo Grupo de Trabajo para la elaboración de este Proyecto.
Madrid, 21 de octubre de 2008.-El Secretario de Estado de Asuntos Constitucionales y Parlamentarios.
No se si te servirá para tus dudas.
En un boletin del Congreso de los Diputados, aparece esto en referencia a una pregunta de un diputado sobre la reforma del reglamento de armas:
[color=navy]184/026635
(184) Pregunta escrita Congreso
AUTOR: Luis Rodríguez, Teófilo de (GP).
Respuesta:
El pasado mes abril de 2008, en virtud del Acuerdo de la Comisión Interministerial Permanente de Armas y Explosivos (CIPAE) de fecha 23-04-08, se reanudaron los trabajos para la modificación del Reglamento de Armas, concretamente en lo que confiere al artículo 108, y que fue ampliado a los campos de tiro mediante el escrito de la Secretaría de Estado de Seguridad y a instancias de la Dirección General de Deportes, quedando pendiente el resto de su articulado hasta la aprobación de la modificación de la Directiva 91/477/CEE sobre el control de la adquisición y tenencia de armas.
Por ello, una vez publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea, la Directiva 2008/51/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2008, de modificación de la Directiva 91/477/CEE, la Intervención Central abordó la elaboración de un Proyecto de reforma del citado Reglamento. Recientemente, en la reunión de la CIPAE, del pasado día 10 de septiembre se trató la creación de un nuevo Grupo de Trabajo para la elaboración de este Proyecto.
Madrid, 21 de octubre de 2008.-El Secretario de Estado de Asuntos Constitucionales y Parlamentarios.[/color]
No se si te servirá para tus dudas.