Mensaje por Chinchu » 05 Feb 2023 19:11
RC67 escribió:Chinchu escribió:RC67 escribió:
Eso no es exactamente así, una ley autonómica puede prohibir el uso cinegético de un arma que el reglamento autorice, pero no puede autorizar un arma que el reglamento prohíba. De ahí que el encabezado de mi post sea " En principio no debería estar prohibida".
Saludos.
El Reglamento de Armas no tiene jurisdicción alguna sobre temas cinegéticos y con la transferencia del ordenamiento cinegético a las CC.AA. menos aun.
Asimismo una Ley de caza no puede autorizar un arma prohibida, claro está, pero sí puede autorizar el uso con fines cinegéticos de cualquier arma reglamentada y permitida, como por ejemplo las carabinas del 22, los arcos, las ballestas, cuyo uso para cazar nunca se ha contemplado en el R.A., ni siquiera en el art. 107, y son las CC.AA. las que han regulado su uso.
* Armas prohibidas, Sección 4. Reglamento de Armas
Saludos,
Una carabina del 22 guiada en E, por que con una guiada en F habría que verlo. En ningún momento he dicho que el Reglamento tenga jurisdicción sobre la actividad cinegética, pero si que regula el uso de las armas de fuego según su categoría, y en el caso de las de avancarga ( que es el tema que nos ocupa ) dice específicamente que su uso serà, entre otros, en terrenos cinegéticos, por tanto, y como he dicho, a priori debería o podría, si lo prefieres, estar permitida. Es lo que me he limitado a exponer. Que luego las leyes de caza autonómicas autoricen su uso o no es otro tema. En Catalunya, por ejemplo, no es una ley de caza si no una de protección de fauna la que no autoriza el uso del cal. 22 y el aire comprimido para cazar.
Saludos.
De igual cómo se llame, sigue siendo una ley de caza o cinegética, si lo prefieres. Estamos en la era del eufemismo, el nombre no significa mucho.
En cuanto a tu comentario, por ponerte un ejemplo, los rifles del 17 hmr, o del 22 Winchester Mágnum se guían como arma larga rayada, luego licencia D, sin embargo si en una CC.AA. legislan que con ese cartucho se puedan hacer esperas de conejo, o de zorro, (hoy día considerado de forma general como especie de caza menor), ya puede venir el R.A. a decir lo que quiera, que se cazarán legalmente especies de caza menor con ellos, por muy catalogado en la D que esté. Más fácil aun, en muchas Comunidades se permite abatir zorro en montería, tanto con escopeta como con rifle, de hecho ni siquiera se marca restricción al arma, y en esas monterías te encuentras armas largas desde el 222 hasta el 375H&H Mág, entre otros.
Para muestra un botón.
La realidad es que por mucho que quieran, esa clasificación que hacen es arcaica, y realmente no tiene mucho que ver con la realidad de hoy día. Más les valdría unificarla en una sola licencia, lo cual es más práctico y realista.
Saludos,
Pd. En cuanto a las armas largas en F, conozco más de un caso de utilización de las mismas para cazar, y que han pasado la supervisión del Seprona in-situ, del mismo modo que armas guiadas en D y E se usan para concurso.
[quote="RC67"][quote="Chinchu"][quote="RC67"]
Eso no es exactamente así, una ley autonómica puede prohibir el uso cinegético de un arma que el reglamento autorice, pero no puede autorizar un arma que el reglamento prohíba. De ahí que el encabezado de mi post sea " En principio no debería estar prohibida".
Saludos.[/quote]
El Reglamento de Armas no tiene jurisdicción alguna sobre temas cinegéticos y con la transferencia del ordenamiento cinegético a las CC.AA. menos aun.
Asimismo una Ley de caza no puede autorizar un arma prohibida, claro está, pero sí puede autorizar el uso con fines cinegéticos de cualquier arma reglamentada y permitida, como por ejemplo las carabinas del 22, los arcos, las ballestas, cuyo uso para cazar nunca se ha contemplado en el R.A., ni siquiera en el art. 107, y son las CC.AA. las que han regulado su uso.
* Armas prohibidas, Sección 4. Reglamento de Armas
Saludos,[/quote]
Una carabina del 22 guiada en E, por que con una guiada en F habría que verlo. En ningún momento he dicho que el Reglamento tenga jurisdicción sobre la actividad cinegética, pero si que regula el uso de las armas de fuego según su categoría, y en el caso de las de avancarga ( que es el tema que nos ocupa ) dice específicamente que su uso serà, entre otros, en terrenos cinegéticos, por tanto, y como he dicho, a priori debería o podría, si lo prefieres, estar permitida. Es lo que me he limitado a exponer. Que luego las leyes de caza autonómicas autoricen su uso o no es otro tema. En Catalunya, por ejemplo, no es una ley de caza si no una de protección de fauna la que no autoriza el uso del cal. 22 y el aire comprimido para cazar.
Saludos.[/quote]
De igual cómo se llame, sigue siendo una ley de caza o cinegética, si lo prefieres. Estamos en la era del eufemismo, el nombre no significa mucho.
En cuanto a tu comentario, por ponerte un ejemplo, los rifles del 17 hmr, o del 22 Winchester Mágnum se guían como arma larga rayada, luego licencia D, sin embargo si en una CC.AA. legislan que con ese cartucho se puedan hacer esperas de conejo, o de zorro, (hoy día considerado de forma general como especie de caza menor), ya puede venir el R.A. a decir lo que quiera, que se cazarán legalmente especies de caza menor con ellos, por muy catalogado en la D que esté. Más fácil aun, en muchas Comunidades se permite abatir zorro en montería, tanto con escopeta como con rifle, de hecho ni siquiera se marca restricción al arma, y en esas monterías te encuentras armas largas desde el 222 hasta el 375H&H Mág, entre otros.
Para muestra un botón.
La realidad es que por mucho que quieran, esa clasificación que hacen es arcaica, y realmente no tiene mucho que ver con la realidad de hoy día. Más les valdría unificarla en una sola licencia, lo cual es más práctico y realista.
Saludos,
Pd. En cuanto a las armas largas en F, conozco más de un caso de utilización de las mismas para cazar, y que han pasado la supervisión del Seprona in-situ, del mismo modo que armas guiadas en D y E se usan para concurso.